Buenos Aires, 25 de noviembre de 2016
VISTO:
La Ley Nacional N° 24.051, las Leyes N° 123, N° 2.628 y N° 2.214 (textos consolidados por Ley N° 5.454), los Decretos N° 220/GCABA/07 y N° 37/GCABA/16, la Resolución Nº 316/APRA/16, el Expediente N° 2013-04564191-MGEYA-DGET, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la presente tramita la categorización y posterior emisión del Certificado de Aptitud Ambiental para la obra "Paso bajo nivel de vías del ex FFCC Gral. San Martín en Avenida Nazca", a cargo de AUTOPISTAS URBANAS S.A., sobre una superficie total de 17.078 m2;
Que el proyecto se encuadra dentro del inciso k) del Artículo 13° de la Ley Nº 123 (texto consolidado por Ley N° 5.454), por el cual se presume de Relevante Efecto Ambiental a "Las obras relevantes de infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios públicos“, debiéndose convocar a una Audiencia Pública para su discusión, según lo establece la Ley Nº 123;
Que en ese sentido, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación, mediante sus Informes N° IF-2016-16414196-DGET, y N° IF-2016-25043639-DGET, propone la prosecución del trámite, manteniendo la categorización del programa denominado "Paseo del Bajo" como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (C.R.E.);
Que eI proyecto propone la construcción de un cruce vehicular y peatonal bajo nivel de vías que permita la continuidad de la Avenida Nazca en el tramo comprendido entre la calles Pedro Lozano y Baigorria, en el barrio de Villa del Parque, en la zona Oeste de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La zona de emplazamiento tiene uso administrativo, comercial y financiero a escala barrial, y uso residencial de densidad media, próximo a la estación Villa del Parque del ferrocarril San Martín;
Que en la actualidad, la Av. Nazca conforma la Red de Tránsito Pesado de la Ciudad de Buenos Aires, siendo una importante vía para la conexión entre zona Sur y Norte de la Ciudad. Sobre la Avenida existe un cruce vehicular y peatonal a nivel de vías, con doble sentido de circulación Este-Oeste/Oeste-Este;
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Que el paso bajo nivel de la Av. Nazca aportará condiciones de seguridad vial al cruce de las vías, tornando más permeable vehicularmente la barrera que suponen las vías del ferrocarril, dada la eliminación del tiempo de espera en el cruce a nivel y la congestión asociada a esta situación en los momentos de mayor flujo de trenes (barreras bajas) de vehículos (congestión en intersecciones y tramos), y en la superposición de los picos de demanda de ambos medios de transporte (pico matutino 7-9 am, y pico vespertino 6-8 pm);
Que en cuanto a las condiciones de seguridad vial, el cruce a desnivel genera condiciones óptimas para ambos medios, al evitar el conflicto de su intersección y debido al efecto del funcionamiento de los elementos de señalización de ambos. EI cruce vehicular será apto para transito liviano y pesado, incluyendo en estas categorías a los vehículos de transporte público y de emergencia (ambulancias, bomberos, etc.);
Que el futuro cruce bajo nivel de las vías ferroviarias estará compuesto por un viaducto vehicular de doble trocha por sentido de circulación, bajo un puente ferroviario de hormigón posteado. La configuración del túnel permitirá la materialización de una doble vía de dos manos de circulación, cada una con 2 carriles, uno de 3,35 metros y otro de 3,10 metros por mano, y cordones de seguridad de 0,40 metros a ambos lados y una separación de calzadas de 0,30 metros, totalizando un ancho de 14,30 metros; Que el desarrollo total del viaducto es de aproximadamente 350 metros y la longitud del túnel aproximada es de 70 metros. Las pendientes longitudinales de las rampas de acceso serán del 6%, y serán contenidas por muros de hormigón visto o conformado. El galibo vertical del túnel bajo la viga del puente ferroviario será de 5,10 metros. Su funcionalidad será para transito liviano y pesado, con una velocidad de circulación de 40 km/h;
Que en cuanto a los pasos peatonales, estos se harán en paralelo al túnel vehicular bajo puente ferroviario, a ambos lados del túnel. EI acceso a los mismos será mediante rampas y escaleras;
