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ANUNCIO DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES (TVA-404)

(CORRECCIÓN DE ERRORES)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/02 de Bilbao (Bizkaia).

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio 48 02 05 00059240 que se instruye en esta Unidad a mi cargo con- tra el deudor Rotulaciones Fonso, S.L., por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado, por el Director Provincial de la Tesorería Gene- ral de la Seguridad Social, la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 18 de enero de 2007, la subasta de bienes muebles, propiedad del deudor de refe- rencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebra- ción de la citada subasta el día 28 de febrero de 2007, a las 09:15 horas, en la calle Gran Vía, 62, entreplanta izquierda, 48011-Bil- bao, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recauda- ción de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio («B.O.E.» del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas hasta el día 27 de febrero de 2007.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, el depo- sitario de los bienes embargados, al cónyuge, los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anota- ciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el prin- cipal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta, distribuidos en lotes.

2. Los bienes se encuentran en poder del depositario, Teso- reria General de la Seguridad Social, y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en Polígono Industrial Martiartu, 44, 48480-Arrigorriaga, previa solicitud a la Unidad de Recaudación Ejecutiva actuante, desde el día 25 de enero de 2007 hasta el día 27 de febrero de 2007, en horario de 9 a 15 horas.

3. Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públi- cos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de pro- piedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escri- tura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

4. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

5. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, con- forme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería Gene- ral de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas de 25-01-2007 a 27-02-2007.

Los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del documento nacional de identidad, o, si se trata de extranjeros, de su documento de identificación y de la acredi- tación de la representación con que, en su caso, se actúe así como el importe de la postura con la firma del interesado.

Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque confor- mado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguri- dad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de la subasta.

6. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado pre- viamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depó- sito.

7. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

8. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la dife- rencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adju- dicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigi- rán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectivi- dad de la adjudicación.

9. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, inte- reses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

10. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 11. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del cer- tificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subas- tado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, a que se devol- verá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

12. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

13. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desco- nocido.

14. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anun- cio de Subasta, se estará a lo establecido en el Reglamento Gene- ral de Recaudación citado.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el 34 de la Ley General de la Seguridad Social, apro- bada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre («B.O.E.» del día 31), de Medidas Fiscales, Admi- nistrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garan- tías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efec- tos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Relación adjunta de bienes que se decreta su venta con tipo de subasta

Deudor: Rotulaciones Fonso, S.L.

Número de lote: Único

Bien: Vehículo Peugeot 206 XR, matrícula BI-9452-CL. Valor tasación: 3.000,00 euros.

Cargas:

— Anotación de embargo a favor de la A.E.A.T. Delegación de Bizkaia, con un importe pendiente de 180,00 euros, a fecha 2 de noviembre de 2006.

— Cancelación registral de anotación preventiva de embargo y precinto a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, que se ejecuta.

Los bienes podrán ser examinados por aquellos a quienes inte- resen en el almacén de depósitos de la Dirección Provincial de Biz- kaia de la Tesorería General de la Seguridad Social, sito en Polí- gono Martiartu I, calle 3, puertas 44 a 49 (48480-Arrigorriaga), en horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.

Carga preferente: 180,00 euros. Valor bien: 2.820,00 euros. Valor lote: 2.820,00 euros. Tipo licitación: 2.820,00 euros.

(IV-175)

COMUNICACIÓN DE DEUDA. REHABILITACIÓN DE CRÉDITO INCOBRABLE

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 se sigue expe- diente administrativo de apremio número 48 04 03 000408 61 frente a Laura Vallejo Álvarez, con C.C.C. número 07 481012038087 por los siguientes períodos e importes:

