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La insurgencia se define como el levantamiento armado contra una autoridad política establecida, ya sea un gobierno local, una fuerza de ocupación, o una combinación de los
dos590. No existe una definición generalmente aceptada pero una definición actualizada es
la del Manual de Americano de Contrainsurgencia: “una lucha político-militar organizada, prolongada diseñada para debilitar el control y la legitimidad de un gobierno establecido, potencia ocupante, u otra autoridad política, mientras aumenta el control
insurgente”591. Una definición más amplia y clara de insurgencia es del General David II
luego de las experiencias de Afganistán e Irak:
“La insurgencia es un enfrentamiento organizado, y prolongado en el tiempo, que pretende cambiar un régimen político, controlar un determinado territorio, o mantener una situación política caótica, mediante una estrategia efectiva de movilización social y conflicto
armado donde los insurgentes adoptan la mayor parte de las veces, un enfoque asimétrico”.592
La insurgencia es un ataque armado de rebeldes en contra de una autoridad legítimamente constituida para obtener un objetivo político. Se puede decir que una rebelión se convierte en insurgencia una vez superado el primer intento de las autoridades por ejercer control
sobre la situación.593 No existe una clara definición de insurgencia, sin embargo ha sido
sugerido que cuando el gobierno de un estado en el cual los insurgentes se encuentran operando, considera necesario establecer relaciones con la parte insurgente para poder
sobrellevarlo, se trata de un conflicto armado no internacional.594 Es así que el único
criterio para la insurgencia es la necesidad595.
Últimamente, se ha confundido a insurgencia con términos como subversión, resistencia, revolución, insurrección, terrorismo o guerrilla. Sin embargo, la insurgencia tiene rasgos propios que la diferencian de estos otros tipos o tácticas de conflicto que consisten
590
Tse-Tung, Mao .Óp. Cit. pág. 70
591
Counterinsurgency. Headquarters Department of the Army and Headquarters, Marine Corps Combat Development Command, Department of the Navy, Washington D.C., 2006, pág. 1
592
Jordán, Javier .Las Nuevas Insurgencias, Análisis de un genómeno estratégico emergente. Universidad de Navarra, A.E.D.I. Volúmen XXIV, 2008, pág. 271
593
Cullen .The Concept of Non-International Armed Conflict in International Humanitarian Law. Cambridge Studies in International and Comparative Law, 2010, pág. 10-11
594
Ibídem, pág. 11
595
149 principalmente en su configuración y su finalidad.
a. Insurgencia y apoyo social. Para que se configure una insurgencia es necesario que
existe una movilización social continuada, lo cual requiere un mínimo de organización y de capacidad de reunir voluntades sociales para una acción colectiva.
b. Finalidad de la insurgencia: las insurgencias pueden tener múltiples objetivos que pueden resumirse en tres. En primer lugar alcanzar el poder político que les permita implantar un nuevo sistema social y político como por ejemplo uno basado en el
Marxismo o en un islamismo radical596. En segundo lugar tenemos el objetivo de lugar en
miras de crear una nueva entidad política independiente de la anterior, o puede consistir en una lucha contra una ocupación o contra un régimen político que los insurgentes consideran un títere al servicio de una potencia extranjera597. En tercer y ultimo lugar existen insurgencias cuyo principal objetivo es generar y mantener un estado caótico, convertir a su estado en un estado fallido con el apoyo de la población, antes que alcanzar
el poder o controlar y regir de manera efectiva un territorio598.
Para que una insurgencia logre configurarse y alcanzar su finalidad, deberá valerse de las tácticas propias de los conflictos asimétricos en vista de que se encuentra en una posición de desventaja ya sea en relación a las fuerzas del gobierno local o las fuerzas de ocupación que busca desestabilizar. A diferencia de estas, la insurgencia carece de una capacidad de invasión por sus escasos recursos, lo que impide que realicen ataques directos.599
Por otro lado, para que la insurgencia logre mantenerse se requiere, según Javier Jordán, de cinco bases sobre las cuales se asienta y sin las cuales no podría sostenerse:
a. Lucha armada: la insurgencia se distingue de otras formas de subversión política
por el recurso continuado e intensivo a la violencia, en un contexto de conflicto armado que en su mayoría tiene naturaleza asimétrica.
b. Propaganda: la insurgencia necesita dar a conocer, a través de cualquier medio de
comunicación, a la población local y global su causa con el fin de obtener su apoyo y ubicarlas en contra de la del adversario.
596
Jordán, Javier .Óp. Cit. pág. 277
597
Ibídem
598
Metz, Steven .Rethinking Insurgency. Strategic Studies Institute, 2007 Citado por Jordán, Javier .Óp. Cit. pág. 278
599
150
c. Asistencia social: como parte de su estrategia, la insurgencia puede plantearse la
organización y prestación de diferentes servicios en el campo social como salud, educación, empleo, suministro de productos básicos, etc. de esta manera logrará conseguir no solo mayor apoyo de la población sino también recursos económicos y podrá infiltrarse en organismos benéficos y de esta manera causar un disturbio en el Estado.
d. Activismo social y político: los insurgentes necesitan del apoyo de individuos y
de grupos sociales que compartan y difundan su ideología y para lograrlo contribuyen a la creación de asociaciones cívicas, sindicatos y partidos políticos o se infiltran en los ya existentes.
e. Relaciones internacionales: el apoyo exterior a las insurgencias es otro elemento
clave. El apoyo puede provenir tanto de Estados como de otros grupos insurgentes o de grupos simpatizantes y se concreta principalmente en financiación, nuevos voluntarios, armas, equipamiento militar, entrenamiento, refugio y otros recursos útiles600.
