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3.5.2 Plasmid isolation
Se entiende como rotación externa (RE), aquel periodo formativo, autorizado por órgano competente de la correspondiente CCAA, que se lleva a cabo en centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente.
El tiempo máximo de rotación externa es de 2 meses para los programas formativos de un año.
Dichas rotaciones se tramitan de acuerdo a las directrices para la tramitación de rotaciones externas establecidas en el art. 21 del RD 183/2008.
La rotación externa (RE), será propuesta por el tutor con especificación de los objetivos que se pretenden, los cuales deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas no practicadas en el centro o unidad docente.
Las rotaciones se realizarán preferentemente en centros acreditados para la docencia de la red sanitaria pública de la Comunidad de Castilla La Mancha, o bien en centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.
Con carácter general, el residente deberá permanecer en el centro / unidad docente en los periodos en los que esté previsto realizar las evaluaciones anuales y final, por lo que al realizar el plan individual de formación del residente se evitará la programación de rotaciones externas en los periodos citados. Asimismo, no se autorizarán rotaciones externas durante los tres meses anteriores a la finalización de la residencia.
Para la solicitud de autorización de la RE por él órgano competente de la Comunidad de Castilla La Mancha se cumplimentarán los siguientes documentos:
- Informe favorable de la Comisión de Docencia de origen firmada por el Jefe de Estudios
del centro o unidad docente con indicación de la fecha de reunión en la que se ha aprobado la misma.
-Propuesta del tutor a la Comisión de Docencia de origen, con especificación de los
objetivos docentes que se pretenden en la RE, de acuerdo con el plan de formación individual del residente.
-Informe favorable de la Comisión de Docencia de destino firmado por el Jefe de Estudios
o responsable del centro o unidad docente.
-Declaración de conformidad del residente con la rotación externa en la que se
establecen los compromisos del mismo en relación con la RE y se hace constar si realiza solicitud de gastos de desplazamiento.
-Informe favorable del Gerente o responsable de la entidad titular del centro de origen
comprometiéndose a seguir abonando la totalidad de las retribuciones, incluidas las derivadas de la atención continuada en la rotación externa, así como los gastos de
desplazamiento (en su caso) de acuerdo con las normas que resulten de aplicación a las entidades titulares.
Posteriormente se remitirá el expediente completo y como mínimo 45 días antes del comienzo de la rotación, a la Secretaría General del SESCAM quien, como órgano competente en dicha materia, realizará la autorización definitiva.
El centro donde se haya realizado la rotación externa emitirá el correspondiente informe de evaluación siguiendo los mismos parámetros que en las rotaciones internas previstas en el programa formativo, siendo responsabilidad del residente el traslado de dicho informe a la secretaría de la comisión de docencia de origen para su evaluación en tiempo y forma.
Las rotaciones externas autorizadas y evaluadas conforme a lo previsto en este artículo, además de tenerse en cuenta en la evaluación formativa y anual, se inscribirán en el libro del residente y darán derecho a la percepción de gastos de viaje de acuerdo con las normas que resulten de aplicación a las entidades titulares de la correspondiente unidad docente.
2.5.3 ROTACIONES DE OTROS HOSPITALES
Existe la posibilidad de recibir residentes de otros hospitales. Estos residentes deben ponerse en contacto con el Tutor E.I.R. y, si en el recurso y el tiempo elegido para la rotación existen plazas, sólo debe comunicarlo por escrito a su Comisión de Docencia.
2.5.4 EVALUACION DEL RESIDENTE
La evaluación del EIR será global y se realiza de acuerdo a los siguientes parámetros:
1. Evaluación teórica continuada: sesiones clínicas de enfermería, protocolos, etc.
2. Evaluación asistencial, realizada por los tutores asistenciales, en base a la evaluación
cualitativa de la consecución de objetivos, aptitudes, actitudes y actividades mínimas en cada rotación.
3. Evaluación del Proyecto de Investigación.
La evaluación de los residentes se realizará por medio de los siguientes elementos: Las hojas de evaluación basadas en las distintas
competencias(profesionalidad,comunicación,habilidades,conocimientos,practica basada en el sistema del salud, aprendizaje y mejora continua, manejo de
información) de cada rotación realizada, firmados por tutor colaborador del dispositivo asistencial donde se realiza rotación.
La evaluación será reflejada en la “Ficha de Evaluación” valorando en una escala de 4 grados (0= insuficiente, 1= suficiente, 2= destacado, 3= excelente).
Evaluación de las competencias (conocimientos, habilidades y actitudes) en asistencia, docencia e investigación, adquiridas a lo largo del año.
Autoevaluación.
Reuniones evaluativas del residente con los responsables de la Unidad Docente. Informes de evaluación formativa del tutor.
Informes de rotaciones externa
Memoria de cada rotación y Memoria Anual de Actividades Docentes de los especialistas en formación. La Memoria Anual será obligatoria para el residente. Deberá ir firmada por el Tutor y por el Jefe de Servicio y es un modelo estándar para todos los residentes. Se remitirá a la Comisión de Docencia el original y una copia. El Jefe de Estudios firmará ambos documentos y la copia será devuelta al Residente. Debe reflejar las siguientes actividades:
> Actividades asistencia
>Actividades docentes (Sesiones presentadas en el servicio, sesiones
presentadas en rotaciones externas, intervenciones como ponente).
> Actividades formativas.
> Actividades investigadoras. > Otras actividades.
La evaluación del Proyecto de Investigación, que se incorpora a la Memoria Anual de la Actividad Docente, se lleva a cabo en base a tres elementos:
1. El informe emitido por un grupo de colaboradores docentes que valoran el interés científico, pertinencia del estudio, diseño y presentación escrita del mismo.
2. El informe acerca de tutorías por parte del tutor del proyecto. 3. La evaluación de la lectura pública del proyecto.
Los residentes serán evaluados al finalizar su año de formación por un Comité de Evaluación, que se constituye de acuerdo a la Orden Ministerial de 22 de junio de 1995 y al RD 183/2008 y que asignará una calificación positiva o negativa.
En caso de haber evaluaciones negativas se procederá de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto de 21 de febrero de 2008.