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El marco legal vigente define al Municipio como la expresión del Estado en su Territorio, el cual ejerce por medio de la gestión, servicios y competencias responsabilidades en materia al desarrollo territorial, preservación del medio ambiente, necesidades de la población.

Por tanto los asideros legales para la el Ordenamiento Territorial del Municipio de Santa María son:

-En la Ley 217 «Ley General del Medio ambiente y los Recursos Naturales», establece las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales que lo integran, asegurando el uso racional y sostenible. En su artículo 16, enuncia que: “La elaboración y ejecución de los Planes de Ordenamiento del Territorio será responsabilidad de las autoridades municipales quienes los harán en base a las pautas y directrices establecidas….”

-La Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense de Accesibilidad (NTON), es la encargada de garantizar la accesibilidad a todas aquellas personas con capacidades diferentes, para mejorar la calidad de vida de las mismas.

-La Constitución Política de la República en su artículo 117, como la Ley 40 y 261 «Ley de los Municipios» en sus artículos 2 y 3 establecen que el municipio es la unidad territorial con autonomía Política Administrativa y Financiera, en el articulo 102 dicta: que los recursos naturales son patrimonio nacional y que corresponde al Estado promover su preservación, conservación, desarrollo y explotación racional.

-La Ley No. 40 y 261, «Ley de los Municipios», esta Ley garantiza la potestad de los municipios de orientar las acciones correspondientes para incidir en el desarrollo; en su artículo 6, nos expresa: “Los Gobiernos Municipales tienen competencia en todas la materias que inciden en el desarrollo socio-económico y en la conservación del ambiente y recursos naturales de su circunscripción territorial…..”

Entre las competencias de los Municipios se establece el Ordenamiento y Planificación del suelo, establecida en su artículo 7, inciso 5: «La Planificación, Normación y Control del uso de suelo y del desarrollo urbano y garantizar el cumplimiento de los mismos».

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Discutir y decidir sobre el Plan de Desarrollo Municipal y definir anualmente las metas de desarrollo integral del Municipio, buscando el equilibrio económico, social y ecológico de todas las partes del territorio y de todos los estratos de la población. (Ley de Municipios, Capítulo III, Arto. 28, inciso # 1).

-La Ley No 272 «Ley de la Industria Eléctrica», establece el régimen legal sobre las actividades de la industria eléctrica, las cuales comprenden entre otras actividades la generación de energía eléctrica y cuyas actividades autorizadas deberán realizarse de manera compatible con la protección de la vida humana, la propiedad, conservación de los recursos naturales.

-La Ley 291 «Ley de la Industria Eléctrica», establece las disposiciones fundamentales para la protección de la salud y conservación de los animales y vegetales, contra la acción perjudicial de las plagas y enfermedades en armonía con la defensa de la actividad agropecuaria sostenida, de la salud humana, los recursos naturales, biodiversidad y del ambiente.

-La Ley 168 «Ley para el Manejo de Desechos peligrosos y Sustancias Toxicas», establece el conjunto de normas y disposiciones orientadas a prevenir la contaminación del medio ambiente y sus diversos ecosistemas y proteger la salud de la población ante el peligro de la contaminación de la atmósfera, del suelo y de las aguas.

-La Ley 274 «Ley básica de regulación y control de plaguicidas, sustancias toxicas, peligrosas y similares», establece las normas básicas para la regulación control de plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares, así como determinar a tal efecto la competencia institucional y asegurar la protección de la actividad agropecuaria sostenida, la salud humana y los recursos naturales.

-La Ley 423 «Ley General de Salud», tutela el derecho que tiene toda persona de disfrutar, conservar y recuperar su salud, en armonía con lo establecido en las disposiciones legales y normas especiales. Para tal efecto regulará; entre otras cosas, el saneamiento del medio ambiente y la definición de las infracciones y su correspondiente sanción.

-La Ley 462 «Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal», establece el régimen legal para la conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal tomando como base fundamental el manejo forestal del bosque natural, el fomento de las plantaciones, la protección, conservación y la restauración de áreas forestales.