Que sobre ambos márgenes de las vías del ferrocarril, el proyecto plantea la construcción de calles de convivencia a cada lado del túnel, que permitan la accesibilidad a los vecinos frentistas, a la vez que aseguran su conectividad con la red vial circundante. Éstas serán de 3,50 metros de calzada y de 2 metros de vereda; Que las calles Nogoyá y Ricardo Gutiérrez, a ambos lados de las vías, mantendrán su continuidad gracias a la materialización de puentes carreteros en ambos márgenes, con vinculación con las mencionadas calles de convivencia;
Que en virtud de lo mencionado, el proyecto considera la posibilidad de acceso para los vehículos de abastecimiento utilizando las calles de convivencia, pudiendo utilizar el retome de la calle Baigorria para facilitar las maniobras. Asimismo, estas calles de convivencia permitirán el acceso de buses escolares y vehículos particulares;
Que por otra parte, la construcción del túnel obligará a cambiar los recorridos de algunas de las líneas de colectivos que verán afectado su recorrido. En general, las líneas de colectivos no podrán circular por las calles de convivencia, lo que justifica el retome hecho para la calle Baigorria. En el Estudio de Impacto Vial adjunto por Registro N° RE-2013-06849943- DGET se describen los cambios para cada línea de colectivo, detallados a continuación:
Que la línea 84 hacia Estación Villa del Parque, en su recorrido original, gira desde Av. Nazca hacia la calle Marcos Sastre, y luego sigue por Terrada, Baigorria, Helguera, Melincué. La calle Baigorria perderá su continuidad para cruzar la Av. Nazca para el transporte público. Se propone que el recorrido se realice por Av. Nazca, Lascano, Terrada, Santo Tomé hasta Helguera, siguiendo desde allí con el recorrido existente;
Que en cuanto al recorrido de la línea 84 en sentido hacia Constitución, llega a la Av. Nazca a través de la calle Nogoyá. Al respecto, se propone que cambie su recorrido accediendo a la Av. Nazca por la calle Marcos Sastre. Llegará a Marcos Sastre alargando su recorrido, dos cuadras por Cuenca desde Nogoyá;
Que con respecto a la línea 134 en sentido hacia Avellaneda, llega a la Av. Nazca a través de la calle Nogoyá. Se propone que cambie su recorrido accediendo a la Av. Nazca por la calle Marcos Sastre;
Que en cuanto al recorrido de la línea 134 en dirección a Villa Devoto, ésta hace su circuito en un rulo urbano, para poder dirigirse hacia el oeste de la Av. Nazca, girando desde Av. Nazca hacia el este para seguir con el recorrido por Marcos Sastre, Terrada, y Baigorria. Al igual que ocurre con otras líneas, debido al túnel, la calle Baigorria perderá su continuidad para cruzar la Av. Nazca, para el transporte público. Al respecto, se propone realizar un cambio en el recorrido desde Av. Nazca, siguiendo por Lascano, Terrada, Santo Tomé hasta Helguera y a partir de ahí continuar con el recorrido habitual;
Que la línea 124 hacia Villa Devoto realiza actualmente su recorrido haciendo un rulo urbano para dirigirse hacia el oeste de la Av. Nazca. Girando desde Av. Nazca hacia el este para seguir con el recorrido por Marcos Sastre, Terrada, y Baigorria. Dado que la calle Baigorria perderá su continuidad para cruzar la Av. Nazca, para el transporte público, se propone realizar el nuevo recorrido desde Av. Nazca, siguiendo por Lascano, Terrada, Santo Tomé hasta Helguera y siguiendo desde ahí al recorrido existente;
Que en otro orden de ideas, el área de influencia directa considerada en este estudio es la delimitada por las calles Campana, Tinogasta, Condarco y Santo Tomé, ubicada en su totalidad en Villa del Parque, Ciudad de Buenos Aires. Debido a que el proyecto en estudio es un cruce de vías a desnivel, se tomaron como variables principales para la definición del área de influencia la existencia de pasos de vías cercanos, como ser el cruce de vías de FFCC San Martín en las calles Campana, Cuenca y Nogoyá, todos ubicados a nivel de vías. Como segunda variable, se consideraron las calles o avenidas cercanas que permitan evaluar circuitos de derivación de tránsito hacia el nuevo cruce bajo nivel de vías;
