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Methodological issues related to each study

6 Discussion

6.2 Methodological considerations

6.2.1 Methodological issues related to each study

Edicto.–Cédula de notificación.–Autos 1102/13, ejecución 11/15

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 1102/13, ejecución 11/15, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Isabel Valcarcel Duro contra Embragues AP Clutch, S.L., y Flamik Automoción, S.L., sobre reclamación de can- tidad, se ha dictado la siguiente:

«Sobrante del embargo trabado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Durango, a favor de Aitor Abando Rubio. 30612726W, procedimiento 377/13, anotación letra A, tomo 2231, libro 593, folio 13, fecha 28 de enero de 2014, IDU- FIR 12009001395868 y 12009001395530.

Para asegurar la traba, se acuerdan las siguientes medidas de garantía:

Sobrante

Interesar del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Durango la retención y puesta a disposición de este Juz- gado del sobrante que pudiera resultar en la realización forzosa de los bienes embargados por ese órgano al ejecutado Embragues AP Clutch, S.L., y Flamik Automoción, S.L. La cantidad así obte- nida debe ingresarse en la Cuenta de Depósitos y Consignacio- nes de este Juzgado, para su disposición en este proceso.

Notifíquese esta resolución.

De esta resolución doy cuenta a S.S.ª.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición ante el Secretario Judicial, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recu- rrente (artículos 186.1 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos res- pecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Juris- dicción Social).

Lo decreto y firmo. Doy fe.»

Y para que le sirva de notificación a Embragues AP Clutch, S.L., y Flamik Automoción, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veinte de febrero de dos mil quince.

(V-742) (V-742)

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Edicto.–Cédula de notificación.–Autos 220/14, ejecución 169/14

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos despidos número 220/14, eje- cución 169/14, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instan- cias de Ana María Larrucea Saavedra contra Asefadi, S.L. y Ria- gophen, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones (autos despidos número 220/14, ejecución 169/14); y para el pago de 3.075,60 euros de principal, 600 euros de intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, a las deudoras Asefadi, S.L. y Riagophen, S.L., sin per- juicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitie- ran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Y para que le sirva de notificación a Asefadi, S.L. y Riagop- hen, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inser- ción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de febrero de dos mil quince.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.—La Secretaria Judicial (V-750)

Edicto.–Cédula de notificación.–Autos 1429/13, ejecución 149/14

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 1429/13, ejecución 149/14, de este Juzgado de lo Social, segui- dos a instancias de Vanesa Peña Gómez contra Servicios Inmo- biliarios Bialse, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

«A los efectos de las presentes actuaciones (autos social ordi- nario número 1429/13, ejecución 149/14); y para el pago de 1.354,55 euros de principal, 300 euros calculados para intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, a la deudora Servicios Inmobi- liarios Bialse, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nue- vos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el Regis- tro correspondiente (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social) y archivense provisionalmente las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garan- tía Salarial.»

Y para que le sirva de notificación a Servicios Inmobiliarios Bialse, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inser- ción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de febrero de dos mil quince.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.—La Secretaria Judicial (V-751)

Edicto.–Cédula de notificación.–Autos 200/14, ejecución 178/14

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 200/14, ejecución 178/14, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Juan María Sánchez Gorostiola contra Mea Bidea 2006, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones (autos social ordi- nario número 200/14, ejecución 178/14); y para el pago de 2.746,14 euros de principal, 500 euros de intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, a la deudora Mea Bidea 2006, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que per- mitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el Regis- tro correspondiente (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social) y archivense provisionalmente las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garan- tía Salarial.

Y para que le sirva de notificación a Mea Bidea 2006, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Bole- tín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de febrero de dos mil quince.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.—La Secretaria Judicial (V-753)

Edicto.–Cédula de notificación.–Autos 984/14

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 984/14 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Jeró- nima Camacho Flores contra Montajes Norelba, S.L., sobre recla- mación de cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 19 de febrero de 2015, cuyo Fallo es el siguiente:

«Estimando parcialmente la demanda presentada por Jeró- nima Camacho Flores frente a Montajes Norelba, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar la suma de 3.544,84 euros más el interés legal de demora; sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales.

Modo de impugnación: Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Jus- ticia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo designar Letrado o graduado social para su formalización.

Para recurrir la demandada deberá ingresar en la cuenta número 4718/0000/65/0984/14, pudiendo asimismo realizarlo por vía tele- mática al número ES.55.0049.3569.92.0005001274 (haciendo cons- tar en el concepto el número de cuenta que se cita en primer lugar) del grupo Santander, la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Dicha consignación puede sustituirse por aval solidario de duración inde- finida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, en la forma dispuesta en el artículo 230 de la Ley de la Juris- dicción Social.

Asimismo, el que sin tener la condición de trabajador, causaha- biente suyo o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, anuncie recurso de suplicación deberá ingresar en la misma cuenta corriente, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurso de suplicación, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Oficina judicial de este Juzgado al tiempo de anunciar el recurso. Están exentos de constituir el depósito y la consignación indi- cada las personas y entidades comprendidas en el apartado 4 del artículo 229 de la Ley de la Jurisdicción Social.»

Y para que le sirva de notificación a Montajes Norelba, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veinte de febrero de dos mil quince.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.—La Secretaria Judicial (V-757)

Edicto.–Cédula de citación a juicio y a interrogatorio.–Juicio 769/14

Doña Inés Alvarado Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en las actuaciones referenciadas, se ha acordado citar a quien seguidamente se indica, en los términos que también se expresan:

CÉDULA DE CITACIÓN

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao.

Asunto en que se acuerda: Juicio número 769/14 promovido por Alexander Aliste Carrillo, sobre despido.

Persona que se cita: Ascensores de Solocoeche, S.A. en con- cepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: Asistir a los actos de conciliación y jui- cio y en, su caso, responder al interrogatorio solicitado por Alexander Aliste Carrillo sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinente.

Lugar, día y hora en que debe comparecer: Para el acto de conciliación debe comparecer el día 22 de abril de 2015, a las 11:45 horas, en la sala multiusos de este Juzgado sita en la 6.ª planta, del Palacio de Justicia.

De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir a las 12:00 horas, Sala de vistas número 9. Barroeta Aldamar, 10, pri- mera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebra- ción del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebel- día (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juz- gado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incompa- recencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos con- trovertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Pro- cedimiento Laboral).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Bilbao, a veintitrés de febrero de dos mil quince.—La Secre- taria Judicial

(V-767)

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