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3   Methodology 31

3.2   Methodological approach 33

8.2. FUNCIONES Y CRITERIOS

Las funciones que debe desarrollar el formador/a conjuntamente con el profe- sional de orientación de una ET/CO/TE son:

• Ayudar al alumnado a mejorar su grado de empleabilidad.

• Preparar al alumnado para su integración en el mercado de trabajo.

Para ello el profesorado/orientador/a debería:

• Conducir la toma de decisiones en el ámbito de sus intereses profesio-

METODOLOGÍA METODOLOGÍA

DIDÁCTICA

DIDÁCTICA

para profesores/as y monitores/as para profesores/as y monitores/as

de Escuelas Taller, Casas de Oficios y

de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de EmpleoTalleres de Empleo

• Relacionar los contenidos de las diferentes áreas del curso con el ejerci-

cio profesional.

• Conectar las ideas de sí mismo, con sus intereses de tipo profesional para

poder ir haciendo opciones coherentes y libres.

• Facilitar información de tipo profesional.

• Favorecer sus intereses profesionales facilitándole información sobre los

mismos y potenciando su capacidad de actualización.

• Acercar al conocimiento de la dinámica del mundo laboral.

• Propiciar el desarrollo de actitudes positivas hacia el mundo laboral. • Favorecer la adaptabilidad y anticipación a los cambios.

• Facilitar un cambio actitudinal del alumnado hacia el empleo y hacia la

búsqueda del mismo.

• Enseñarle las diferentes técnicas de búsqueda de empleo. • Informarle sobre la situación del mercado laboral.

• Facilitar la adaptación de los perfiles del alumnado a las demandas. •

Desarrollar las competencias técnicas organizativas y sociales demanda- das por el mercado de trabajo.

Los criterios generales en los que debería basarse el profesorado y/o personal de orientación en su realización profesional, es decir, las pautas de cómo debe ser el proceso de orientación, son fundamentalmente las siguientes:

• La orientación es para todo el alumnado. No debe producirse ningún tipo

de discriminación. La obligación de realizar un proceso de orientación con todos y cada uno de los/as alumnos/as está recogido por ley.

• En el proceso de orientación debe tratarse al alumnado de una forma inte-

gral , es decir, debe dirigirse a todos los aspectos del desarrollo personal del alumno/a.

• La orientación no debe centrarse única y exclusivamente en el aprendizaje

de unos contenidos, sino en los modos generales de adquirir y manejar co- nocimientos, habilidades, procedimientos, técnicas y estrategias. Por ello,

las normas por las que deberían regirse en su proceso de orientación son: – Destacar, en relación a cada contenido, el efecto de los cambios tec-

nológicos en la ocupación, su importancia, proyección y repercusio- nes futuras.

– Promover, destacando y valorando positivamente las aportaciones de los participantes en relación a la importancia del reciclaje, la flexibili- dad y las actitudes favorables al cambio.

– Favorecer el manejo de informaciones múltiples y variadas, proporcio- nando el srcen de dichos recursos.

– Presentar las exigencias de las nuevas tecnologías y los cambios en la organización del trabajo como retos accesibles y motivadores. – Destacar la importancia de potenciar las capacidades y cualidades

profesionales y personales en la búsqueda, mantenimiento y/o pro- moción del empleo, al margen de cualquier consideración de factores externos, aunque estos sean discriminatorios.

• El proceso de orientación debería tener un efecto perdurable en el tiempo.

La orientación debería transmitir al alumnado las bases suficientes, para que cada persona en cualquier momento de su vida sea capaz de desa- rrollar su propio proyecto profesional.

• La orientación debe ser una tarea cooperativa entre el alumnado y el pro-

fesorado/personal de orientación. La orientación profesional conlleva una actitud de apoyo a la persona respetando su libertad, por lo que el/la orientador/a debería ayudar a elaborar conjuntamente con el alumnado su propio proyecto profesional. En la medida en que el proyecto profe- sional tiene este carácter personal debe partirse del autoconocimiento, sus características personales, sus aptitudes y actitudes y el entorno que le rodea y condiciona, para facilitar el desarrollo de todas sus actitudes y competencias profesionales necesarias para la búsqueda, mantenimiento y/o promoción en el puesto de trabajo.

• La orientación, al igual que la formación, debería dirigirse hacia una di-

versificación de las opciones profesionales. El profesorado/personal de orientación debe situarse frente al proceso de orientación libre de prejui- cios sexistas y no orientar a los hombres hacia profesiones típicamente masculinas y a las mujeres hacia las típicamente femeninas, pues las per- sonas son las responsables de su propia vida y son libres para elegir su propio proyecto profesional.

• El proceso de orientación debe ser continuo y sistemático a lo largo de la

acción formativa. Este proceso debe realizarse, antes de la acción forma- tiva, durante la misma y al finalizarla, y se desarrolla desde el autoanálisis hasta la ejecución del proyecto de empleo.

• La orientación ocupacional debe estar centrada en la empleabilidad de

la persona, lo que obliga al orientador/a a conocer y estar permanente- mente al día sobre el contexto de las exigencias socioeconómicas de la sociedad para ayudar a tomar decisiones óptimas al alumnado sobre su proyecto profesional o de empleo, teniendo en cuenta a lo largo de toda la vida, y que cada elección condiciona, favorece u obstaculiza las futuras decisiones.

8. ORIENTACIÓN 8. ORIENTACIÓN

METODOLOGÍA METODOLOGÍA

DIDÁCTICA

DIDÁCTICA

para profesores/as y monitores/as para profesores/as y monitores/as

de Escuelas Taller, Casas de Oficios y

de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de EmpleoTalleres de Empleo