Que en cuanto a la atención sanitaria pública del área, está brindada por el Hospital General de Agudos Dr. Zubizarreta, sito en calle Nueva York 3952, Devoto. Cuenta también con Centros de Salud y Acción Comunitaria: CeSAC Nº 34: Atención primaria. Gral. Artigas 2262, Villa del Parque;
Que el objetivo principal de la obra es la mejora en el flujo vehicular del área adyacente a las vías del ferrocarril, disminuyendo tiempos de recorrido, aumentando la conectividad, minimizando el efecto barrera de las trazas ferroviarias sobre la circulación general;
Que además, el proyecto permitirá:
1) Transformar el paso a nivel existente en una alternativa de cruce seguro dentro del área de influencia;
2) Mejorar la conectividad peatonal, introduciendo un alto nivel de seguridad vial, ya que el cruce se produce a desnivel respecto de las vías y por veredas acondicionadas con barandas y rampas de accesibilidad;
3) Mejorar la calidad de aire por aumento en la fluidez del tránsito y disminución de los recorridos no continuos, disminuyéndose las emisiones de gases y material particulado;
4) Incrementar la oferta de espacios verdes en la zona de influencia del cruce debido al diseño de los empalmes de arterias y la puesta en valor del mobiliario urbano; 5) Proporcionar un aumento de la seguridad por reurbanización del área e incremento de la iluminación;
6) Incrementar el valor inmobiliario de las propiedades y el valor del suelo por la refuncionalización de la zona;
7) Disminuir los tiempos de circulación, generando beneficios al transporte de personas y bienes;
Que los principales elementos componentes del proyecto se describen en la siguiente enumeración:
1) Puente ferroviario;
2) Pavimento de hormigón (nuevo y reconstrucción de pavimento existente); 3) Veredas y rampas (nuevas y reconstrucción de existentes);
4) Pasos peatonales bajo puente ferroviario, al norte con acceso por escalera y al sur accesible mediante rampa y escalera;
5) Obras accesorias;
Que en la etapa de obra, las tareas a desarrollar serán: 1) Construcción de los puentes ferroviarios;
2) Construcción de estribos y pantallas correspondientes a los puentes ferroviarios de alturas varias y las correspondientes fundaciones. Los puentes ferroviarios descansarán sobre una viga dintel sustentada por pilotes por apoyo de diámetro y longitud variable (según estudios de suelo). Estos pilotes se cerrarán del lado del bajo nivel con una pantalla de hormigón armado que actuará como revestimiento;
3) Construcción de puentes pasa cables y/o sistema de sostenimiento para instalaciones ferroviarias de fuerza, aviso y telecomunicaciones de acuerdo a opción del ferrocarril;
4) Construcción de muros de contención que tendrán la cara vista y alturas variables, serán de hormigón armado "a la vista". Detrás de los muros se colocará un dren para controlar el escurrimiento de aguas superficiales;
5) Construcción de pavimentos y veredas;
6) Construcción de pavimentos de hormigón para el cruce propiamente dicho, desde la boca del túnel hasta los límites de pavimentación;
7) Construcción del paso peatonal bajo puentes ferroviarios;
8) Sistema de desagüe proyectado para el normal escurrimiento de las aguas pluviales;
9) Iluminación del cruce y su área de influencia; 10) Reconstrucción de sumideros;
11) Reconstrucción de pavimentos existentes;
12) Señalización horizontal con pintura termoplástica;
13) Señalización vertical y aérea del cruce y su zona de influencia;
14) Reubicación de todos los servicios públicos que se vean afectados por la obra, como así también el sistema de sostenimiento de las instalaciones ferroviarias, de acuerdo a lo que disponga el Ferrocarril (puentes pasa cables o cañerías de acero adosadas a los puentes ferroviarios);
Que estas tareas que componen el alcance total de la obra, imponen la implementación de etapas constructivas, cada una con distintos grados de incidencia en el entorno, y que pueden enumerarse de la siguiente manera: 1. Limpieza de terreno y preparación del área de obra; 2. Construcción de obradores; 3. Desarrollo de tareas en el sitio; y 4. Montaje de elementos premoldeados;
