3.2 Problem Formulation and Average Consensus Algorithms
3.2.5 Network Coding
DISPOSICIÓN N.° 13/DGEMPR/16
Buenos Aires, 30 de junio de 2016
VISTO:
La Ley N° 5.460, y el Decreto N° 141/16 y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología como continuador del entonces Ministerio de Desarrollo Económico;
Que, el Decreto 141/16 modificó la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando como responsabilidades primarias entre otras, entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización;
Que, la Dirección General Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, tiene entre las responsabilidades primarias proponer, desarrollar e implementar programas que promuevan la difusión de la práctica y la cultura emprendedora en sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Taller de Inversiones Ángeles es un evento donde participarán referentes de inversiones ángeles del ecosistema local, con el objetivo de compartir y nutrir a los asistentes con sus experencias y conocimientos;
Que el referido evento se llevará a cabo en el Salón San Martín de la Legislatura de la Ciudad de Buenos el día viernes 01 de Julio, con el objetivo de brindar un espacio dónde los inversores tengan la oportunidad de aumentar sus conocimientos sobre inversiones de riesgo para potenciar las mismas y beneficiar al ecosistema emprendedor;
Que en atención a ello, con el fin de alentar la realización de la más amplia gama de actividades que promuevan la difusión de la práctica y la cultura emprendedora en sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resulta de interés autorizar la realización de la actividad descripta a fin de lo cual, corresponde el dictado del pertinente acto adminsitrativo;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES DISPONE:
Artículo 1°.- Autorícese la realización del evento "Taller de financiamiento inversiones ángeles" a desarrollarse el día Viernes 01 de Julio de 2016 en el horario de 9:00 a 15:00 hs en el salón San Martín de la Legislatura de la Ciuda de Buenos Aires, ubicado en Perú 130, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con entrada libre y gratuita.
Artículo °.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Sena
Agencia de Protección Ambiental
DISPOSICIÓN N.° 63/DGTALAPRA/16
Buenos Aires, 28 de junio de 2016
VISTO:
La Constitución de la Nación y la de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 2.628, N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) y Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, la Resolución Nº 1160/MHGC/11 sus complementarias, las Disposiciones Nº 396/DGCYC/14, Nº 573/DGCYC/14 y sus modificatorias, el EX-2016-13799466-MGEYA-DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita el procedimiento licitatorio para la adquisición de productos químicos de laboratorio, por la suma de de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS 00/100 ($ 481.466.00),, requerido por la Gerencia Operativa de Determinaciones Ambientales y Laboratorio dependiente de la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia.
Que, la Ley Nº 2.628 dispone como objeto de la Agencia de Protección Ambiental el de proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en su Capítulo III, la citada Ley establece el marco general al cual debe sujetarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y contable, incluyendo la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) al Régimen de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), se establece que todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que se efectúen deben realizarse utilizando los sistemas electrónicos o digitales que establezca el Órgano Rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso, los que contendrán como mínimo la cotización, licitación, contratación, adjudicación y despacho de materiales y servicios en proceso de compra y/o contratación;
Que, en el marco mencionado previamente, la Gerencia Operativa de Determinaciones Ambientales y Laboratorio dependiente de la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia formuló el presente requerimiento de contratación con sus Especificaciones Técnicas por ante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones (BAC);
Que, a fin de dar comienzo al procedimiento, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial autorizó la Solicitud de Gastos en el Sistema y confirió intervención a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones, el que elaboró Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que, la citada Subgerencia Operativa, estimó como mejor medio de contratación el procedimiento de Licitación Pública previsto en el artículo 31 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) y su Reglamentación;
Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) del Gobierno de la Ciudad, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación;
Que, en consonancia con lo expuesto, corresponde aprobar los Pliegos elaborados y proceder al llamado a la presentación de las ofertas fijando la fecha para su apertura. Por ello, en virtud de las competencias conferidas en el anexo II del Decreto Nº 95/2014 reglamentario de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454),
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
Artículo 1°.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que lucen en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), bajo el Proceso de Compras Nº 8933-0582-LPU16.
Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública Nº 8933-0582-LPU16, por un monto que asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS 00/100 ($ 481.466.00), para la adquisición de productos químicos de laboratorio requerido por la Gerencia Operativa de Determinaciones Ambientales y Laboratorio de esta Agencia, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas al día 14 de julio de 2016 a las 12:00 horas, conforme lo dispuesto en el en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454).
Artículo 3º.- Los pliegos podrán ser consultados y obtenidos a través del sistema BAC sin cargo alguno en https://www.buenosairescompras.gob.ar.
Artículo 4º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2016 y 2017.
Artículo 5º.- Protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y anúnciese en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Protección Ambiental. Etcheverrigaray
DISPOSICIÓN N.° 65/DGTALAPRA/16
Buenos Aires, 30 de junio de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 67/GCBA/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº 59-MHGC/2015, Nº 23/APRA/16 y Nº 86/APRA/2016, la Resolución Conjunta N° 10-SECLYT/13, Resolución N° 3-MHGC-MJGGC-SECLYT-15, las Disposiciones N° 9-DGCG/10, Nº 36-DGCG/15, N° 47-DGTALAPRA/2016, y el Expediente Nº 3712328-MGEYA-DGTALAPRA/2015 y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita la aprobación de los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común Final del Ejercicio 2015, correspondiente a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que por el artículo 4º de la Resolución Nº 86/APRA/16, se designaron como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Fondo de Movilidad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia, al Dr. Pedro Martin Etcheverrigaray D.N.I. Nº 27.536.413, a la Dra. María Celeste Pieras DNI Nº 23.952.587 y a la Lic. Mónica Bibiana Vaccarezza D.N.I. 25.435.996;
Que por el Decreto Nº 67/GCBA/10, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación;
Que a través del artículo 16 del anexo I del Título III del citado Decreto, se establece que la rendición de cuenta de las inversiones hechas con cualquiera de los tipos de fondos definidos en el presente Régimen se hará ante las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales o equivalentes de cada Jurisdicción o Entidad, las que serán responsables de su aprobación o desaprobación, siendo estas quienes rendirán los fondos ante la Dirección General de Contaduría;
Que por otra parte, en ese mismo artículo se establece que el titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobará los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones;
Que por la Resolución Nº 51-MHGC/10, se aprobó la reglamentación para el régimen de asignación y rendición de fondos, estableciéndose la metodología para la entrega de fondos, montos máximos, procedimiento en caso de incumplimiento y contenido de la rendición de cuenta documentada;
Que mediante la Resolución Nº 59-MHGC/15, se determinaron los montos máximos de caja chica, montos máximos de comprobantes y estableció los cupos de entrega de fondos para Ministerios y Secretarias;
Que la Resolución Conjunta N° 10-SECLYT/13, establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Fondos de Caja Chica Común, los que deberán tramitarse por Expediente Electrónico, conforme a lo establecido en el Decreto N° 196/GCBA/11;
Que a través de la Disposición Nº 36-DGCG/15, se establece que a partir de la primera rendición de Caja Chica Común correspondiente al Ejercicio 2015 es obligatoria la utilización del módulo de Fondos a Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) y se considerará cumplida la presentación de los Anexos X y XI de la Disposición N° 9/DGCG/2010 y modificatorias correspondientes al "Resumen de Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobante por Imputación" para Caja Chica Común , mediante la vinculación de los que genere el módulo de Fondos a Rendir del SIGAF WEB;
Que en el Anexo III de la Disposición Nº 36-DGCG/15 se reitera asimismo, que la repartición deberá presentar la cuenta ante la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de cada jurisdicción, firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante Acto Administrativo, siendo este responsable de la oportunidad, mérito o conveniencia de dichas erogaciones, estableciendo seguidamente que, el acto administrativo a dictarse aprobará como Anexos las planillas 2 y 3 del Anexo V de la citada Disposición;
Que mediante la Disposición N° 47/DGTALAPRA/2016 se aprobaron los gastos realizados en concepto de Caja Chica Común N° 3 por un monto total de PESOS CUATRO MIL ONCE CON 00/100 ($4.011,00.-);
Que la Dirección General de Contaduría emitió el informe IF-2016-16094809-DGCG en el cual observaba la discrepancia entre los comprobantes rendidos y la partida imputada en los formularios C55 Nº 8635/2015 y 8637/2015;
Que atento a lo expuesto y toda vez que resulta imposible rectificar los Formularios C 55 Nº 8635/2015 y 8637/2015 por corresponder a un ejercicio vencido y cerrado, se procedió al desglose de los comprobantes observados y a la devolución del importe correspondiente;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Resolución Nº 23/APRA/16,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNCA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DISPONE
Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición N° 47-DGTALAPRA-2016.
