6.2 Virtualized environments and I/O processing
6.2.4 PCI virtual functions
D.ª AZUCENA BERROCAL MANJÓN 1.898,75
D. FRANCISCO DÍEZ AMORES 3.190,88
DOMO I+D INVEST, SL 10.741,69
DOMO I+D INVEST, SL 1.693,21
DOMO I+D INVEST, SL 10,741,69
DOMO I+D INVEST, SL 1.693,21
AYUNTAMIENTO DE TORRESCARCELA 879,45 AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE
EBRO 8.836,20
AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE
EBRO 8.634,37
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN 4.761,55 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN 1.292,71 D. ANTONINO PASTOR SANCHO 1.224,28
FUNDACIÓN SANTA BÁRBARA 4.569,62
FUNDACIÓN SANTA BÁRBARA 5.457,38
FUNDACIÓN SANTA BÁRBARA 9.737,29
D. MATÍAS CORREA GARCÍA 7.288,55
P.E. 1634-II
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, P.E. 1634-II, a la Pregunta formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a razones de no implantar el Sistema Informático del Estado en el
Servicio Público de Empleo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 98, de 14 de octubre de 2004.
Castillo de Fuensaldaña, a 8 de noviembre de 2004.
EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: José Manuel Fernández Santiago
Respuesta a la Pregunta Escrita P.E./0601634, formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las razones de no implantar el sistema informático del Estado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
En contestación a las cuestiones planteadas en la pregunta de referencia, se informa como sigue:
1) La razón por la que en Castilla y León no se ha optado por el mismo sistema informático que el del Estado se fundamenta, principalmente, en la previsión de un mejor servicio al usuario del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Desde el punto de vista técnico, pueden apuntarse una serie de consideraciones que hacen preferible la utilización de un sistema propio de intermediación laboral que el cedido por el Servicio Público de Empleo Estatal:
√ Autonomía en la gestión y tratamiento de los datos estadísticos de la Comunidad relativos a las políticas activas de empleo.
√ Autonomía en cuanto a la administración del sistema informático.
√ La arquitectura del nuevo sistema informático, a dife- rencia del actual (SILEE), incorpora nuevos programas, como el uso de Internet, con lo que comporta en cuanto a rapidez y accesibilidad. 2) Las gestiones para el desarrollo de una aplicación de intermediación laboral de sistema propio dentro del proyecto SISPE comenzó a materializarse con ocasión de las transferencias de las políticas activas de empleo a esta Comunidad Autónoma en virtud del Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre.
En este sentido, podemos señalar que en el Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Empleo y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en materia de intercambio de información y estadística, publicado en el BOE, mediante Resolución de fecha 12 de junio de 2002, de la Secretaría General Técnica, en su cláusula segunda punto 2.b, se especifica que “en el marco del proyecto SISPE, la Comunidad Autónoma de Castilla y León ha optado por el modelo denominado “sistema de infor- mación propio”, por lo que se compromete al desarrollo de un sistema informático autonómico al que estarán conectadas las Oficinas de Empleo, las entidades colabo- radoras del Servicio Público de Empleo y las Agencias de Colocación sin fines lucrativos autorizadas en el ámbito autonómico”.
La implantación de la aplicación de intermediación laboral SICAS será efectiva con la puesta en marcha de SISPE, y el acuerdo de la puesta en marcha de éste deberá ser decidido por el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo Auto- nómicos, siendo previsible que dicha implantación se produzca en el primer cuatrimestre del año 2005.
3) En relación con el coste de la implantación del Sistema Informático SICAS, se informa que, por lo que se refiere al coste derivado de servicios externos para el desarrollo de la aplicación informática aludida, mediante Resolución de 20 de enero de 2003, de la Secretaría General de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, se hace pública la adjudicación del expediente 88/02, cuyo objeto es la contratación de un sistema de intermediación laboral según los requerimientos SISPE. El importe de dicha adjudicación es de 1.131.248,80 €. Además, y para ayudar a la implantación y al desarrollo de las pruebas a efectuar con el Servicio Público de Empleo Estatal con dicha aplicación informática, el Servicio competente en la gestión de la intermediación laboral, ha precisado la realización de algunas asistencias técnicas por importe de 26.953,81 €.
4) Sobre el coste anual de mantenimiento del sistema SICAS, se prevé llevarlo a cabo con los medios humanos y materiales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, si bien, dadas las posibilidades de desarrollo de dicho sistema y de explotación de los datos, no se descarta la necesidad de acudir a los servicios externos puntuales sin que se pueda prever, en estos momentos, ni su contenido ni el coste del mismo.
Valladolid, 2 de noviembre de 2004.
EL CONSEJERO
Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez
P.E. 1635-II
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, P.E. 1635-II, a la Pregunta formulada por el Procurador D. Ismael Mario Bosch Blanco, relativa a transporte público entre Valladolid y el municipio de Ciguñuela, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 98, de 14 de octubre de 2004.
Castillo de Fuensaldaña, a 8 de noviembre de 2004.
EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: José Manuel Fernández Santiago
Contestación a la Pregunta Escrita Número 1635, formulada por D. Ismael Mario Bosch Blanco, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a Transporte Público en Valladolid y el Municipio de Ciguñuela/Va.
En la Consejería de Fomento no existen quejas del servicio público de transportes que atiende al Municipio de Cigüeñuela, consistente en dos expediciones diarias de ida y vuelta.
Sin perjuicio de las medidas puntuales que a corto plazo se puedan plantear para la ampliación o, en su caso, modificación del servicio de transporte de que disponen los vecinos del Municipio de Cigüeñuela, será en el marco del Plan Coordinado de Explotación, que en breve se va a empezar a elaborar para la ciudad de Valladolid y su área de influencia, en el que deberá buscarse una solución global para satisfacer eficaz y eficientemente las necesidades de transporte de los ciudadanos del alfoz de la ciudad de Valladolid.
Valladolid, 2 de noviembre de 2004.
EL CONSEJERO DE FOMENTO
Fdo.: Antonio Silván Rodríguez
P.E. 1668-II
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, P.E.1668-II, a la Pregunta formulada por el Procurador D. Ismael Mario Bosch Blanco, relativa a inscripciones efectuadas en el Registro de Parejas de Hecho, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 100, de 21 de octubre de 2004.
Castillo de Fuensaldaña, a 11 de noviembre de 2004.
EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: José Manuel Fernández Santiago
Contestación a la P.E. 1668-I, formulada por D. Ismael Mario Bosch Blanco, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, en relación con las inscrip- ciones efectuadas en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla y León.
Se adjunta en Anexo la información solicitada. Valladolid, a 4 de noviembre de 2004.
LA CONSEJERA