Como es obvio suponer, en la generalidad de los casos, el adulterio suele efectuarse con todas las precauciones posibles, de tal manera que muy difícilmente habrá prueba testimonial procedente. Al respecto existen fallos contradictorios dictados por las diversas Salas de Corte Nacional de Justicia sobre este punto.
Requisitos para que el adulterio sirva de causal de divorcio
Se requieren fundamentalmente dos elementos, aun cuando como veremos algunos autores exigen otros adicionales: primero.- Es de orden material, consisten en las relaciones sexuales con una persona distinta del cónyuge de otro sexo; y, segundo.- Es de orden intencional, esto es la libre voluntad de realizar ese acto. Si falta uno de estos elementos, no sirve de causal para solicitar el divorcio.
Para que exista adulterio es fundamental probar que hubo la intención de cometerlo, pues de lo contrario no se podría aducir esta causal. La justicia indígena en las comunidades de Morona Santiago no tiene un proceso específico en el cual se pueda hacer valer las garantías del debido proceso.
Sin embargo de lo expuesto me permito hacer un análisis de lo que determina nuestro Código Civil Ecuatoriano en su artículo 110, que establece las causales del divorcio; No. 1 “El
39 Adulterio de uno de los conyugues”, cuya causal se mantiene hasta la presente fecha y el procedimiento que se aplicaba con el Código de Procedimiento Civil, (CPC), en su Art. 66, en concordancia con el Art. 828, difiere de lo que hoy por hoy, se aplica en el procedimiento utilizado por el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en su Art. 332 No. 4, cuyos requisitos de la demanda, están estipulados en el Art. 141, del referido cuerpo legal, en la que para admitir a trámite, un juicio de divorcio contencioso, se exige que la accionante a más de determinar sus generales de ley, los datos del o los demandados, la dirección domiciliaria donde debe ser citado, su pretensión, su fundamento de hecho y de derecho, la cuantía, el tramite a seguirse, el COGEP exige que se anuncie la prueba que se evacuará en la audiencia que el juzgador está obligado a convocarla, de conformidad a lo establecido en el Art. 44 del COGEP, en cuya única audiencia debe resolverse tanto el divorcio contencioso, por la causal esgrimida, los alimentos de los hijos menores de edad, así como la regulación de visitas, lo que no sucedía anteriormente con el Código de Procedimiento Civil, que le juzgador debía convocar a una audiencia, para el divorcio, luego a petición de parte la apertura de la prueba por seis días, para finalmente convocar otra audiencia para la designación del curador ad-litem, en la que fijaba la pensión alimenticia y la regulación de visitas de ser el caso, y así mismo para probar la capacidad económica del alimentante, volvía a abrir la causa prueba por seis días más, para luego que se cierre dicho termino a petición de parte, se concedía cuatro días para alegatos, para finalmente dictarse sentencia; Se debe reconocer que en este aspecto, al menos se ha superado ciertas tardanzas exageradas dentro de la administración de justicia, a pesar de que hoy por hoy quienes administran justicia, no todos por cierto, carecen de una correcta capacitación y experiencia en la misma, cuya resoluciones dejan mucho de desear ya sea por desconocimiento de nuestro ordenamiento jurídico o por parcializaciones evidentes.
2.3.La pena de muerte.
La pena de muerte, pena capital o ejecución consiste en provocar la muerte a un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos por los cuales se aplica esta sanción suelen denominarse «delitos capitales».
La muerte de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por algunas sociedades en un momento de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disidencia
40 política. Actualmente la pena de muerte ha sido abolida y penalizada en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). La mayoría de países latinoamericanos han abolido la pena de muerte, mientras que en países como los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe aún sigue siendo aplicada. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como India. En África, aún se usa en Botsuana y Zambia. Los países que le han puesto fin son 160 de los cuales 104 son totalmente abolicionistas, seis la impiden para crímenes ordinarios, en otros seis rige una moratoria y 44 son "abolicionistas de hecho" y no aplican la pena capital desde hace más de una década. El uso de la pena de muerte se remonta a los principios mismos de la historia.
Edad Antigua: Pena de muerte en la Edad Antigua
Crucifixión, antigua Roma: Muchos registros históricos, así como prácticas tribales primitivas, indican que la pena de muerte ha sido parte de los sistemas penales desde el principio de la existencia de los mismos. Siguió siendo un castigo habitual en las ciudades estado sumerias, en el antiguo Israel, en Babilonia y Persia, en Grecia y en Roma.
A lo largo de la Edad Media, la pena capital siguió siendo muy común no sólo en Europa occidental, sino también en Bizancio y en la América precolombina. En América la práctica de la pena capital era llevada a cabo por los diferentes grupos étnicos, aztecas, mixtecas y zapotecas.
