Población y Muestra
Para el presente trabajo de investigación se toma a estudiantes, funcionarios Judiciales, Jueces, Abogados en libre ejercicio profesional del derecho a fin de obtener información sobre la problemática planteada se establece la siguientes muestra y población
El Total, de población de 200 personas y la muestra es = 50 personas (hombres y mujeres mayores de edad)
Plan De Muestreo
Unidad de Muestreo
Para establecer la población en nuestro proyecto se ha considerado a profesionales esto es abogados en libre ejercicio, jueces, fiscales, ayudantes judiciales y estudiantes de derecho de la provincia de Los Ríos esto es 200 personas de las cuales se escogerán 50.
Encuestados Jueces y Fiscales 5 Ayudantes Judiciales y Estudiantes 7 Abogados en el Ejercicio 38 TOTAL 50
35 Tamaño de la Muestra
Debido al desconocimiento del total del universo, se aplicó una fórmula estadística para el cálculo de la muestra para una población desconocida, como sigue a continuación:
Ne *ñ ne _____ N
Donde:
Ne: Tamaño de la muestra del estrato. Ne: tamaño del estrato en la población N: tamaño de la muestra.
N: tamaño de la población.
Cantidad de hombres a seleccionar para el estudio.
500*250 ne 2500
36 Procedimiento del muestreo
El muestreo usado es de tipo probabilístico aleatorio, tomado en diversos puntos de la ciudad de Babahoyo perteneciente a la provincia de Los Ríos.
37 Plan de Recolección de la información.
El período de recolección de datos mediante la aplicación de encuestas se llevó a cabo en el lapso de 8 días, en diferentes puntos de la ciudad de Babahoyo, los días 10 a 17 de Enero del 2019.
Métodos, Técnicas, Instrumentos De Investigación
Analítico:
Se aplicó por la descomposición de un todo en sus partes realizando como un proceso mental, estudio de un caso investigativo de causas y determinación de efectos, la apreciación de manera sistemática y critica.
Cuestionarios. -
Se lo utilizó en la realización y esquematización de temas y subtemas de gran importancia en la realización del presente proyecto.
Investigación correlacional. –
Ésta investigación es correccional porque analiza la forma en que se relacionan varios fenómenos entre si y los efectos que se produce la cual se aplicó en el desarrollo del primer capítulo.
38 Investigación explicativa. –
Es explicativa porque busca las causas que dan origen a ciertos fenómenos la cual se la aplico en el tercer capítulo de nuestra investigación.
Método histórico – lógico. –
Los métodos a utilizarse en la investigación son histórico-lógico, el cual permite tener una perspectiva del desarrollo del fenómeno a través del tiempo el cual se lo aplicó para desarrollar el marco teórico de la investigación.
Método analítico – Sintético. -
Permite que los fenómenos encontrados sean analizados por cada uno de sus componentes, a fin de adquirir cabal compresión del hecho global, por el contrario, mediante la síntesis se entenderán los fenómenos en conjunto lo cual se lo aplicó en el desarrollo del segundo capítulo de la investigación.
Método Inductivo - Deductivo. –
La investigación abordará el fenómeno desde hechos particulares y generales a lo largo de la investigación sobre todo en el segundo y tercer capítulo.
De campo.
Se empleó este tipo de investigación por cuanto se tuvo que trabajar en distintos sitios, ayudando a establecer la opinión de los colegiados y sociedad, administradores de justicia y funcionarios judiciales, así como de los expertos frente a la problemática objeto del estudio. La Presente Investigación se la realizó en la ciudad de Babahoyo, empleándose la observación científica, encuestas y entrevistas.
Bibliográfica.
Como lo dice su nombre, este tipo de investigación se desarrolla en obtener la información pertinentes que sirve para realizar el problema objeto del presente Proyecto de investigación, mediante textos, ya sean físicos o mediante la web,
39
por lo antes mencionado se puede llegar a la conclusión de que este tipo de investigación sirve para los trabajos de modalidad cualitativa, por lo tanto, es útil en esta investigación.
Técnica de la encuesta. –
Mediante la encuesta se obtiene información de forma impersonal, posibilitando al investigador una concepción más amplia del fenómeno la cual se aplicó en el desarrollo del segundo capítulo.
