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Recruitment and research setting

Chapter 4: Methodology

4.7 Study methods

4.7.2 Recruitment and research setting

 Con el desarrollo de este capítulo se ha adquirido vastos conocimientos referentes al derecho consuetudinario, dentro de esta tesis referido al derecho indígena, que de cierto modo es una de las mejores formas de hacer derecho entre miembros de estas comunas indígenas; ya que la sanción aplicada no es una forma de causar más daño a la persona que ha causado daño sino, más bien de purificar su forma de pensar, actuar y que sus familiares aconsejen frente a una Asamblea formada por todos los moradores de la comunidad.

 De esta manera se puede concluir, demostrando que la justicia indígena en el Ecuador, es importante ya que existe una gran variedad de comunidades indígenas; que obedecen aún a la justicia ordinaria, a sabiendas que ellos pueden ejercer su justicia, pero las autoridades de la justicia ordinaria aún claman por

ejercer jurisdicción y competencia dentro de estas comunidades indígenas.

 Es por esta razón se concluye con la realización de un modelo de reglamento para que sirva como una guía para los legisladores y pueden aportar sobre este tema, la debida importancia y normen la aplicación de la justicia indígena en el cantón Otavalo, y de ser posible a nivel del territorio Ecuatoriano, ya que, se ha demostrado con esta investigación la importancia de la justicia indígena en nuestro Estado.

CONCLUSIONES GENERALES

 Las comunidades indígenas del cantón Otavalo, están haciendo caso omiso a las normas jurídicas del derecho ordinario, es así que se demostró la controversia que se ha creado entre la aplicación de sus sanciones a las personas que actuaban de mala manera, ya que las autoridades de la justicia ordinaria reclaman ser los competentes para hacer justicia en esas comunidades, creándose una riña por así decirlo, ya que, entre autoridades representantes del derecho ordinario y el derecho indígena, se amedrentaban los primeros por juzgar a las personas que cometían hechos dolosos y los segundos por no permitir el ingreso de estos a juzgar en sus comunidades que están organizadas ya de una manera ancestralmente hablando para resolver sus problemas judiciales.

 Los problemas de carácter familiar, hasta la actualidad se resuelven con sus formas de juzgar o sanear, es así, cuando se traicionan en el hogar, ellos proceden a reunir a las familias de los amantes para de esta manera causar vergüenza, proceden a bañarles artigarles, con la finalidad de purificar su espíritu y forma de pensar para que recapaciten y vuelvan a sus hogares y no causen más daño a sus hijos y mujeres, principio contemplado en nuestra Constitución de la República del Ecuador.

 Así también en los casos de robos, cometidos dentro de las comunidades, ellos optan por aplicar sanciones parte de la justicia indígena y parte de la justicia ordinaria, ya que primero hacen devolver lo robado, hacen cumplir una penitencia y hacen tener vergüenza dentro de la comunidad para que no lo vuelva hacer; y luego trasladan con las autoridades competentes dentro de la justicia ordinaria, para que sea sentenciado y cumpla con la sanción que ya conocemos, como es la privación de libertad.

 Y de esta manera es que nace la intención de crear un reglamento de aplicación de las normas indígenas, para de esta manera obviar altercados entre las distintas autoridades que ejercen potestad dentro de las diferentes ramas del derecho.  El reglamento que se plantea es de carácter jurídico ya que se debe llevar un

registro de constancia de todas las actuaciones para hacer conocer a las autoridades ordinarias, de las sanciones que se impuesto a la persona que haya cometido un hecho doloso dentro de la comunidad, ya así demostrar que se puede hacer justicia ancestral en la actualidad dentro de las comunidades indígenas, como lo han manifestado los diferentes tratadistas citados dentro de este trabajo de tesis.

RECOMENDACIONES

 Es importante recomendar a las autoridades a escuchar las propuestas de las personas que estudian los diferentes problemas socio-jurídicos de nuestro país, para que aprecien desde un punto más directo la problemática y poner en marcha las propuestas planteadas, como ejemplo la propuesta de esta investigación, la creación de una normativa para regular el ejercicio de la justicia indígena en las diferentes comunidades del cantón Otavalo.

 Es también importante recomendar a las autoridades ecuatorianas a promover cierta aplicación de las sanciones de la justicia indígena dentro de la aplicación de sanciones ordinarias, como es, al que cometa un delito ponerle a realizar trabajo comunitario, para de esta manera no aislarle en una cárcel, que no hace ni produce nada en beneficio de la sociedad ecuatoriana.

 Desde un punto de vista ancestral la aplicación de la justicia indígena en otros países es admirada ya que el resultado de la sanción promueve al trabajo, a mejorarse antes que a perderse como sucede en ciertos casos dentro de los centros de privación de libertad.