Pena de muerte en la Edad Moderna y Contemporánea: Los soldados alemanes guían mujer polaca a la ejecución cerca de Varsovia, 1940
Después de los esfuerzos de ilustrados como Cesare Beccaria, la guillotina fue el símbolo del Reino del Terror en la época de la Revolución francesa. Karl Marx escribió que «el mundo jamás se ha corregido o intimidado por el castigo». En el siglo XX, estados autoritarios han usado la pena de muerte como un método de opresión política.
En relación a la pena capital pueden existir varios tipos de países o sistemas: Países "plenamente abolicionistas", que han abolido la pena de muerte para todo tipo de delitos y circunstancias. Por ejemplo, Alemania, España, y Países "cuasiabolicionistas", que se reservan la posibilidad de la aplicación de la pena de muerte en caso de guerra, por ejemplo, Brasil, Chile; Países "abolicionistas de facto", en los que la pena de muerte sigue
41 formalmente en vigor, pero no se producen condenas o no se ejecuta a los condenados (moratorias en la aplicación de la pena de muerte; por ejemplo, Marruecos, Rusia); y Países "retencionistas" que conservan y aplican la pena de muerte.
Países en los que existe la pena de muerte: Por lo menos desde la Segunda Guerra Mundial existe una tendencia clara a nivel mundial hacia la abolición de la pena de muerte. En 1977, 16 países eran abolicionistas de facto, cantidad que asciende en 2007 a 128: 89 países han abolido la pena capital para todos los crímenes, 10 para todos excepto bajo circunstancias especiales (generalmente en estado de guerra), y otros 29 hace más de 10 años que no la aplican. A 2016 Los países que le han puesto fin son 160 de los cuales 104 son totalmente abolicionistas, seis la impiden para crímenes ordinarios, en otros seis rige una moratoria y 44 son "abolicionistas de hecho" y no aplican la pena capital desde hace más de una década. Además, en Sudán, Yemen y Arabia Saudí, Amnistía Internacional denuncia la existencia de varios casos de menores condenados a pena de muerte pendientes de ser ejecutados por no poder certificar su fecha de nacimiento.
La República Popular China realizó más de 3400 ejecuciones en 2004, más del 90 % del total mundial. Aunque en algunos casos se emplea un pelotón de ejecución, China ha decidido recientemente que todas las ejecuciones se realicen mediante inyección letal, generalmente efectuadas empleando furgonetas de ejecución. Irán realizó 159 ejecuciones en el 2004. En los Estados Unidos de América, Texas es el estado que más ejecuciones realiza, con 370 entre 1976 y 2006. Singapur es el país con más ejecuciones per cápita del mundo, con 70 ahorcamientos para una población de cerca de 4 millones.
China es el país donde más penas de muerte se ejecutan, según Amnistía Internacional. A pesar de que las estadísticas sobre la pena de muerte se consideran secreto de estado y desvelarlas podría conllevar una sanción penal, la ONG calcula que el país asiático ejecuta a miles de personas cada año, cifra superior al conjunto de víctimas del resto de países juntos. Le sigue Irán, que ha ejecutado desde el comienzo de 2011, a 400 personas. Muchas de estas condenas fueron ahorcamientos públicos. Además, la república islámica es la única que contempla la pena de muerte para menores de edad. Desde 1990, al menos 47 menores han sido ejecutados por delitos que cometieron antes de cumplir los 18.
42 En el año 2006, se hicieron en 25 países: Arabia Saudita, Baréin, Bangladés, Botsuana, China, Corea del Norte, Egipto, Estados Unidos, Guinea Ecuatorial, Indonesia, Irán, Irak, Japón, Jordania, Kuwait, Malasia, Rusia, Pakistán, Singapur, Siria, Somalía, Sudán, Uganda, Vietnam, Yemen.
En ese mismo año, el 91 % de las ejecuciones tuvieron lugar en tan solo seis países, listados de mayor a menor cantidad:
En el año 2011, según Amnistía Internacional, ya sólo 20 países ejecutaron condenados a muerte, la mayoría en China, Irán, Irak, Arabia Saudita y los EEUU. En los últimos diez años, se ha reducido en un tercio la cantidad de países que utilizan la pena capital En 2015 solo EEUU aplicó la pena de muerte en América.
Pena capital en América Latina: La pena de muerte ha sido aplicada por todos los países de América Latina en algún momento histórico, aunque a inicios del siglo XXI está prohibida en la mayoría. Solamente Bahamas, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y algunas de las Pequeñas Antillas continúan aplicándola. Venezuela fue el primer país en el mundo en abolir la pena de muerte (en 1863). Más tarde lo haría Costa Rica (en 1882).
