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Literature Review

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2.4. Potential field technique

Desde finales de 1975, con la entrada violenta de las tropas marroquíes, la población civil saharaui buscó refugio en el interior del desierto, agrupándose en diferentes campamentos de población desplazada interna. A inicios de 1976 esos campamentos fueron objeto de bombardeos por parte de la aviación marroquí causando numerosas víctimas y heridos. El campamento que más personas acogía, y en el que más personas murieron, fue el de Um Dreiga. Sin embargo están documentados otros en Tifariti, Amgala, Guelta, etc. Ante esta situación la población de estos campamentos buscó refugio en Argelia.

En El Oasis de la Memoria (MARTÍN BERISTAIN y GONZÁLEZ, 2012) ya se recogían los testimonios de 54 víctimas supervivientes de dichos bombardeos. Posteriormente en el informe Los otros vuelos de la muerte (MARTÍN BERISTAIN, 2015) se han continuado documentando, para ello se ha recogido una exhaustiva reconstrucción de los hechos y una serie de evaluaciones médicas realizadas a las víctimas que resultaron heridas. Se ha podido comprobar la congruencia de los hallazgos clínicos con los hechos relatados por los supervivientes, en ataques en los que probablemente se emplearon armas incendiarias con napalm y fósforo blanco. Conforme al Derecho Internacional, estos bombardeos contra población civil que se encontraba desplazada para protegerse de las agresiones, constituyen crímenes de guerra y de lesa humanidad que no prescriben42.

Los emplazamientos de estos campamentos y, por lo tanto, los lugares de entierro de estas víctimas han quedado en el territorio ocupado por Marruecos de forma que las víctimas en estos 40 años no han podido recuperar los cuerpos, ni acceder al lugar, ni enterrarlos de forma digna, ni realizar sus ritos religiosos. Por parte del Reino de Marruecos en ningún momento se ha realizado un reconocimiento de los hechos ni de estas víctimas. En los informes del CCDH y la IER no se hace referencia a ellos. La ausencia de investigaciones, más allá de las realizadas por nuestro equipo, hace que muchas de estas víctimas permanezcan como desaparecidas (missing persons).

En el siguiente cuadro se incluye un listado provisional de víctimas, tanto fallecidas como heridas, de cada uno de los campamentos bombardeados. Entre las mismas se pueden encontrar numerosos niños, mujeres, ancianos, muchos de ellos miembros de familias enteras que se encontraban juntos en el momento del bombardeo.

Bombardeo Fallecidos Heridos

Um Dreiga 40 76

Guelta 0 4

Tifariti 3 5

Aargub 0 2

Tukat 4 0

42 «Crímenes cometidos: ataques a población civil; ataques indiscriminados por medio de bombardeo; Utilización de armas incendiarias que causan efectos excesivamente nocivos y de efectos indiscriminados; Actos de terrorismo contra la población civil; Homicidios contra personas protegidas; Heridas a personas protegidas; Desplazamiento forzado de la población civil; Desprotección de la población civil sobre todo de mujeres, ancianos y niños; Desprotección de los heridos; Irrespeto de los muertos; Ataques contra bienes indispensables para la supervivencia de la población civil; Hacer padecer hambre a la población civil; Ataques contra unidades y al personal médico y sanitario; Ataques contra bienes señalizados con los signos distintivos de la Media Luna Roja» (VALENCIA, 2015).

El auto de procesamiento de once militares y altos cargos marroquíes dictado por la Audiencia Nacional el 9 de abril de 2015 da por acreditados estos hechos.

Personas fallecidas en el bombardeo de Um Dreiga Familia Ahmed Zein

1. Buchra Bueh Bakar (mujer) 2. Chaia Azman Ahmed Zein (mujer) 3. Embarca Hmadi Ahmed Zein (mujer) 4. Hamadha Galb Ahmed Zein (hombre) 5. Takbir Hmadi Ahmed Zein (mujer) 6. Taufa Ahmed Zein (mujer) 7. Bad Hmadi Ahmed Zein (mujer) 8. Azman Hmadi Ahmed Zein (hombre) 9. Azman Sidati Ahmed Zein (niño) 10. Fatma Sidati El Kori (niña) Familia Berray

11. Etfarrah Sid Ahmed Bala (mujer) 12. Fueila Mohamed Adhallahi Berray 13. Hija de Fueila Mohamed Abdallahi

Berray (niña)