N.oreclamación Periodo reclamado Régimen Importe

48 02 016592189 05 2002 a 06 2002 0521 463,87 48 02 017063853 07 2002 a 07 2002 0521 277,48 48 03 010124187 08 2002 a 08 2002 0521 277,48 48 03 010733267 09 2002 a 09 2002 0521 277,48 48 03 011379935 10 2002 a 10 2002 0521 277,48 48 03 012114509 11 2002 a 11 2002 0521 277,48 48 03 013147153 12 2002 a 12 2002 0521 277,48 48 03 013703992 01 2003 a 01 2003 0521 282,99 48 03 015582459 02 2003 a 02 2003 0521 282,99 48 03 016039470 03 2003 a 03 2003 0521 282,99 48 03 016683916 04 2003 a 04 2003 0521 282,99 48 03 017317345 05 2003 a 05 2003 0521 282,99 48 03 018091123 06 2003 a 06 2003 0521 282,99 48 03 019038285 07 2003 a 07 2003 0521 282,99 48 03 019850661 08 2003 a 08 2003 0521 282,99 48 04 010358077 09 2003 a 09 2003 0521 282,99 48 04 011441447 10 2003 a 10 2003 0521 282,99 48 04 011793071 11 2003 a 11 2003 0521 297,99 48 04 012466314 12 2003 a 12 2003 0521 297,99 48 04 013962538 01 2004 a 01 2004 0521 303,90 48 04 031849843 03 2004 a 03 2004 0521 303,90 48 04 031849944 04 2004 a 04 2004 0521 303,90 48 04 031850045 02 2004 a 02 2004 0521 303,90 48 04 032826109 05 2004 a 05 2004 0521 303,90 48 04 033173184 06 2004 a 06 2004 0521 270,13 48 04 034564328 07 2004 a 07 2004 0521 270,13 48 04 034947577 08 2004 a 08 2004 0521 270,13

Habiéndose procedido a la declaración de crédito incobrable con fecha 27-06-2005, por la presente se comunica que, en cum- plimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 130 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio («B.O.E.» de 25-06-2004), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, mediante resolución de fecha 15-11-2006 se ha procedido a la rehabilitación del crédito pendiente, prosiguiéndose el procedimiento administrativo de apremio.

A tal efecto, deberá ponerse en contacto de forma inmediata con esta Unidad de Recaudación Ejecutiva para hacer frente a los descubiertos reclamados, recordándole que al encontrarse los refe- ridos débitos debidamente providenciados de apremio, caso de no efectuarse su abono se procederá al embargo de sus bienes en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses, en su caso, y costas del procedimiento.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el intere- sado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refun- dido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.Trans- currido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá enten-

derse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («B.O.E.» del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. En Bilbao, a 5 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecutiva, María Dolores González Bustamante

(IV-192)

NOTIFICACIÓN DE DEUDAS AL CÓNYUGE DEL APREMIADO

Cónyuge al que se notifica: José Antonio Escudero Cobos, con DNI número 78.888.102.B, se le hace saber que:

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de la Teso- rería General de la Seguridad Social se sigue expediente de apre- mio número 48 04 03 00040861 frente a la deudora Laura Vallejo Álvarez, con D.N.I. número 78.903.287.Q, por deudas a la Segu- ridad Social, resultando necesario efectuar las siguientes consi- deraciones.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.365.2. del Código Civil, los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge en el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administra- ción ordinaria de los bienes propios.

Considerando que, según establece el artículo 1.361 del Código Civil, se presumen gananciales los bienes existentes en el matri- monio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente al marido o a la mujer.

Deberá ponerse en contacto con esta U.R.E. 48/04 (calle Julio Urquijo, 13-bajo, teléfono 944.74.62.00, fax: 944.74.59.34), con la advertencia de que tendrá que hacerse el pago de la deuda en el plazo de quince días; previniéndole que, de no hacerlo así, se pro- cederá sin más al embargo de sus bienes.

