4.8 Functional Requirements Analysis
4.8.1 Online-feasibility Study
siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;
e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras; (Política, 2012)
Artículo 395.- Potestad sancionadora.- Los funcionarios de los gobiernos autónomos descentralizados, encargados del juzgamiento de infracciones a la normativa expedida por cada nivel de gobierno, ejercen la potestad sancionadora en materia administrativa.
Los gobiernos autónomos descentralizados tienen plena competencia establecer sanciones administrativas mediante acto normativo, para su
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juzgamiento y para hacer cumplir la resolución dictada en ejercicio de la potestad sancionadora, siempre en el ámbito de sus competencias y respetando las garantías del debido proceso contempladas en la Constitución de la República.
En el gobierno parroquial rural, corresponde el ejercicio de la potestad sancionadora al presidente o presidenta de la junta parroquial rural.
La potestad sancionatoria y los procedimientos administrativos sancionatorios se regirán por los principios de legalidad, proporcionalidad, tipicidad, responsabilidad, irretroactividad y prescripción. En casos de infracción flagrante, se podrán emplear medidas provisionales y cautelares de naturaleza real para asegurar la inmediación del presunto infractor, la aplicación de la sanción y precautelar a las personas, los bienes y el ambiente.
Para tal efecto, se considerarán infracciones objeto de las sanciones establecidas por los gobiernos autónomos descentralizados, todo incumplimiento por acción u omisión a las normativas expedidas por éstos. (Política, 2012)
GAD Municipal de Santo Domingo.
Conforme las competencias que establece el COOTAD en su Art. 55 a los Municipios y lo que dispone la Ley de Gestión Ambiental en sus disposiciones generales reformas y derogatorias a la Ley de Régimen Municipal se agregara el siguiente artículo innumerado “las municipalidades de acuerdo a sus posibilidades financieras establecerán unidades de gestión ambiental, que actuaran temporal o permanentemente”; el Gobierno Autónomo
Descentralizado de Santo Domingo cuenta una Dirección de Gestión Ambiental.
La Dirección de Gestión Ambiental, se maneja en base a la ORDENANZA SUSTITUTIVA DE ASEO PÚBLICO, RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS DOMÉSTICOS, INDUSTRIALES Y BIOLÓGICOS NO TÓXICOS.- misma que en su artículo 48 establece que: “queda prohibida la incineración de desechos de basura, a cielo abierto, calderas de calefacción, etc.”
Ordenanza que a su vez se encuentra incorporada en el Código Municipal, Libro Primero Título V, Subtitulo II, Capítulo VIII, Sección III.
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El accionar de la Dirección de Gestión Ambiental, se da por inspecciones por control de rutina o por denuncias; las denuncias se dan de manera directa o por medio del ECU 911,una vez receptada la denuncia, los delegados de Gestión Ambiental se acercan al aserradero o carpintería a realizar la Inspección correspondiente, se toman las fotos respectivas de la quema de los desechos, se realiza la citación al propietario (una solicitada la patente municipal y los documentos habilitantes correspondientes), se realiza un informe y se lo remite a la Unidad de Juzgamiento de Infracciones.
GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas.
El GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, ha establecido la ORDENANZA AMBIENTAL QUE REGULA LA ACREDITACIÓN EN TODOS LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, de fecha 07 de agosto del 2015 y sancionado por el ejecutivo el 14 de agosto del 2015.
Ministerio del Ambiente.
El Ministerio del Ambiente ha expedido o se maneja en base al TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE, en relación con el Acuerdo Ministerial 0061, de fecha 04 de mayo del 2015.
El TULSMA (TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE), regulas todas las actividades a nivel nacional, desde las carpinterías, hasta las grandes industrias contaminantes; mismo que en su LIBRO VI ANEXO 4, 4 REQUISITOS 4.1.3.4; indica que se debe Suspender cualquier quema a cielo abierto, e inclusive, proceder a combatir dicha quemas.
Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación.
