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MEMORY USAGE INTRODUCTION This chapter describes how to determine the amount of main

Para que una persona pueda comparecer como imputada en un proceso y en caso de probar su culpa, ser aplicada una medida de seguridad o una pena, debe cumplir con algunas características, entre las que se encuentran las siguientes: La persona debe ser mayor de edad según lo que dijo el Profeta: “tres clases de personas son eximidas de toda responsabilidad religiosa: el Demente hasta que sane, el Dormido hasta que despierte y el niño hasta llegar a la Pubertad” (BBC, 2009: 1), y debe tener conocimiento de la prohibición. Si estas condiciones se cumplen, no existe impedimento para que se realice el proceso y si corresponde, se aplique la pena (BBC, 2009).

Los delitos se dividen en Qisas, Tazir y Huddud. Los primeros corresponden a la ley del Talión, y son los más conocidos. Lingüísticamente, Qisas significa “musawa”, que quiere decir: “hacer algo igual a otra cosa”; es decir, el castigo es igual o proporcional al crimen. Una mejor traducción sería: “justa retribución”. El Corán y las Tradiciones Proféticas postulan castigar con una acción equivalente a la sufrida, o se cambia eso por una retribución llamada Diyah, indemnización o “precio de sangre”, en casos menos graves o cuando infligir el mismo daño es imposible, ridículo o no conducente, como es en los casos de asesinato. En un párrafo del Corán se explica: “Pero si a uno su hermano le perdona algo, que este proceda según lo reconocido y que él lo entregue buenamente”(BBC, 2009: 1).

En el caso de estos delitos, el juicio se sustancia ante un solo juez y luego de la acusación se procede con el interrogatorio del acusado. Adicionalmente, el demandante debe presentar las pruebas que fundamentan sus alegaciones y que acreditan la verosimilitud de los hechos. De la misma manera, el acusado puede estudiar las pruebas presentadas e impugnarlas, así como presentar sus pruebas. El derecho procesal islámico no permite que se lleve a cabo un proceso en ausencia del demandado, sobre todo en casos de homicidios. La no presencia del inculpado implica el desconocimiento de sus argumentos, por lo que se violaría su derecho de defensa en público. El Talión es la ley de la balanza; de realizar lo necesario para lograr restablecer el equilibrio cuando ha habido una transgresión, no es un medio de represalia y venganza, ya que Allah apela a la compasión, al

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perdón y a la misericordia, pero sin dejar de lado la advertencia de que todo acto tiene su efecto y sanción acorde a su gravedad (BBC, 2009).

Los delitos Tazir son los considerados menores. Estos crímenes son actos que se castigan porque el que los comete desobedece la Ley de Dios y su Palabra, y hace daño a los intereses de la sociedad. En esta categoría, la Sharia hace énfasis en el interés social o público. Históricamente, estos delitos no fueron codificados o escritos, por lo que los jueces tienen libertad para elegir los castigos a aplicarse; el principio rector en virtud de la Sharia es que deben responder a Dios y a la comunidad de los musulmanes. Los delitos Tazir más comunes son el soborno, la venta de productos contaminados o defectuosos, la traición, la usura, y la venta de material obsceno. Algunos de los castigos más comunes para estos delitos son: asesoramiento, multas, censura pública o privada, incautación de bienes, confinamiento en el hogar o lugar de detención, y la flagelación (VIVEISLAM ORG, 2012).

La tercera categoría de delitos es la de los Huddud o hadd y se basan en el Corán y en la Sunnah. Los crímenes Hadd son: 1. Asesinato; 2. Hacer la guerra contra el Islam; 3. Robar; 4. Hurtar; 5. Adulterio; 6. Difamación; 7. Falsa acusación de adulterio o fornicación; 8. La apostasía del Islam; y 9. Beber Alcohol (y otros intoxicantes) (VIVEISLAM, 2012). En el caso de la fornicación y adulterio; sobre los cuales el Corán advierte al musulmán en la Sura La Luz, versículo 32: “Y no os acerquéis a la fornicación pues ello es una indecencia y un mal camino”. La pena para estos actos lo relató Ubada Ibn As Samit, indicando que el Mensajero de Allah dijo: “…cuando las partes involucradas son solteras, deben recibir cien azotes y ser desterradas por el período de un año […] pero cuando cometan fornicación luego del matrimonio deben recibir cien azotes y ser luego apedreados [Raym] hasta la muerte (BBC, 2009:1).En los casos de fornicación y adulterio, el beneficio de la duda es para el acusado; se requiere estrictamente tres pruebas en el siguiente orden: 1. Cuatro testigos presenciales hombres (que hayan visto el acto), 2. Una confesión libre y sin presiones, y 3. El embarazo. Por la naturaleza de estas pruebas y las posibilidades de impugnarlas por parte de la defensa, su aplicación suele ser difícil y en muchos casos, imposible (BBC, 2009).

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El siguiente delito hadd es el de la injuria o calumnia. El Corán, en la Sura La Luz, versículo 4 dice: “…y a los que acusen a las mujeres honradas sin aportar seguidamente cuatro testigos dadles ochenta azotes y nunca más aceptéis su testimonio. Esos son los descarriados”. En el caso de adulterio o fornicación, por ejemplo, los testigos deben haber visto directamente el acto y acreditar de qué manera lograron ser testigos. Cuando no pueden dar las pruebas suficientes, el acusado puede pasar a ser denunciante; en este caso, la prueba defectuosa por parte de los calumniadores es usada en contra de ellos mismos. Sin embargo, el Corán también otorga una posibilidad en la Sura La Luz, versículo 5: “…a excepción de los que se retracten después de haberlo hecho y rectifiquen, pues en verdad Allah es perdonador y compasivo”. En el proceso legal, esto implica que el denunciante puede retractarse de lo atestiguado y rectificarlo, dejando intacta la dignidad de la persona acusada en forma pública (BBC, 2009).