Chapter 3. Quantification and manipulation of TOP2 and MPO expression in
3.3. Results
3.3.2 Knockdown of TOP2 using siRNA
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PROCEDIMIENTO: MODIFICACIÓN DE PROGRAMA OPERATIVO Agentes implicados
Comisión Europea (CE). Comité de Seguimiento (CdS). Autoridad de Gestión (AG). PROCESA (Área de Gestión)
Entradas Programa Operativo. Salidas Acto de ejecución.
Procedimientos anteriores
relacionados N/A. Procedimientos posteriores relacionados
Selección y aprobación de las operaciones.
Solicitud de reembolso y pago. Verificaciones.
Control y auditoría. Sistema de información SFC 2014.
Descripción del procedimiento
Nº Agente Actividad Descripción Documento relacionado
1 Gestión de Área de PROCESA
Elaboración de una propuesta de modificación del PO
El Área de Gestión de PROCESA elabora una propuesta de modificación del PO y se la envía a la AG para que la valore
Propuesta de modificación del PO.
2 AG
Tramitación de la propuesta de
modificación La AG tramita la propuesta de modificación al CdS. 3
CdS Valoración de la propuesta de modificación
El CdS Valora la propuesta de modificación.
3A Si la propuesta no se considera adecuada se envía de nuevo al Área de Gestión de PROCESA para que la revise. 3B Si se considera adecuada se continúa con el procedimiento. (4)
4 CdS Aprobación de la propuesta de modificación
El CdS emite un dictamen por el que se aprueba la propuesta de modificación del PO Dictamen. 5
AG
Valoración de la necesidad de aprobación por parte de la CE
La AG analiza si es necesario que la propuesta sea aprobada por la CE.
5A En caso de que no sea necesaria, la propia AG puede dar por aprobada la modificación. (8)
5B En caso de que sea necesario, la AG remite a la CE la propuesta de modificación para su valoración. La propuesta será remitida a través de SFC. Propuesta de modificación remitida a través de SFC. 6
CE
Valoración de la propuesta de modificación
La CE valora la propuesta de modificación presentada por la AG.
6A En caso de que no considere la propuesta adecuada o sea necesario incorporar observaciones, se remitirá la propuesta a la AG y al Área de Gestión de PROCESA para que realice los cambios necesarios.
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Nº Agente Actividad Descripción Documento relacionado
6B En caso de que se considere adecuada la propuesta presentada, se continúa con el proceso de aprobación de la modificación. (7) 7 CE Aprobación de la propuesta de
modificación.
La CE aprueba la solicitud de modificación. Esta aprobación se realiza en un plazo máximo de 3 meses desde su presentación formal por el Estado miembro, a condición de que se hayan tenido en cuenta y de una forma adecuada las observaciones emitidas por la CE
Acto de ejecución. SFC 2014 8 AG Aprobación de la propuesta de modificación
La AG podrá aprobar directamente la modificación del PO siempre que haga referencia a las excepciones establecidas en el apartado 10 del artículo 96 del RDC.
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21.
Procedimiento de evaluación
El procedimiento de evaluación hace referencia a la valoración de la eficacia, la eficiencia y el impacto de los POs.
En el caso del Programa Operativo FSE de Ceuta 2014-2020, el Área de Gestión de PROCESA Sociedad de Desarrollo de Ceuta, S.A., en calidad de Organismo Intermedio, ha elaborado un Plan de Evaluación Específico para dicho Programa, cumpliendo con las disposiciones comunitarias. Asimismo, el Área de Gestión de PROCESA se encargará de organizar y supervisar el desarrollo de las diferentes evaluaciones que se establezcan. Por lo que respecta a las evaluaciones del Plan de Comunicación será el Área de Información y Comunicación la responsable de que se lleven a cabo.
En el caso del POEJ 2014-2020 la Autoridad de Gestión será la encargada de realizar dicho plan de evaluación, siendo los Organismos Intermedios de ese Programa Operativo los encargados de suministrar información para la realización de las evaluaciones correspondientes a dicho Programa.
Las evaluaciones serán llevadas a cabo por expertos, internos o externos, funcionalmente independientes de las autoridades responsables de la ejecución de los programas. La Comisión dará orientaciones sobre la manera de realizar las evaluaciones. Todas las evaluaciones se pondrán a disposición del público.
El propósito de los planes de evaluación es mejorar la calidad de las evaluaciones realizadas durante el período de programación.
El plan de evaluación se presentará al Comité de Seguimiento a más tardar un año después de la adopción del Programa. La Comisión recomienda aprobar el plan en la primera o segunda reunión del Comité de Seguimiento.
El plan desarrollará las evaluaciones a llevar a cabo. En este sentido, resulta obligatorio establecer al menos las evaluaciones establecidos en los artículos 55 a 57 del Reglamento de Disposiciones Comunes.
