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Mathematical Models

Chapter 4. Massive MIMO Systems with D2D Underlay

4.3 Mathematical Models

RESOLUCIÓN N.° 1398/MSGC/15

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2015

VISTO:

NO-2015-21025334-SSDEP, EX-2015-23360465- -MGEYA-DGLTSSASS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la referida nota, el Subsecretario de Deportes, hace referencia a la Ley del Deporte Nº 1.624, la cual regula, en el ámbito del Gobierno de la Ciudad, el Deporte Amateur y Profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar;

Que por el artículo 13 de la citada ley se creó el Consejo Asesor del Deporte, cuya función es la de asesorar a la Autoridad de Aplicación (Subsecretaria de Deportes), en todas las materias comprendidas en la mencionada ley;

Que en dicho artículo se encuentra previsto que el consejo en cuestión se encuentra presidido por la Subsecretaria de Deportes, o quien este designe o quien lo reemplace, y un (1) representante de cada institución deportiva que se inscriba en el Registro Único de Instituciones Deportivas. Asimismo integran el consejo dos (2) representantes de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un (1) representante de las Ministerios de Salud y de Educación y un (1) representante de la Universidad de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 1416/2007, se aprobó la reglamentación de la citada Ley y el funcionamiento del referido Consejo;

Que el Decreto N° 1451/2008, por el cual se modificó el artículo 15 del Decreto N° 1416/2007, estableció que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte es presidida por el Subsecretario de Deportes o quien este designe o quien lo reemplace; Que en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley ut-supra citada, corresponde nominar al representante de este Ministerio a los fines de integrar dicho Consejo;

Que la Dirección General de Redes y Programas de Servicios de Salud, propuso a la Dra. Ana Maria Medei, F.C. N° 262.058, para ejercer la representación de la Sra. Ministra de Salud ante el Consejo Asesor del Deporte, habida cuenta sus cualidades profesionales.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Establécese que la suscripta en su carácter de Ministra de Salud integrará como representante del Ministerio, el Consejo Asesor del Deporte, creado por Ley N° 1.624.

Artículo 2º.- Nomínase a la Dra. Ana Maria Medei, FC N° 262.058, para ejercer la representación de la Señora Ministra de Salud ante el Consejo Asesor del Deporte, con facultades para asesorar a la autoridad de aplicación y suscribir las actas y documentación necesarias para su funcionamiento.-

Artículo 3°.- Publíquese en el boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaria de Deportes, quien notificara a las personas citadas en los artículos precedentes. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1399/MSGC/15

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2015

VISTO:

NO-2015-18979462-UPEJOL y EX-2015-23360465- -MGEYA-DGLTSSASS,

CONSIDERANDO:

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada por el Comité Olímpico Internacional como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud, a desarrollarse en el año 2018, evento de carácter multideportivo, cultural, y educativo de primer nivel internacional dirigido a la promoción de valores olímpicos en la juventud;

Que mediante el Decreto 66/GCBA/14, fue creada la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", que entre sus funciones tiene la de coordinar con las distintas áreas del Gobierno, las acciones necesarias para llevar adelante la planificación, organización, financiación y celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018, como así también aquellas tareas preparatorias y conexas;

Que la Ley Básica de Salud Nº 153 tiene por objeto garantizar el derecho a la salud en forma integral, garantizando la cobertura universal con carácter de gratuidad, dando prioridad a las acciones dirigidas a la población más vulnerable.

Que la Ley Básica de Salud incluye en el Capítulo 2 del Título III, Subsector Estatal de Salud, la organización de una red asistencial a través de tres niveles de atención con el fin de categorizar las necesidades médicas de un caso concreto;

Que teniendo en cuenta la necesitad de articular las entre las áreas de gobierno las acciones y actividades necesarias para llevar adelante la organización de los Juegos Olímpicos de la Juventud del año 2018, resulta necesario designar al representante del Ministerio del Ministerio de Salud, en quien recaerá la responsabilidad de interactuar con la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018;

Que teniendo en cuenta la tarea que viene llevando adelante la Dra. Ana Maria Medei (F.M. 262.058), sus antecedentes, su estrecha colaboración con la Subsecretaría de Deportes en la presentación de la candidatura de la Ciudad para ser Sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud y en la organización de la "125 Sesión del Comité Olímpico Internacional", realizada en el Hotel Hilton de Puerto Madero, así como su conocimientos, experiencia como médica universitaria especialista en Medicina del Deporte, y teniendo en cuenta además que forma parte de la Academia Olímpica Argentina, es que se propicia su designación como responsable para interactuar entre las distintas áreas de gobierno y continuar las acciones específicas que se vienen desarrollando en miras a la organización de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018;

Que en consecuencia corresponde designar al responsable del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Nomínase a la Dra. Ana Maria Medei, FC N° 262.058, como responsable a cargo en el ámbito del ministerio de la interacción entre las áreas de gobierno y articulación de las acciones y actividades específicas necesarias para llevar adelante la planificación, organización y realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud del año 2018.

Artículo 2°.- Déjase expresa constancia que la designación formalizada precedentemente, no significará una mayor retribución que la que corresponde a su actual nivel escalafonario, prestando el agente su conformidad, que implícitamente evita erogación alguna y/o reclamo por ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la "Unidad de proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018", quien notificara a las personas citadas en los artículos precedentes. Cumplido, archívese. Reybaud

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