3.1.1. Título
Estudio jurídico sobre las medidas cautelares en la demanda de la unión de hecho, para demostrar la vulneración del derecho de disposición de los bienes propios en La Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Ibarra en el año 2013.
3.1.2. Introducción
Con este estudio jurídico se pretende descubrir las soluciones jurídicas adecuadas para los problemas que plantea la vida social de nuestra época, cada vez más dinámica y cambiante, lo que implica también la necesidad de profundizar en el análisis de dichos problemas, con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico a dichas transformaciones sociales.
Este estudio nos permitirá encontrar soluciones a los cambiantes problemas del momento histórico y del ordenamiento jurídico en el cual nos ha tocado vivir., tomando siempre en cuenta la realidad social en la cual nos encontramos inmersos.
El Estado Constitucional de Derecho y Justicia
El Estado Constitucional de derechos y justicia significa que, la administración de justicia convierte a los jueces en creadores y garante de los derechos; se garantiza la horizontalidad de la judicatura, por eso no hay jueces supremos ni jueces supriores, todos son jueces de garantías, ya que la sentencia busca la paz social.
Cabe recalcar que el mandato fundamental de la Carta Magna vigente es la consecución del bien común y la paz social y que las decisiones de los operadores de justicia sean de respeto a la Constitución, Tratados Internacionales de Derechos Humanos y a la Ley. La Justicia
La justicia es algo que hacen los seres humanos y por esta razón la justicia es el arte de lo bueno y lo equitativo; y como está en manos de seres humanos su administración puede
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equivocarse, pero estas equivocaciones deben ser indemnizadas porque todos somos responsables y si nuestras acciones u omisiones causan daño debemos responder por esos daños.
Como principal función de la justicia es, la de ayudar a aliviar la arbitrariedad judicial; es decir, resuelve problemas para otorgar a cada uno lo que le corresponda según la materia del litigio.
La Justicia en el Ecuador
La Constitución de la República del Ecuador, señala una serie de garantías, con el objeto de hacer realidad el respeto a nuestros derechos pero, para lograr esto hay que saber que métodos tomar para hacer más eficiente la justicia dentro un litigio y evitar que nuestros derechos sean vulnerados constantemente ya que, no solo con ser proclamados y plasmados en papel nuestros derechos, estamos exentos de vulneración, es necesario saber el camino a seguir para reclamarlos cuando han sido violentados.
Derecho Constitucional de Protección a la Familia y Unión de Hecho
Estamos en un estado garantista de derechos por esta razón nuestra carta magna la Constitución de la República nos manifiesta lo siguiente: “Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizara condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basaran en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes”.
“La unión estable y monogámica entre personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generara los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio”. (CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, 2008)
La Unión de Hecho
Uno de los fines por los cuales las parejas se unen es el deseo tener una vida en común hasta el fin de sus días, tradicionalmente este deseo se encontraba plasmado a través del matrimonio, aquello nos hace pensar que la idea tradicional del matrimonio también ha ido cambiando, que ya no es un contrato, sino una institución familiar; la unión de un hombre y una mujer tiene una proyección social diferente.
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Con el transcurso de los años la unión de hecho ha venido cambiando de acuerdo a las necesidades de la sociedad actual, convirtiéndola en la institución jurídica más accesible para las parejas. Pero las normas para su regulación han quedado insuficientes, demostrando que es necesaria la creación de normas y un trámite específico para evitar que esta institución sea el origen de vulneración de derechos; y cumpla con su fin que es, el de garantizar el bien común entre sus miembros.
La Partición de la Sociedad de Bienes
Durante el juicio de disolución y liquidación de la sociedad de bienes o cualquier otra controversia entre cónyuges, a petición de cualquiera de ellos, el Juez podrá tomar las providencias que estime conducentes a la seguridad de los bienes mientras dure el juicio, es decir se solicitarán medidas cautelares sobre los bienes fruto de la sociedad de bienes para evitar futuras arbitrariedades.
Pero al demandar la partición de la sociedad de bienes creada por la unión de hecho, no se puede resolver directamente este proceso; ya que de por medio esta primero la declaración de la unión de hecho. Provocando la vulneración del derecho de disposición de los bienes propios, ya que mientras se sustancia la declaración de la unión de hecho, perdurará la medida cautelar sobre los bienes.
Con esto se puede concluir que la institución jurídica de la unión de hecho no tiene aún suficientes normas para regular a las relaciones jurídicas que existe entre sus miembros. 3.1.3. Incidencia de la propuesta
La idea a defender planteada se refiera a la elaboración de este estudio jurídico sobre las medidas cautelares en la demanda de la unión de hecho, demostrara la vulneración del derecho de disposición de los bienes propios en la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Ibarra en el año 2013, y la propuesta que se plantea dentro de esta tesis es, evitar que en el proceso de partición de la sociedad de bienes creada por la unión de hecho, se vulnere el derecho de disposición de los bienes propios.
3.1.4. Propuesta del investigador
La complementación de las normas aplicables a la unión de hecho, para de esta manera llenar los vacíos legales existentes, además de la implementación de un trámite específico
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donde se tome en cuenta los temas que abarca el matrimonio dentro de la unión de hecho y de esta manera evitar la aplicación de normas jurídicas de otras instituciones jurídicas. En el proceso de la declaración de la unión de hecho, se demuestre por parte de las autoridades eficiencia y correcta aplicación de los instrumentos judiciales; evitar formalismos para agilitar los tramites dentro de la unión de hecho.
Dentro de los procesos de partición, disolución y liquidación de la sociedad de bienes fruto de la unión de hecho, se tome en cuenta como prueba principal para demostrar la existencia de la unión; la confesión de testigos y la existencia de hijos, para agilitar el proceso y evitar demandar la declaración de la unión de hecho primero.
En los procesos de la declaración de la unión de hecho evitar la aplicación de medidas cautelares promoviendo a la prueba como factor primordial dentro de un trámite específico para demostrar la existencia de una relación en unión de hecho, así como también la existencia de bienes; y evitar la vulneración del derecho de disposición de los bienes propios que tienen las personas.
Fomentar la creación de normas jurídicas dentro del nuevo Código Orgánico General de Procesos y Código Civil; para de esta manera fortalecer a las reformas realizadas en el Registro Civil referentes a la unión de hecho.