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La Ministra de Salud Pública y el Ministro de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca, ante la existencia de una débil cultura y educación sobre la tenencia responsable de perros y animales de compañía, que afecta a la seguridad individual y colectiva, expiden un reglamento basado en el fortalecimiento operativo, la coordinación y el trabajo conjunto de diferentes sectores e instituciones tendiente a lograr una tenencia responsable de perros.

El artículo 123 de la Ley Orgánica de Salud señala que “El control y manejo de los animales callejeros es responsabilidad de los municipios, en coordinación con las autoridades de salud”.

“A través del Ministerio de Salud Pública y del Ministerio de Agricultura mediante acuerdo ministerial 116 del 19 de febrero de 2009, expide un Reglamento de Tenencia y Manejo Responsable de Perros, publicado en el Registro Oficial 532, como respuesta a solucionar los múltiples problemas que conlleva el abandono de mascotas en espacios públicos, responsabilidad que se le atribuye a los gobiernos municipales y otros organismos públicos en la aplicación de la referida normativa legal”.

En sus puntos principales el reglamento establece: Obligaciones.

 Otorgar condiciones de vida adecuadas a las características del animal.  Educar, socializar e interactuar con el perro en la comunidad.

 Mantener únicamente el número de perros que le permita cumplir las normas de bienestar animal.

 Recoger y disponer sanitariamente los desechos del animal.  Cuidar que los perros no causen molestias a los vecinos.

Prohibiciones.

 Maltratar, golpear o someter al animal.

 Encadenar, enjaular o confinar permanentemente en terrazas, patios, balcones o similares.

 Envenenar masivamente perros propios o ajenos.

 Usar la imagen de perros para simbolizar maldad, agresividad o peligro.

1.2.2.5. Ordenanzas.

Es necesario analizar la estructura de varias ordenanzas que se están cumpliendo con mucho éxito en otras ciudades del Ecuador, aunque se debe recalcar que son muy pocos los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales que han asumido la competencia, pero que pueden servir como patrón para desarrollar una similar para la ciudad de Puyo, tomando en consideración que los problemas y necesidades son las mismas.

Es así que podemos observar que los títulos de las Ordenanzas de estas ciudades son similares, de igual manera sus textos llevan concordancia unos con otros. Pero todas buscan obtener una mejor convivencia personas-animales, brindar protección, obligaciones, y prohibiciones, así como también imponer sanciones a quienes las irrespeten y no las cumplan. Entre las más importantes se puede citar:

1.2.2.5.1 La Ordenanza que Regula la Tenencia, Protección y Control de la Fauna Urbana en el Distrito Metropolitano de Quito.

Esta nueva normativa reemplaza a la ordenanza 128 del Distrito Metropolitano de Quito, que ha estado en vigencia desde el 30 de agosto de 2004. Fue presentada y probada por el Concejo Metropolitano el 15 de abril de 2011. Después de la cual se le incorporaron las observaciones pertinentes.

Tiene como objetivo establecer mecanismos claros de combate al maltrato animal y sanciones para quienes incurran en él, tomando como fundamento los derechos de la naturaleza que están contenidos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

Se estima que existen en Quito 300.000 perros de los cuales 190.000 (40%) son callejeros. Es por esto que la ordenanza plantea controlar la población animal callejera mediante el método atrapar-esterilizar y soltar. Este método, recomendado por la Organización Mundial de Salud OMS y la Organización Mundial de Salud Animal OIE, evita la muerte innecesaria de animales y es 60% menos costoso que los albergues y la eutanasia.

Otro de los ejes de la ordenanza es la creación de un organismo municipal denominado Centro de Gestión Zoosanitaria CEGEZOO, que será el encargado de ejecutar la normativa. En esta instancia la ciudadanía deberá registrar a su mascota. Además podrá acceder a otros servicios como la historia clínica en línea, vacunación, esterilización y adopción de perros.

La ordenanza igualmente defiende que no existen razas de perros peligrosas sino individuos caninos mal manejados, por lo que se realizarán pruebas de comportamiento a todos los perros de cualquier tamaño y peso, para luego identificarlos con placas de colores según su grado de agresividad.

Entre los otros aspectos que contempla la ordenanza se incluyen la prohibición de circos que maltraten animales y experimentación acorde a los principios de bienestar animal, así como la habilitación de espacios públicos para la recreación de la ciudadanía y sus mascotas, el control de animales de consumo en zonas urbanas y sanciones claras por maltrato.

Es preciso mencionar la existencia de temas relevantes que recopila esta ordenanza, todos de suma importancia. Se trata de una normativa completa en todos los aspectos, que persigue "...establecer las condiciones en la que los habitantes y visitantes del Distrito Metropolitano de Quito deben mantener los perros y otros animales domésticos a su cargo, sean o no propietarios de éstos... "

Entre las principales disposiciones están:Obligaciones, Prohibiciones, Infracciones y Sanciones.

1.2.2.5.2 La Ordenanza que regula la protección, tenencia, control, comercialización y cuidado de animales de compañía, Así como aquellos que se utilizan en espectáculos públicos, dentro del cantón Guayaquil.

La problemática en la mayoría de ciudades es la misma, la gran cantidad de animales domésticos que deambulan por la vía pública o que transitan sin las respectivas seguridades y control por parte de sus propietarios y/o tenedores, con el consiguiente potencial perjuicio para la comunidad y los espacios de uso público es necesario expedir las normas que conlleven a efectuar un control adecuado por parte de la municipalidad respecto de los animales domésticos.

El principal objetivo de esta ordenanza municipal del cantón Guayaquil es regular la tenencia, comercialización, cuidado y control del uso de animales en espectáculos públicos, como también fomentar la protección de los animales de compañía y crear conciencia y responsabilidad en sus propietarios y en la ciudadanía en general a través de campañas de educación pública; para este efecto se buscará que organizaciones sin fines de lucro colaboren con la municipalidad, a través de la Dirección de Salud e Higiene Municipal.

1.2.2.5.3. Ordenanza de protección de animales en Cuenca.

La ordenanza de la ciudad de Cuenca se refiere a la "protección de animales silvestres y domésticos" y recopila los principales problemas que comprende el abandono de perros u otras mascotas en las calles de las ciudades del Ecuador y lo necesario e impostergable que significa crear un marco legal que lo regule.

La ciudad de Cuenca es reconocida a nivel nacional y mundial por su organización, cultura e historia y no podía pasar por alto el crear una ordenanza que contenga o tipifique obligaciones, prohibiciones y sanciones para aquellos ciudadanos que no cumplan con las normas de buen vivir y respeto hacia los animales.

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