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OCIA Analysis of Poe Lock Disruption 87

D.   REPRESENTATIVE EXAMPLES—FAILURE FROM LACK

1.   OCIA Analysis of Poe Lock Disruption 87

LOTE 02 13,502.285 m2 LOTE 03 4,202.029 m2 SUPERFICIE A SUBDIVIDIR 21,228.792 m2 AFECTACIÓN A CUENTA DE A. DONACIÓN 5,072.235 m2 SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO 26,301.027 m2

este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. SE APRUEBA POR MAYORIA DE 12 DOCE VOTOS A FAVOR Y 3 TRES ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES MARÍA ELENA LARA MORALES, JOSÉ JUAN PÉREZ GUILLÉN Y LA SINDICO MARIA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CRUZ. (En esta votación la Regidora Claudia Galina Zárate, se encontraba fuera del Salón de Sesiones).--- -- Continúa con el uso de la palabra, el Regidor Carlos Gómez Coulon, dando a conocer el dictamen que presenta la Comisión de Administración Urbana, Alumbrado y Obras Públicas, como sigue: TERCERO.- Se aprueba por MAYORÍA de los presentes, registrándose nueve votos a favor y una abstención por parte de la Síndico Karla Salazar Orellana, la Modificación al Acuerdo de la Sesión de Cabildo de fecha 13 de Marzo de 2009 referente a la Relotificación de la Colonia Las Julias, para quedar como sigue:

En uso de la voz, el Presidente Municipal, en funciones de secretario, somete a consideración de los miembros del Cabildo, el dictamen que presenta la Comisión Permanente de Administración Urbana, Alumbrado y Obras Públicas relativo a la modificación del Acuerdo de Cabildo de fecha 13 de Marzo del 2009, referente a la relotificación de la Colonia las Julias como ha quedado establecido en el dictamen y de conformidad con lo que establecen los artículos 52 y 54 del Reglamento Interno se procede a realizar la votación en forma económica y simple por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo procedan a votar levantando su mano los que estén a favor, los que estén en contra, abstenciones se APRUEBA POR MAYORIA de 12 DOCE votos a favor, 1 un voto en contra del Regidor Paulo Arturo Sandoval Barrera y 2 dos abstención de los Regidores María Elena Lara Morales y José Juan Pérez Guillén. (En esta votación se encontraba fuera del Salón de Sesiones la Regidora Claudia Galina Zárate).--- -- Continúa con el uso de la palabra, el Regidor Carlos Gómez Coulon, dando a conocer el dictamen que presenta la Comisión de Administración Urbana, Alumbrado y Obras Públicas, como sigue: CUARTO.- Se aprueba por MAYORÍA de los presentes, registrándose nueve votos a favor y una abstención por parte de la Síndico Karla Salazar Orellana, la Modificación al Acuerdo de la Sesión de Cabildo de fecha 13 de Marzo de 2009 en su segundo párrafo referente a la Subdivisión de un Predio ubicado en Rincón de Lambrusco del Fraccionamiento Gran Rinconada, para quedar como sigue:

Autorización de la subdivisión de un predio ubicado en Rincón de Lambrusco en el fraccionamiento Gran Rinconada, con una superficie de 7,301.32 m2, considerándolo como una zona habitacional de densidad media alta clave H3, así como al predio colindante con una superficie de 2,346.00 m2 asignarle el mismo tipo de zona habitacional que al anterior, ambos dos continuos al fraccionamiento Gran Rinconada, por lo que hace a la subdivisión del primer predio queda como sigue: …

