• No results found

THE PERFORMANCE EVALUATION PROCESS

In document managing employee performance guide (Page 38-44)

El Ayuntamiento de Madrid, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 27 de septiembre de 1996, se adhirió a la Carta de Aalborg e inició el proceso de Agenda 21 Local como herramienta de planificación participativa de la gestión municipal, que permita al Ayuntamiento y a los distintos actores sociales trabajar conjuntamente para que la ciudad avance hacia el desarrollo sostenible.

La Agenda 21 de Madrid constituye un proceso participativo de mejora continua de la ciudad y de sus distritos encaminado a lograr un desarrollo sostenible desde los puntos de vista económico, ambiental y social.

Los principios sobre los que opera la Agenda 21 Local de Madrid son: - democracia,

- transparencia,

- participación ciudadana, - compromiso ciudadano, - reequilibrio territorial

La metodología participativa de la ciudad de Madrid concibió el desarrollo de la Agenda 21 Local en dos niveles: ciudad y distrito. De esta manera, se posibilitaba el reequilibrio territorial de la ciudad y se favorecía tanto el cumplimiento de objetivos estratégicos de planificación global de Madrid cuanto objetivos más cercanos y mejor percibidos por el ciudadano a nivel de cada uno de sus 21 distritos. La ciudad tiene por tanto 22 Planes de Acción de Agenda 21.

El documento “Síntesis del Diagnóstico de Sostenibilidad de la Ciudad de Madrid”, que forma parte de la Agenda 21 local, señala los criterios que deberán cumplir las intervenciones en el espacio urbano:

- Realizar una planificación integrada de los usos del suelo, teniendo en cuenta factores de sostenibilidad económica, social y ambiental.

- Potenciar los usos mixtos.

- Aprovechar las oportunidades internas de la ciudad.

- Proyectar las nuevas zonas verdes con criterios de adecuación a las condiciones climáticas y edáficas del municipio, minimizando la necesidad de riego.

- Priorizar la movilidad peatonal frente a la motorizada y la colectiva sobre la privada. La propuesta definida en la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón” atiende a estos requisitos de la gestión urbana sostenible. Por tanto, se cumple el objetivo de integrar criterios ambientales desde las primeras etapas de la planificación.

10.6 ESTRATEGIA LOCAL DE CALIDAD DEL AIRE DE LA CIUDAD DE MADRID 2006-2010

La Estrategia Local de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2006-2010, aprobada por el Ayuntamiento de Madrid el 9 de febrero de 2006, aúna las actuaciones en esta materia del Ayuntamiento de Madrid y de otras instituciones, que se desarrollan en varios de los aspectos claves de la ciudad, como la limitación del tráfico, el fomento del transporte público o la reducción de emisiones domésticas, potenciando las actuaciones concretas que actualmente ya se están llevando a cabo y estableciendo nuevas medidas con este objetivo. El marco legislativo básico en materia de calidad del aire viene establecido por la Directiva 96/62/CE del Consejo de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, y su posterior desarrollo mediante normas específicas para diferentes contaminantes.

Estas normas incluyen la Directiva 1999/30/CE, de 22 de abril, relativa a los valores límite para el dióxido de azufre (SO2), el dióxido de nitrógeno (NO2), los óxidos de nitrógeno (NOX), las partículas (PM10) y el plomo (Pb); y la Directiva 2000/69/CE, de 16 de noviembre, sobre los valores límite para el benceno (C6H6) y el monóxido de carbono (CO). Ambas se incorporaron al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire, vigente hasta la entrada en vigor el 30 de enero de 2011 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire (BOE núm. 25, de 29 de enero de 2011).

Por otro lado, la Directiva 2002/3/CE, de 12 de febrero, relativa al ozono (O3) en el aire ambiente, fue transpuesta al ordenamiento jurídico nacional mediante el Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre vigente también hasta la entrada en vigor del Real Decreto 102/2011.

Por último, el 15 de diciembre de 2004 se aprobó la Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.

Esta legislación determina valores límite de obligado cumplimiento en diferentes fechas para cada contaminante, estableciendo márgenes de tolerancia que se reducen paulatinamente hasta coincidir en el tiempo con los valores límite. Conforme a esta legislación, cuando se superan los valores límite de los contaminantes incrementados en su margen de tolerancia, las autoridades competentes deben adoptar planes de actuación que permitan situarse por debajo del valor límite en la fecha de su entrada en vigor.