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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE

SANTA MARÍA, NUEVA SEGOVIA

-El Decreto 14-99 «Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua», tiene por objeto reglamentar la Ley No.217, Ley en lo que hace al Título II, Capítulo II, Sección III de las áreas protegidas, y además define que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) se integra por las Áreas Protegidas; los Parques Ecológicos Municipales, declarados legalmente por las respectivas Municipalidades y el conjunto de Reservas Privadas.

-La Ley 337 «Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres», hace mención de la prevención y mitigación de desastres, dando a los municipios un rol protagónico en estas acciones, así lo expresa el artículo 8, párrafo 6 y 7: “Con el fin de respetar las autonomías regionales y municipales definiendo a los gobiernos regionales y locales como los responsables primarios de las actividades relacionadas con la prevención, mitigación, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción en su ámbito territorial”.

-El Decreto 90-2001 «Política General para el Ordenamiento Territorial», orienta el uso del territorio en forma sostenible; entre los cuales se incluyen los recursos naturales, la prevención y mitigación de desastres naturales, el fortalecimiento de la gestión administrativa del Estado en el territorio, la coordinación interinstitucional y la gestión de los gobiernos municipales y la sociedad civil en función del Desarrollo Territorial.

-El Decreto 50-2001 «Política de Desarrollo Forestal de Nicaragua», orienta el accionar coherente de todos los actores del sector forestal, a fin de garantizar la protección, conservación y aprovechamiento sostenible del recurso forestal.

-El Decreto 78-2002 «Política de Desarrollo Forestal de Nicaragua», establece las normas, pautas y criterios para el Ordenamiento Territorial, en el marco del uso sostenible de la tierra, preservación, defensa y recuperación del patrimonio ecológico y cultural, la prevención de desastres naturales y la distribución espacial de los asentamientos humanos.

-La Ley 228 «Ley de la Policía Nacional», establece que la Policía Nacional ayudara en coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, Alcaldías y Gobiernos regionales en la vigilancia y protección del ambiente y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.

-La Ley 298 «Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de turismo», establece la conservación de los lugares y potencialidades turísticos, dándole participación a las autoridades respectivas.

-La «Ley General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial», establece el régimen jurídico y las disposiciones normativas para el Ordenamiento y Desarrollo del Territorio, en su

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artículo 6: dicta que el “Ordenamiento Territorial se hará con base en el uso y manejo adecuado de los recursos naturales…..”

-La «Ley de Vivienda Digna de la República de Nicaragua», establece el marco institucional, financiero y de acceso al suelo que permita a las familias de ingresos bajos y moderados, acceder a soluciones de vivienda digna...

-La «Ley especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y de acceso a la vivienda de interés social», tiene por objeto fomentar y promover la construcción de viviendas, con interés social a través del sector privado o cualesquiera de las empresas que se organicen bajo las formas de propiedad establecidas en la Constitución Política de la República las que gozaran de la igualdad ante la ley ante las políticas económicas del Estado.

-El Decreto 1308 «Ley de Protección de Suelos y Control de Erosión», en su artículo 1 establece las normas especiales referentes a la Protección de Suelos y al Control de la Erosión y la Vigilancia del cumplimiento de las mismas por parte del Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente (IRENA).

-El Decreto 19-91 «Estímulos Fiscales a la reactivación económica», en su artículo 1 establece “estimular la reactivación económica durante la fase de estabilización, por medio del otorgamiento de estímulos fiscales a aquellas personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades industriales, agropecuarias, agroindustriales y comerciales…” -El Decreto 17-90 «Decreto Ejecutivo Creador de la Comisión Nacional del Ambiente y Ordenamiento Territorial », en su artículo 3 establece que la “Comisión es la se encargara de atender los problemas o proyectos específicos en las variadas acciones ambientales. -La Ley 297 «Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario», en su artículo 1: tiene como objetivo regular las actividades de producción de agua potable, su distribución, la recolección de aguas servidas y la disposición final de estas.

-El Decreto 38-91 «Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Reforma Agraria», en su artículo 2 establece que es el ente encargado en la dirección y aplicación de las políticas de Reforma Agraria y Desarrollo Rural.

-La «Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales», tiene por objeto las condiciones básicas que regirán para la exploración y explotación de las riquezas naturales de propiedad del Estado…”

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