En Bilbao, a 5 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecutiva, María Dolores González Bustamante

(IV-193)

NOTIFICACIÓN DE DEUDAS AL CÓNYUGE DEL APREMIADO

Cónyuge al que se notifica: Aurora Núñez Marcos, con DNI número 30.594.802H, se le hace saber que:

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de la Teso- rería General de la Seguridad Social se sigue expediente de apre- mio número 48 04 06 387 24 frente al deudor Jesús Emilio Cosie Alcaine, con D.N.I. número 14.252.549R, por deudas a la Seguri- dad Social, resultando necesario efectuar las siguientes conside- raciones.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.365.2. del Código Civil, los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge en el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administra- ción ordinaria de los bienes propios.

Considerando que, según establece el artículo 1.361 del Código Civil, se presumen gananciales los bienes existentes en el matri- monio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente al marido o a la mujer.

Deberá ponerse en contacto con esta U.R.E. 48/04 (calle Julio Urquijo, 13-bajo, teléfono 944.74.62.00, fax: 944.74.59.34), con la advertencia de que tendrá que hacerse el pago de la deuda en el plazo de quince días; previniéndole que, de no hacerlo así, se pro- cederá sin más al embargo de sus bienes.

En Bilbao, a 8 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecutiva, María Dolores González Bustamante

(IV-194)

DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN DE DEUDA EN EXPEDIENTE DE APREMIO

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social se instruye expediente administrativo de apremio número 48/04- 88/625-51 contra el deudor Daniel Molano Cerro, con D.N.I. número 6.927.458.L, por deudas a la Seguridad Social, y que correspon- den al siguiente detalle:

N.ocertificación Periodo reclamado Régimen Importe

48 92 003200461 02 1990 a 03 1990 0521 229,32 48 94 000142692 03 1992 a 03 1992 0521 154,48 48 94 005244993 05 1993 a 12 1993 0521 1.391,82 48 95 012110776 01 1994 a 09 1994 0521 1.972,86 48 96 011342637 07 1995 a 10 1995 0521 904,61 48 96 012281416 11 1995 a 12 1995 0521 402,05 48 96 014649327 01 1996 a 06 1996 0521 1.248,38 48 97 011869143 07 1996 a 12 1996 0521 1.248,38 48 97 013767616 01 1997 a 04 1997 0521 869,00 48 97 015373267 05 1997 a 06 1997 0521 434,50 48 98 011413020 07 1997 a 12 1997 0521 1.303,51 48 98 014037070 01 1998 a 04 1998 0521 902,79 48 99 010331144 05 1998 a 06 1998 0521 451,40 48 99 012073508 07 1998 a 12 1998 0521 1.354,18 48 99 015154973 02 1999 a 04 1999 0521 693,99 48 99 016565517 09 1999 a 09 1999 0111 1.013,71 48 00 005102280 01 2000 a 01 2000 0111 360,61 48 00 010610971 10 1999 a 10 1999 0111 746,50 48 00 010837105 11 1999 a 11 1999 0111 504,04 48 00 012318474 10 1999 a 12 1999 0521 693,99 48 00 012827322 02 2000 a 02 2000 0111 484,52 48 00 013332328 03 2000 a 03 2000 0111 527,90 48 00 013389518 01 2000 a 01 2000 0111 571,48 48 00 013553408 04 2000 a 04 2000 0111 472,32 48 00 013757411 05 2000 a 05 2000 0111 521,43 48 00 014458033 07 2000 a 07 2000 0111 498,02 48 00 015034676 02 2000 a 06 2000 0521 1.185,42 48 00 015629915 08 2000 a 08 2000 0111 507,98 48 01 000107264 01 2000 a 08 2000 0111 299,66 48 01 005097512 09 2000 a 09 2000 0111 360,61 48 01 011445251 07 2000 a 10 2000 0521 948,34 48 01 011839012 12 2000 a 12 2000 0111 839,35 48 01 012087370 01 2001 a 01 2001 0111 587,42 48 01 012729590 02 2001 a 02 2001 0111 530,57 48 01 013045650 11 2000 a 12 2000 0521 474,17 48 01 013185187 09 2000 a 09 2000 0111 585,57 48 01 013367871 03 2001 a 03 2001 0111 207,48 48 01 014242992 01 2001 a 03 2001 0521 725,40 48 01 015905534 05 2001 a 05 2001 0521 241,80 48 01 016523405 04 2001 a 04 2001 0521 241,80 48 01 016912112 06 2001 a 06 2001 0521 241,80 48 01 017801478 07 2001 a 07 2001 0521 241,81 48 02 011065314 08 2001 a 10 2001 0521 725,44 48 02 011781801 11 2001 a 11 2001 0521 241,81 48 02 012427960 12 2001 a 12 2001 0521 241,81 48 02 013726043 01 2002 a 02 2002 0521 493,30 48 02 014801127 03 2002 a 03 2002 0521 246,65 48 02 015562373 04 2002 a 04 2002 0521 246,65 48 02 016816606 05 2002 a 06 2002 0521 493,30 48 02 017254722 07 2002 a 07 2002 0521 246,65 48 03 010319302 08 2002 a 08 2002 0521 246,65 48 03 010926257 09 2002 a 09 2002 0521 246,65 48 03 011570295 10 2002 a 10 2002 0521 246,65 48 03 012099755 11 2002 a 11 2002 0521 246,65 48 03 013117043 12 2002 a 12 2002 0521 246,65 48 03 013681158 01 2003 a 01 2003 0521 251,54 48 03 015562049 02 2003 a 02 2003 0521 251,54 48 03 016018454 03 2003 a 03 2003 0521 251,54 48 03 016669061 04 2003 a 04 2003 0521 251,54 48 03 017325833 05 2003 a 05 2003 0521 251,54 48 03 018071925 06 2003 a 06 2003 0521 251,54 48 03 019030811 07 2003 a 07 2003 0521 251,54 48 03 019862684 08 2003 a 08 2003 0521 251,54 48 04 010371720 09 2003 a 09 2003 0521 251,54 48 04 011408105 10 2003 a 10 2003 0521 251,54 48 04 011785694 11 2003 a 11 2003 0521 264,88 48 04 012448227 12 2003 a 12 2003 0521 264,88 48 04 013937074 01 2004 a 01 2004 0521 270,13 48 04 031778408 02 2004 a 02 2004 0521 270,13 48 04 031778509 03 2004 a 03 2004 0521 270,13 48 04 031778610 04 2004 a 04 2004 0521 270,13 48 04 032802766 05 2004 a 05 2004 0521 270,13

