CHAPTER 2. Authentication, characterisation and diversity of Lessertia spp root
2.2 Material and Methods
RESOLUCIÓN N.° 462/MJGGC/16
Buenos Aires, 25 de octubre de 2016
VISTO:
El Decreto N° 34/16, la Nota Nº 24037036/SSCOMUNIC/2016, el Expediente Electrónico N° 24045808-MGEYA-DGTALMJG/16 y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la encomienda de firma del despacho del Subsecretario de Comunicación, Sr. Federico Di Benedetto, atento su ausencia transitoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde el 27 de octubre al 02 noviembre de 2016, ambos inclusive;
Que por lo expuesto, corresponde designar al funcionario que se hará cargo del despacho de la citada Subsecretaría;
Que en tal sentido, el artículo 1º del Decreto N° 34/16, establece que en caso de ausencia o vacancia del Subsecretario de Comunicación, el reemplazante es el Subsecretario de Contenidos.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 34/16,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE
Artículo 1°.- Encomiéndase la atención de los asuntos y firma del despacho del Subsecretario de Comunicación, Sr. Federico Di Benedetto, al Subsecretario de Contenidos, Sr. Christian Coelho, desde el 27 de octubre al 02 noviembre de 2016, ambos inclusive.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Comunicación y de Contenidos, a la Secretaría Legal y Técnica, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Miguel
RESOLUCIÓN N.° 463/MJGGC/16
Buenos Aires, 25 de octubre de 2016
VISTO:
Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14 y N° 367/16, las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 2720-MHGC/16, y el Expediente N° 23956498-MGEYA-DGTALMJG/16 y,
Que por la presente actuación tramita la contratación de PASCUAL, Gonzalo, DNI N° 17.482.493, CUIT N° 27-17482493-8, bajo la figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente;
Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE;
Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria;
Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante;
Que la Resolución N° 2720-MHGC/16, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000.-);
Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE;
Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios;
Que el Decreto N° 367/16 prorrogo los términos del Decreto N°353/14 y sus complementarios hasta el 31 de diciembre de 2016;
Que el gasto que ocasiona el contrato que se detalla en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante;
Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni perciben ningún subsidio por razones de falta de empleo;
Que, asimismo, la persona por la cual se propicia la contratación ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenio con alguna Universidad;
Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL ($218.000.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,
Artículo 1º.- Autorízase la contratación de PASCUAL, Gonzalo, DNI N° 17.482.493, CUIT N° 27-17482493-8, para realizar tareas en la Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de obra, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF 2016-N° 24016447-DGTALMJG), de la presente.
Artículo 2º.- Delégase al titular de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel
RESOLUCIÓN N.° 465/MJGGC/16
Buenos Aires, 26 de octubre de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 10/16, el Expediente N° 23.995.008-MGEYA-DGTALMJG/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 2- Bienes de Consumo, 3-Servicios no personales, y 4- Bienes de Uso, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 608- Instituto Superior de la Carrera Administrativa, 2202- Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, 8284- Dirección General Gestión de Calidad, y 9980- Secretaría de Cultura Ciudada y Función Pública;
Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de las Unidades Ejecutoras 608- Instituto Superior de la Carrera Administrativa, y 8284- Dirección General Gestión de Calidad, para las cuales los Incisos 2- Bienes de Consumo, 3-Servicios no personales, y 4- Bienes de Uso, de los Programas 10- Capacitación del Personal, y 68- Atención Ciudadana de Calidad, no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a los Incisos 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de Uso, de los Programas 37- Construcción Ciudadana y Cambio Cultural, y 61- Defensa y Protección del Consumidor, dado que cuentan con saldo suficiente para ello;
Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 10/16 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016,
ANEXO
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 2-Bienes de Consumo, 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de Uso, de los Programas 10- Capacitación del Personal, 37-Construcción Ciudadana y Cambio Cultural, 61- Defensa y Protección del Consumidor, y 68- Atención Ciudadana de Calidad, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como IF-2016-24102817-DGTALMJG forma parte integrante de la presente.0
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido archívese. Miguel