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Optimisation issues in LTE affecting Interference

Buenos Aires, 6 de febrero de 2014

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley N° 70, la Ley N° 4.013, los Decretos N° 660/11 y sus modificatorios, 752/08, 1.254/08, 663/09, 481/11, las Resoluciones N° 867-MAYEPGC/12, 1.283-MAYEPGC/2012, 821-MAYEPGC/13, los Expedientes Nros. 622.028/12, 3.264.644/13 e incorporados, y

Que por el Expediente Nro. 3.264.644/13, tramita el Balance de Economías y Demasías N° 2 y la ampliación de plazo correspondiente a la Obra Pública “Plaza de los Virreyes”, cuya contratación tramitó mediante Licitación Pública N° 1.765-SIGAF/12, adjudicada por Resolución N° 1.283-MAYEPGC/12 a la firma BRICONS S.A.I.C.F.I., por un monto total de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 55/100 ($10.285.478,55.-);

Que conforme el artículo 2.1.4 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aprobado por Resolución N° 867-MAYEPGC/12, se fijó el plazo de ejecución de obra en seis (6) meses;

Que con posterioridad, mediante Circular N° 2 Sin Consulta se modificó el artículo 2.1.4. del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, estableciendo un plazo de ejecución de obra de siete (7) meses, a contar desde la fecha establecida en la orden de comienzo;

Que con fecha 13 de diciembre de 2012 se suscribió la Contrata y el Acta de Inicio en donde se dejó asentado el comienzo de los trabajos a partir de la suscripción de la misma;

Que por Resolución N° 821-MAYEPGC/13 se convalidó el Adicional N°1 por la suma de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL VEINTINUEVE CON 52/100 ($ 2.051.029,52.-), que representa el 19,94% del monto original del contrato a valores básicos;

Que asimismo, por la Resolución citada en el párrafo precedente, se convalidó la ampliación del plazo de obra por 15 días corridos, fijándose como fecha de terminación de trabajos el día 28 de julio de 2013;

Que mediante Orden de Servicio N° 25 se solicitó a la mencionada empresa diversos trabajos no previstos en la obra para una mejor culminación de la misma a los fines de optimizar el uso del espacio público en cuestión, debiéndose realizar en la obra varios cambios proyectuales, hasta lograr su correcto diseño;

Que al respecto la empresa contratista presenta un nuevo plan de trabajos y una nueva curva de inversión, solicitando en consecuencia una ampliación del plazo de ejecución de obra y acompañando al efecto el balance de economías y demasías del caso;

Que mediante Informe S/N° la Inspección de Obra manifiesta que teniendo en cuenta que en el transcurso de la obra se han suscitado ciertos inconvenientes que han afectado el normal desenvolvimiento de las tareas a ejecutar, correspondería aprobar la ampliación de plazo solicitada;

Que en tal sentido la mencionada repartición pone de manifiesto que las lluvias acaecidas han superado la media mensual, lo cual ha afectado los trabajos planificados y que se requirió a la empresa la modificación del color de los pisos de hormigón en el “área de juegos” atento a que los colores solicitados en el anteproyecto no resultaron de la calidad deseada, por lo que entiende razonable otorgar una ampliación de plazo de 115 días corridos, aprobando así también el nuevo plan de trabajos y curva de inversión;

Que en este contexto, a través de los Informes Nros. 6.794.205-DGRU/13 y 5.836.391-DGRU/13 el Director General de Regeneración Urbana ha prestado la conformidad del caso y solicita se convalide el Balance de Economías y Demasías N° 2, el cual genera una Demasía por un monto de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 29/100 ($ 932.145,29.-), suma que representa el 9,06% del monto contractual;

Que a través de los citados informes, la Dirección General de Regeneración Urbana presta conformidad con lo manifestado por la Inspección de Obra e informa que los hechos y circunstancias expuestos por la contratista han sido debidamente fiscalizados controlados y aprobados, considerando razonable otorgar una ampliación total del plazo de ejecución de obra de 115 días corridos, por lo que corresponde fijar como nueva fecha de terminación de obra el 20 de noviembre de 2013;