La modalidad de la investigación a aplicarse consiste en la cualitativa y cuantitativa; y aplicándose los siguientes métodos: histórico-lógico; analítico- sintético; inductivo-deductivo; hipotético-deductivo; técnicas, encuestas y cuestionarios.
Cuestionarios. -
Se lo utilizó en la realización y esquematización de temas y subtemas de gran importancia en la realización del presente proyecto.
Fichas de observación. –
Para recoger los datos obtenidos en el campo de la investigación para el desarrollo de las encuestas y tabulación de los datos.
Planes de Procesamiento y análisis de Información.
Se empleó la Encuesta y la Entrevista para poder recolectar información, por lo que luego, mediante los resultados obtenidos se analizó y fue validado para la propuesta de la presente investigación, que es la reforma al artículo 536 del Código Orgánico Integral Penal que trata sobre la prisión preventiva se pueda sustituir, para lo cual nuestra propuesta se enfoca en reformar para que se de en delitos que no superen los 10 años y que el delito no se en acto flagrante.
40
Resultados del diagnóstico de la situación actual.
A continuación, se detallaran los resultados de la encuesta realizada:
1. ¿Sabe usted cuáles son los presupuestos para que se dictamine prisión
preventiva en el proceso penal?
SI NO
Tabla y Gráfico No.1
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 50 0
PORCENTAJE 100 0
TOTAL 50
Gráfico 2: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la primera grafica de la encuesta en la cual se pregunta si conoce los presupuestos de la prisión preventiva en un proceso penal el 100% de los encuestados respondió que si conocen los preceptos del concepto a consultar.
100% 0%
PREGUNTA 1
SI NO
41
2. ¿Sabe usted de algún caso en que el juez ha dictaminado la medida
cautelar de prisión preventiva y se hayan vulnerados los principios constitucionales de inocencia y de ultima ratio del imputado?
SI NO
Tabla y Gráfico No.2
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 47 3
PORCENTAJE 94 6
TOTAL 50
Gráfico 3: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la segunda grafica de la encuesta se observa que el 94% de estos dicen que han presenciado como se ha vulnerado los derechos y un 6% indica que no ha presenciado ninguna violación de los derechos.
94% 6%
PREGUNTA 2
SI NO
42
3. ¿Sabe usted cuáles son las medidas cautelares tipificadas en el Código
Orgánico Integral Penal y cree Ud. que se las aplica en buenas manera?
SI NO
Tabla y Gráfico No.3
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 22 28
PORCENTAJE 44 56
TOTAL 50
Gráfico 4: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la gráfica de la pregunta 3 se observa que el 100% de la muestra consultada afirma consultar que conócelas medidas cautelares y que si se las aplica de forma correcta lo que si sugieren los encuestados es que se realice una reforma al artículo en mención. 100% 0%
PREGUNTA 3
SI NO43
4. ¿Considera usted que existe independencia en la administración de
justicia y si es relevante?
SI NO
Tabla y Gráfico No.4
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 7 43
PORCENTAJE 14 86
TOTAL 50
Gráfico 5: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la gráfica de la pregunta 4 el 86% de los encuestados afirma que no hay una independencia de la justicia y dicen que es mucha importancia la independencia de esta al contrario un 14% índico que si hay independencia de la justicia.
14%
86%
PREGUNTA 4
SI NO
44
5. ¿Según su criterio considera usted que la medida cautelar de prisión
preventiva debería ser tomada como regla general en los delitos sancionados con prisión preventiva delitos no flagrantes?
SI NO
Tabla y Gráfico No.5
VARIABLES SI NO FRECUENCIA 4 46 PORCENTAJE 8 92 TOTAL 50 Gráfico 6: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la gráfica de la pregunta 5 el 92% indico que no debe de tomarse como regla general la prisión preventiva en delitos no flagrantes y un 8% se mostró contrario ya que indicaron que si debe de dárseles la prisión preventiva.
8%
92%
PREGUNTA 5
SI NO
45
6. ¿Conoce usted que la medida cautelar de prisión preventiva
establecida en el Código Orgánico Integral Penal vulnera los principios constitucionales de inocencia y de ultima ratio?
SI NO
Tabla y Gráfico No.6
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 50 0
PORCENTAJE 100 0
TOTAL 50
Gráfico 7: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la gráfica de la pregunta 6 el 100% de los encuestados indican que si se vulnera el principio de inocencia y de última ratio lo que nos da paso a la reforma que se está proponiendo en la investigación realizada.