La investigación realizada fue basada en ciertos parámetros en cuanto a la metodología, y son los siguientes:
54 Modalidad de la Investigación.
La presente investigación es cualitativa y cuantitativa.
Investigación Cualitativa.
Con esta investigación cualitativa se puede estudiar la calidad de las actividades, relaciones, asunto, medios, que son los hechos jurídicos que permite identificar la naturaleza profunda de las realidades y su estructura dinámica del problema planteado.
Investigación Cuantitativa.
Es cuantitativa porque se ha trabajado sobre datos demostrativos, particularmente estadísticos que permitieron llegar a conclusiones determinadas
Tipos de Investigación.
El presente trabajo se enmarca en los siguientes tipos de investigación:
De Campo.
Por lo que la investigación se la ha realizado en el lugar de los hechos a fin de determinar sus problemas y características objetivas.
Bibliográfica.
Porque para fundamentar las variables se ha recurrido a los datos científicos, contenidos en la bibliografía que consta en el trabajo, sobre todo se recurrió a la doctrina y legislación nacional e internacional.
55 Documental.
Porque ha sido necesario completar la investigación con datos contenidos en documentos públicos y privados.
Métodos utilizados para el desarrollo de la investigación.
Métodos.
En el desarrollo del presente Trabajo Investigativo, se ha utilizado los siguientes métodos a fin de alcanzar los objetivos planteados y a su vez fundamentar jurídicamente la propuesta hecha en base de la derogatoria planteada:
Método Inductivo.
Porque a través de éste método se ha investigado y deducido a través de hechos particulares lo que he permitido obtener conclusiones o Leyes universales con principios generales o universales que explican o relacionan el fenómeno estudiado.
Método Deductivo.
Mediante este método se ha logrado obtener razonamientos partiendo de conocimientos generales, los cuales permitieron explicar y solucionar problemas particulares, presentados en el planteamiento del problema.
Método Histórico.
Porque el tema del presente proyecto se ha logrado estudiar la trayectoria y evolución con fenómenos no jurídicos, su aplicación desarrollo, fortalezas y debilidades, logrando así entender su importancia y necesidad en los distintos tiempos y espacios de la humanidad.
56 Método Analítico.
Porque ha sido posible comprender en toda su extensión el tema, separando las partes que lo componen, analizar y determinar con ello la característica general del fenómeno investigado.
Método Sintético.
Porque reunidos los elementos en un todo gracias al análisis, ha sido posible llegar a la síntesis.
Método Comparado.
Porque se ha visto la necesidad del estudio y análisis de diferentes instituciones jurídicas a fin de poder establecer las particularidades del tema.
Técnicas Investigativas Utilizadas.
A través de varios instrumentos propios para la investigación científica, se ha podido receptar información de suma importancia para el desenvolvimiento del presente informe jurídico y todo lo que en él conlleva, particularmente utilice la entrevista realizada a varios de los funcionarios de las entidades en las que se ven reflejadas la problemática del tema investigado, y fundamentalmente mi trabajo se sustenta en la encuesta, la cual me ha servido para conocer el tema su problemática y la aceptación tanto de la investigación como de la propuesta a los individuos que son parte de la población y muestra; y de esta forma alcanzar los objetivos que he planteado.
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Población y muestra de la investigación
Para la elaboración de este trabajo ha sido necesario recurrir a un universo de personas que están verdaderamente capacitadas con sus conocimientos sobre el tema, por tanto el universo por sí solo es reducido y equivalente a su muestra en tal razón no es necesario la aplicación de la correspondiente fórmula.
Encuesta
El cuestionario como instrumento referido del tema investigativo, con el objetivo de tener criterios y opiniones de personas que conocen y han vivido la problemática en estudio.
Interpretación de Resultados
TABLA No. 1
PREGUNTA SI NO PORCENTAJE
1.- ¿Sabe usted en qué consiste la contaminación ambiental?
99% 1% 100%
2.- ¿Cree usted que el Ecuador es un país libre de contaminación ambiental?