14. Saabuh Ahmed Baba (hombre) 15. Sidi Dadahi Admed Baba (hombre) Familia Buh

16. Buh Sgueir (hombre) 17. Fatma Hamdi Sgueir (mujer) 18. Hamadha Saad Buh sgueir (hombre)

Familia Machnan

19. Ahmed Bahia Machnan (hombre) 20. Fula Bol-la Machnan (mujer) 21. Fatma (hija de Fula Bol-la Machnan) 22. Nguia (hija de Fula Bol-la Machnan) 23. Glana (hija de Fula Bol-la Machnan) 24. Mahyuba (hija de Fula Bol-la

Machnan)

25. Mabi Mohamed Lamin Machnan (Mujer)

Familia Ahmed Baba

26. Saadbuh Hamada Ahmed Baba (hombre)

27. Hamada Saadbuh Hamada Ahmed Baba (mujer)

Individuos

28. Ahmed Hatem (hombre)

29. Bueihiti uld Sidahmed uld Aly uld Lab (niño)

30. Buinina Naisaburi (su hija murió y su hijo sobrevivo) (mujer)

31. Fatimetu Dahi Ahmed Baba (mujer) 32. Fatma Salka Sidahmed Ali Lab (mujer) 33. Fidaia Meyara Mohamed Lamin (niña) 34. Jdeycha Cheibani (mujer)

35. Mohamed Lagdaf (hombre) 36. Mohamed Nesaburi (niño, hijo de

Buinina Sidi)

37. Saadani Chejmami Sidi Nesaburi (niña) 38. Tauwal-umru Sidahmed Ali Lab

(hombre)

39. Taulo Taki Mahbub (hombre) 40. Chraifa Ali Mohamed Omar (mujer)

Fallecimientos en el bombardeo de Tifariti Fallecimientos en el bombardeo de Tukat 1. Abdelfatah (hombre)

2. Mohamed Uld Ali (hombre) 3. Jadgetu Edih Omar (niña)

1. Fatma Saad Aali (niña) 2. Glana Saad Aali (niña) 3. Hamdi Saad Aali (niño) 4. Luali Saad Aali (niño) 5.3. Conclusiones

El análisis de los 46 casos de personas desaparecidas y de las 47 víctimas de bombardeos constituye una muestra representativa del tipo de información que a lo largo de estos años ha ofrecido Marruecos a los familiares de las personas desaparecidas. A continuación se incluye un pequeño análisis cuantitativo que muestra lo incompleto e inconsistente, y en algunos casos la falsedad, de estas informaciones proporcionadas por la CNDH-IER. Como Anexo II se recogen las tablas de datos a partir de cuyo contenido se ha elaborado el presente análisis. De las diferentes versiones dadas por Marruecos sobre los 46 casos comparados sucede que:

• 10 personas que no constaban en el listado proporcionado a James Baker en 1999, en el listado de la CNDH-IER son dadas por muertas. Representan el 21,74% del total. • 4 personas que se refería en 1999 que le eran «desconocidas», ahora se dan por

muertas. Representan el 8,7% del total.

• 20 personas de quienes decía en la respuesta a James Baker que estaban vivas y residían en Tinduf, España o Mauritania, ahora señala que están muertas. Representan el 43,48% del total.

• 3 personas que decía que habían muerto, ahora la CNDH-IER no los reconoce como desparecidos (casos 3, 5 y 7). Representan el 6,52 % del total.

• Si bien hay 9 casos que tanto en 1999 como en 2010 Marruecos ha dado por muertos (16,56% del total), en 7 de ellos la causa de la muerte cambia entre las dos versiones. Asimismo de los 3 casos (1, 4 y 8) en que se aporta algún dato más sobre las supuestas circunstancias de su desaparición, la fecha y el lugar de fallecimiento han cambiado. Por otro lado, partiendo de la premisa de que la información proporcionada en el informe de la IER es totalmente insuficiente según lo exigido por los estándares internacionales en este tipo de casos, al analizar la información proporcionada en sí misma y al compararla con lo investigado por nuestro equipo se puede observar que:

a) Respecto a las fechas de detención o desaparición:

• En 8 no se especifica la fecha de la detención. • En 4 no se reconoce la desaparición.

• En 5 solo se ofrece el año y mes de detención. • En otros 5 solo el año de detención.

Lo que indica que en el 39,13% de los casos, la información sobre la fecha de detención o desaparición es incompleta o inexistente. Además, en 20 de los casos (43,48%) en los que se da alguna fecha (aunque sea incompleta), esas fechas no coinciden con las investigadas por nuestro equipo.

b) Respecto a la fecha de supuesto fallecimiento:

Sólo en 14 casos (30,43%) la IER reporta la supuesta fecha de fallecimiento. En un caso, la investigación demuestra que no es correcta (caso 12). En otros 11 casos, la investigación aporta fechas concretas y fidedignas de la ejecución que no son reportadas por Marruecos. De hecho, en 5 de esos 11 casos la fecha de ejecución que hemos demostrado es anterior a la fecha de detención que reporta la IER. c) Respecto a los lugares de detención ilegal y desaparición:

Sólo en 31 casos se indica el o los lugares de detención. En 19de ellos (el 61,29%) esa información es incompleta o diferente respecto a lo investigada por nuestro equipo. En 14 de los 15 casos en que Marruecos no reporta información, la investigación sí lo hace.

d) Respecto al destino de las personas desaparecidas:

• En 35 casos no se especifica la causa de la muerte (76,09% del total).

