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Chapter 5: A feminist-informed research strategy

5.2 Overview of case study design

5.3.3 For methodological pluralism

SECRETARÍA DE GABINETE Resolución 188/2015

Bs. As., 26/08/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0035941/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Desta- cado correspondiente a las funciones simples del período 2012, conforme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DES- EMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su con- formidad según consta en el Acta N° 68 de fecha 19 de junio de 2015, obrante en el Expediente citado en el Visto.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COM- PRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/09 y sus modificatorias, motivo por el cual corres- ponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan- ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESU- PUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso- lución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-

TROS N° 98/09 y sus modificatorias, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el listado de agentes de la planta del personal permanente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en con- diciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ- BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modi- ficatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2012, de conformidad con el detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2012 - Cargos Simples Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

Administración Central

Unidad de Análisis: Secretaría de Hacienda

e. 01/09/2015 N° 140362/15 v. 01/09/2015

#F4957447F# #I4957445I#

SECRETARÍA DE GABINETE y

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución Conjunta 190/2015 y 395/2015

Bs. As., 26/08/2015

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-S05: 0062979/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRI- CULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 y sus modifi- catorios (t.o. 1995), la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 112 de fecha 2 de julio de 1991 y sus modificatorias y la Resolución Conjunta N° 021 de fecha 20 de marzo de 1992 del entonces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL y de la mencionada ex Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada el 30 de mayo de 1994 por el agente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Edgardo Hugo SAVLUK (D.N.I. N° 4.647.538) cuestionando lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 021 de fecha 20 de marzo de 1992 del entonces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL y de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, por la que se aprobara su reenca- sillamiento en el Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 y sus modificatorios (t.o. 1995).

Que en sus aspectos centrales el peticionante argumenta que a partir del 1° de octubre de 1993 cumplió funciones superiores a las tenidas en cuenta para su reencasillamiento, consideran- do que le hubiera correspondido el Nivel B del citado Sistema Nacional.

Que el Servicio Jurídico permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha entendido que conforme lo normado por el apartado 6) del inciso e) del Artículo 1° de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, la presentación debe tramitar como denuncia de ilegitimidad contra la mencionada Resolución Conjunta.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 y sus modificatorios (t.o. 1995) el reencasillamiento del personal debía ser aprobado teniendo en cuenta las funciones que efectivamente ejercía, quedando los agentes exceptuados a ese efec- to del cumplimiento de los requisitos de acceso a los distintos niveles y cargos.

Que en ese mismo orden de ideas, el artículo 1° de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 112 de fecha 2 de julio de 1991 y sus modificatorias, dispuso que el

reencasillamiento del personal en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA debía efectuarse de conformidad con las estructuras organizativas aprobadas como consecuen- cia de las pautas de racionalización, tomando en cuenta las funciones que éstos efectivamente ejercían.

Que surge de la propia presentación del interesado que las tareas de mayor jerarquía que dice haber desempeñado corresponden a períodos posteriores a su reencasillamiento en el citado Sistema Nacional.

Que por otra parte, del Formulario en el que se valoraron las funciones, responsabilidades y autonomía de las tareas desarrolladas por el agente al momento de su reencasillamiento, se veri- fica que el Nivel C asignado en la citada Resolución Conjunta, se correspondía con el Instructivo para la Propuesta de Asignación de Nivel Escalafonario aprobado como Anexo III de la menciona- da Resolución ex SFP N° 112/91.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA organismo descentrali- zado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLI- CO y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 1° inciso e) apartado 6) de la Ley N° 19.549 y en el artículo 8° del Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 y sus modificatorios (t.o. 1995).

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y

LA PRESIDENTA

DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVEN:

ARTÍCULO 1° — Desestímase la denuncia de ilegitimidad interpuesta por el agente del SER- VICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Edgardo Hugo SAVLUK (DNI N° 4.647.538) contra la Resolución Conjunta N° 021 de fecha 20 de marzo de 1992 del enton- ces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL y de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLI- CA, por la que se aprobara su reencasillamiento en el Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 y sus modificatorios (t.o. 1995).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Ing. Agr. DIANA MARIA GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de Sa- nidad y Calidad Agroalimentaria.

e. 01/09/2015 N° 140360/15 v. 01/09/2015

#F4957445F#

#I4957451I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE Resolución 191/2015

Bs. As., 26/08/2015

VISTO el Expediente EXPINV S93:0005012/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Decisiones Administrativas Nros. 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y 609 de fecha 1° de agosto de 2014, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COOR- DINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 746 de fecha 30 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN AD- MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 746 de fecha 30 de diciembre de 2014, se asignaron los cargos vacantes y financiados del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINI- CULTURA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PES- CA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sec- torial del Personal homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que el Señor Presidente del Instituto, en función de las necesidades del servicio de esa ju- risdicción solicita la modificación de DOS (2) denominaciones, y DOS (2) agrupamientos de los aprobados de conformidad con el Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 746 de fecha 30 de diciembre de 2014.

Que procede modificar las denominaciones y agrupamientos de los puestos de acuerdo a lo solicitado por la PRESIDENCIA del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SE- CRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 1°, párrafo terce- ro de la Decisión Administrativa N° 609/14, el 2, Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 746 de fecha 30 de diciembre de 2014, por el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 01/09/2015 N° 140366/15 v. 01/09/2015

#F4957451F# #I4957449I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE Resolución 192/2015

Bs. As., 26/08/2015

VISTO el Expediente EXPINV S93:0005012/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVI- NICULTURA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Decisiones Administrativas Nros. 1.126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y 609 de fecha 1° de agosto de 2014, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI- VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 671 de fecha 22 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMI- NISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 671 de fecha 22 de diciembre de 2014, se asignaron los cargos vacantes y financiados del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICUL- TURA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, au- torizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que el Señor Presidente del Instituto, en función de las necesidades del servicio de esa ju- risdicción solicita la modificación de DOS (2) denominaciones, UNA (1) dependencia jerárquica y DOS (2) agrupamientos de los aprobados de conformidad con el Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINE- TE DE MINISTROS N° 671 del 22 de diciembre de 2014.