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, vincúlese al presente. Etcheverrigaray
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte
DISPOSICIÓN N.° 35/DGTALMDUYT/16
Buenos Aires, 23 de junio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 2016-14140827-DGIURB del llamado a Licitación Pública para la ejecución de la Obra "PABELLÓN DE ACCESO - PARQUE DE LA MEMORIA", la Ley N° 13.064 y los Decretos Nros. 1825/97, 1254/08, 363/15 y 203/2016, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la actuación citada la Subsecretaría de Obras propicia el llamado a licitación pública para la ejecución de la Obra "Pabellón de Acceso - Parque de la Memoria", al amparo de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13-064;
Que el Decreto N° 1254/08 aprobó el Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores;
Que la Subsecretaría de Obras en su carácter de Organismo Técnico confeccionó los pliegos licitatorios que se acompañan como Anexo a estas actuaciones;
Que el plazo de ejecución es de CINCO (5) meses desde la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la Orden de Inicio, conforme el Pliego de Condiciones Particulares propiciado;
Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO con 74/100 ($ 9.697.055,74.-); el proyecto del pabellón de acceso se inserta dentro del Parque de la Memoria, para dotar las necesidades de seguridad e información en uno de los puntos que preveía el masterplan original del mismo, dirigiéndose a personas que desarrollan su actividad cotidiana, deportiva o recreativa en la zona;
Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO con 74/100 ($ 9.697.055,74.-) y, conforme el pliego referido, el proyecto del Pabellón de Aacceso se inserta dentro del Parque de la Memoria, para dotar las necesidades de seguridad e información en uno de los puntos que preveía el masterplan original del mismo, dirigiéndose a personas que desarrollan su actividad cotidiana, deportiva o recreativa en la zona;
Que el Decreto Nro. 203/2016 fija los niveles de decisión para los procedimientos de selección para la contratación de obra pública y establece, entre otras cosas, el régimen de publicidad de los llamados a licitación pública;
Que en cumplimiento del Decreto Nº 1825/1997, obra en estas actuaciones las afectaciones presupuestarias correspondientes.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 203/2016;
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN TÉNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
DISPONE
Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nº 428-SIGAF-2016, de la Obra
"PABELLÓN DE ACCESO – PARQUE DE LA MEMORIA", los que como Anexos (PLIEG-2016-15582945-DGOINFU e IF-2016-14955065- DGOINFU) forman parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública para el día 12 de julio de 2016 a las 13:00 horas, en Av. Martín García 346/350, 5º piso, atento a lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, para la contratación de la Obra de referencia, cuyo presupuesto oficial es de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO con 74/100 ($ 9.697.055,74.-).
Artículo 3º.- Las erogaciones a que dé lugar la Obra que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes.
Artículo 4º.- Los Pliegos de Bases y Condiciones serán gratuitos y podrán ser consultados y obtenidos en el sitio de Internet del Ministerio de Desarrollo Urbano www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php), donde los interesados podrán formular las consultas.
Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y, cumpliéndose con el plazo de anticipación establecido en la normativa vigente, publíquese el presente llamado a licitación pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 5 días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.(www.compras.buenosaires.gov.ar).
Artículo 6º.- La presentación de ofertas se realizará en la Subgerencia Operativa de Compras. Licitaciones y Suministros de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte hasta el día 12 de julio de 2016 a las 13:00 horas.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Obras. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Serra