Sin embargo dicha Modificación surtirá efectos condicionada a la firma de los convenios de transferencia de obra correspondientes a la relotificación del Condominio la Loma Club de Golf y el de la Subdivisión del predio antes mencionado, así como a que se inicien los trabajos 15 días después de su aprobación por parte del Cabildo Municipal de ser el caso, tomando en consideración en todo momento los tiempos contemplados para la realización de obras por parte de la Dirección de Participación Ciudadana, así como los establecidos en los convenios señalados. Asimismo deberá cubrir los gastos correspondientes respecto del trámite solicitado. En uso de la palabra, el Regidor Gilberto García Moreno, manifiesta lo siguiente: Únicamente quería recordar que la autorización de esta solicitud esta condicionada por un acuerdo de comisión, me parece tengo conocimiento a este momento que no ha sido cumplimentada esta condición entonces para darle cumplimiento al acuerdo de la comisión de Desarrollo Urbano solicitaría se retire el punto y se regresara a la comisión y no ser agendado en el Cabildo tanto no sean subsanadas las solicitudes de esta comisión. Por su parte, el Regidor Paulo Arturo Sandoval Barrera, señala lo siguiente: “Efectivamente como lo comenta el Regidor Gilberto García, se tomo un acuerdo en Sesiones de Cabildo pasadas en que se iba a ser un cambio de Área de donación por obra y se iba a firmar un convenio con este Fraccionador, convenio que no se ha logrado firmar por “X” motivo, entonces yo también considero al igual que el Regidor Gilberto García que se baje este punto y no sea tratado hasta que no se firme y el fraccionador responda al acuerdo que se tomo en aquella ocasión. En uso de la voz, el Presidente Municipal en funciones de Secretario, señala lo siguiente. “Bien esta la propuesta de los Regidores Gilberto García y Arturo Sandoval en el sentido de que el punto sea regresado a Comisión para su análisis y tratamiento correspondiente, los que estén a favor levanten su mano, la decisión es Unánime de regresar a Comisión no tiene caso someter a votación el acuerdo original”.--- -- Continúa con el uso de la palabra, el Regidor Carlos Gómez Coulon, para dar lectura al dictamen que presenta la Comisión de Administración Urbana, alumbrado y Obras Públicas, como sigue: QUINTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la solicitud para destinar la superficie de 1,333.03 metros cuadrados, respecto de las áreas de donación del Fraccionamiento “Misión de Santiago 4”, ubicadas en las manzanas 2 y 8 de esta ciudad, como áreas verde para destinarlas a equipamiento recreativo y deportivo, promovido por GRUPO CONSTRUCTOR CUMBRES. Lo anterior con las siguientes condicionantes: a).- La obligación de respetar dichas medidas y colindancias del proyecto, quedando los promotores, obligados al cuidado y mantenimiento, del destino otorgado, hasta en tanto se conforme la Junta de Mejoras del Fraccionamiento en mención; b).- Todo equipamiento e infraestructura que se disponga en dichas áreas, de acuerdo al destino otorgado, pasará a ser parte del patrimonio municipal, debiéndose endosar a favor de este H. Ayuntamiento todo el mobiliario que se describe en el mismo; c).- El destino que se dará a estas áreas propiedad municipal, será el de

equipamiento para área recreativa, en la manzana 2 se equipará con: en cancha de futbolito con porterías, bancas, palapa con asador, columpios, resbaladilla, arenero, cisterna, pasto, árboles de tres tipos (Álamo americano, grevillea y fornio), en la manzana 8 con arenero, columpios, resbaladilla, pasto, árboles tres tipo (Álamo americano, grevillea y fornio), las cuales deberán de ser de uso general; d).- Los promotores del destino otorgado quedan obligados a colocar un letrero visible en donde se estipule que dichos predios son propiedad municipal destinada a área verde y recreativa; e) La aceptación por parte del promovente y/o vecinos del lugar de la modificación posterior del destino otorgado de acuerdo a las disposiciones legales, necesidades y atribuciones de este H. Ayuntamiento, la cual se entera desde el momento de la aprobación de Cabildo, misma que se concibe al tiempo en que le den el uso solicitado, lo anterior de conformidad con lo establecido por los artículos 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luís Potosí, 3, 75 fracción X de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luís Potosí, 177 fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luís Potosí, 6, 7, 8, 11 del Reglamento para la Enajenación de Bienes Municipales del Municipio Libre de San Luís Potosí, 43 del Reglamento de Construcciones del Municipio de San Luís Potosí. En uso de la voz, la Síndico María del rocío Hernández Cruz, manifiesta lo siguiente: “Bueno en virtud de aquí en varios puntos adelante viene usos y destinos de áreas de donación, si quisiera solicitar que quede asentado dentro del acta el nombre de cada uno de los promotores que están promoviendo el uso y destino de área verde lo anterior en virtud de que bueno, los acuerdos que se han manejado nada más se maneja en el sentido de que los promotores están obligados al cuidado y al mantenimiento, pero yo creo bueno para fijar una nueva postura en el sentido de que se aclare quién es el promotor, porque el día de mañana ellos terminan con la venta, eso regularmente los manejan los propios fraccionadores, entonces ellos terminan con la propia venta de sus fraccionamientos, entonces se queda como que ambiguo y posteriormente bueno los expedientes, puede llegar a que no se localicen y yo creo que lo más conveniente que en la propia Acta de Cabildo quede asentado que, quién es el titular obligado a darle el uso y destino y mantenimiento a las áreas verdes, entonces si eso es ahorita yo estoy conforme con estos acuerdos de uso y destino en virtud de que bueno es parte de recreación y áreas verdes para la ciudadanía, pero si obligarlos un poquito más a los titulares a que sigan dándole mantenimiento hasta que no se pongan en contacto con las Juntas de Mejoras en su momento para que se haga el cambio respectivo y ya después las Juntas de Mejoras le puedan dar mantenimiento y así pues ya se queda en el acta el titular obligado a seguir dándole uso y destino. En uso de la voz, Secretario General, señala lo siguiente: “Queda asentado el comentario de la Síndico, en acta para los efectos conducentes. Dado lo anterior se somete a consideración de los miembros de Cabildo con la observación hecha por la Lic. María del Rocío, el destinarse equipamiento recreativo y deportivo las áreas mencionadas los que estén a favor levanten su mano, queda APROBADO POR UNANIMIDAD.---

-- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Carlos Gómez Coulon, dado a conocer el dictamen que presenta la Comisión de Administración Urbana, Alumbrado y Obras Públicas, como sigue: SEXTO.- Se aprueba por UNANIMIDAD de los presentes, la solicitud para destinar la superficie de 10,483.26 metros cuadrados respecto de las áreas de donación del Fraccionamiento “Pozos Residencial”, ubicadas en las manzanas 1,2,3,4,6,7,8,9,10,11,12,13,14 y 15, de la Delegación de Villa de Pozos, como áreas verdes para destinarla a equipamiento recreativo y deportivo, promovido por HABI, S. A. DE C. V., con las medidas y colindancias siguientes: Lote A-1, ubicado en Calle Quinta San Quintín con superficie de 596.46 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 34.00 m2, treinta y cuatro metros, linda con lote 83 y lote 84 de la misma manzana.

AL ESTE: 9.91 m2, nueve metros y noventa y un centímetro, linda con Calle San Quintín.

AL SURESTE: En dos líneas: 5.16 cinco metros dieciséis centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta San Quintín; 27.04 veintisiete metros cuatro centímetros, linda con Calle Quinta San Quintín.

AL SUROESTE: 7.39 siete metros treinta y nueve centímetros, en pancoupé, linda con Calle Quinta San Quintín.

AL OESTE: 17.34 diecisiete metros treinta y cuatro centímetros, linda con calle Quinta San Quintín.

Lote A-2, de la manzana 02 ubicado en la Calle Quinta San Isidro, con superficie de 743.61 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 9.81 nueve metros ochenta y un centímetros, linda con lote 69 sesenta y nueve de la misma manzana.

AL ESTE: 54.57 cincuenta y cuatro metros cincuenta y siete centímetros, linda con Calle Quinta San Isidro.

AL SURESTE: 6.60 seis metros sesenta centímetros, en pancoupé, linda con calle Quinta San Isidro.

AL SUR: 7.41 siete metros cuarenta y un centímetros, linda con calle Quinta San Isidro.

AL SUROESTE: 6.69 seis metros sesenta y nueve centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Isidro.

AL OESTE: 54.38 cincuenta y cuatro metros treinta y ocho centímetros, linda con Calle Quinta San Isidro.

Lote A-3 ubicado en Calle Quinta Santiaguito con superficie de 592.78 m2, con las medidas y colindancias:

AL NORTE: 36.93 treinta y seis metros noventa y tres centímetros, linda con lote 68 y lote 69 de la misma manzana. AL ESTE: 20.11 veinte metros once centímetros, linda con Calle Quinta Santiaguito.

AL SURESTE: 8.38 ocho metros treinta y ocho centímetros, en pancoupé, linda con Calle Santiaguito.

AL SUROESTE: 33.42 treinta y tres metros cuarenta y dos centímetros, linda con Calle Quinta Santiaguito.

AL OESTE: En dos líneas: 4.18 cuatro metros dieciocho centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Santiaguito; 3.39 tres metros treinta y nueve centímetros, linda con Calle Quinta Santiaguito.