10% 90% 100%
COMPOSICIÓN POBLACIÓN
POBLACIÓN AFECTADA 40
AUTORIDADES DEL AMBIENTE 2
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
2
58 3.- ¿Conoce usted si en la actual Constitución de la República hay Normas que regulen la contaminación ambiental?
95% 5% 100%
4.- ¿Piensa usted que en el Ecuador existe un control periódico por parte de las autoridades para controlar y evitar la contaminación ambiental?
10% 90% 100%
5.- ¿Cree usted que los Derechos del BUEN VIVIR garantizan el vivir un ambiente sano y libre de contaminación?
90% 10% 100%
Cuadros Interpretativos
Análisis cualitativos de resultados
De las encuestas realizadas a cuarenta personas del cantón Santo Domingo, de distintas profesiones, edades, género y raza se establecen los siguientes resultados.
Pregunta No. 1.- El 99% de las personas encuestadas SI saben en qué consiste la contaminación ambiental, y un 1% respondió que NO sabían.
99% 10% 95% 10% 90% 1% 90% 5% 90% 10% 1.- ¿Sabe usted en que consiste la contaminación ambiental?
2.- ¿Cree usted que el Ecuador es un país libre de contaminación ambiental? 3.- ¿Conoce usted si en la actual Constitución de la República hay normas que regulen
la contaminación ambiental?
4.- ¿Piensa usted qué en el Ecuador existe un control periódico por parte de las autoridades para controlar y evitar la
contaminación ambiental?
5.- ¿Cree usted que los Derechos del Buen Vivir garantizan
el vivir un ambiente sano y libre de contaminación?
59
Pregunta No. 2.- El 10% de los encuestados SI cree que el Ecuador es un país libre de contaminación, y el 90% respondió que NO.
Pregunta No. 3.- El 95% de las personas encuestadas respondió que SI conocen que en la actual Constitución de la República hay Normas que regulan la contaminación ambiental, y el 5% respondió que NO saben.
Pregunta No. 4.- El 10% de los encuestados respondieron que SI piensan que en el Ecuador existe un control periódico por parte de las autoridades para controlar la contaminación ambiental, el 90% respondió que NO.
Pregunta No. 5.- El 90% de los encuetados creen que los derechos del BUE VIVIR SI garantizan el vivir en un ambiente sano y libre de contaminación, el 10% dijeron que NO.
TABLA No. 2
PREGUNTA SI NO PORCENTAJE
6.- ¿Cree usted que es importante controlar el nivel de contaminación ambiental y tomar las medidas adecuadas sobre la misma?
99% 1% 100%
7.- ¿Piensa usted que los aserraderos y las carpinterías contaminan el medio ambiente en Santo Domingo?
80% 20% 100%
8.- ¿Cree usted que debería existir control permanente por parte de las autoridades de Santo Domingo con el fin de que en los establecimientos en los que funcionan los aserraderos y carpinterías disminuyan la contaminación que causan?
80% 20% 100%
9.- ¿Piensa usted que tanto el Ministerio del Ambiente como el GAD Municipal están tomando las medidas adecuadas para evitar la
60 contaminación en Santo Domingo?
10.- ¿Cree usted que con la presentación de un Informe Jurídico en el que se evidencie la contaminación ambiental causada por la quema de residuos de madera en los aserraderos y carpinterías ante el Ministerio del Ambiente y el GAD Municipal se podrá garantizar de una manera efectiva el BUEN VIVIR?
97% 3% 100%
Cuadro Interpretativo en barras
GRAFICO No. 2 0% 20% 40% 60% 80% 100% 120% 6.- ¿Cr ee usted que es importante controlar el nivel de contaminación ambiental y tomar las
medidas adecuadas sobr e la misma?
7.- ¿Piensa usted que los aserraderos y las carpinter ías c ontaminan
el medio ambiente en Santo Domingo de los
Tsáchilas?