Que en cuanto a los desvíos de la obra, la Av. Nazca estará interrumpida en el sector destinado al túnel (entre las calles Marcos Sastre y la calle Pedro Lozano), durante las obras. También estarán afectadas la continuidad de las calles Nazarre, Melincué, Ricardo Gutiérrez Norte y Sur, y Baigorria. La calle Nogoyá deberá mantener su continuidad, para lo cual se prevé el cierre parcial por sectores, a fin de asegurar la circulación aunque con restricciones;
Que los cierres de calzada serán temporarios y de ocupación mínima, debiendo establecerse la señalización adecuada de acuerdo a la reglamentación vigente (diurna y nocturna) que permita la circulación fluida y segura de los vehículos pasantes. Todos los planes de desvío implementados serán debidamente informados y comunicados, en particular a los habitantes del entorno. La señalización deberá ser instalada sobre todo el recorrido alternativo propuesto, y sobre las calles que reciban una modificación en las condiciones de circulación normal;
Que en todos los casos, sin excepción, se mantendrá la accesibilidad a los frentistas informando a los usuarios de la condición de cierre y se dará una alternativa adecuada para el estacionamiento de sus vehículos en lugares cercanos y seguros;
Que una vez definida la ubicación del obrador, se deberán analizar los eventuales cierres o interrupciones en la circulación vehicular, peatonal y ferroviaria. Esto se desarrollara en horarios fuera de los momentos pico de demanda, y estableciendo los procedimiento de aviso, instalación de precauciones y señalización adecuada;
Que durante el período de obra, al estar cortado el paso de las vías del ferrocarril, se deberá redireccionar el cruce de las vías a través de cruce a nivel o desnivel aledaños; Que en el sentido de circulación Norte-Sur, los pasos alternativos (en orden de importancia según la cercanía) durante el período de obra son: Cuenca (como principal), Nogoyá (como secundario), y Empedrado y Emilio Lamarca (como terciaros);
Que se recomienda que el desvío a fomentar sea el de Cuenca. Siendo el recorrido más conveniente Nazca, Simbrón, Cuenca (cruce de barreras), Marcos Sastre, Nazca, para lo que deberá implementarse la señalización que induzca a este recorrido. Los otros cruces nombrados pueden ser una alternativa, pero sin orientar el tránsito hacia ellos;
Que en el sentido de circulación Sur-Norte, los pasos alternativos durante el período de obra son: Nogoyá (como principal), Empedrado (como secundario), y Campana (como terciaros);
Que además, se sugiere establecer la prohibición de estacionamiento de la mano izquierda en todas las calles que se utilizarán para realizar los desvíos durante el período de obra;
Que en cuanto a la preparación del área de obra, se prevé la limpieza total del terreno, incluyéndose el área de instalación de obradores;
Que las actividades de limpieza del terreno (con retiro de vegetación superficial) y las asociadas a movimientos de suelos, remoción de pavimentos existentes y la circulación de vehículos y maquinaria sobre superficies sin pavimentar dan lugar a la generación de polvo y partículas en suspensión provocando deterioro de la calidad del aire;
Que los puntos en los que esta afección puede tener mayor importancia serán todos aquellos que se encuentren más próximos a los frentes de las viviendas existentes; Que la realización de la limpieza del terreno, y en general los trabajos de movimientos de suelos de la etapa constructiva posterior dará lugar, de forma temporal y reversible, a emisiones de polvo en suspensión, para lo cual se proponen las medidas de mitigación mencionadas en el punto 3. Se propone la humidificación de los sectores de circulación, y la materialización de cercos provistos de film de polietileno que aíslen la obra del entorno urbano respecto de las partículas de polvos en suspensión;
Que en esta etapa se procederá a la remoción de especies que resulte necesaria para la realización de la obra. Las especies que sean susceptibles de ser trasplantadas serán reubicadas en los lugares que indique la inspección de obra;
