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2..2.1. DISEÑO ORGANIZACIONAL.

El Programa de Caminos Rurales - PCR, a cargo de Provías Descentralizado (Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú), se inició en 1995 y ha contado con fondos del Gobierno del Perú, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. Se trata de un programa nacional de rehabilitación y mantenimiento de caminos afirmados que vinculan comunidades y aldeas rurales, con las carreteras secundarias y principales y, a través de ellas, con los pueblos y ciudades del interior, densificando, hasta el nivel de aldea rural, la red vial peruana, especialmente en las regiones de mayor pobreza. En los años de existencia, el programa ha sido evaluado en términos de su impacto en la economía (niveles de ingreso, dinamismo de mercados), en la equidad de género, en el impacto a la cultura alto andina, en el acceso a los caminos de herradura, y en las condiciones de vida rural (acceso a educación, salud, etc.).

Dentro de la política de Descentralización de las actividades del Gobierno Central a los Gobiernos Regionales y Municipales, el Año 2003 se inició la descentralización del

Servicio de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales, transfiriéndose a los Gobiernos Regionales y a 21 Gobiernos Locales, que representan a los Institutos Viales Provinciales, IVP, este componente, incorporando en sus presupuestos la partida de mantenimiento rutinario con fondos del Tesoro Público; en Junio del 2006, se ha efectuado la segunda transferencia, del mismo componente, a 86 Gobiernos Locales. Desde el año 2005, los Gobiernos Regionales contrataron el Mantenimiento Rutinario, realizando procesos de selección en base a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados con los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; para el caso de los IVP, desde el 2004 al 2006, la contratación del mantenimiento rutinario continuó con la modalidad empleada por PROVIAS DESCENTRALIZADO, es decir contratando de manera directa con las denominadas “Microempresas”, y desde el 2007 han iniciado procesos de selección en base a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados con los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM.

Para la contratación de los servicios de mantenimiento rutinario, los Institutos Viales Provinciales realizarán los procesos de selección con base a la Ley de Contrataciones del Estado aprobada con el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y los dispositivos modificatorios y ampliatorios vigentes.

El Gobierno local, aplicando los dispositivos legales de la trasferencia del mantenimiento Rutinario, establece estos Términos de Referencia para la contrataciónón de los servicios indicados.

a. Directiva de Mantenimiento Rutinario No.001-2004- MTC/21.GM.

b. Directiva de Mantenimiento Rutinario No.002-2004- MTC/21.GM.

c. Directiva de Mantenimiento Rutinario No.001-2005- MTC/21.GM.

d. Instructivo Nº 001-2009-MTC/21-UGTR

2.2.1.1. CARACTERISTICAS DE LAS MEMVR PARA SER CONTRATADAS

COMO ENTIDAD JURÍDICA

Las microempresas deben estar legalmente constituidas bajo una forma empresarial o asociativa, de acuerdo a la legislación específica del país de origen. Deben contar con la documentación necesaria de carácter legal y tributario que acredite su constitución y que las habilite para suscribir contratos.

Ello implica:

• Estar legalmente constituida e inscrita en los registros sectoriales correspondientes.

• Tener un cuadro directivo elegido y operativo, según corresponda a la modalidad jurídica adoptada.

• Tener un representante legal apto para suscribir contratos.

• Contar con el Registro Único de Contribuyente o su equivalente.

• Haber desarrollado un plan de acción de la microempresa.

• Haber definido la relación de socios acreditados que se integrarán de manera permanente o eventual.

2.2.2. IMPLEMENTACION DE LAS MEMVR

Las microempresas se implementan con la finalidad de mantener los caminos en un adecuado nivel de conservación, de manera que permitan la libre circulación de vehículos durante todas las épocas del año. Esto facilita que las poblaciones que los utilizan tengan acceso a la producción, a los servicios y a los mercados.

De esta manera, se busca contribuir al logro de los objetivos de desarrollo social y económico de la localidad o región donde se ha decidido desarrollar un sistema rutinario de conservación vial.

2.2.3. RESPONSABILIDADES DE LAS MEMVR.

Las microempresas, en su calidad de entidades jurídicas contratadas, ejecutan las labores técnicas del mantenimiento rutinario.

La definición de los alcances del mantenimiento rutinario dependerá de la propia Entidad Contratante (el municipio o prefectura responsable de la conservación vial), pero, en

general, éste se refiere a ciertas actividades de conservación vial que por su propia naturaleza son ejecutadas mediante el uso intensivo de mano de obra, tales como:

• Limpieza de cunetas, alcantarillas y demás elementos del sistema de drenaje del camino.

• Mantenimiento y reforzamiento de las obras de arte.

• Remoción de escombros y otros elementos de la superficie de la vía que obstaculizan la libre circulación de los vehículos.

• Cuidado de la superficie de rodadura del camino y el parchado de pequeños huecos.

• Apoyo, en situaciones de emergencia, por catástrofes naturales.

• Mantenimiento de señales.

• Forestación de laderas, etc

Para ejecutar estas labores, las microempresas asumen responsabilidades operativas como la organización de las cuadrillas o grupos de trabajo, ajustándose para ello al plan anual de mantenimiento que habrán elaborado de manera conjunta con los ingenieros responsables de la Entidad Contratante.

La labor de la microempresa es únicamente de servicios por contrato, y por ello no genera una relación laboral con la Entidad Contratante. Eso significa que si el servicio está bien dado, la microempresa se hará acreedora al pago de la tarifa estipulada en el contrato, pero si éste es realizado de manera

deficiente, la Entidad Contratante (municipio o gobierno provincial o departamental), estará en pleno derecho de aplicar las sanciones establecidas en el contrato o, en casos extremos, rescindirlo

2.2.4. FASES DE LA FORMACION DE MICROEMPRESAS DE MEMVR

2.2.1.4.1. CRITERIOS BÁSICOS

 Las microempresas deben ser conformadas considerando la combinación de criterios sociales y empresariales por ser modelos asociativos no tradicionales.

 Las microempresas deben realizar un trabajo eficiente y de calidad, por lo que se les considera contratistas locales con habilidad para suscribir contrato de servicios con el Estado, los mismos que serán supervisados y evaluados constantemente. Se trata de promover criterio empresarial y responsabilidad social.

 Las microempresas son conformadas principalmente por Promotores Externos debidamente seleccionados, y sólo excepcionalmente serán realizados por administración directa.

 Durante el desarrollo de su trabajo, el Promotor Externo tomará en cuenta los siguientes aspectos

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