La Estrategia Local de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2006-2010 incluye medidas con el objetivo de reducir las emisiones de los gases regulados en la legislación sobre calidad del aire. Con carácter general, muchas de las medidas de la Estrategia Local de Calidad del Aire coinciden con las propuestas que en su día se incluyeron en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, algunas de las cuales se han materializado ya en actuaciones concretas.

El necesario impulso de las medidas contempladas en la Estrategia requiere la adopción de diferentes medidas en la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de

Madrid de 1997 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón” (algunas de las cuales se especifican en el capítulo 12), así como en los posteriores instrumentos urbanísticos que se desarrollen en este ámbito, de modo que se garantice la salud de los residentes en el mismo.

10.7 ESTRATEGIA DE CALIDAD DEL AIRE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA COMUNIDAD DE MADRID (2013-2020). PLAN AZUL+

La mejora de la calidad del aire, así como la mitigación y adaptación al cambio climático han sido y son una de las principales líneas de trabajo de la política medioambiental de la Comunidad de Madrid. Este compromiso se materializa a través de la elaboración de la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático 2013-2020, Plan azul+, aprobada mediante la Orden 665/2014, de 3 de abril, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOE nº 97 del 25 de abril de 2014).

Las líneas estratégicas del Plan Azul+ son:

Proporcionar un marco de referencia para acometer actuaciones coordinadas entre las distintas Administraciones públicas.

 Mejorar el conocimiento disponible sobre calidad del aire y adaptación al cambio climático.

 Reducir la contaminación por sectores.

 Fomentar la utilización de combustibles limpios y mejores tecnologías.  Promover el ahorro y la eficiencia energética.

 Involucrar al sector empresarial en la problemática de calidad del aire y cambio climático.

 Mantener medios y herramientas adecuados de evaluación y control de la calidad del aire.

El objetivo final de la Estrategia es mejorar la calidad del aire de la Comunidad de Madrid, disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero e implantar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático.

Para lograr el objetivo anterior la Estrategia define una serie de objetivos sectoriales concretos para diferentes sectores:

1. Sector transporte:

 Incentivar el cambio modal en los desplazamientos habituales.

 Fomentar el uso de tecnologías menos contaminantes en el transporte.  Mejorar la sostenibilidad ambiental de las actividades aeroportuarias. 2. Sector industrial:

 Disminuir las emisiones de contaminantes atmosféricos del sector industrial.  Prevenir la generación de residuos en origen.

 Fomentar el aprovechamiento energético de los residuos. 3. Sector residencial, comercial e institucional:

 Incentivar el ahorro y la eficiencia energética en edificaciones existentes.

 Promover la aplicación de soluciones energéticas y la utilización de combustibles limpios.

 Ejercer una labor ejemplarizante por parte de la Administración autonómica. 4. Sector agricultura y medio natural:

 Controlar y, en la medida de lo posible, reducir las emisiones procedentes de fuentes naturales.

 Promover el uso de los residuos forestales como combustible en zonas rurales del territorio.

 Impulsar la agricultura y ganadería ecológica y las prácticas de gestión forestal sostenible.

Dada la naturaleza de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón”, procede señalar que los objetivos sectoriales en materia residencial están orientados a promocionar y promover el urbanismo sostenible en la Comunidad de Madrid.

Para ello, la Estrategia define una serie de medidas sectoriales, que para el Sector residencial, comercial e institucional son las siguientes:

 Uso de combustibles limpios como fuente de calor.

 Renovación de elementos constructivos y de la edificación por otros más eficientes térmica y energéticamente.

 Aseguramiento de la eficiencia energética.

 Soluciones que mejoren la eficiencia y el ahorro energético en PYMES, comunidades de propietarios y comercios.

 Desarrollo de proyectos demostrativos sobre sistemas de información de consumos energéticos en tiempo real (smart grids).

 Ahorro energético en iluminación exterior.

 Plan de Ahorro y Eficiencia Energética en los edificios de la Comunidad de Madrid.  Plan de gasificación de edificios de la Administración Pública.

 Plan de certificación energética de edificios públicos de la Comunidad de Madrid.  Incentivos para la instalación de repartidores de costes y válvulas termostáticas en

Comunidades de Propietarios con sistemas de calefacción centralizada.

Tales especificaciones han sido consideradas en la definición de la Modificación del Plan General en el APE 02.27 y se desarrollarán de forma pormenorizada en fases posteriores del planeamiento.

10.8 ESTRATEGIA DE GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RESIDUOS DE LA

In document managing employee performance guide (Page 38-44)

Related documents