Social Binding in longer-term Visual Memory
Experiment 7: Memory for Head-Body Combinations
Servicio: 15012 D.G. DE BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO
El Decreto 100/2016, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, modificado por el Decreto 80/2017 de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación, dispone que corresponden a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio las competencias de la formación permanente del profesorado, la innovación y la evaluación. Desde esta perspectiva, los créditos del programa presupuestario 322O “Calidad de la Enseñanza” se destinarán a realizar actuaciones dirigidas a promover procesos de mejora continua y permanente de la práctica educativa que contribuyan a la calidad de la enseñanza. La consecución de esta meta se realizará a partir de las siguientes líneas prioritarias de actuación:
‐ Potenciación de la formación del profesorado mediante el diseño y la ejecución de actuaciones formativas de carácter permanente, el mantenimiento de la colaboración y cooperación con distintas entidades e interlocutores que participan en el desarrollo de la formación del profesorado y el reconocimiento, acreditación y registro de estas actividades. ‐ Desarrollar programas, proyectos y experiencias innovadoras de carácter educativo que fomenten modelos específicos de actuación y participación en los centros docentes. ‐ Evaluación de actuaciones y resultados en el ámbito educativo. Estas líneas prioritarias se concretan en los siguientes objetivos: 1. ELABORAR Y EJECUTAR LOS PLANES DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO
La Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, como unidad responsable de la formación del profesorado, asume la función de diseñar una oferta formativa amplia y diversificada, que responda a principios de calidad y excelencia y satisfaga la demanda de los profesionales de la enseñanza. Con tal motivo, se elaborarán planes de formación del profesorado, que recogerán las actuaciones formativas dirigidas a profesores de todas la enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), de acuerdo con lo establecido en su artículo 102: el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado, que agrupará actividades prestadas directamente por la Administración Educativa a través de la Red de Formación; el Plan de Formación Específica de Formación Profesional, que integrará las acciones formativas dirigidas al profesorado de distintas especialidades de formación profesional y cuyo fin último es la mejora de la calidad de las enseñanzas de formación profesional reglada. 2. REFORZAR Y MANTENER LA OFERTA FORMATIVA Desde la perspectiva de ofrecer al profesorado una diversidad mayor de posibilidades formativas que satisfagan sus necesidades y con la finalidad de conseguir un profesorado suficientemente preparado, la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, considera que la formación del profesorado es una actividad que se enriquece con la participación de distintos agentes y, por tanto, pretende
PROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2018
Programa: 322O
Servicio: 15012
MEMORIA DE ACTIVIDADES
incrementar la colaboración con entidades sociales, instituciones y organizaciones educativas que tengan entre sus fines la formación.
Por último, la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio completará y reforzará su oferta formativa fomentando distintas medidas entre las que se encuentran aquellas actividades de formación impulsadas institucionalmente por aquélla.
3. RECONOCER LA ACTIVIDAD Y LA FUNCIÓN DOCENTE
El artículo 104 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece que las Administraciones educativas velarán para que el profesorado reciba el trato, la consideración y el respeto acordes con la importancia social de su tarea y que prestarán una atención prioritaria al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento de la actividad docente. En este sentido y como quiera que la realización de actividades de formación permanente surte efectos específicos en la carrera profesional de los docentes, bien como mérito en las oposiciones o, en el caso de los funcionaros docentes, para la acreditación de su participación en actividades de formación, a fin de obtener el componente que integra el complemento específico, se llevará a cabo el reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación y especial dedicación. 4. MODELO BILINGÜE: MEJORAR LA COMPETENCIA LINGÜÍSTICA, EN LENGUA INGLESA, FRANCESA Y ALEMANA DE PROFESORES Y ALUMNOS
La Comunidad de Madrid considera un objetivo prioritario, en materia educativa, la extensión progresiva del modelo de enseñanza bilingüe, iniciado en el año 2004 en los colegios públicos de la Comunidad de Madrid, a los centros de la región. En dicho modelo se convierten las lenguas extranjeras en una segunda lengua vehicular en la medida que el alumno no sólo aprende el idioma, sino que recibe parte de las enseñanzas en dicho idioma. A este modelo, que está ya arraigado en 360 centros de Educación Primaria e implantado en 134 centros de Educación Secundaria Obligatoria, y se prevé que para 2018 se amplíe a 369 colegios públicos bilingües y a 152 institutos públicos bilingües.
En consecuencia, la Consejería de Educación e Investigación diseñará programas de formación en lenguas extranjeras para los profesores de los nuevos centros que se incorporen al programa, reforzará el aprendizaje adquirido por alumnos y profesores incrementado el número de auxiliares de conversación en los centros bilingües y mantendrá distintas medidas de soporte y apoyo necesarias para su afianzamiento.