Los tribunales nacionales han declarado la inconstitucionalidad de la pena de muerte obligatoria en los siguientes Estados: Santa Lucía (The Queen v. Hughes), Dominica (Balson v. The State), Belice (Reyes v. The Queen), Las Bahamas (Bowe v. The Queen) y Grenada (Coard et al. v. Grenada), y en Belice, Jamaica, las Bahamas, Santa Lucía, Grenada y Guyana, ya pueden aplicar penas menos severas a los delitos capitales. Trinidad y Tobago y Barbados continúan siendo en la actualidad los únicos dos países de la región que mantienen la pena de muerte obligatoria y Barbados ha informado que se encuentra en proceso de adoptar reformas orientadas a su abolición, a la luz de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Boyce.
En el caso mexicano, la pena de muerte en los diferentes códigos penales de la República y del Código de Justicia Militar se encuentra totalmente abolida. Algunas fuentes aseguran que la última ejecución, en el fuero militar, sucedió en 1961, y hay otros que afirman que suscito en 1957. Adecuando la legislación a los principios que se rigen en materia de derechos humanos, publicado el 29 de julio del 2005 en el Diario Oficial de la Federación, se eliminó la pena de muerte del código punitivo militar. Y plasmado en el artículo 22
43 constitucional, se prohíbe, además de la pena de muerte, otras penas graves como la mutilación, la infamia, las marcas, los azotes, los palos, el tormento, entre otras.
Pena capital en Australia: El marzo de 2010, el Parlamento de Australia no aprobó una ley que suprime la pena de muerte y la posibilidad de reinstaurarla en un futuro. Pese a que la pena capital llevaba 43 años en desuso la legislación del país contemplaba aún dicha condena.
Pena capital en Bielorrusia: es el único país europeo que aún mantiene en activo la pena capital. El método utilizado es el del tiro en la nuca, realizado por uno de los miembros del Comité para las Sentencias de Ejecución. En una entrevista a la agencia Reuters, el antiguo director del Centro de Detención nº 1 de Minsk, Oleg Alkayev, declaró que desde 1996 hasta 2001, 130 personas fueron ejecutadas. En los últimos años la cifra es difusa aunque se realizan ejecuciones de forma anual, que oscilan entre una y siete (en 2008 se estima que fueron cuatro). Por su parte, Amnistía Internacional calcula que se han producido en torno a 400 desde la independencia de Bielorrusia en 1991.
Según la Constitución bielorrusa, los posibles motivos de la condena a muerte son el terrorismo, el asesinato de un cargo estatal, el homicidio premeditado con agravantes, el genocidio, la conspiración contra el poder del Estado, el sabotaje, el asesinato de un policía o la traición conectada con el homicidio, entre otras causas. Las mujeres están exentas de la pena de muerte, así como los menores de 18 años, los mayores de 65 y los enfermos mentales.
Pena capital en Canadá: Canadá abolió la pena de muerte para crímenes ordinarios en 1976 y la prohibió de manera definitiva también en caso de guerra del Acta de la Defensa Nacional, en 1998.
Pena capital en Estados Unidos: Según Amnistía Internacional, desde 1977 hasta 2011, más de 1.400 personas han perdido la vida a manos del estado en Estados Unidos. Al menos cien de estas personas padecían enfermedades o problemas mentales graves, bien antes de los delitos por los que fueron condenadas a muerte, bien en el momento de su ejecución. Pena capital en Europa: El desarrollo de la pena capital se ha dado de distinta manera según los países, como por ejemplo Vaticano, España, Francia o en el Reino Unido. El Protocolo n° 6 a la Convención Europea de Derechos Humanos, aprobado en el ámbito del Consejo de
44 Europa y ratificado por la mayor parte de los Estados del continente,13 proscribió la pena de muerte excepto en tiempo de guerra. El posterior Protocolo nº 13 extendió la prohibición incluso al tiempo de guerra.14 Ambos han sido ratificados por la gran mayoría de los Estados del continente.
Pena capital en India: En 2004 se rompió en la India una moratoria de 15 años al ejecutarse a quien en 1989 asesinó a la presidenta Indira Gandhi en un atentado. La Justicia india aplica ahora la pena capital siguiendo el principio “rarest of the rare” (“el más raro entre los raros). Este principio abarca habitualmente crímenes brutales como puede ser el asesinato tras una violación o la alta traición al Estado, pero al no aclarar la Corte Suprema qué delito era “raro” y cuál “el más raro”, las sentencias a la pena capital son discrecionales. La existencia de torturas policiales para lograr confesiones produce según Amnistía Internacional numerosas condenas de inocentes.
