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física?

Las personas con discapacidad física son muchas veces más productivas que las personas sin discapacidad.

Por la integración, la persona con discapacidad se integra mucho más rápido a la empresa y si hablamos de leyes, están los descuentos remunerativos que se les hace a las empresas por contratar personas con discapacidad así como multas por no hacerlo.

P7. ¿A qué retos se enfrenta una persona con discapacidad física en el país y en el mercado laboral?

Son muchas, por ejemplo las empresas no tienen los accesos necesarios, todavía las empresas tienen ese prejuicio de que las personas con discapacidad física no son productivas porque no ven ese beneficio que les puede generar contratar a una persona con discapacidad.

P8.¿Cuáles son las bases prohibidas de la discriminación en el empleo? - Edades.

- Sexo (género).

- Discapacidad (no se puede discriminar por un tipo de discapacidad cuando la discapacidad es múltiple).

P9. ¿Existe alguna distinción que no se considere discriminatoria?

Nosotros consideramos a todas las personas por igual sin distinción.

Según el artículo N° 49 de la Ley N° 29973 establece que los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no menor al 3% de la totalidad de su personal y en entidades públicas a emplear personas con discapacidad en una proporción no menor al 5% del total de sus trabajadores.

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ejecutores, el congreso habrá sacado sus propias mediciones para poder sacar estos porcentajes.

P11. Según su experiencia ¿Cree usted que este porcentaje debería aumentar o disminuir?

Está bien, simplemente al momento de darse la ley primero se debió dar el tema de salud, rehabilitación, educación y por último recién implementar la ley de la discapacidad laboral.

P12. ¿Qué tipo de entidades públicas específicamente tiene que cumplir con esta ley?

Todas las entidades del estado, no puede haber una excepción.

P13. ¿Cómo regulan para que esta ley se cumpla?

Las regulan a través de las resoluciones ministeriales, la resolución la da el ministerio hacia el congreso y este lo aprueba.

Las entidades que regulan la ley son:

- Empresas Públicas: CONADIS y/o SERVIR.

- Empresas Privadas: SUNAFIL. El MINTRA no regula ni fiscaliza esto.

P14 ¿Cuáles son las multas si la empresa tanto pública como privada no cumple con esta ley?

Estas entidades ponen las multas y son 12 UIT.

P15. ¿Cómo ha evolucionado esta ley?

Muy bien ya que si anteriormente se contrataba el 1% de personas con discapacidad ahora ese porcentaje ha aumentado.

P16. ¿Cómo han sido estas regulaciones antes que existiera esta ley?

Antes de que existiera la ley no había regulaciones, antes en el centro de empleo del MINTRA no había una bolsa de trabajo para personas con discapacidad, a partir del 12 de

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mayo del 2015 las personas con discapacidad empezaron a hacer sus requerimientos; el 1 enero 2016, empezó a regir la ley, la fiscalización.

Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que los programas de formación laboral, actualización, colocación y empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como de los gobiernos regionales y municipalidades deben incorporar en su diseño, componentes, estrategias o metodologías especializadas para adaptar la prestación de sus servicios a las necesidades y características de los distintos tipos de discapacidad, con la finalidad de optimizar su eficacia.

P17. ¿Cuáles son los tipos de formación laboral que ofrecen? ¿Con que frecuencias?

Todas las formaciones laborales posibles, tenemos un área que programa todas las capacitaciones.

P18. ¿Cuáles son las estrategias o metodologías que utilizan para hacer cumplir este decreto?

Las estrategias que estamos haciendo son registros itinerantes en diferentes instituciones, hacemos talleres de sensibilización, análisis de puestos, etc.

El artículo N° 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Perú mediante Decreto Supremo N° 073-2007-RE, establece como obligaciones de los Estados parte, permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y contínua, así como alentar las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad en el mercado laboral y apoyarlas para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno del mismo.

P19. ¿Qué tipo de orientación física y vocacional tienen que proporcionar las empresas tanto públicas como privadas?

Eso no lo vemos nosotros.

P20. ¿Ustedes realizan campañas para que la gente con discapacidad física sepa sobre los puestos de trabajos disponibles? ¿Con que frecuencia?

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A través de Internet.

P22. ¿Ustedes creen que proporcionan la debida información a las empresas para que ellos puedan contratar a estas personas con discapacidad física?

Si, se les da asesoramiento, las empresas tienen que solicitar eso o también nosotros visitamos a las empresas.

P.23. ¿Ustedes creen que proporcionan la de debida información a las personas con discapacidad física para que ellos puedan postular a un puesto de trabajo en una empresa?

Si, de manera presencial y nosotros vamos a donde están ellos.

P24. Me puede decir su opinión sobre estos mitos y prejuicios:

“Las personas con discapacidad tienen un bajo rendimiento laboral, son poco productivos”

Es erróneo, son solo mitos y prejuicios, las personas con discapacidad física tienen una parte discapacitada, el resto de su cuerpo está bien y todas sus capacidades están perfectas.

“Los clientes pueden sentirse incómodos al tratar con personas con discapacidad”

En algunos casos si porque no saben cómo actuar, para eso estamos nosotros para apoyarlos y darles el asesoramiento de cómo tratar a una persona con discapacidad.

“Las personas con discapacidad deben ser poco cumplidoras”

189 ANEXO 9:

ENTREVISTA N°8: DIRIGIDA A PERSONAS RELACIONADAS A LOS MINISTERIOS Y

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