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2. MARCO METODOLÓGICO

La presente investigación se la realizó en la ciudad de Tulcán, Provincia del Carchi, en las Unidades Judiciales de la Familia, Niñez y Adolescencia, en la que existe una gran demanda de procesos presentados por Régimen de visitas, los mismos que se encuentran con las respectivas resoluciones dictadas fijando un horario de visitas a favor del padre que demanda este régimen, y que en su gran mayoría no cumplen con esta resolución dictada por el juez competente. Los mismos que han servido como fuente de consulta para plantear un problema real que se presenta en forma diaria sobre el tema de este proyecto y que sirve para defender la propuesta del autor.

La validación y evaluación responde a los instrumentos de recolección de información, encuestas realizadas a jueces profesionales del derecho en libre ejercicio, y personas usuarias de las unidades de familia de la ciudad de Tulcán y que con sus respuestas han contribuido a la formulación de la idea que se defiende y proponer se considere el proyecto de ley que sancione el incumplimiento del régimen de visitas ordenado por el juez competente y evite la vulneración del principio del interés superior del niño.

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2.1 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO 2.1.1 MODALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN

La característica de esta investigación es que se utiliza el método de investigación cuantitativo ya que la recolección de datos que sirve para probar la idea a defender, de esta investigación, es en base a la medición numérica y el análisis estadístico ya que se enfoca en entrevistas principalmente a los señores jueces de las unidades de familia, mujer, niñez y adolescencia, quienes se encuentran inmersos con el presente tema de investigación, encuestas a los señores abogados en libre ejercicio profesional y ciudadanía en general, para poder establecer patrones de comportamientos y probar la teoría de que se debe realizar un anteproyecto de Ley en el que sancione el incumplimiento del régimen de

visitas y evitar la vulneración del principio del interés superior del niño. Es importante además la modalidad Cualitativa, que sirve para utilizar la recolección de

datos sin medición numérica y poder descubrir o afinar preguntas de investigación que vayan relacionadas con el tema, e interpretar los resultados que se han recabado en las entrevistas y encuestas a las autoridades judiciales, Jueces de las Unidades judiciales de familia, mujer, niñez y adolescencia con sede en el Cantón Tulcán, en donde se realiza la presente investigación, y personas usuarias en esta clase de procesos que a diario se presentan en esta unidades judiciales pertinentes.

2.1.2 TIPOS DE INVESTIGACIÓN

Los tipos de investigación que se utiliza en este proyecto son:

2.1.2.1 Investigación Descriptiva:

Se utiliza esta investigación ya que ayuda a relatar el fenómeno del problema de investigación, dando a conocer las razones y fundamentos legales que se debe tomar en

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cuenta para la creación de una sanción al incumplimiento del régimen de visitas y no violentar el principio del interés superior del niño.

2.1.2.2 Investigación Correlacional:

Es de tipo Correlacional, porque se relacionan las variables de dos grupos de personas: Los padres que solicitan se fije un horario de visitas para sus hijos que no viven con ellos; y las autoridades judiciales de la niñez y adolescencia, quienes al momento de dictar una resolución, en esta clase de procesos, deben tomar en cuenta fundamentalmente no se violente el principio del interés superior del niño.

2.1.2.3 Investigación Aplicada:

Se utiliza esta investigación porque se integran la teoría con la práctica, al argumentar jurídicamente que se debe elaborar un ante proyecto de Ley que sancione el incumplimiento del régimen de visitas establecidas por el Juez de la Familia, Mujer, Niñez y adolescencia, y evitar la vulneración del principio del interés superior del niño.

2.1.3 MÉTODOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN

2.1.3.1.- MÉTODO DEL NIVEL EMPÍRICO DEL CONOCIMIENTO.-

Dentro de este método se utiliza la Observación Científica, el Análisis documental.

2.1.3.1.1 OBSERVACIÓN CIENTÍFICA.- Se investiga la falta de sanción existe por el incumplimiento del Régimen de visitas, y que vulnera el principio del interés superior del niño.