Evaluación ex ante (artículo 55). Esta evaluación se ha desarrollado de manera previa a la aprobación de cada Programa Operativo constituyendo un elemento clave de su elaboración.
Evaluación durante el periodo de programación (artículo 56). Durante el período de programación deberá evaluarse por lo menos una vez la manera en que la ayuda de los Fondos EIE ha contribuido a los objetivos de cada prioridad.
Las evaluaciones intermedias pueden ser de dos tipos:
Evaluaciones de implementación. Éstas son propensas a llevarse a cabo en las primeras etapas de implementación. Normalmente observan cómo un Programa está siendo implementado y administrado.
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La evaluación de la implementación significa una evaluación encaminada a valorar las intervenciones de los Programas y a la mejora de la gestión y la administración de éstos.
Evaluaciones de impacto. Están dirigidas a la identificación de los cambios causados por el Programa, es decir, hasta qué punto las intervenciones han contribuido a los cambios socio-económicos y ambientales producidos.
El Plan Nacional de Evaluación prevé que se desarrollen las siguientes evaluaciones a lo largo del periodo de ejecución.
Evaluación de las actuaciones desarrolladas por cada uno de los Organismos Intermedios de los Programas Operativos Plurirregionales. La primera evaluación de los PO Plurirregionales estará finalizada para el 31 de mayo de 2017 y la segunda evaluación para el 31 de mayo de 2019.
Evaluación de los Programas Operativos Regionales. La primera evaluación estará finalizada para el 30 de junio de 2017 y la segunda evaluación para 30 de junio de 2019. La información de estas evaluaciones se incluirá en los informes anuales de ejecución como se detallará posteriormente.
Informes resumen de conclusiones de las evaluaciones y resultados principales de los Programas Operativos, a presentar antes de 31 de diciembre 2022. En relación con el POEJ 2014-2020 se desarrollarán, de conformidad con el apartado 6 del artículo 19 del Reglamento de Disposiciones Comunes, como mínimo dos evaluaciones de la eficacia, eficiencia y el impacto de la financiación conjunta del FSE y la asignación de la Iniciativa de Empleo Juvenil. La primera evaluación se completará a más tardar el 31 de diciembre de 2015, y la segunda, a más tardar el 31 de diciembre de 2018.
Adicionalmente, de conformidad con lo establecido en las Estrategias de Comunicación de los Programas Operativos, se realizará una evaluación intermedia y una final de la aplicación de la Estrategia de Comunicación. En el caso de Ceuta se trata de una Estrategia de Comunicación plurifondo, con lo cual se realizará un único informe de evaluación (intermedia y final), donde se incluirá ambos fondos. Para la evaluación de la Estrategia de Comunicación del Programa Operativo de Empleo Juvenil, el Área de Información y Comunicación aportará la documentación y la información que le sea requerida por la Autoridad de Gestión y/o por los Evaluadores contratados al efecto por dicha Autoridad.
Evaluación ex post (artículo 57). Las evaluaciones ex post serán realizadas por la Comisión o por los Estados miembros en estrecha colaboración con la Comisión. En ellas se examinará la eficacia y la eficiencia de los Fondos EIE y su contribución a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, teniendo en cuenta los objetivos establecidos en dicha estrategia y de acuerdo con los requisitos específicos establecidos en las
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normas específicas de los Fondos. Las evaluaciones ex post se habrán completado, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.
La Comisión preparará, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, un informe de síntesis que resuma las principales conclusiones de las evaluaciones ex post. Todas las evaluaciones serán examinadas por el Comité de Seguimiento y enviadas a la Comisión.
Los informes de ejecución incluirán una síntesis de las conclusiones de todas las evaluaciones del programa disponibles durante el ejercicio anterior.
El informe de ejecución anual que debe presentarse en 2017 expondrá y evaluará la información clave sobre la ejecución del Programa y sus prioridades en relación con los datos financieros, los indicadores comunes y específicos del Programa y los valores previstos cuantificados, incluidos, en su caso, los cambios producidos en los valores de los indicadores de resultados, así como los hitos definidos en el marco de rendimiento y los avances en la consecución de los objetivos del Programa, incluida la contribución del FSE a los cambios producidos en los valores de los indicadores de resultados, cuando las correspondientes evaluaciones aporten pruebas al respecto. Dicho informe anual de aplicación expondrá las medidas adoptadas para cumplir las condiciones ex ante que no se hayan cumplido en el momento de la adopción de los Programas. También evaluará la ejecución de las acciones emprendidas para tener en cuenta los principios expuestos en los artículos 7 y 8, la función en la ejecución del Programa de los socios a los que se refiere el artículo 5 e informará sobre la ayuda empleada en favor de los objetivos relacionados con el cambio climático.
El informe de ejecución anual que debe presentarse en 2019 y el informe de ejecución final contendrán, además de la información y la evaluación indicadas anteriormente la información y la evaluación sobre los avances en la consecución de los objetivos del Programa y su contribución a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.