RESOLUCIÓN N.º 149/FG/13 Y N.º 155/DG/13
Buenos Aires, 25 de abril de 2013
VISTO:
La constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los artículos 1, 2, 3, 21, inciso 2°, 22, 23 y concordantes de la Ley N° 1903; la Ley N° 2095 reglamentada por la Resolución CCAMP Nº 11/10, la Ley N° 3318, Ley N° 4471, la Resolución Conjunta FG N° 440/12 y DG N° 333/12 y la Actuación Interna Nº 21441/12 del registro de la Fiscalía General;
Y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto de la presente, tramita la contratación del servicio de limpieza integral, mantenimiento diario y limpieza mensual de vidrios exteriores para el inmueble sito en la Avenida Paseo Colón 1333 de esta ciudad, por un período de doce (12) meses, donde funcionan dependencias del Ministerio Público de la C.A.B.A.
Que a los fines citados, mediante el artículo 1º de la Resolución Conjunta FG N° 440/12 y DG N° 333/12, se aprobó el procedimiento efectuado en la Licitación Pública N° 08/12, tendiente a lograr la contratación mencionada, por la suma total de pesos un millón ochocientos mil seiscientos ($1.800.600,00) IVA incluido, tal como surge de fs. 1312/1314.
Que la contratación fue perfeccionada con la notificación de las órdenes de Compra Nº 48/12 y N° 49/12, a la firma SULIMP S.A. (CUIT Nº 30-55300452-3) adjudicataria del Renglón N° 1 “Contratación del servicio de limpieza integral y mantenimiento diario por un plazo de 12 meses en edificios (según Anexo II) con una superficie aproximada de cinco mil setenta ocho (5.078) metros cuadrados de los MINISTERIOS PÚBLICOS DE LA DEFENSA Y FISCAL…” (fs. 1328/1329) y a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. (CUIT N° 30-69605181-6) adjudicataria del Renglón N° 2 “Contratación del servicio de limpieza mensual (una vez por mes) de vidrios exteriores en altura en edificios por un plazo de 12 meses (según Anexo II) de los MINISTERIOS PÚBLICOS DE LA DEFENSA Y FISCAL…”, respectivamente.
Que posteriormente, se amplió el Renglón Nº 1 citado, por la suma total de pesos doscientos veintisiete mil ciento veinticinco ($227.125,00) IVA incluido, mediante la Resolución Conjunta FG Nº 544/12 y DG Nº 401/12 obrante a fs. 1459/1461, la cual fue debidamente publicada y notificada.
Que mediante nota de fs. 1443/1457, y en uso de las facultades previstas en el punto 27 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado para la presente contratación, la empresa SULIMP S.A. solicitó el reconocimiento del monto resultante de los aumentos salariales dispuestos por el acuerdo suscripto entre el Sindicato de Obreros de Maestranza y la Asociación de Empresas de Limpieza y Afines el 20 de julio de 2012, homologado el 12 de septiembre de 2012 por Resolución S. T. N° 1360 de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y que tramitaran por expediente N° 1.518.947/12 del citado Ministerio, acompañando al efecto copia de la Resolución y del acuerdo citado (fs. 1443/1455).
Que sin perjuicio del reconocimiento solicitado, conforme Nota OPCPyC Nº 402/2013 (fs. 1493) el Jefe de la Oficina de Programación Control Presupuestario y Contable, solicitó la contratación del servicio de limpieza para el 4º piso del inmueble de la Av. Cabildo 3067 de esta ciudad, en virtud de haberse efectuado la mudanza y puesta en marcha de la Fiscalía de Cámara Norte y otras dependencias.
Que en virtud del requerimiento señalado, la Unidad Operativa de Adquisiciones propició la ampliación referida, indicando al respecto, que la misma resulta necesaria a fin de otorgar condiciones de trabajo adecuadas al personal del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa que prestan servicio en el inmueble citado.
Que asimismo, informó que en la actuación de referencia ya operó una ampliación por un catorce con cuarenta y cinco por ciento (14,45%) y que la solicitud de trabajos de limpieza ahora requerida representa un quince con diez por ciento (15,10%), resultando notoriamente superado el límite dispuesto por la normativa en el artículo 117 de la Ley Nº 2095.
Que sobre el particular hizo mención a la consideración efectuada por la Procuración General de la Nación en un caso similar, indicando en tal sentido dicho organismo que “…Respecto de la potestad de la administración para ampliar o variar el objeto de las contrataciones, es mi opinión que la modificación de los contratos administrativos puede implicar aumento o disminución de la prestación o una prestación diferente…”. Asimismo, sostuvo que “…En esa inteligencia es mi parecer que la Administración tiene la posibilidad de modificar los términos del contrato por razones debidamente fundadas, esto es, de ejercer el ius variandi, más allá del límite establecido por la normativa vigente, con la previa conformidad del adjudicatario…” (Dictamen PG Nº 82570).
Que asimismo, tiene dicho la doctrina que “La Administración no viola ninguna regla de derecho cuando en ejercicio de sus atribuciones propias modifica las condiciones pactadas, para la mejor y más eficiente satisfacción de las necesidades públicas…” (conf. BIELSA, Rafael, Derecho Administrativo, Tomo I, nro. 127, pág. 390).
Que a los fines de determinar la cantidad de operarios y detalle del servicio, se tomó como referencia el prestado por la empresa en el 3º piso del citado inmueble, resultando el detalle conforme fuera descripto en el Proveído UOA Nº 47/13 obrante a fs. 1494.