 Así mismo es primordial sociabilizar a toda la ciudadanía sobre el derecho indígena; ya que existe personas que malinterpretan este hecho y le tachan como una forma de tortura y le causan un retraso a la evolución del derecho indígena en el Ecuador, a sabiendas que va demostrando a pasos cortos pero firmes el avance dentro de la Constitución de la República y otros cuerpos legales vigentes en el Ecuador.

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ANEXOS

ANEXO 1 PERFIL DE TESIS

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

"UNIANDES"

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PERFIL DE TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE

ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

TEMA:

"LA DECLINACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA JUSTICIA ORDINARIA

FRENTE A LA JUSTICIA INDÍGENA"

AUTOR:

MUÑOZ VALLEJOS EDISON GEOVANNY

ASESOR:

MGS. SOLA IÑIGUEZ MIGUEL

IBARRA – ECUADOR

2016

1.

TEMA: " LA DECLINACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA JUSTICIA

ORDINARIA FRENTE A LA JUSTICIA INDÍGENA”

2.

DESARROLLO

2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN.

Con relación a este tema encontramos una tesis de la Universidad Estatal de Bolívar de

la autora Polo Rene Soria Soria donde dice:

“La Declinación de las Competencia, hace referencia a una comparación de la Justicia

Indígena frente al Código de Procedimiento Penal Ecuatoriano; del contenido legal,

podemos establecer claramente que los jueces y juezas que conozcan de la existencia de

un proceso sometido al conocimiento de las autoridades indígenas, deben declinar su

competencia a petición de la autoridad indígena, sin que exista reglas generales para

determinar la competencia indígena frente a la justicia ordinaria, tampoco establece

parámetros técnicos jurídicos que permitan al juez o jueza de garantías penales enunciar

normas o principios jurídicos para fundamentar y explicar la pertinencia o no de la

solicitud indígena; como tampoco establece parámetros técnicos jurídicos con que la

autoridad indígena debe demostrar sumariamente la pertinencia de la invocación”

(Soria, 2012, pág. 6)

De acuerdo a la presente cita nos da a conocer que si existe un proceso que es sometido

a conocimiento de alguna autoridad indígena, esta se declinara por las autoridades

indígenas, los cuales tienen en sus manos para sancionar a dichas personas que van

contra su ley, en base de sus tradiciones.

Para entender el significado y los alcances de la justicia indígena, debemos empanzar

por determinar su definición y concepto; “el término justicia proviene del latín, Iustitia

y que representa la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de

sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad que nació de la necesidad

de mantener la armonía entre sus integrantes. El jurista romano Ulpiano, define a la

justicia enumerando tres preceptos fundamentales, “vivir honestamente”, “no dañar a

otro” y por último retomó la clásica definición de justicia de Platón como “la voluntad

constante y perpetua de dar a cada uno lo que se merece.

nacionalidades indígenas en el Ecuador, desde hace mucho tiempo, antes de la

colonización española, administran su propio sistema de justicia, el mismo que no está

basado en fundamentos europeos sino a su propia experiencia y cultura, que más bien

está de acuerdo sus principios de cosmovisión, en la cual la justicia se fundamenta en

que las sanciones son aplicadas con el objetivo de que el individuo que ha cometido un

delito pueda reconocer su falta, enmendar su error y no volver a repetirlo en el futuro.

En el contexto descrito, en la justicia indígena, el castigo por la violación de la norma

vendría a ser un castigo físico el cual tiene un carácter sanador y de purificación, cada

castigo físico tiene su significado de purificación.

La justicia indígena es una práctica con sentido económico y comunitario muy concreto.

“El objetivo es reinsertar a la persona dentro de la comunidad. También tienen un fuerte

sentido ceremonial y un fuerte sentido simbólico.

El Ecuador, al igual que otros países latinoamericanos que tienen el carácter de ser

diversos étnica y culturalmente, estableció en la constitución aprobada en 1998 la

vigencia del pluralismo jurídico. Este hecho que es resultado de la larga lucha de los

pueblos indígenas por lograr instancias de autonomía al interior de los estados

nacionales, ha provocado diversas reacciones entre los diversos actores involucrados en

estas reformas al intentar poner en práctica las normas de la nueva constitución. Sobre

esto y como un antecedente de importancia es necesario referirse a que el 8 de enero de

2003 el ex presidente Gustavo Noboa veta totalmente al proyecto de Ley de Ejercicio de

los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígena; “No cabe duda de que la igualdad

ante la ley debe ser entendida en función de las características esenciales de los

ecuatorianos, razón por lo cual no existe justificación jurídica para establecer ni

discriminaciones ni privilegios cuyo fundamento sea factores relacionados con

características de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión,

filiación política, posición económica, u otras, salvo que estos privilegios estén

consagrados en el ordenamiento fundamental del Estado.

A partir de la constitución del 2008 se implementa Capítulo cuarto Función Judicial y

justicia indígena, en el art. 171 específica que: “Las autoridades de las comunidades,

pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus

tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía

de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y

procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean

contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos

internacionales.

