First Report on the Herpetofauna of Ataúro Island, Timor Leste
Appendix 1. This list includes one voucher specimen for each verified
Dentro de las prescripciones fundamentales de la Ley General de Educa- ción y las normas específicas de sus reglamentos, se orientan las acciones puestas en marcha por la Reforma peruana. En lo que sigue haremos un breve resumen de ellas.
a) El establecimiento del régimen co-educativo en todo el país como una manera de asegurar el igual trato de todos los educandos hombres y mujeres en el nivel de la Educación Básica. Esta educación mixta, normada por un artículo de la Ley y por un Reglamento especial, se aplicará gradualmente para garantizar su adecuada introducción.
b) La apertura de la capacitación profesional de todo tipo a las mujeres y la limitación de las formas tradicionales de educación laboral exclusivas para las mujeres.
c) La reforma de la educación familiar, destinada a suprimir los programas que hasta hoy han estado orientados a relegar a la mujer a las tareas domésticas. Esta educación, además, se generalizará de modo que las obligaciones de la vida hogareña puedan ser compartidas por hombres y mujeres. Sólo con la Reforma se comienza a comprender la importancia psicológica y social de la formación familiar de los varones. En ese sentido la generalización de este tipo de educación no ha dejado de tener resistencias.
d) Diferentes proyectos de concientización de mujeres y hombres de diver- sos medios sociales a fin de que comprendan la situación existencial de la mujer, sus derechos y sus posibilidades de acción en la sociedad. Conviene decir que éste es uno de los más importantes empeños de la Reforma con respecto a la educación femenina y que encuentra también resistencias muchas veces no sólo de los hom- bres sino de las propias mujeres.
e) Estudios de evaluación de los programas y producciones de los medios de comunicación que son contrarios a la dignidad de la mujer. En ese sentido, se han prohibido formas de propaganda comercial y otras maneras de utilización de la mujer como objeto sexual que, cosificándola, no solamente crean obstáculos a una nueva comprensión de la persona femenina sino que refuerzan los estereotipos y normas de cultura de una sociedad de dominación.
* Publicado en Expreso, 27 de enero, 1974.
necesita el soporte de una transformación revolucionaria, la cual, a su vez, se con- solidará y se profundizará sobre un nuevo enfoque educativo.
Uno de los rasgos más saltantes de la Reforma Educativa peruana se en- cuentra, justamente, en la focalización muy clara del problema educacional de la mujer dentro del marco general de su situación en la sociedad. Los planteamien- tos de la ley no se han dejado desorientar por el efecto del sistema actual sobre el
status femenino, sino que más bien han cuestionado ese status como el de todos los
grupos deprimidos y han concebido la educación de la mujer como un poderoso medio de revalorizarla y de contribuir a su plena realización en tanto que persona.
La importancia de este enfoque se muestra en el hecho de que la Ley Gene- ral incluye, dentro de su Título I, dedicado a las disposiciones fundamentales, un artículo específicamente referido a la educación de la mujer (Art. 11). Por cierto que este artículo específico no implica, ni mucho menos, el que no se refieran a la mujer todas las prescripciones de la Ley formuladas en términos genéricos. Se trata más bien de evitar lo que tantas veces ha ocurrido en la legislación educativa y en otras, el que, so capa de igualitarismo, se haya olvidado la situación específica de la mujer, con todas sus limitaciones y obstáculos reales.
El texto del mencionado artículo 11° dice así: “La educación será orientada hacia la revaloración de la mujer, ofreciéndole las máximas oportunidades para un desarrollo, personal, libre y pleno, única base auténtica de su decisiva función familiar y de participación creadora en el proceso de transformación y perfec- cionamiento de la sociedad peruana”. Por su parte el reglamento de la Ley en lo tocante a dicho artículo subraya la necesidad de que la educación de la mujer se ofrezca en un plano igualitario al del hombre, y de que ella sea capacitada para la participación activa en el proceso social. Son significativas al respecto los textos de los siguientes artículos:
Art. 1: “Todos los niveles, modalidades y programas del Sector Educación orientarán sus acciones hacia la revaloración de la mujer. La modalidad de Exten- sión Educativa desarrollará proyectos específicos al efecto”.
Art. 2: “Las acciones educativas en todos los niveles, modalidades y progra- mas especiales asegurarán el acceso de la mujer a todas las áreas de capacitación para el trabajo, sin discriminación por razón de sexo”.
Art. 3: “Se fomentará la activa participación cívica y política de la mujer. De manera especial se facilitará su acceso a la capacitación para la dirigencia”.
Como se ve, la Reforma peruana se orienta decididamente a promover la educación femenina, contribuyendo así de modo efectivo a su liberación.
desocupación; una acción amplia de capacitación de la mujer, que aumente los trabajadores hábiles, puede incidir muy negativamente en el cuadro social.
He aquí la observación. ¿Por qué la Reforma no la toma en cuenta? Por- que, aparte de que el planteo que está en la base de la objeción no es dinámico y por consiguiente, no toma en cuenta la incidencia positiva que puede tener en el cuadro económico el contar con recursos humanos más capacitados, esgrimir ese argumento contra la formación adecuada de la mujer es justamente aceptar y consagrar una desigualdad de oportunidades que perjudica a ésta y la condena a una situación de dependencia insuperable.