100% 0%
PREGUNTA 6
SI NO
46
7. ¿Conoce usted que el régimen jurídico actual sobre la medida cautelar
de prisión preventiva, permite el correcto respeto de los principios constitucionales de inocencia y de última ratio a la persona procesada?
SI NO
Tabla y Gráfico No.7
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 11 39
PORCENTAJE 22 78
TOTAL 50
Gráfico 8: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
Sobre esta pregunta el 78% de los encuestados afirma que no se respeta los principios constitucionales y el 22% indica que el régimen jurídico actual si respeta los principios constitucionales entre esos el de inocencia.
22%
78%
PREGUNTA 7
SI NO
47
8. ¿Cree usted que sería conveniente plantear una reforma al artículo 536
del Código Orgánico Integral Penal siguiendo al cumplimiento de los principios constitucionales de inocencia y de última ratio del procesado?
SI NO
Tabla y Gráfico No.8
VARIABLES SI NO
FRECUENCIA 50 0
PORCENTAJE 100 0
TOTAL 50
Gráfico 9: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la gráfica de la pregunta 8 se muestra que el 100 cree pertinente que exista la reforma al artículo 536 lo que si da paso a nuestra propuesta de reforma en la investigación realizada. 100% 0%
PREGUNTA 8
SI. NO48
9. ¿Con qué frecuencia cree usted que los operadores de justicia
consideran la jurisprudencia internacional respecto del uso de la prisión preventiva?
SI NO
Tabla y Gráfico No.9
VARIABLES VARIAS POCAS
FRECUENCIA 9 41
PORCENTAJE 18 82
TOTAL 50
Gráfico 10: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la pregunta 9 el 82% de los encuestados indicaron que poca veces utilizan instrumentos internacionales para aplicar la prisión preventiva y 18% restante indicaron que si observan que los operadores de justicias si usan estos instrumentos. 18% 82%
PREGUNTA 9
VARIAS POCAS49
10. ¿Cree usted que los jueces de garantías penales al emitir sus
resoluciones aplican el principio constitucional del debido proceso?
SI NO
Tabla y Gráfico No.10
VARIABLES SI NP FRECUENCIA 8 42 PORCENTAJE 16 84 TOTAL 50 Gráfico 11: Encuestas Autor: Bernardo Cortes Análisis e Interpretación
En la décima pregunta el 84% de los encuestados indicaron que no aplican el debido proceso y que el 16% de los consultados indicaron que si se lo aplica.
16%
84%
PREGUNTA 10
SI NO
50
Resumen de las Principales insuficiencias detectadas en la aplicación de los métodos.
Al inicio de los defectos encontrados comenzamos que del 1 de agosto del 2014 tras la entrada en vigencia de la nueva Codificación Penal, que sanciona la finalidad y requisitos a cumplir para que se inicie la prisión preventiva se ha podido observar detalladamente y de manera exagerada como se ha venido vulnerando el derecho primordial constitucional a la libertad del individuo, que por una presunción del delito son privadas de uno de los derechos más determinantes del ser humano que en goce de sus derechos constitucionales siendo este el derecho a la Libertad, debiendo esta ley estar en concordancia con la carta magna de la República, Tratados y Convenios Internacionales, las cuales garantizan el acceso a la justicia de una manera garantista respetando los derechos humanos, tomando en cuenta que su objetivo es evitar la vulneración de derechos al momento de aplicar la norma.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace referencia a la prisión preventiva e indica literalmente lo siguiente:
En el cuadro de un procedimiento de materia penal, deberán hallarse elementos de prueba suficientes que vinculen a la persona con el hecho que se está indagado, a fin de demonstrar una orden de privación de libertad preventiva. Esto establece una reclamación o condicionante sine qua non a la hora de instalar cualquier medida cautelar; no obstante transcurrido cierto plazo, esto es ya no capaz. (CIDH, 1959).
La figura de la privación preventiva de la libertad, como régimen cautelar y no correctiva, deberá además aplicarse acorde a los principios constitucionales de legalidad, necesidad, presunción de inocencia,y proporcionalidad, en la medida firmemente necesaria en una colectividad de igualdad de condiciones; que sólo podrá desprenderse de acorde con las limitantes rigurosamente obligatorios para guarecer que no se impida el desarrollo adecuado de las investigaciones ni que se soslayará la acción de la justicia, siempre que la autoridad competente fundamente y acredite la existencia, en el caso concreto, de los referidos requisitos. (CIDH, 1959).