Pena capital en Rusia: En marzo de 1996 el presidente Boris Yeltsin firmó una moratoria que suspendía la pena capital en Rusia sine die, como condición previa para la adhesión de Rusia al Consejo de Europa. Actualmente aunque no ha habido más ejecuciones, la pena de muerte sigue figurando en la Constitución y hay un gran porcentaje de la población así como algunos partidos políticos favorables a su reimplantación.
Pena capital en Corea del Sur: Corea del Sur está clasificada por Amnistía Internacional como "abolicionista en práctica". Las ejecuciones no se realizan desde diciembre de 1997, y aunque existen condenas se están conmutando.
Cantidad anual de ejecutados: Datos de 2011, según Amnistía Internacional: La mayoría de las ejecuciones tuvieron lugar en China, que ejecutó ella sola a más de mil personas (este país no hace público el dato oficial, que es secreto), más que el resto del mundo en su conjunto.
Arabia Saudí ejecutó a al menos a 82, Corea del Norte al menos a 30, Estados Unidos a 43 (fue el único país americano que ejecutó), Irak al menos a 68, Irán al menos 360, Somalia a 10 y Yemen al menos a 41.
El uso de la pena de muerte está cada vez más restringido en los países que aún la aplican. Japón, Corea del Sur, Taiwán, Singapur y Estados Unidos son las únicas naciones consideradas primermundistas que mantienen la pena de muerte. Durante los años 1980, la
45 democratización de América Latina supuso un gran incremento en la cantidad de países abolicionistas. Tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa exigen de manera estricta a los estados miembros que prohíban expresamente la pena de muerte, con excepción del Protocolo 6 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que aún autoriza el uso de la pena capital dentro de la Unión para crímenes ocurridos en tiempos de guerra.
El único miembro que aún se acoge a esa excepción es Bielorrusia: esa es la razón de que dicho país esté aún excluido del Consejo de Europa. Por otro lado, la rápida industrialización en Asia ha incrementado la cantidad de estados desarrollados retencionistas. En dichos países, la pena de muerte cuenta con un amplio apoyo popular, y recibe poca o ninguna atención por parte del gobierno y los medios. Curiosamente, algunos países africanos y de Oriente Medio en los que el apoyo a la pena de muerte es bajo, han seguido la misma tendencia de ignorar el tema.
Algunos países han reanudado la práctica de la pena capital tras haber suspendido las ejecuciones durante largos periodos. Los casos más notables son los de Estados Unidos, que suspendió las ejecuciones en 1973 pero volvió a iniciarlas en 1977; la India, donde no hubo ninguna ejecución entre 1995 y 2004; y Sri Lanka, que recientemente ha declarado el fin de su moratoria sobre la pena de muerte, pero que aún no ha realizado ninguna ejecución. En las Filipinas se reintrodujo la pena capital en 1993 tras su abolición en 1987, pero volvió a ser abolida en 2006.
Opinión pública sobre la pena de muerte en los distintos países: En los países democráticos, con las notables excepciones de los EEUU, y Japón, actualmente no se aplica la pena de muerte. El nivel de apoyo a la pena de muerte varía mucho en cada país, pero con la notable excepción de los dos países citados, en los países democráticos suele haber menos apoyo a la pena de muerte que en los autoritarios, pese a que en los autoritarios esta pena se aplica con frecuencia sin las debidas garantías y por delitos que no son de sangre. En algunos países abolicionistas, sin embargo, la mayoría de la población sigue apoyando o ha apoyado la pena de muerte, pero la abolición ciertamente ha debido ser adoptada a consecuencia de cambios políticos, como el paso de un régimen autoritario a otro democrático, por considerarse la abolición como exigible para ser un país democrático respetuoso de los derechos humanos. También influyó en los países del este de Europa el hecho de que la abolición se convirtiera en condición necesaria para poder integrarse en la Comunidad Europea.
46 En los países partidarios de la pena capital, el punto de vista del gobierno suele tener un amplio apoyo popular y recibe poca atención de la clase política o los medios de comunicación. Estados Unidos es una notable excepción: algunos estados han prohibido la pena de muerte desde hace décadas (el primero en abolirla fue Míchigan en 1846), mientras otros aún la practican; la pena capital es hoy día un tema polémico de discusión en todo el país. Sin embargo, en otros países es raro que se prohíba la aplicación de la pena de muerte a consecuencia de una discusión pública activa de sus méritos y consecuencias.
En los países abolicionistas a veces se reactiva el debate sobre la pena de muerte como