Part II: Consolidated reports on implementation of the budget of the European Communities and
E. Notes to the financial statements:
3. Notes to the Balance Sheet
En el año de 1992 fue publicada la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), en dicha Ley se permite la participación del sector privado en la generación de energía eléctrica, especialmente mediante autoabastecimiento, fomentándose así el uso sustentable de fuentes renovables de energía. Ocho años después se crea la figura de los productores independientes de energía que serían entidades que proporcionarían a la CFE la energía eléctrica que éstos producirían [CFE, 2013a].
La capacidad instalada por el sector privado supera los 500 kW. Situados en Oaxaca, con 79.9 MW del proyecto Parques Ecológicos de México en operación desde el 31 de Enero 2009, 250 MW del proyecto Eurus desde el 30 de Junio 2009 y 67.5 MW de Eléctrica del Valle de México desde el 01 de Abril 2010; en Baja California con 10 MW del Municipio de Mexicali desde el 29 de Octubre de 2009 [SENER, 2014a].
Los proyectos del sector privado ascienden a 1,557.45 MW, de los cuales 741.5 MW corresponden a la modalidad‘autoabastecimiento’del proyecto de Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca con 228 MW que entró en operación el 18 de Octubre de 2011, 300 MW en la modalidad ‘exportación’del proyecto Fuerza Eólica de Baja California en operación desde el 31 de Diciembre del 2011, 510.85 MW en la modalidad PIE, de La Venta III en Oaxaca con 102.85 MW que entró en operación el 30 de Junio del 2011 y 5 MW en la modalidad‘Pequeño Productor’del Instituto de Investigaciones Eléctricas en Oaxaca, en operación desde el 30 de Junio de 2010 [Comisión estatal de energía de Baja California, 2009; SENER, 2014a].
En el futuro y según lo calculado en la Prospectiva del Sector Eléctrico 2014-2028, en el período 2013- 2028 se agregarán 4,591 MW eólicos; 103 MW provenientes de proyectos terminados, en construcción o en licitación, 1,688 MW por licitar y 2,800 MW en licitación futura. [SENER, 2014c].
CONCLUSIÓN 2.5
Las tendencias internacionales muestran una marcada inclinación hacia el uso de las energías alternativas en la generación de electricidad. Si bien los países mencionados como Alemania, España y China no cuentan con un potencial de generación eólico tan importante como México, es necesario seguir el ejemplo y explotar el recurso adoptando las tecnologías disponibles, mejorándolas para lograr una generación sustentable de electricidad que beneficie tanto al ambiente como a la economía del país.
Los países en los que se encuentran distribuidas las fábricas de aerogeneradores a lo largo de Europa han comenzado a exigir que los materiales con los que son elaborados sean adquiridos totalmente en sus mercados; en primera instancia, ésto sumaría otra ventaja a la economía mexicana de implementarse tal medida.
Lo que resulta alentador es el notorio incremento en la proliferación de campos eólicos en México; con ello, la participación de las energías renovables dentro de la matriz energética del Sistema Eléctrico Nacional, también aumenta. Este hecho implica en el largo plazo, la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero que son generadas por las tecnologías tradicionales de obtención de energía eléctrica.
Por otra parte, la necesidad de la diversificación de la matriz energética en el mediano y largo plazos denota la importancia de permitir la inversión privada en el desarrollo de los proyectos renovables. Como se ha mencionado en estecapítulo, desde la década de los 90’s del siglo pasado se han propuesto reformas
al marco regulatorio con el objeto de abrir la participación del sector privado en la generación de energía eléctrica y mediante las cuales quede perfectamente definida la intervención del sector privado en las actividades energéticas del país. En el siguiente capítulo se realiza una breve descripción de las leyes que han sido modificadas con este fin.
ENERGÍA EÓLICA.
INTRODUCCIÓNA nivel mundial, el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía es tan extenso que ha sido necesaria la creación de una legislación específica y detallada de la explotación de los diferentes recursos, por ejemplo, respecto al recurso eólico. Si bien en México no se ha llegado a tal especialización regulatoria, desde hace varios años se comenzó a trabajar en la creación de un marco regulatorio en materia de aprovechamiento sustentable de las fuentes renovables de energía que prioriza la protección al ambiente.