Lote A-4, ubicado en Calle Quinta Ensenada, con superficie de 645.51 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 13.74 trece metros setenta y cuatro centímetros, linda con lote 85 de la misma manzana.

AL NORESTE: 29.74 veintinueve metros setenta y cuatro centímetros, linda con Calle Quinta Ensenada.

AL SURESTE: 8.49 ocho metros cuarenta y nueve centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Ensenada.

AL SUR: 17.84 diecisiete metros ochenta y cuatro centímetros, linda con Calle Quinta Ensenada.

AL SUROESTE: 5.87 cinco metros ochenta y siete centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Ensenada.

AL OESTE: 26.67 veintiséis metros sesenta y siete centímetros, linda con Calle Quinta Ensenada.

Lote A-5 de la Manzana 6 ubicado en la Calle Quinta Monterrey con superficie de 537.35 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 14.74 catorce metros setenta y cuatro centímetros, linda con Calle Quinta Monterrey.

AL NORESTE: 26.90 veintiséis metros noventa centímetros, linda con Calle Quinta Monterrey.

AL ESTE: 2.59 dos metros cincuenta y nueve centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Monterrey.

AL SUR: 39.37 treinta y nueve metros treinta y siete, linda con Calle Quinta Monterrey.

AL SUROESTE: 4.90 cuatro metros noventa centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Monterrey.

AL OESTE: 11.35 once metros treinta y cinco centímetros, linda con calle Quinta Monterrey.

AL NOROESTE: 6.67 seis metros sesenta y siete metros en pancoupé, linda con Calle Quinta Monterrey.

Lote A-6 de la manzana 07 ubicado en la Calle Quinta Romero, con superficie de 881.54 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 5.74 cinco metros setenta y cuatro metros, linda con Calle Quinta Romero.

AL NORESTE: en dos líneas: 4.72 cuatro metros setenta y dos metros en pancoupé, linda en calle Quinta Romero; 77.67 setenta y siete metros sesenta y siete centímetros, linda con Calle Quinta Romero.

AL ESTE: 19.54 diecinueve metros cincuenta y cuatro centímetros linda con Calle Quinta Romero.

AL SUR: 11.69 once metros sesenta y nueve centímetros, linda con lote 76 y lote 77 de la misma manzana.

AL OESTE: En dos líneas: 21.11 veintiún metros once centímetros, linda con calle Quinta Romero; 76.64 setenta y seis metros sesenta y cuatro centímetros, linda con calle Quinta Romero.

AL NOROESTE: 6.08 seis metros ocho centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Romero.

Lote A-7 de la manzana 08 ubicado en la calle Quinta Amarillo, con superficie 704.47 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 5.08 cinco metros ocho centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Amarillo.

AL NORESTE: 48.81 cuarenta y ocho metros ochenta y un centímetros, linda con Calle Quinta Amarillo.

AL SUR: 31.27 treinta y un metro veintisiete centímetros, linda con lote 82 y lote 83 de la misma manzana.

AL OESTE: 39.10 treinta y nueve metros diez centímetros, linda con Calle Quinta Amarillo.

Lote A-8 de la manzana 09 ubicado en la Calle Quinta Fresno, con superficie de 734.57 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 72.81 setenta y dos metros ochenta y un centímetros, linda con Calle Quinta Fresno.

AL NORESTE: 6.88 seis metros ochenta y ocho centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Fresno.

AL ESTE: 6.68 seis metros sesenta y ocho centímetros, linda con Calle Quinta Fresno.

AL SURESTE: 6.28 seis metros veintiocho centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Fresno.

AL SUR: 76.00 setenta y seis metros linda con Calle Quinta Fresno, lote 130 y lote 131 de la misma manzana.

AL OESTE: 5.55 cinco metros cincuenta y cinco centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Fresno.

Lote A-9 de la manzana 9 ubicado en la Calle Quinta Fresno con superficie de 532.49 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 34.00 treinta y cuatro metros, linda con lote 158 y 159 de la misma manzana.

AL ESTE: 13.27 trece metros veintisiete centímetros, linda con Calle Quinta Fresno.

AL SURESTE: 6.72 seis metros setenta y dos centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Fresno.

