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La integridad personal es aquella que tiene sus inicios en el respeto a la vida y su sano desarrollo. Todo ser humano tiene derecho a mantener y conservar su integridad física, psíquica y moral. Por tal motivo la integridad física implica el total cuidado de todas las partes del cuerpo, esto permite tener un buen estado de salud. Con respecto a la integridad psíquica se puede decir que es la conservación de todas las habilidades motrices, emocionales, psicológicas e intelectuales del ser humano. Y al hablar de integridad moral se hace referencia al derecho de que tiene cada ser humano para desarrollar su vida según sus convicciones (Guzmán, 2007).

Al hablar de integridad se hace referencia a la capacidad que tiene el ser humano para actuar en búsqueda de resultados íntegros, el hombre como ser de la sociedad está formado por aspectos morales o espirituales. El derecho a la integridad personal se entiende como un conjunto de condiciones físicas, psíquicas y morales que ayuda a cualquier ser humano para que tenga una adecuada existencia. (Abarca, 2011, págs. 24- 25)

2.2.1. DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL

El artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en sus dos primeros numerales nos menciona a la integridad física, psíquica, moral, y prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes. Esto lo hace tomando como punto de relevancia del derecho a la integridad personal, por lo tanto forma parte del eje de derechos humanos.

Características del Derecho a la Integridad Personal

Entre las principales características del Derecho a la Integridad personal se puede destacar las siguientes:

• Es un derecho fundamental propio del ser humano.

• Protección al derecho de la vida,

Al hablar de la integridad física se puede argumentar que es la protección y cuidado de todas las partes del cuerpo humano, es decir un buen estado de salud de las personas. En cambio la integridad psíquica es la preservación de todas las habilidades motrices, psicológicas e intelectuales de serán útiles para el desenvolvimiento de la persona. Y finalmente se puede manifestar que la integridad moral hace referencia al derecho de cada ser humano para emplearlo en el desarrollo su vida que va de la mano con sus convicciones. (Guzmán, 2001, pág. 11)

Derecho a la Integridad Personal consagrado como un derecho constitucional En el artículo 11 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador creada en Montecristi y aprobada en 2008 establece que:

En este articulo la Constitución estipula que todas la personas gozaran con el de no ser discriminados por ninguna razón siendo sancionados como lo dictamina la ley a las personas que violen este derecho. (Constitución de la Republica del Ecuador, 2008, pág. 11)

La Constitución de la República es considerada como la norma suprema de acuerdo con el orden jerárquico dentro de nuestra legislación aquí se estable: elementos constitutivos del Estado, derechos, garantías constitucionales, organización territorial del estado entre otros temas. Principalmente reconoce y establece derechos para toda la ciudadanía estos derechos son de suma importancia ya que con ellos las y los ecuatorianos tendremos un mejor porvenir con el objetivo de lograr tener una vida digna.

Los principios constitucionales son el inicio o el punto de partida para que nazca y se aplique un derecho, en este caso se toma como referencia: el principio de aplicación de los derechos establecido en el artículo 11 numeral 2 que claramente nos dice que todas las personas somos iguales y por ningún motivo seremos discriminados también nos dice que gozaremos de los mismos derechos y obligaciones y que el Estado deberá adoptar las medidas respectivas para dar cumplimiento de lo establecido.

Y dentro de la misma norma Suprema menciona el derecho a la integridad personal en su Artículo 66 numeral 3:

Capítulo sexto, Derechos de libertad, Art. 66.- establece y garantizando a las personas según el numeral 3 de acuerdo a todas la integridades que pueden tener las personas, de igual manera adjudica que puede tener una vida libre de violencia

donde el Estado ecuatoriano debe tomar medidas en para salvaguardar y proteger a cada persona constituida en el país.

La constitución reconoce varios derechos en este caso se hará referencia del derecho a la integridad personal tomado del capítulo sexto, derechos de libertad el cual nos dice que este derecho no solo hace referencia al estado en el que se encuentre una persona refiriéndose a la integridad de la mismo, sino que se debe tomar en cuenta los aspectos externos como el vivir en un espacio lleno de violencia donde sea normal ver tratos crueles o torturas o pero aun penas crueles como que podrían afectar su integridad. . (Constitución de la Republica del Ecuador, 2008, pág. 29)

Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) Art. 5.- Derecho a la Integridad personal

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

3. La pena no puede trascender de la persona del delincuente.

4. Los procesados deben estar separados de los condenados, salvo en circunstancias excepcionales, y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su condición de personas no condenadas.

5. Cuando los menores pueden ser procesados, deber ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento.

6. Las personas privativas de libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados. (Rica, 1967, pág. 2)

Ecuador establece relaciones internacionales como se puede destacar con el Pacto de San José en este caso el punto relevante de investigación es el reconocimiento del Derecho a la Integridad Personal, expresando que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral siendo, ya que según la jerarquía de las leyes, los tratados internacionales se encuentran en segundo lugar de cumplimiento.

La finalidad de la Convención es de salvaguardar los derechos esenciales de todas las personas del continente americano, la Convención instrumentó dos órganos competentes para conocer de las violaciones a los derechos humanos:

• La Comisión Interamericana de Derechos Humanos

• la Corte Interamericana de Derechos Humanos EPIGRAFE IV

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