N.ocertificación Periodo reclamado Régimen Importe 48 04 033148633 06 2004 a 06 2004 0521 270,13 48 04 034538662 07 2004 a 07 2004 0521 270,13 48 04 034919790 08 2004 a 08 2004 0521 270,13 48 04 035565852 09 2004 a 09 2004 0521 270,13 48 04 036256673 10 2004 a 10 2004 0521 270,13 48 05 010406051 11 2004 a 11 2004 0521 270,13 48 05 011201754 12 2004 a 12 2004 0521 270,13 48 05 012656451 01 2005 a 01 2005 0521 279,61 48 05 013078706 02 2005 a 02 2005 0521 279,61 48 05 013762958 03 2005 a 03 2005 0521 279,61 48 05 014818137 04 2005 a 04 2005 0521 279,61 48 05 015881501 05 2005 a 05 2005 0521 279,61 48 05 016342249 06 2005 a 06 2005 0521 279,61 48 05 017388637 07 2005 a 07 2005 0521 279,61 48 05 018102700 08 2005 a 08 2005 0521 279,61 48 05 018924065 09 2005 a 09 2005 0521 279,61 48 06 010139581 10 2005 a 10 2005 0521 279,61 48 06 010977926 11 2005 a 11 2005 0521 279,61 48 06 011676528 12 2005 a 12 2005 0521 279,61 48 06 012755349 01 2006 a 01 2006 0521 289,44 48 06 013592074 02 2006 a 02 2006 0521 289,44 48 06 014412029 03 2006 a 03 2006 0521 289,44 48 06 015149027 04 2006 a 04 2006 0521 289,44

