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PAST PERFORMANCE IS NOT NECESSARILY INDICATIVE OF FUTURE RESULTS

Note que se puede revisar las reglas de la Mesa Directiva en cualquier momento. Para contexto legal y la copia más corriente del reglamento, visite policy code FFI. Abajo está el texto de la regla FFI(LOCAL) de Waxahachie desde la fecha en que se finaliza esta Manual para este año escolar.

Bienestar de estudiantes: Libertad de la intimidación Política FFI(LOCAL)

El distrito prohíbe la intimidación según lo definido por esta política. Las represalias contra cualquier persona involucrada en el proceso de quejas establecida en esta política es una violación de la política del distrito.

Definición

La intimidación ocurre cuando un estudiante o grupo de estudiantes que están en la propiedad de la escuela, en una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela, o en un vehículo manejado por el distrito se involucra en expresión escrita u oral, expresión a través de medios electrónicos o conducta física que:

1. Explota un desequilibrio de poder entre el estudiante(s) autor/autores y la victima del estudiante a través de expresión por escrita u oral o conducta física e interfiere con la educación del estudiante o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de la escuela; y

2. Tal conducta:

a. Tiene el efecto o razonablemente tendrá el efecto de dañar físicamente a un estudiante, dañar la propiedad de tal estudiante o poner a una persona en un miedo razonable de daño a su persona, o de daño a su propiedad; o

b. Es lo suficientemente grave, persistente e invasivo que la acción o amenaza crea un ambiente educativo intimidante, amenazante o abusivo para un estudiante.

Represalias

El Distrito prohíbe represalias por parte de un estudiante o empleado del distrito contra cualquier persona que, de Buena fe, reporte el bullying, sirva como testigo o participe en una investigación bajo esta política.

Reportes Falsos

El estudiante que intencionalmente haga un reporte falso, ofrece declaraciones falsas, o se niega a cooperar con una investigación del distrito en relación con el bullying bajo esta póliza

Reporte Oportuno

Los reportes de intimidación/bullying se harán tan pronto como sea posible después del supuesto acto o conocimiento del supuesto acto. El hecho de no informar prontamente puede afectar la capacidad del distrito para investigar.

Para obtener intervención y asistencia, cualquier estudiante que crea que él o ella ha experimentado el bullying o cree que otro estudiante ha experimentado el bullying debe reportar inmediatamente los actos alegados a un maestro, consejero, director u otro empleado profesional del distrito.

Reporte de Empleados

Cualquier empleado del distrito que sospeche o reciban una notificación de que un estudiante o grupo de estudiantes ha cometido el acto de bullying o puede haber experimentado el bullying debe notificarlo prontamente al director de la escuela o persona designada.

Formato del Reporte

Un reporte se puede hacer oralmente o por escrito. Si un informe se hace oralmente, el director o persona asignada debe preparar un informe escrito de la información oral. Investigación del Reporte

El director de la escuela o su designado determinara si las acusaciones, si son comprobadas, constituirían una conducta prohibida bajo FFH(LOCAL), Freedom from Discrimination/Libertad de Discriminación, Harassment/Acoso, Retaliation/Represalias. Si es así, el asunto será remitido al funcionario apropiado del Distrito, según lo establecido en FFH(LOCAL), para procesamiento de acuerdo con esa política. De no ser así, el director o persona designada llevara a cabo una investigación basada en las acusaciones de intimidación. Si es apropiado, el director tomara prontamente medidas provisionales para prevenir el acoso escolar durante el curso de la investigación. Si el funcionario del distrito determina que la conducta alegada, si es comprobada, no sería una violación de esta política o de la política FFH, el funcionario del distrito lo notificara por escrito al demandante/reportero y desestimara la queja.

Conclusión de la Investigación

A falta de circunstancias atenuantes, la investigación debe completarse dentro de los diez días hábiles del Distrito a partir de la fecha del informe; sin embargo, el investigador tomará tiempo adicional si es necesario para completar una investigación exhaustiva.

El investigador preparará un informe escrito de la investigación. El informe incluirá una determinación de si hubo intimidación. Si la presunta víctima se enfrenta a una posible acción disciplinaria basada en una interacción física o altercado con el presunto autor, el informe

incluirá una determinación de si la víctima usó una legítima defensa propia. Una copia del informe será archivada con el Superintendente u otro administrador apropiado. El director también comunicará al reclamante un resumen del informe y sus conclusiones.

Aviso a los Padres

Si se confirma un incidente de intimidación, el director o su designado notificará prontamente a los padres tanto de la víctima como del autor.

ACCION DEL DISTRITO Bullying

En ninguna circunstancia se requerirá al Distrito que informe al demandante de la acción disciplinaria o correctiva específica tomada.

Si los resultados de una investigación indican que hubo intimidación, el Distrito responderá prontamente tomando la acción disciplinaria apropiada de acuerdo con el Código de Conducta Estudiantil y podrá tomar medidas correctivas razonablemente calculadas para abordar la conducta.

Estudiantes con Discapacidades

Antes de que un estudiante con discapacidades sea disciplinado por involucrarse en el acoso escolar, el Distrito deberá cumplir con los requisitos estatales y federales relacionados con la disciplina de los estudiantes con discapacidades.

Asesoramiento

Si los resultados de la investigación indican que hubo intimidación, el director o la persona designada debe informar a la víctima, al perpetrador y cualquier testigo de las opciones de consejería del Distrito disponibles para ellos.

Transferencias

Si los resultados de la investigación indican que hubo intimidación, la política FDB se aplicará a cualquier solicitud de transferencia.

Si la investigación revela conducta inapropiada que no fue "intimidante", el Distrito puede tomar la acción disciplinaria apropiada consistente con el Código de Conducta Estudiantil u otra acción correctiva para abordar la conducta.

Confidencialidad

En la medida de lo posible, el Distrito se esforzará por proteger la privacidad del demandante, las personas contra las cuales se presenta la queja y los testigos. Sin embargo, pueden ser necesarias revelaciones limitadas para llevar a cabo una investigación exhaustiva.

Apelación

Un estudiante que está insatisfecho con el resultado de la investigación puede apelar a través de FNG (LOCAL), comenzando en el nivel apropiado.

Retención de Registros

El Distrito conservará los registros de la queja e investigación de acuerdo con el CPC (LOCAL).

Acceso a Políticas y Procedimientos

La información relacionada con esta política y cualquier procedimiento relacionado será incluida anualmente en los manuales de empleados y estudiantes. La política y los

procedimientos se publicarán en el sitio web del Distrito; una copia también se puede obtener en cada campus y en las oficinas administrativas del Distrito.