51
Como se explicó en páginas anteriores el vigente Código Orgánico Integral Penal tipifica los requisitos esenciales para que se aplique la medida cautelar de prisión preventiva tomando en consideración lo que estipula la Constitución quien de igual manera hace referencia al respecto a la prisión preventiva, indicando que elementos deben cumplirse para adoptar la medida cautelar de prisión preventiva, tomando en consideración que no se vulneren los principios y derechos del individuo que se presume inocente, esto es haciendo referencia al principio de inocencia que a consideración de destacados colegiados la ley claramente exterioriza: se conjeturará la inocencia de todo individuo, y será tratada como tal, mientras no se determine su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada ( C.R.E, 2008).
En el supuesto cometimiento de un delito los entes encargados de administrar justicia son quienes están en la obligación de demostrar la culpabilidad del investigado en el caso que así lo fuera, y no el implicado en demostrar su status dos de inocencia, es por ello que se hacía alusión a que el principio está siendo mal mencionado.
Esta figura jurídica ha existido desde la entrada en vigencia de los primeros Códigos Penales en el mundo y obviamente en nuestro país, los cuales han venido regulando al sistema jurídico Ecuatoriano desde épocas coloniales incluso haciendo alusión a pocos años atrás en nuestro país se podía evidenciar de manera más notoria que las cárceles del Ecuador no se encontraban llenas de personas declaradas culpables de un delito mediante sentencia ejecutoriada, sino de personas que se presumía su culpabilidad, y hoy en día también vemos que aún se siguen presentando estas circunstancias de privación de libertad de un presunto autor de un delito, vulnerando así principios esenciales que garantizan los derechos de un ciudadano.
Es por ello que al aplicar la medida cautelar de prisión preventiva en la mayoría de los casos, basándonos en datos oficiales registrados en los juzgados de garantías penales de Los Ríos, sin una adecuada y correcta investigación previa, se está vulnerando los principios constitucionales de inocencia y de ultima ratio, siendo la prisión preventiva una pena anticipada ya que se está privando de la libertad a una persona y en la mayoría de veces haciendo referencia a un simple
52
parte policial que en la mayoría de ocasiones son manipulados por los agentes del orden.
La medida cautelar de privación de libertad genera varias reacciones en una persona entre ellas, de manera psicológica que en varios de los casos conlleva a enfermedades psicológicas como es depresión drástica en algunos individuos, además en el ámbito social las personas son señaladas de manera discriminatoria incluso cuando estas personas no hayan sido declaradas con sentencias por un juez competente, también en el ámbito de trabajo que la privación de libertad genera la salida de una persona en el lugar de trabajo que en lo posterior será difícil encontrar.
Tomando en cuenta que para solicitar otras medidas cautelares diferentes a la prisión preventiva, las mismas que pueden ser adoptadas sin que se esté incumpliendo con lo establecido en el COIP y la Constitución, esta persona ya fue privada de su libertad por el tiempo determinado por la autoridad competente, y que en la mayoría de casos el Juez ratifica la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Fiscal que lleva el caso ya que supuestamente existen indicios claros de culpabilidad.
En la Constitución de la Republica se señala:
Art. 76 Núm. 2.- menciona que toda persona es inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia ejecutoria.
Art. 77 Núm. 1.- Este artículo establece que la privación de la libertad se aplicará excepcionalmente cuando sea necesaria para garantizar la comparecencia en el proceso, y ésta a su vez se procederá por orden escrita del juez.
La supremacía de la carta magna es uno de los principios en los que se apoya toda norma jurídica de un Estado, esto quiere indicar que ninguna debería ir en contra de los derechos establecidos, principios y garantías legalmente establecidos por la norma, es decir ninguna ley puede contrariar los preceptos o mandatos constitucionales y las normas que estén en contra esta disposición son nulas en pleno derecho.
Es por ello que en Latinoamérica el principio de presunción de inocencia, se encuentra enmarcado a que toda persona es inocente hasta que en un juicio
53
ordenado previo se pruebe lo contrario, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que: “la presunción de inocencia salvaguarda los derechos de las víctimas del delito y los de la sociedad en general al castigar, con elementos de prueba irrefutables y conforme a Derecho, a quien verdaderamente corresponda (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2008).
54