Que procede modificar las denominaciones, agrupamientos y dependencia de los puestos de acuerdo a lo solicitado por la PRESIDENCIA del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SE- CRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 1°, párrafo terce- ro de la Decisión Administrativa N° 609/14, el 2, Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 671 de fecha 22 de diciembre de 2014, por el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 01/09/2015 N° 140364/15 v. 01/09/2015

#F4957449F#

#I4957437I#

SECRETARÍA DE GABINETE y

HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” Resolución Conjunta 193/2015 y 425/2015

Bs. As., 26/08/2015

VISTO, el Expediente N° 1-2002-0183000072/14-0 del registro del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, y la Resolución Conjunta de la Ex S.G.P. y H.N.B.S. N° 30/65 de fecha 09 de marzo de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente N° 1-2002-0183000072/14-0 del registro del HOSPITAL NACIO- NAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, tramita la impugnación efectuada por el Dr. Raúl José FRAN- CO (D.N.I. 4.554.878) el 23 de enero de 2014, contra la Resolución Conjunta de la Ex S.G.P. y H.N.B.S. Nros. 30 y 65 de fecha 9 de marzo de 2010.

Que mediante la citada Resolución, se aprobó a partir del 1° de mayo de 2010, el reenca- sillamiento del personal de planta permanente del Hospital Nacional “Dr. Baldomero Sommer” en la Carrera Profesional del Equipo de Salud de Establecimientos Hospitalarios e Institutos y Organismos de Fiscalización y de Investigación y Producción que dependen del MINISTERIO DE SALUD, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el De- creto N° 1133/09.

Que el impugnante se agravia por considerar que de acuerdo a sus antecedentes, debió habér- selo reencasillado en la Categoría SUPERIOR del escalafón aprobado por el Decreto N° 1133/09.

Que asimismo, reclama la diferencia salarial retroactiva al momento en que entró en vigencia el acto administrativo de su reencasillamiento.

Que en efecto, las pautas para efectuar el reencasillamiento en cuestión surgen del Título XI, del Decreto N° 1133/09, el cual en su Artículo 114 inciso c), dispuso que los profesionales que revestían en las categorías B y A —tal la situación del Dr. FRANCO— serían reencasillados en la categoría PRINCIPAL del mencionado Decreto.

Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en los presentes actuados, el Dr. Raúl José FRANCO revistaba en el Nivel A del Escalafón aprobado por el Decreto 277/91, y por ello, fue reencasillado en la Categoría Principal del nuevo Escalafón del Decreto N° 1133/09, conforme lo establecido por el artículo 114 inciso c) del citado cuerpo normativo.

Que, consecuentemente resulta ajustado a derecho rechazar la denuncia de ilegitimidad in- coada por el presentante.

Que la ASESORIA LEGAL DEL HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” y la DI- RECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Apartado XI del Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios, lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 196 del 24 de febrero de 2011 y en el Decreto N° 22 del 10 de diciembre de 2011 y la Ley 19.337, modificada por su similar 20.222 y su Decreto Reglamen- tario N° 2367/86 y Resolución (M.S.) N° 170 de fecha 7 de abril de 2015.

Que si bien el presentante no interpone formalmente un recurso administrativo, se agravia de lo dispuesto en la Resolución Conjunta ex S.G.P. y H.N.B.S. Nros. 30 y 65 de fecha 9 de marzo de 2010.

Que el artículo 81 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), establece que los recursos deben proveerse y resolverse cualquiera sea la denominación que el interesado les dé, cuando resulte indudable la impugnación del acto administrativo.

En atención a ello, la presentación del Dr. Raul J. FRANCO debe ser considerada como recur- so de reconsideración contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. y H.N.B.S. Nros. 30 y 65 de fecha 9 de marzo de 2010.

Que la Resolución recurrida fue dictada el 09 de marzo de 2010, mientras que la presenta- ción del interesado fue efectuada el 23 de enero de 2014, es decir casi CUATRO (4) años des- pués de que se lo reencasillara en la Categoría PRINCIPAL del Escalafón aprobado por el Decreto N° 1133/09, por lo que aquella deviene extemporánea.

Que por ello, se encuentran excedidas razonables pautas temporales que impiden la tramita- ción de la presentación como denuncia de ilegitimidad, entendiéndose que ha mediado abandono voluntario del derecho, conforme lo establecido en el artículo 1° inciso e) apartado 6 de la Ley N° 19.549, y la interpretación que sobre dicha normativa ha efectuado la Procuración del Tesoro de la Nación (Dictámenes 168:467, 171:396).

Que sin perjuicio de ello, y aún en la hipótesis de considerarse que la denuncia de ilegitimidad fue interpuesta en tiempo oportuno, correspondería su rechazo.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y

EL INTERVENTOR

DEL HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER” RESUELVEN:

ARTÍCULO 1° — Recházase la denuncia de ilegitimidad interpuesta por el Dr. Raúl José FRAN- CO (D.N.I. 4.554.878), por los motivos expuestos en el considerando del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Dr. CAR- LOS N. BENEDETTI, Interventor, Htal. Nac. “Dr. Baldomero Sommer”, Ministerio de Salud de la Nación.

e. 01/09/2015 N° 140352/15 v. 01/09/2015

#I4957424I#