• En 7 casos se señala que fueron ejecutados, sin dar mayores detalles (15,22% del total).

• En 1 caso (el número 6) se señala que fue en combate. Extremo que se ha demostrado que es falso por la investigación.

• En 3 casos no se reconoce la desaparición.

• En 18 casos (el 39,13% del total) se deja entender que el fallecimiento pudo ser debido a torturas, con expresiones tales como: «secuestrado en durísimas condiciones», «secuestrada en condiciones difíciles» o «secuestrada en malas condiciones» entre otras.

Según nuestras investigaciones tenemos constancia de que, al menos, 9 personas fueron ejecutadas, 13 muertas por tortura, y otras 9 torturadas y desaparecidas. e) Datos sobre la nacionalidad de las personas desaparecidas:

En 12 de los 46 casos (26,08%) hemos recogido los datos de la nacionalidad española de las víctimas a través de sus documentos de identidad de la época (se aportan los correspondientes números). En uno de ellos (caso 19) su nombre figura en el DNI de su padre como carga familiar.

Para finalizar, tras analizar y contrastar estas versiones llegamos a las siguientes conclusiones:

1. Sobre el caso de los ocho saharauis desaparecidos encontrados en las fosas de Fadret Leguiaa. Las versiones proporcionadas por el Estado de Marruecos en el caso de cuatro de los desaparecidos encontrados no son ciertas, dado que no fueron detenidos ni llevados a ningún cuartel, ni se dieron en las fechas señaladas. En otros tres casos no proporciona ninguna información. Por último, en el caso de Salma Mohamed Sidahmed, todavía en 2010 la respuesta del CCDH fue que había muerto en un enfrentamiento con el Polisario. Versión similar a las proporcionadas en 1999 al Sr. James Baker (enviado del Secretario de NNUU para el Sáhara) para la mayor parte de los casos de desaparecidos. Todas estas versiones se han demostrado falsas. 2. Las versiones proporcionadas por las autoridades de Marruecos en el resto de los

casos son en su mayor parte estereotipadas, fragmentadas y no muestran ningún análisis específico del caso. Evitan hablar de las causas de muerte o los responsables, atribuyéndose la muerte a «las condiciones». La información es escueta y en algunos casos incluso contradictoria. En otros muchos contrasta claramente con la proporcionada por familiares y testigos. Estas declaraciones no esclarecen lo sucedido, ni son una respuesta adecuada al derecho a la verdad de las víctimas. 3. En las investigaciones El Oasis de la Memoria (MARTÍN BERISTAIN y GONZÁLEZ,

2012), Meheris: la esperanza posible (MARTÍN BERISTAIN y ETXEBERRIA, 2013) y Los otros vuelos de la muerte (MARTÍN BERISTAIN, 2015) se incluyen más detalles de cada uno de los casos, a pesar de haber contado con un pequeño equipo para realizar el trabajo y sin apenas medios. Además tampoco se ha podido contar con ninguna información oficial o archivo de Marruecos, tal y como sí señala que tuvo el CCDH. 4. Es necesario llevar a cabo una revisión de la información proporcionada por

Marruecos para verificar los hechos y ofrecer a las víctimas una respuesta adecuada al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el respeto a su dignidad como personas. Dicha demanda ha sido apoyada por Amnistía Internacional, proponiendo que dicha instancia sea el Grupo de Trabajo de Desaparición Forzada de Naciones Unidas43.

5. Marruecos sigue teniendo una grave responsabilidad en unos delitos que siguen vigentes dado que la información que ha ofrecido no es acorde con los estándares internacionales exigidos en este tipo de casos. El delito de desaparición forzada es de naturaleza permanente y sigue vigente en tanto que no se esclarezcan las circunstancias, causas y destino de las personas desaparecidas, y se restituyan los restos a sus familiares en caso de fallecimiento. El ocultamiento o la negación de la verdad, y el no proporcionar información veraz a los familiares está considerado una forma de maltrato y tortura psicológica a las víctimas.

6. Asumiendo las responsabilidades en el caso de Fadret Leguiaa