8.- ¿Cr ee usted que debería existir control permanente por parte de las autoridades de Santo Domingo con el fin de que en los establec imientos en los
que funcionan los aser raderos y carpinter ías disminuyan
la contaminación que causan?
9.- ¿Piensa usted que tanto el Minister io del Medio Ambiente como el GAD Municipal están tomando las medidas adecuadas para evitar la contaminación en Santo
Domingo?
10.- ¿Cree usted que con la presentación de un Informe Jurídico en el que se evidencie la
contaminación ambiental causada por
la quema de residuos de madera en los
aser raderos y carpinter ías ante el Ministerio del M edio Ambiente y ante el GAD
Municipal se si no
61 Análisis de Resultados de la Encuesta.
Pregunta No. 6.- El 99% de encuestados respondió que SI creen que es importante controlar el nivel de contaminación ambiental y tomar medidas adecuadas cobre la misma, el 1% piensa que NO.
Pregunta No. 7.- El 80% de la población encuestada piensa que los aserraderos y carpinterías SI contaminan el medio ambiente de Santo Domingo, el 20% piensan que NO.
Pregunta No. 8.- El 80 % de las personas encuestadas SI creen que debe existir control permanente por parte de las autoridades a fin de que los establecimientos en los que funcionan los aserraderos y carpinterías disminuyan la contaminación que causan, el 20% respondió que NO.
Pregunta No. 9.- El 10% de los encuestados respondió que SI creen que tanto el Ministerio del Medio Ambiente como el GAD Municipal están tomando las medidas adecuadas para evitar la contaminación en Santo Domingo, el 90% respondió que NO.
Pregunta No. 10.- El 97% de los encuestados respondió que SI creen que con la presentación de un Informe Jurídico en el que se evidencia la contaminación ambiental causada por la quema de residuos de manera en los establecimientos en los que funcionan las carpinterías y los aserraderos se lograría garantizar de una manera efectiva el BUEN VIVIR, y el 3% piensan que NO.
62 Entrevista.
Entrevista a la Ab. Gabriela Calle. Ex funcionaria del Ministerio del Ambiente de Santo Domingo de los Tsáchilas, quien impartió sus conocimientos al responder preguntas referentes al tema y problema planteado:
Pregunta Uno: ¿Qué opina usted acerca de la contaminación ambiental en Santo Domingo, causada por la quema de residuos de madera por parte de los aserraderos y carpintearías en Santo Domingo, en relación a los derechos de la naturaleza y del BUEN VIVIR?
Respuesta.- Dentro de mi experiencia como funcionaria del Ministerio del Ambiente, puedo indicar que la contaminación ambiental por parte de estos establecimientos es frecuente por cuanto el sistema de control de la contaminación es deficiente, en Santo Domingo, se puede observar establecimiento que no poseen permisos para realizar sus actividades lo que produce violaciones de derechos tanto para el estado, como para el ambiente.
Pregunta Dos: ¿Cree usted que existe violación de derechos por omisión de parte de las autoridades competentes para controlar y regular a los establecimientos como aserraderos y carpinterías en la quema de sus residuos de madera?
63
Respuesta.- En realidad la omisión la cometemos todos los que componemos la sociedad, debido a que como entes sociales podemos denunciar un derecho violentado, desde la óptica de la regulación por parte de las autoridades, en muchas ocasiones es deficiente, lo que si implica una grave violación de los derechos ambientales.
Pregunta Tres: ¿En su experiencia como ex funcionaria del Ministerio del Ambiente, considera que es viable la presentación de un Informe Jurídico en el que se fundamente jurídica y doctrinariamente la necesidad de regular el funcionamiento de los establecimientos antes mencionados?
Respuesta.- Es de suma importancia dar un alcance adecuado a la falta de regulación o control de estos establecimientos, debido a que no solo se violenta los derechos de la naturaleza y de la pacha mama, también se violenta indirectamente nuestros derechos como personas naturales.