Que conforme a lo allí indicado, y cumpliendo con las previsiones dispuestas por la Procuración General de la Nación ut supra referenciadas, se procedió a solicitar conformidad a las áreas técnicas del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, tal como surge de fs. 1499/1500.
Que asimismo, se solicitó la conformidad a la firma adjudicataria para la realización de los trabajos requeridos y el costo estimado de los mismos, lo cual fue glosado a fs. 1497/1498.
Que atento lo expuesto y la imperiosa necesidad de brindar el servicio indicado en las dependencias del 4º piso del inmueble de la Av. Cabildo 3067 de esta ciudad, corresponde dar trámite a la ampliación requerida.
Que en consecuencia, resulta de mérito dictar el acto administrativo que apruebe la ampliación del servicio de mantenimiento y limpieza integral para el 4º piso del inmueble de la Avenida Cabildo 3067 de esta ciudad, con inicio en el mes de mayo de 2013 hasta la finalización del período contractual (primer quincena del mes de octubre de 2013) y aprobar el pago en concepto de reconocimiento por ajuste salarial a la empresa SULIMP S.A., de conformidad con las pautas establecidas en el acuerdo antes citado, por un monto total de pesos quinientos setenta y cuatro mil novecientos veinticinco con seis centavos ($574.925,06), IVA incluido, correspondiendo la suma de pesos doscientos mil setecientos cincuenta ($200.750,00) a la ampliación del servicio propiciada y la suma de pesos trescientos setenta y cuatro mil ciento setenta y cinco con seis centavos ($374.175,06) al reconocimiento salarial analizado, ambos IVA incluido, conforme lo señalado en el Proveído UOA Nº 72/13 (fs. 1529).
Que a fs. 1509/1523, los Departamentos de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa de la C.A.B.A, informaron la existencia de partidas presupuestarias suficientes para hacer frente a las erogaciones del reconocimiento salarial que se propicia por la presente, habiendo efectuado la imputación preventiva correspondiente en la partida presupuestaria 3.3.5. de los Presupuestos Generales de Gastos del Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa (Programas 30 y 20, respectivamente).
Que a fs. 1524/1528, ha tomado intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Oficina de Despacho, Legal y Técnica del Ministerio Público Fiscal, no habiendo efectuado observaciones de orden jurídico al progreso de la presente medida.
Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nº 1903, Nº 2095, Nº 3318 y Nº 4471 y la Resolución CCAMP Nº 11/10.
Por ello;
EL DEFENSOR GENERAL Y EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la ampliación del total adjudicado en la Licitación Pública N° 08/12, correspondiente al Renglón Nº 1 “contratación de servicios de limpieza integral, mantenimiento diario en dependencias del Ministerio Público de la Defensa y del Ministerio Público Fiscal…”, con inicio en el mes de mayo de 2013 hasta la finalización del período contractual (primer quincena del mes de octubre de 2013) para brindar el servicio de mantenimiento y limpieza integral en el 4º piso del edificio sito en la Avenida Cabildo 3067 de esta ciudad, por la suma de pesos doscientos mil setecientos cincuenta ($200.750,00) IVA incluido, oportunamente adjudicada a la firma SULIMP S.A. (CUIT Nº 30-55300452-3).
ARTÍCULO 2º.- Reconocer a la empresa SULIMP S.A (CUIT 30-55300452-3), en concepto de ajuste salarial y de conformidad con las pautas establecidas en el acuerdo suscripto el 20 de julio de 2012 entre el Sindicato de Obreros de Maestranza y la Asociación de Empresas de Limpieza y Afines (ADEL) homologado el 12 de septiembre de 2012 por Resolución S. T. N° 1360 de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y que tramitaran por expediente N° 1.518.947/12 del citado Ministerio, la suma de pesos trescientos setenta y cuatro mil ciento setenta y cinco con seis centavos ($374.175,06), IVA incluido.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el gasto por la suma de pesos quinientos setenta y cuatro mil novecientos veinticinco con seis centavos ($574.925,06), IVA incluido, atendiéndose el cumplimiento de la presente medida con cargo a la partida 3.3.5. de los Presupuestos Generales de Gastos aprobados para el presente año para el Ministerio Público Fiscal -Programa 30- y el Ministerio Público de la Defensa -Programa 20-.
ARTÍCULO 4º.- Disponer el pago escalonado del monto citado en el artículo precedente para el mes de octubre de 2012 por la suma de pesos diez mil cuatrocientos setenta y seis ($10.476,00), para el mes de noviembre de 2012 la suma de pesos veinte mil novecientos cincuenta y dos ($20.952,00), para el mes de diciembre de 2012 la suma de pesos veintitrés mil cincuenta y ocho con sesenta y siete ($23.058,67), para el período enero-abril de 2013 la suma de pesos veintinueve mil quinientos trece con nueve centavos ($29.513,09) por mes, para el período mayo-septiembre de 2013 la suma de pesos treinta y seis mil seiscientos sesenta y uno con veinticinco centavos ($36.661,25) por mes y para el mes de octubre de 2013 la suma de pesos dieciocho mil trescientos treinta con sesenta y tres centavos ($18.330,63), todos IVA incluido.
ARTÍCULO 5º.- Requerir a la firma SULIMP S.A. la integración de la garantía de cumplimiento de contrato respecto del monto ampliado, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado en el marco de la Licitación Publica Nº 08/12.
ARTÍCULO 6º.- Delegar en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Publico Fiscal la emisión de la orden de compra pertinente.
Regístrese, notifíquese a la firma SULIMP S.A., a la Secretaría General de Coordinación del Ministerio Público de la Defensa, al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del Ministerio Público Fiscal, al Departamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, y oportunamente archívese. Garavano -