AL SUR: 26.16 veintiséis metros dieciséis centímetros, linda con calle Quinta Fresno.

AL SUROESTE: 5.84 cinco metros ochenta y cuatro centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Fresno.

AL OESTE: 10.42 diez metros cuarenta y dos centímetros, linda con Calle Quinta Fresno.

Lote A-10 de la manzana 10 ubicado en la Calle Quinta Rosarito, con superficie 502.47 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 21.84 veintiún metros ochenta y cuatro centímetros, linda con Calle Quinta Rosario

AL NORESTE: 5.33 cinco metros treinta y tres centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Rosarito.

AL SURESTE: 15.62 quince metros sesenta y dos centímetros, linda con Calle Quinta Rosarito.

AL SUR: 23.98 veintitrés metros noventa y ocho centímetros, linda con lote 117 de la misma manzana.

AL OESTE: 16.65 dieciséis metros sesenta y cinco centímetros, linda con Calle Quinta Rosarito.

AL NORESTE: 4.81 cuatro metros ochenta y un centímetros en pancoupé, linda con calle Quinta Rosarito.

Lote A-11 de la manzana 11 ubicado en Calle Quinta San Silvestre, con superficie de 524.07 m2 con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: 22.77 veintidós metros setenta y siete centímetros, linda con calle Quinta San Silvestre

AL NORESTE: 6.14 seis metros catorce centímetros en pancoupet, linda con Calle San Silvestre.

AL ESTE: 10.60 diez metros sesenta centímetros, linda con la calle Quinta San Silvestre

AL SUR: 35.20 treinta y cinco metros veinte centímetros, linda con lote 92 y 93 de la misma manzana.

AL OESTE: 11.56 once metros cincuenta y seis centímetros, linda con Calle Quinta San Silvestre.

AL NOROESTE: 6.42 seis metros cuarenta y dos centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta San Silvestre.

Lote A-12 de la manzana 12 ubicado Calle Quinta San Patricio, con superficie 653.49 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NOROESTE: 19.07 diecinueve metros siete centímetros, linda con Calle Quinta San Patricio

AL NORESTE: 9.08 nueve metros ocho centímetros, linda con Calle Quinta San Patricio.

AL SURESTE: En dos líneas: 39.42 treinta y nueve metros cuarenta y dos centímetros, linda con Calle San Patricio; 4.71 cuatro metros setenta y un metros en pancoupé, linda con Calle San Patricio.

AL SUR: 4.33 cuatro metros treinta y tres centímetros, linda con Calle Quinta San Patricio.

AL OESTE: 38.47 treinta y ocho metros cuarenta y siete centímetros, linda con lote 103 y 104 de la misma manzana. Lote A-13 de la manzana 13 ubicado en Calle Quinta Colorado, con superficie de 1,778.85 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

AL NOROESTE: En dos líneas: 2.00 dos metros, linda con derecho de paso; 30.64 treinta metros sesenta y cuatro centímetros, linda con derecho de paso.

AL NORTE: 11.03 once metros tres centímetros, linda con Calle Quinta Fontana.

AL NORESTE: 5.53 cinco metros cincuenta y tres centímetros en pancoupé, linda con Calle Quinta Fontana.

AL ESTE: 5.31 cinco metros treinta y un centímetros, linda con Calle Quinta Colorado.

AL SUR: En cinco líneas: 37.00 treinta y siete metros, linda con lote 01, lote 02, lote 03, lote 04, lote 05 y lote 06 de la misma manzana; 101.79 ciento un metros setenta y nueve centímetros, linda con lote 06 de la misma manzana, linda con Calle Quinta Colorado; 22.02 veintidós metros dos centímetros en línea curva, linda con calle Quinta Colorado; 72.98 setenta y dos metros noventa y ocho centímetros linda con Calle Quinta Colorado; 5.44 cinco metros cuarenta y cuatro metros, linda con lote 07 de la misma manzana.

AL SUROESTE: en siete líneas: 12.44 doce metros cuarenta y cuatro centímetros, linda con propiedad privada Fraccionamiento Orquídea; 1.08 un metro ocho centímetros, linda con propiedad privada Fraccionamiento Orquídea; 3.64 tres metros sesenta y cuatro centímetros, linda con Propiedad privada Fraccionamiento Orquídea;

1.08 un metro ocho centímetros, linda con propiedad privada