Como hemos revisado, insurgencia tiene sus rasgos propios y difiere de los conceptos de Guerra de Guerrillas y de terrorismo antes estudiados. Del primero principalmente en que tienen diferente naturaleza, la Guerra de Guerrillas se constituye en una táctica que puede ser empleada por grupos insurgentes para alcanzar determinados objetivos. De igual manera, el terrorismo responde a otra táctica de combate comúnmente empleada por grupos insurgentes. Pero hay que dejar en claro que no por ello todas las organizaciones terroristas son insurgentes pues no siempre comparten la misma finalidad y objetivos.
La insurgencia ha adquirido una importante relevancia estratégica y se ha vuelto muy común en los conflictos recientes de Pakistán, Filipinas, Argelia y Somalia, destacándose la insurgencia talibán en Afganistán y la yihadista sunni en Irak. Apoyar a los insurgentes o luchar contra la insurgencia, ha sido desde años atrás una forma para los Estados de alcanzar objetivos políticos propios en el extranjero. Un ejemplo es el apoyo brindado por Estados Unidos a los contras en Nicaragua, quienes luchaban contra el gobierno comunista, durante la Guerra Fría, mientras la ex Unión Soviética apoyaba a las guerrillas
comunistas en Grecia y Angola.601
Desde que la insurgencia tiene por objeto derribar gobiernos, otros estados a menudo tienen un interés político en el resultado y por tanto deciden intervenir en apoyo a la parte
600
Jordán, Javier .Óp. Cit. pág. 291-296
601
Byman .The New Face of Insurgency. 2002, pág. 1-2. Citado por Frida Lindström. Asymmetric warfare and challenges for international humanitarian law. Uppsala Universitet, Suecia, 2012, pág. 40
151 insurgente. Esto aumenta la posibilidad de que los conflictos de tipo no internacional se transformen en internacionales y con ello el aparato de normas aplicables sea otro. Precisamente, en Nicaragua sucedió esto con la intervención de Estados Unidos, tras atentar al Derecho Internacional por irrumpir por la fuerza en contra del Estado
nicaragüense y por intervenir en asuntos internos.602. No obstante, con el fin de la Guerra
Fría disminuyó la rivalidad entre potencias y con ello su interés en intervenir en conflictos ajenos solamente por motivos ideológicos. Ahora los objetivos se volvieron más de tipo geopolítico humanitario, para apoyar a una parte en un conflicto armado no
internacional.603
Así como la insurgencia ha cobrado relevancia, se sigue enfrentando a un problema importante respecto de su reconocimiento. El problema para reconocer a la insurgencia, desde el punto de vista del Estado, es que una vez que es reconocida, pasa a ser considerada como parte legítima del conflicto en lugar de simples infractores de la ley. Sin embargo, desde el punto de vista legal, independientemente de que haya o no reconocimiento, las normas aplicables a conflictos armados no internacionales, son el artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, además del Derecho Consuetudinario aplicable y los principios generales, siempre y cuando cumpla con los requisitos del Protocolo II esenciales del nivel de intensidad. Si el grupo insurgente cumple con estos y además cumple con un mínimo de intensidad que convierte a la situación en un conflicto armado, se trata de un conflicto armado no internacional y el Protocolo II deberá aplicarse conjuntamente con los mínimos del artículo 3 común, las reglas de derecho consuetudinario y los principios generales.
Para determinar si se trata de un conflicto no internacional y las normas que son aplicables se puede evaluar la situación de acuerdo al test del caso Tadic. En este se establece que los dos criterios para determinar la aplicación del DIH a un conflicto no internacional son que el grupo irregular cumpla con un mínimo nivel de organización y se
trate de una situación de violencia armada prolongada604. Este último requisito es bastante
difícil de determinar pues en ninguna norma se contempla la necesidad de un conflicto “prolongado” la única referencia para identificarlo es que no se debe tratar de “tensiones
602
Actividades militares y Paramilitares en y contra Nicaragua, Judgment of the International Court of Justice of 27 June 1986 concerning military and paramilitary activities in and against Nicaragua, La Haya, 1986
603
Byman .The New Face of Insurgency. 2002, pág. 1-2. Citado por Frida Lindström. Asymmetric warfare and challenges for international humanitarian law. Uppsala Universitet, Suecia, 2012, pág. 40
604
152 internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y
aislados de violencia y otros actos análogos, que no son conflictos armado”.605
2.4. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DEL DIH AL CASO PRÁCTICO DE