Aprueban Plan de Contingencia de la Municipalidad Distrital de Ate, y el Anexo I - Plan de Pruebas DECRETO DE ALCALDIA Nº 019-2015-MDA
Ate, 30 de octubre de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE
VISTO; el Memorando Nº 005-2014-MDA/GM-CI de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 001-2015-MDA/GTI de la Gerencia de Tecnologías de la Información; el Informe Nº 044-2015-MDA/GP-SGPMI de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional; el Informe Nº 776-2015-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 310-2015-MDA/GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Memorando Nº 073-2015-MDA/GM- CI de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la acotada norma, en su Artículo 42 establece que, “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Memorando Nº 005-2014-MDA/GM-CI, la Gerencia Municipal reitera a la Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de las recomendaciones del Memorando de Control Interno Nº 01- 2009-MR/M.D.ATE, entre las cuales se encuentra “Complementar dentro del Proyecto del Plan de Contingencias un Plan de Pruebas para monitorear el funcionamiento de la red de comunicaciones y establecer actas de conformidad que manifiesten la realización de la prueba”;
Que, mediante Informe Nº 001-2015-MDA/GTI, la Gerencia de Tecnologías de la Información, remite el “Plan de Contingencia y su Anexo 1 Plan de Pruebas”, elaborado por dicha Gerencia para su trámite y aprobación correspondiente;
Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, de la Presidencia del Concejo de Ministros, ha publicado en su Portal Web, la Guía para la elaboración del Plan de Contingencias y Seguridad de la Información de las distintas instituciones estatales;
Que, mediante Ordenanza Nº 273-MDA, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 30/06/2011, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, la cual establece en su Artículo 58 inciso, que es función de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, entre otras, Asesorar, revisar y analizar los documentos normativos (directivas, procedimientos, TUPA y otros en el ámbito de su competencia), que sean propuestos por las unidades orgánicas de las Municipalidad y visar los mismos de encontrarlos conformes;
Que, respecto al proyecto antes descrito, mediante Informe Nº 044-2015-MDA/GP-SGPMI, la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, con el visto bueno de la Gerencia de Planificación, señala que:
- La Ley Nº 29664, Crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de políticas, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión de Riesgo de Desastres.
- Mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, para desarrollar sus componentes y procesos, así como los roles de las entidades conformantes del sistema, entre otros aspectos, sobre la base del texto elaborado por el Grupo de Trabajo constituido para tal efecto, reglamento de aprueba en el Artículo 39 inciso 39.41 que “En concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes Planes: a. Planes de prevención y reducción de riesgo de destres; b. Planes de preparación; c. Planes de operaciones de emergencia; d. Planes de educación comunitaria; e. Planes de rehabilitación; f. Planes de contingencia.
- Asimismo, señala que en el marco de las disposiciones precitadas y habiéndose revisado el Plan de Contingencia con su respectivo Anexo Plan de Pruebas presentado por la Gerencia de Tecnologías de la Información, se observa que se cumplen los lineamientos establecidos en la metodología publicada en el portal de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) que es el Ente Rector de Sistema Nacional de Informática y que entre sus actividades permanentes se encuentran las vinculadas a la normatividad informática, la seguridad de la información, entre otras.
De igual forma señala, que los Planes de Pruebas 2013 y 2014 se han ejecutado según el Anexo Plan de Pruebas contenido en el Plan de Contingencia propuesto; por lo tanto considera conveniente la aprobación del Plan de Contingencia como de su respectivo Anexo Plan de Pruebas, elaborado por la Gerencia de Tecnologías de la Información.
Que, mediante Informe Nº 776-2015-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto al proyecto de Plan de Contingencia y su Anexo I Plan de Pruebas, señala que se hace necesario su aprobación, no sólo por cumplimiento de la normatividad antes descrita, sino como levantamiento de las recomendaciones efectuadas en el Memorándum de Control Interno Nº 001-2009-MR/M.D.ATE; la misma que cumple con la estructura planteada por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, en su guía metodológica publicada en su portal web, proyecto que cuenta con la revisión y aprobación de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional;
opinando que es procedente la aprobación del “Plan de Contingencia y su Anexo I Plan de Pruebas”, el cual deberá realizarse mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Informe Nº 310-2015-MDA/GAF, la Gerencia de Administración y Finanzas señala que estando a los informes precedentes, remite los actuados para la prosecución de su trámite correspondiente;
Que, mediante Memorando Nº 073-2015-MDA/GM-CI, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20 y Artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo 1.- APROBAR; el PLAN DE CONTINGENCIA de la Municipalidad Distrital de Ate, y el ANEXO I -