Todas las acciones reseñadas, que constituyen los primeros pasos dados por la Reforma en pro de la revaloración femenina y de una nueva educación de la mujer, no tendrían efecto profundo y de largo alcance si constituyeran acciones aisladas a cargo del Sector Educación, sin conexión con el resto de los sectores del Estado. Como ya hemos señalado en otra ocasión en estas mismas columnas, una de las características de la Reforma es atender la educación como una obligación y una tarea de todos los sectores estatales y de la comunidad, para lo cual se ha crea- do la Junta Permanente de Coordinación Educativa. Esta misma coordinación vale para la educación de la mujer y está específicamente prevista en el Reglamen- to del artículo 11° de la Ley General, que prescribe la constitución de un Comité Técnico especialmente dedicado al efecto.
Según las disposiciones reglamentarias correspondientes, dicho comité tie- ne como funciones:
a) Promover, asesorar, supervisar y coordinar las acciones educativas desti- nadas a la revaloración de la mujer.
b) Diagnosticar la situación de la mujer en el Perú y evaluar periódicamente las acciones efectuadas para su revaloración.
c) Formular la política para una acción multisectorial tendiente a la revalo- ración de la mujer en las diferentes actividades de la vida nacional.
d) Estimular la concientización de la mujer y de la comunidad en el proceso de cambios de la sociedad peruana.
Como se ve, en las acciones del Sector Educación y en las de otros sectores de la comunidad, cuya coordinación asegura el Comité Técnico, se abre una pers- pectiva muy amplia para el cambio de enfoque del rol de la mujer.
El tema es por eso más significativo que una mera polémica teórica y en- traña oposiciones y hasta violentas, como son todas las que afectan el orden so- cial vigente. Por cierto que los sectores conservadores de la sociedad, justamente aquellos que en el Perú y en otros países se oponen a las transformaciones revolu- cionarias, han expresado por diversos medios y en diversas formas su oposición a cualquier cambio profundo en lo que a la mujer se refiere, revelando así la íntima unión que existe entre liberación de la sociedad y liberación de la mujer.
La Reforma respalda y promueve este cambio, no sólo a pesar de los con- ceptos prevalecientes en el medio peruano, producto de una sociedad clasista y explotadora, sino también de la aparente solidez de ciertos argumentos que se han esgrimido desde perspectivas, más progresistas para frenar este giro trascenden- tal. Estas objeciones se basan en la siguiente apreciación general: el país todavía no ha salida de su crisis de subdesarrollo y soporta la carga de una fuerte tasa de
mente difundida y protegida es la escolástica, en su tardía versión española, a la que no faltan ciertamente algunas cumbres, como Suárez, pero que andaba por muy otros caminos que los del espíritu moderno. Además de oficial y de centrada en los intereses europeos, esta primera filosofía hispanoamericana es, pues, un pensamiento conservador, antimoderno.
Los temas americanos no dejaron de hacerse presente como elemento nuevo en la inquietud teórica. Hay un rico acervo de meditaciones filosófico-teológicos en torno a la humanidad del indio, al derecho de hacer la guerra a los aborígenes y al justo título para dominar. América, que es lo más valioso del pensamiento de los siglos XVI y XVII. Gracias a él la escolástica alcanza por momentos un tono vivo y creador, justamente en la medida en que toca la problemática de la exis- tencia en el orbe recién conquistado y en proceso de colonización. Pero, aparte de que entre los hispanoamericanos dedicados a la filosofía hay algunas figuras de maestros y divulgadores que destacan en este periodo, en mucho la meditación filosófica, incluso sobre la propia temática americana misma, se hizo desde la pers- pectiva española. No hubo y quizá no pudo haber, cuando menos al principio del periodo español, nada semejante a un enfoque americano original, a un cuerpo de doctrina que respondiera a las motivaciones del hombre de este continente.
El predominio de la escolástica se prolonga hasta el siglo XVIII. Entonces, por acción en parte de factores que operan en la propia España, como es el caso de la política liberalizante de los ministros de Carlos III y la obra de escritores de espíritu reformador, como el padre Feijoo y en parte debido a factores que operan en los territorios bajo el dominio español (por ejemplo, los viajeros y las expedi- ciones científicas), se hacen presentes en América ideas y corrientes contrarias a la escolástica y muy representativas de la nueva dirección que tomó el pensamiento europeo a partir del Renacimiento. Descartes, Leibniz, Locke y Hugo Grocio, así como Galileo y Newton, se cuentan entre los primeros autores difundidos entre nosotros con efecto revolucionario, aunque el hecho, medido con el reloj europeo, sea claramente tardío.
El número de libros y revistas extranjeras y de comentarios y lectores de gusto moderno aumenta aceleradamente a medida que avanza el siglo XVIII, y al mismo ritmo otros nombres resonantes, de poderoso influjo transformador, aparecen en el horizonte intelectual de los hispanoamericanos: Condillac, Rou sseau, Adam Smith, Benjamín Constant, he aquí algunos de los principales. Por otra parte, las instituciones educacionales y culturales se renuevan: en las ciudades cabeza de virreinatos o sedes de audiencias surgen los llamados colegios carolinos y las sociedades de “Amantes del País” y se editan revistas de cultura de induda- ble valor. Un despertar de la conciencia crítica y un primer esbozo de conciencia
SENTIDO Y PROBLEMA DEL PENSAMIENTO