En este capítulo se realiza una breve descripción de las modificaciones realizadas a los Artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellas regulaciones directamente relacionadas con la actividad de generación de energía eléctrica; es decir, de la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE), de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley de Inversión Extranjera. Posteriormente se indican las adaptaciones del marco regulatorio con el fin de ser más específico hacia la actividad de generación de electricidad, considerando el compromiso de disminución de emisiones de GEI: Ley General de Cambio Climático (LGCC) y la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Se describen tanto las acciones a seguir en el futuro en materia de generación de electricidad, contempladas tanto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013, como en la Estrategia Nacional de Cambio Climático 2013 y las consideraciones contenidas en la Reforma Energética del 2013. Finalmente se hace un breve resumen de las distintas medidas que han sido tomadas con el fin de fomentar el uso y la transición hacia fuentes renovables de generación eléctrica.
Las estrategias y objetivos se han planteado en el marco de la política energética de México en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 [PND, 2013], en la Estrategia Nacional de Cambio Climático 2013 [ENCC, 2013], así como en la Ley General de Cambio Climático, en la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y Financiamiento de la Transición Energética y en la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía [DOF, 2008].
La actual política energética busca brindar seguridad energética mediante el uso de las fuentes de energía primaria presentes en el territorio nacional, por medio de una diversificación energética eficiente y económica logrando un desarrollo sustentable a través del aprovechamiento de la cantidad de recursos naturales con los que México cuenta.
Desde el año 2000 se busca la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en un 30% hacia el año 2020 y en un 50% al 2050. Para lograrlo, se planteó que un 35% de la generación de la energía eléctrica del año 2024 sea abastecida a partir de fuentes limpias -entendidas como aquellas fuentes de energía y procesos de generación eléctrica cuyas emisiones o residuos (de haberlos), sean menores a los establecidos en la legislación [CFE, 2015]-, meta que se desglosaría en la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y Financiamiento de la Transición Energética, así como en la Ley para el
Posteriormente, en el año 2008, el Instituto de Investigaciones Eléctricas (IIE) anuncia la creación de la Máquina Eólica Mexicana (MEM), que sería el primer aerogenerador que se construiría con ingeniería nacional. Para ello el IIE creó alianzas con el Centro de Tecnología Avanzada (CIATEQ) así como con el Centro de investigación en Materiales Avanzados (CIMAV). El aerogenerador tiene una potencia nominal de 1.2 MW y un diámetro del rotor de 60 m [www.energias-renovables.com, 2015; González Galarza, et al., 2013].
Mediante este proyecto se busca generar el principal elemento en la cadena de valor del desarrollo eólico nacional: las unidades generadoras. El proyecto abarca el diseño, fabricación, instalación e instrumentación del prototipo en el Centro Regional de Tecnología Eólica (CERTE) para la ejecución de pruebas en viento libre. El aerogenerador logrará operar en condiciones de vientos intensos -como los de la región de La Ventosa, Oaxaca, de hasta 25 m/s [González Galarza, et al., 2013]-.
MARCO LEGAL EN MATERIA DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD Y DE 3.1
APROVECHAMIENTO DE LAS FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA.
En México, todas las Leyes y reglamentos existentes tienen su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en lo referente al sector eléctrico, su fundamento se encuentra en los Artículos 25, 27 y 28 constitucionales. De forma particular, el marco legal para la generación eléctrica a través de fuentes renovables de energía está integrado por la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE) [DOF, 2013], la Ley de la Industria Eléctrica [CFE, 2015] y la Ley de Inversión Extranjera [DOF, 2014a] (Figura 6).
Tanto la Ley de la Industria Eléctrica como la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética cuentan con sus propios reglamentos que se encargan de regular las leyes en materia de generación eléctrica de las que toman su nombre.
A continuación se hace un extracto de las leyes señaladas anteriormente y de las principales modificaciones que han sufrido; se ha dado mayor interés en lo tocante a la generación de energía eléctrica a partir de fuentes más limpias que contribuyan a la disminución del cambio climático. También se pone especial interés a aquellos artículos y párrafos de los reglamentos concernientes a la generación eólica de electricidad.