Que asimismo la citada repartición manifiesta que la modificación contractual propuesta no se contrapone con la esencia característica de la obra ya contratada puesto que sirve para favorecer su funcionalidad y duración, como así también, que las tareas proyectadas se encuentran ligadas al objeto licitatorio y las mismas coadyuvan a la funcionalidad de las obras ejecutadas o en ejecución;

Que en relación a ello, mediante la presentación efectuada por la firma BRICONS S.A.I.C.F.I., la misma prestó conformidad con la ampliación que se propicia aprobar por medio de la presente;

Que el presente Balance de Economías y Demasías encuadra en los términos de los artículos 30 y 53 inc. a) de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, así como en el artículo 1.13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 2.13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que al respecto es oportuno remarcar que los artículos 30 y 53, inciso a) de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, establecen límites expresos a la facultad unilateral de la Administración para modificar el contrato y no existe obstáculo legal para que la Administración, con la conformidad del contratista, modifique el contrato más allá de los límites legales, en la medida que no se altere la sustancia del contrato; Que la doctrina entiende que -en el caso de las modificaciones ordenadas por la Administración al amparo del artículo 30 de la Ley de Obras Publicas- cuando la ley alude a modificaciones que no excedan en conjunto del 20% de la obra, lo hace no para impedir que se dispongan obras de mayor magnitud, sino para imponer al contratista la obligación de tolerar las que ordenen dentro de esos límites, en las condiciones del precepto legal (Bezzi, Osvaldo Máximo, El Contrato de Obra Pública, Abeledo Perrot, 1982, pág. 153 y ss);

Que en ese orden de ideas, conforme los artículos 1.4.4 y 1.13.3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el artículo 30 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, y el artículo 2.4.16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, corresponde reajustar la garantía de adjudicación oportunamente integrada;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete conforme las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218 y el Decreto N° 752/08, emitiendo el Informe N° 6.672.354-PGAAPYF/13, entendiendo que no existe óbice legal alguno para la aprobación del adicional que nos ocupa;

Que en virtud de las consideraciones esgrimidas precedentemente se estima conveniente aprobar el Balance de Economías y Demasías N° 2, de la obra “Plaza de los Virreyes”, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 29/100 ($ 932.145,29.-), que representa el 9,06% del monto original del contrato a valores básicos y convalidar la ampliación del plazo contractual por 115 días, fijando como nueva fecha de terminación de la obra, el día 20 de noviembre de 2013;

Que se ha efectuado la reserva del gasto presupuestario correspondiente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 481-GCBA/2011,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Convalídase el Balance de Economías y Demasías N° 2, en la obra “Plaza de los Virreyes”, el cual genera una Demasía por la suma de pesos NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 29/100 ($932.145,29.-), lo que representa el 9,06% del monto contractual.

Artículo 2°.- Convalídase la ampliación de 115 días del plazo de ejecución de obra, fijándose como nueva fecha de terminación de trabajos el día 20 de Noviembre de 2013.

Artículo 3°.- Convalídese el nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversión que como Anexo I (Informe N° 6.555.510-DGTALMAEP/14) se agrega y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Dejase constancia que la empresa BRICONS S.A.I.C.F.I. deberá integrar la garantía de adjudicación de la ampliación aprobada en el artículo 1°, correspondiente al 5% del monto consignado, de acuerdo a lo establecido en los numerales 1.4.4 y 1.13.3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales; 2.4.16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el artículo 30 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064.

Artículo 5°.- Imputase el gasto a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable. Notifíquese a la Empresa BRICONS S.A.I.C.F.I. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Regeneración Urbana. Fecho pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio para la prosecución del trámite. Cumplido archívese. Cenzón

ANEXO

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