A tal efecto deberá ponerse en contacto de forma inmediata con esta Unidad de Recaudación Ejecutiva para hacer frente a los descubiertos reclamados, recordándole que al encontrarse los refe- ridos débitos debidamente providenciados de apremio, caso de no efectuarse su abono se procederá al embargo de sus bienes en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses, en su caso, y costas del procedimiento.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el intere- sado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refun- dido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («B.O.E.» del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.Trans- currido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá enten- derse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («B.O.E.» del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. En Bilbao, a 22 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecu- tiva, María Dolores González Bustamante

(IV-195)

ANUNCIO EMBARGO VEHÍCULOS

Doña María Dolores González Bustamante, Recaudadora Ejecu- tiva de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de Bilbao. Hago saber: Que en los expedientes administrativos de apremio seguidos en esta Unidad contra los deudores que se rela- cionan, he dictado las diligencias de embargo de los vehículos que se relacionan a continuación:

Nombre o razón social: Jesús García Ordás. N.oExpediente: 91/4252.73.

Matrícula: 0117 CGV.

N.oDocumento: Embargo vehículo.

Se le advierte de que del embargo se tomará anotación de embargo y precinto en la Jefatura Provincial de Tráfico de Bizkaia, y se solicitará de las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación, la captura, depósito y precinto de los bienes cita- dos en el lugar donde los hallen y los pongan a disposición de este Recaudador embargante.

Contra los actos de gestión recaudatoria cabe recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguri- dad Social en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social —Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio («B.O.E.» de 25-06-2004)—. La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento de apremio salvo que se garantice con aval suficiente la deuda perseguida o se consigne su importe, incluído el recargo de apremio y el 3% a efectos, esto último, de cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente esta- blecidas a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social. Todo ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 34 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba la Ley General de la Seguridad Social, en su nueva redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre

Y para que conste y sirva de notificación a los mencionados deudores y sus cónyuges, por su ignorado paradero, expido el pre- sente edicto.

En Bilbao, a 23 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecu- tiva, María Dolores González Bustamante

(IV-196)

NOTIFICACIÓN DE DEUDAS AL CÓNYUGE DEL APREMIADO

Cónyuge al que se notifica: Ignacio Iñiguez Yanguas, con DNI número 30592065.H, se le hace saber que:

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de la Teso- rería General de la Seguridad Social se sigue expediente de apre- mio número 48 04 05 000665.81 frente a la deudora Lázara Yudys Matos Izquierdo, con D.N.I. número 78997031N, por deudas a la Seguridad Social, resultando necesario efectuar las siguientes con- sideraciones.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.365.2. del Código Civil, los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge en el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administra- ción ordinaria de los bienes propios.

Considerando que, según establece el artículo 1.361 del Código Civil, se presumen gananciales los bienes existentes en el matri- monio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente al marido o a la mujer.

Deberá ponerse en contacto con esta U.R.E. 48/04 (calle Julio Urquijo, 13-bajo, teléfono 944.74.62.00, fax: 944.74.59.34), con la advertencia de que tendrá que hacerse el pago de la deuda en el plazo de quince días; previniéndole que, de no hacerlo así, se pro- cederá sin más al embargo de sus bienes.

En Bilbao, a 5 de enero de 2007.—La Recaudadora Ejecutiva, María Dolores González Bustamante

(IV-197)

NOTIFICACIÓN DE DEUDAS AL CÓNYUGE DEL APREMIADO

Cónyuge al que se notifica: Purificación Gayoso Vila, con DNI número 14706971N, se le hace saber que:

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de la Tesore- ría General de la Seguridad Social se sigue expediente de apremio número 48 04 06 544 84 frente al deudor Jesús María Pasarín Enja- mio, con D.N.I. número 14951295F, por deudas a la Seguridad Social, resultando necesario efectuar las siguientes consideraciones.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.365.2. del Código Civil, los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge en el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administra-

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