Pregunta Cuatro: ¿Desde su punto de vista, cuáles cree usted que son los derechos que se violentan por parte de los aserraderos y carpinterías al realizar la quema de los residuos de madera?
Respuesta.- El principal derecho violentado por parte de estos establecimientos, es el derecho a la restauración, este derecho a la restauración es propio y nato del ambiente o naturaleza, debido a que consiste en el tiempo y medidas que se deben conceder a la naturaleza para restaurarse e iniciar una nuevo ciclo sano, derecho que se corta o se ve violentado con la contaminación diaria que causan estos establecimientos; también se violenta el Derechos a Vivir en un Ambiente Sano y Libre de Contaminación, entre otros que cita la Constitución y la Ley.
Pregunta Cinco: ¿Qué grado de importancia tiene para usted la presentación de un Informe Jurídico en el que se expongan las violaciones de derechos que se dan por parte de los aserraderos y carpinterías al realizar la quema de los
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residuos de madera, para que de esta manera las autoridades competentes tomen las medidas necesarias para frenar este problema que afecta a la ciudadanía?
Respuesta.- Es de suma importancia, debido a que se está ubicando sobre la mesa puntos a ser tratados para evitar la contaminación ambiental, es necesario indicar que el Artículo 10 de CRE, considera a la naturaleza como sujeto de derecho, y con la presentación del presente informe se lo está tomando como tal.
Desarrollo de la propuesta
A fin de evidenciar el problema detectado y como forma de dar solución al mismo de manera eficaz y convincente se pretende demostrar que existe la Contaminación Ambiental causada por la quema de residuos de manera por parte de los aserraderos y carpinterías en Santo Domingo, y que este como tal acarrea muchos efecto, el primero, la violación de los derechos de la naturaleza, así como violación del derechos a la salud, tanto de quienes moran alrededor de estos establecimientos, como de quienes trabajan en ellos.
En vista de aquello se proyecta presentar un Informe Jurídico dirigido a las autoridades como Ministerio de Salud, Ministerio del Medio Ambiente, GAD Municipal de Santo Domingo, GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, a fin de evidenciar el problema que conlleva el la quema de residuos de madera por parte de los aserraderos y carpinterías en Santo Domingo, frente a garantizar los Derechos de la Naturaleza y del BUEN VIVIR.
Una vez identificado el problema con la fundamentación de los Derechos vulnerados, se busca proponer entre las soluciones un control y respectivo seguimiento periódico de cada una de los entes contaminantes, entiéndase carpinterías y aserraderos, mismos que han sido el objeto de estudio, con el fin de que se reduzca y elimine la contaminación causada por los mismos y se
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ubiquen las sanciones pertinentes a quienes incumplan con la protección a los derechos del medio ambiente.
Conclusiones parciales del capitulo
Al terminar el presente capítulo se realizan las siguientes conclusiones parciales del mismo:
1.- Con la caracterización del problema se ha llegado a detectar que el problema si existe y que es necesario de una forma urgente e inmediata presentar el Informe Jurídico a las autoridades competentes a fin de evidenciar el serio problema que conlleva la quema de residuos de manera por parte de los aserraderos y carpinterías en Santo Domingo y las violaciones de derechos que estos desembocan.
2.- Que, la metodología de la investigación empleada y aplicada permite realizar con éxito el presente Trabajo de Tesis.
3.- El investigador plantea presentar un Informe Jurídico dirigido a las autoridades como competentes tales como: Ministerio del Ambiente, GAD Municipal de Santo Domingo, GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, a fin de evidenciar el problema que conlleva la quema de residuos de manera por parte de los aserraderos y carpinterías en Santo Domingo, frente a garantizar los derechos de la naturaleza y del BUEN VIVIR.
66 CAPÍTULO III
3 Marco Propositivo
Mediante el presente capítulo se busca plasmar el presente Informe Jurídico con lo que se da solución al problema detectado
Tema:
“LOS ASERRADEROS Y CARPINTERÍAS SITUADOS EN LA CIUDAD DE