Que en cuanto a las instalaciones que componen el obrador, se encuentran en los siguientes sectores: Oficina; Sanitarios y Vestuarios; Comedor; Acopio de materiales; Pañol de herramientas; Sector maquinarias y equipos; Sector acopio de elementos premoldeados;
Que se prevé la instalación del obrador en sectores adyacentes a la obra generando la mínima interferencia con la circulación vehicular, peatonal e incluso ferroviaria, tanto por las actividades propias como para la circulación de acceso al mismo;
Que por tratarse de un área urbana consolidada, las instalaciones de obrador deben minimizarse tanto en superficie como en las actividades que en él se desarrollan. Es por ello que se promoverá la elaboración de elementos premoldeados en fábrica; Que asimismo, en el mismo se permitirá la permanencia en el sector de la maquinaria mínima necesaria, debiendo retirarse al finalizar la jornada laboral los vehículos que admitan esa movilización (camiones, camionetas). Esta medida surge como necesaria para no interferir la circulación general en las vías adyacentes a la obra;
Que en cuanto al manejo de combustibles y lubricantes en la obra, en principio, para aquellos vehículos que así lo permitan (camionetas, camiones), se deberá realizar las operaciones de abastecimiento en las estaciones de servicio existentes en el entorno de la obra;
Que la maquinaria pesada (palas cargadoras, retroexcavadoras, grúas de montaje, piloteras) que no admiten la movilización hacia las estaciones de servicio, podrán ser reabastecidas en la obra implementando para ella las condiciones de seguridad necesarias, ente ellas: Impermeabilización del suelo en el área de recarga; aislación de los tanques de almacenamiento, ubicándolos en lugares identificados como de máxima seguridad; los vehículos deberán ser revisados sistemáticamente, con el fin de identificar y corregir cualquier pérdida de fluidos que se presente;
Que en cuanto al desarrollo de tareas en el sitio, las actividades más impactantes y que deben ser consideradas especialmente se citan a continuación:
1) Construcción de estribos y pantallas correspondientes a los puentes ferroviarios; 2) Construcción de muros de contención;
3) Construcción de pavimentos y veredas;
4) Construcción de pavimentos de hormigón para el cruce propiamente dicho; 5) Reconstrucción de sumideros;
6) Reconstrucción de pavimentos existentes; 7) Señalización horizontal y vertical;
8) Reubicación de todos los servicios públicos;
Que con respecto a las Interferencias de servicios, el área de estudio posee total cobertura de servicios de red, tales como provisión de agua, desagües cloacales, gas, electricidad y telefonía. Las empresas proveedoras son: AySA (agua potable, desagües cloacales), Metrogas (gas), Edenor (energía eléctrica), y Telecom (telecomunicaciones). Se preverá la reubicación de todos los servicios públicos que se vean afectados por la obra, de acuerdo a lo que disponga cada una de las empresas proveedoras;
Que la Obra tendrá una duración aproximada de 12 meses contemplando la ejecución de las tareas necesarias para la construcción del túnel y las obras complementarias en superficie;
Que en el Capítulo 6 se incorpora la descripción de los impactos ambientales derivados de las tareas de construcción y operación del proyecto, del cual se extrae lo siguiente:
Que durante la etapa constructiva se producirán diversos impactos negativos sobre los componentes del medio que, de acuerdo a las acciones previstas para esta obra, el profesional estima que serán principalmente de magnitud leve. A modo de resumen, se citan los principales impactos negativos en esta etapa:
1) Emisiones de polvillos y ruidos; 2) Remoción de suelos;
3) Extracción de árboles;
4) Reconducción de los drenajes;
6) Restricción de la accesibilidad peatonal y vehicular que obligará al uso de cruces y rutas alternativas;
7) Interrupción de la red peatonal y de la red vial con la sobrecarga de las vías aledañas al Proyecto;
8) Interferencia con el transporte público de ferrocarril y con los servicios por red y el incremento en la gestión de residuos, incluyendo el material resultante de las excavaciones;
Que asimismo, y de acuerdo a lo manifestado por el profesional interviniente, se trata