5. PROYECTOS Y PROGRAMAS DE INNOVACIÓN EDUCATIVA: FOMENTAR LA RELACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS Y PROFESORES Y PROMOVER EL INTERCAMBIO Y MOVILIDAD ENTRE CENTROS EDUCATIVOS
Se mantendrán aquellas medidas dirigidas a desarrollar las competencias básicas, las enseñanzas artísticas y los valores de la educación ambiental, que favorezcan, en definitiva, el progreso y desarrollo integral, personal y profesional del alumno.
Igualmente, se apoyarán las iniciativas y proyectos de los centros madrileños que deseen participar en programa Erasmus + de la Unión Europea y contribuyan al desarrollo de la sociedad del conocimiento.
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6. DESARROLLAR ACTUACIONES DE DIAGNÓSTICO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN PARA FAVORECER LA IMPLANTACIÓN DE PROCESOS DE MEJORA Y CALIDAD EN LA EDUCACIÓN. ELABORAR LAS ESTADÍSTICAS DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID El Decreto 100/2016, de 18 de octubre, modificado por el Decreto 80/2017 de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se crea la Consejería de educación e Investigación asigna a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, la competencia en evaluación. Por lo que es obligación de esta Dirección General desarrollar programas de evaluación como punto de partida necesario para permitir procesos de mejora y fomentar una cultura de evaluación interna y externa de las actuaciones educativas como elemento relevante para la mejora de la calidad de la educación. El resultado de las evaluaciones será la obtención de indicadores de calidad, estudios y análisis que favorezcan la toma de decisiones razonables que afecten a la mejora de la calidad educativa. No obstante, para construir un marco de evaluación educativa más eficaz, no solamente es necesario fortalecer las herramientas actuales, sino también disponer de más herramientas de medición que permitan la comparación internacional de resultados.
En consecuencia, en el año 2018, se realizarán, con ayuda de colaboraciones externas, programas de análisis y evaluación que implicarán a los centros educativos y al conjunto del profesorado y se participará en procesos de evaluación educativa propios de organizaciones internacionales.
En consonancia con lo estipulado en los artículos 20 y 29 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, así como en los Decretos 89/2014, de 24 de julio y 48/2015, de 14 de mayo, por los que se establecen para la Comunidad de Madrid, respectivamente, los currículos de la educación primaria y de la educación secundaria obligatoria, los cuales disponen la realización de evaluaciones individualizadas a los alumnos que finalicen tercero y sexto curso de educación primaria y cuarto curso de educación secundaria obligatoria, así como en el Real Decreto‐ Ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, la Administración educativa de la Comunidad de Madrid implementará dichas pruebas en el ejercicio 2018. Asimismo, desde esta Dirección General, se realizará el análisis y tratamiento de los datos estadísticos en el ámbito de la Consejería. Además, se elaborará la información correspondiente a la Comunidad de Madrid que requiere el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para realizar las Estadísticas de Educación incluidas en el Plan Estadístico Nacional. 7. DESARROLLAR ACCIONES FORMATIVAS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS En el marco de las líneas prioritarias de formación de la Comunidad de Madrid resulta un elemento esencial la convivencia como requisito para garantizar el derecho a la educación. Para detectar, prevenir e intervenir en conflictos que puedan alterar esta convivencia en los centros educativos se ha diseñado el Programa de Lucha contra el Acoso Escolar de la Comunidad de Madrid que contempla actuaciones y medidas específicas, de carácter permanente y estructural, destinadas a prevenir y erradicar el acoso escolar en la región.
PROYECTO DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2018 Programa: 322O Servicio: 15012 MEMORIA DE ACTIVIDADES Dentro de estas medidas, en el ámbito de la formación del profesorado, se desarrollará un MOOC (Massive Online Open Courses) para acercar a los docentes a la herramienta socio escuela, su interpretación y las medidas de intervención en los centros escolares cuando se detecten situaciones que impidan el clima social adecuado para el ejercicio del derecho a la educación que se tiene previsto implementar en el año 2018, junto con otro MOOC (Massive Online Open Courses) para la mejora de la convivencia dirigido, específicamente, a las familias y a su mayor participación en las escuelas.
8. DESARROLLAR EL PORTAL EDUCATIVO EDUCAMADRID Y OTRAS ACTUACIONES PARA LA IMPLANTACIÓN EN LOS CENTROS DOCENTES DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES El programa 322O financiará los gastos de contratación de empresas y profesionales para la realización de asistencias técnicas y colaboraciones para el desarrollo del portal educativo EducaMadrid y otra serie de actuaciones para la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los centros docentes madrileños.
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PROGRAMA: 322O CALIDAD DE LA ENSEÑANZA