DE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución proveída a las catorce horas y treinta y dos minutos del día veinticinco de febrero del presente año; SE DECLA- RO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora SONIA LECTI IBAÑEZ DE ALFARO, de cuarenta y seis años de edad, empleada, del domicilio de Apopa, en calidad de madre del causante; de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JONATAN ASDIEL IBAÑEZ ESCOBAR, quien fue de veinticuatro años de edad, soltero, estudiante, fallecido el día veintinueve de enero del año dos mil nueve, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio.
Y se le confi rió a la heredera declarada en el carácter indicado, la administración y representación defi nitiva de los bienes de la suce- sión.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horas y cincuenta minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil once. Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 384
ACEPTACION DE HERENCIA
LIC. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas y treinta minutos del día veinticinco de marzo de dos mil once. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo dicha Ciudad, su último domicilio, el día nueve de abril de mil novecientos setenta y cuatro, dejó el causante SECUNDINO MONTOYA; de parte de la señora CONCEPCION MONTOYA conocida por CONCEPCIÓN MONTOYA DE GARCIA, en su calidad de hija del causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar- tamento de San Salvador, a las diez horas y diez minutos del día uno de Abril del año dos mil once. Lic. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 385-1
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPÁN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas con quince minutos del día diez de marzo del dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante ESTANISLAO MÉNDEZ, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día cuatro de agosto del dos mil diez, siendo Metapán, su último domicilio; por parte de la señora JUANA GARCÍA DE MÉNDEZ, en concepto de cónyuge del referido causante.-
En consecuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la adminis- tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo del dos mil once.- Lic. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 378-2
DIARIO
OFICIAL
SOLO
PARA
CONSULTA
NO TIENE
VALIDEZ
LEGAL
SUBASTA PÚBLICA
INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL IN- TERINA DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado RENÉ ANTONIO MARTÍNEZ NOYOLA, en su calidad de Agente Auxiliar del señor FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA y en representación del Estado de El Salvador, contra el señor JAIME SARBELIO NAVARRETE ZEPEDA, se venderá en pública subasta en este Juzgado, los inmuebles siguientes: “1) un solar urbano ubicado en el centro de esta ciudad, sobre la Tercera Calle Oriente, ahora Octava Calle Oriente, número Trece ahora número Doscientos once Bis, lote número uno, de un área de Doscientos cuarenta y uno punto cinco metros cuadrados, de los linderos y medidas siguientes: En el lado uno Al Norte, nueve punto diecinueve metros; al Sur, nueve punto diecinueve metros; Al Oriente, veinticinco punto ochenta metros; Al Poniente, veinticinco punto ochenta metros. Inscrito bajo la Matrícula Número M CERO CINCO UNO NUEVE SIETE CINCO SIETE CINCO, asiento número cero cero cero dos, ahora trasladado al Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula SEIS CERO CERO CINCO DOS SIETE DOS OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, a favor del deudor; 2) inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el centro de esta ciudad, sobre la Tercera Calle Oriente, ahora Octava Calle Oriente, número Trece antes, ahora número Doscientos Once, descrito como segun- do en su antecedente, de una extensión superfi cial de Doscientos treinta y siete punto veinticinco metros cuadrados, de los linderos y medidas siguientes: Por el lado uno Al Norte, nueve punto diecinueve metros; Al Sur, nueve punto diecinueve metros; Al Oriente, veinticinco punto cero ocho metros; Al Poniente, veinticinco punto cero ocho metros. Inscrito bajo la Matrícula Número M CERO CINCO UNO DOS DOS OCHO SEIS CUATRO, asiento Número Nueve, ahora trasladado al Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula SEIS CERO DOS CUATRO CINCO SIETE OCHO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, a favor del deudor; y, 3) un lote de terreno urbano, identifi cado como local comercial número cinco, situado en la esquina formada por
la Tercera Calle Poniente y Quinta Avenida Norte, en esta ciudad, de una extensión superfi cial de Treinta y ocho punto sesenta y seis metros cuadrados que se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Tercera Calle Poniente y la Quinta Avenida Norte, con rumbo norte cero grados once punto seis minutos Este, se miden sobre este último diecisiete metros noventa y siete centímetros, después defl exión izquierda, Norte ochenta y nueve grados cuarenta y ocho punto cuatro minutos Oeste, y seis metros noventa centímetros se llega al esquinero Sureste del local que mide y linda: Sur, Norte ochenta y nueve grados cuarenta y ocho punto cuatro minutos Oeste, siete metros cincuenta y cinco centímetros, lindando con el local número tres, pared medianera de por medio; Poniente, norte cero grados once punto seis minutos este, cinco metros doce centímetros, lindando con los locales números cuatro y seis, pasaje peatonal de cuatro metros de ancho de por medio; Norte, Sur ochenta y nueve grados cuarenta y ocho punto cuatro minutos Este, siete metros cincuenta y cinco centímetros, lindando por este lado con el local número siete, pasaje peatonal de cuatro metros de ancho de por medio; y Oriente, Sur cero grados once punto seis minutos Oeste, cinco metros doce centímetros, lindando con propiedad de Elisa Matheu viuda de Dalton, Quinta Avenida Norte de trece metros ochenta centímetros de ancho de por medio. Los locales y pasajes peatonales colindantes que se mencionan por los rumbos Sur, Poniente y Norte son parte del inmueble general propiedad de Melynor, S. A. de C. V. Inscrito bajo el Sistema de libros al Número SESENTA Y OCHO del Libro CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA, ahora trasladado al Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula SEIS CERO CUATRO CERO TRES CINCO UNO SIETE- CERO CERO CERO CERO CERO, los tres del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, y a favor del deudor.”
Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día nueve de septiembre de dos mil diez.- Dra. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINO. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 380-2
HERENCIA YACENTE
RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas y treinta minutos de esta fecha, se ha declarado YACENTE LA HERENCIA del señor SEBASTIAN ARANA, quien fue de noventa y cuatro años de edad, agricultor, fallecido a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de mayo de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón Joya El Platanar, de esta jurisdicción, su último
domicilio; nombrándose curador para que la represente al Licenciado JOSE RAFAEL CABEZAS QUEZADA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las quince horas del día dos de diciembre del año dos mil diez. Lic. RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 368-3