2.1.3.1.2 ANÁLISIS DOCUMENTAL.- Se analizan los procesos que mantienen las Unidades de la Familia, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Tulcán, para determinar que en los juicios de Régimen de visitas, no se puede aplicar una sanción a los padres que

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incumplan con este régimen al no existir esta sanción dentro del Código de la Niñez y Adolescencia.

2.1.3.2 MÉTODO DEL NIVEL TEÓRICO DE CONOCIMIENTO.

Dentro de este método se utilizará el método Histórico- Lógico, Analítico sintético, e Inductivo-Deductivo.

2.1.3.2.1 MÉTODO HISTÓRICO-LÓGICO.- Estudia sobre las reformas que se han venido produciendo a lo largo de la historia, y se han incorporado en los diferentes Códigos referente al respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para que se respete el principio fundamental del interés superior del niño.

2.1.3.2.2 MÉTODO ANALÍTICO-SINTÉTICO.- Este método se lo utiliza para analizar los efectos psicológicos y las causas que se producen en los niños, niñas y adolescentes, y como afectan los derechos de este grupo vulnerable, y que se debe aplicar a favor de los niños, niñas y adolescentes.

2.1.3.2.3 MÉTODO INDUCTIVO-DEDUCTIVO. Se utilizará en este estudio porque va de lo general a lo particular; es decir partiendo de la teoría general de los Convenios Internacionales de Derechos Humanos, derechos de los niños, se debe llegar a lo particular, es decir el problema que se presenta en estos casos, cuando se encuentran en pugna los padres por el régimen de visitas.

2.1.4 TÉCNICAS

2.1.4.1 Fichaje: Se utilizará en la inclusión de datos.

2.1.4.2 Observación directa: Se aplicará con mayor importancia, ya que el trabajo de campo es continuo para determinar las consecuencias en este caso de estudio.

2.1.5 HERRAMIENTAS:

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2.1.5.1 ESTUDIO DE CASOS.- Consiste en analizar decisiones judiciales y casos reales para evaluarlos y abordar conclusiones.

CAPÍTULO III PROPUESTA

3.1 DESARROLLO DE LAPROPUESTA

3.1.1 Fundamentación para incrementar una sanción dentro del capítulo IV de Régimen de visitas del Código de la Niñez y Adolescencia.

Luego del análisis de los diferentes criterios de juristas, escritores, leyes, convenciones de derechos de los niños, sobre el tema de régimen de visitas, la familia, etc., y con el análisis al caso práctico que se adjunta al presente trabajo investigativo, se puede determinar que es necesario y urgente proponer a la Asamblea Nacional, realice los debates necesarios para el incremento de un inciso dentro del capítulo IV del Régimen de visitas, del Código de la Niñez y Adolescencia, en el que se imponga una sanción o se ordene el Apremio Personal a los padres que incumplan con el régimen de visitas ordenado por la autoridad competente, ya que por los desacuerdos de los padres, afecta emocionalmente y psicológicamente a los hijos, que no pueden estar en estrecha relación con sus progenitores, por capricho de uno de ellos, o por causar daño emocional a la pareja, cuando éstos se encuentran separados, y violentan un principio fundamental como es el Interés Superior del Niño.

Con el análisis realizado en el Epígrafe IV, del caso práctico presentado en la ciudad de Tulcán, Provincia del Carchi, queda demostrado que el tema de esta investigación es importante darlo a conocer a la Asamblea Nacional, para su análisis y luego de debatirlo se

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dicte las respectivas reformas al capítulo IV del Régimen de visitas, ya que se ha comprobado la realidad que se presenta en forma diaria en todos los Juzgados de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia a nivel nacional por estos problemas familiares que afectan principalmente a los hijos, y por ende se vulnera un principio fundamental, firmado en todos los convenios internacionales, en los que el Ecuador es parte, además de encontrarse establecido en la Constitución de la República del Ecuador.

3.1.2 Ante-proyecto de ley que sancione el incumplimiento del régimen de visitas y evite la vulneración del Principio del Interés Superior del Niño.

Quito, Octubre 01 del 2015 Señora

Gabriela Rivadeneira

PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR

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