De este artículo podemos entender que los únicos que tienen jurisdicción para poder

poner en práctica la justicia indígena son las comunidades, pueblos y nacionalidades

indígenas.

2.2. SITUACIÓN PROBLÉMICA

La normativa legal no especifica el procedimiento para la aplicación de la declinación

de la justicia indígena y a la vez se vulnera los derechos humanos al pasar la

competencia a manos de la justicia indígena; ya que los jueces y juezas que conozcan

de la existencia de un proceso sometido al conocimiento de las autoridades indígenas,

deben declinar su competencia a petición de la autoridad indígena, sin que exista reglas

específicas para determinar la competencia indígena frente a la justicia ordinaria,

tampoco establece parámetros técnicos jurídicos que permitan al juez o jueza de

garantías penales enunciar normas o principios jurídicos para fundamentar y explicar la

pertinencia o no de la solicitud indígena; como tampoco establece parámetros técnicos

jurídicos con que la autoridad indígena debe demostrar sumariamente la pertinencia de

la invocación; esto es, si por el sólo hecho de ser Presidente de la Comunidad tiene

facultad de asumir la función jurisdiccional para administrar justicia indígena o es la

Asamblea de la Comunidad la que tiene la facultad para resolver el conflicto en base al

derecho propio y tradiciones ancestrales;

2.3.

PROBLEMA CIENTÍFICO

¿La falta de normativa específica sobre la regulación de la competencia de la justicia

ordinaria frente a la justicia indígena, produce una limitación en la aplicación de la

justicia indígena?

2.4.

OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN

2.4.1. El objeto de la investigación: es el Derecho Constitucional, el Código Orgánico

Integral Penal y los Tratados Internacionales, en relación con las legislaciones penales

de otros países latinoamericanos.

2.4.2. Campo de acción:

La declinación de la competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.

Esta investigación se realiza en el Cantón Otavalo, Provincia de Imbabura en el periodo

Enero a Diciembre del año del año 2015.

2.5. IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

Pluralismo Jurídico y Derechos Humanos.

2.6. OBJETIVO GENERAL

Crear un reglamento que contenga la normativa para que su aplicación sea la que regule

la declinación de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena

2.7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Fundamentar teórica y bibliográficamente la declinación de la competencia de la

justicia ordinaria frente a la justicia indígena, en base a la doctrina, jurisprudencia,

Constitución de la República, tratados y acuerdos internacionales y la ley.

Diagnosticar el grado de conocimiento que tienen comunidad indígena, sobre la

declinación de la competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.

Elaborar un ante proyecto de la falta de normativa sobre la declinación de la

competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.

Validar la presente investigación en base a criterio de expertos.

2.8. IDEA A DEFENDER

Con la creación de un reglamento sobre la declinación de la competencia de la justicia

ordinaria frente a la justicia indígena, se promoverá la aplicación de la justicia indígena.

2.9. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN

2.9.1. Variable independiente

2.9.2. Variable dependiente

Garantizara la aplicación de la justicia indígena.

2.10. METODOLOGÍA A EMPLEAR.

2.10.1 Métodos

Método científico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar

a cabo, una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos por la

comunidad científica.

Método analítico - sistemático.- Es la reunión de las partes o elementos para

analizar dentro de un todo su naturaleza y comportamiento con el propósito de

identificar las características del fenómeno observado, siguiendo un fenómeno

similar al del análisis. Y el método analítico: Consiste en la separación de las partes

de un todo para estudiantes en forma individual análisis, y la reunión racional de

elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad.

Método histórico - lógico.- Es un estudio o análisis de un todo desde tiempos

primitivos hasta la actualidad en la materia objeto de estudio, por lo que está

vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetivos en su sucesión

cronológica, para conocer la evolución y desarrollo del objeto o fenómeno d

investigación. Mediante el método histórico se analiza la trayectoria concreta de la

teoría, su condicionamiento a los diferentes periodos de la historia.

Método inductivo y deductivo.- Del latín inductivo, de in: en, y de ducere:

conducir. Acción o efecto de inducir, modo de razonar que consiste en sacar de los

hechos particulares una conclusión general. La inducción es un razonamiento que

analiza una porción de un todo. Y el método deductivo: Del latín deducir, sacar

consecuencias. Es el razonamiento que parte de un marco general de referencia hacia

algo en particular. Este método se utiliza para inferir de lo general a lo específico, de

lo universal a lo individual.

2.10.2. Técnicas e instrumentos

involucrados en el tema, en especial a los operadores de justicia

La entrevista.- Es un formulario previamente elaborado, este tipo de entrevistas se

aplican a personas conocedores del tema y se busca conocer lo que saben, no así lo

que son o hacen.

La observación.- Es una actividad realizada por un ser vivo (como un ser humano),

que detecta y asimila la información de un hecho, o el registro de los datos utilizados,

los sentidos como instrumentos principales. El término también puede referirse a

cualquier dato recogido durante esta actividad.

2.10.3. Instrumentos

El instrumento que se utiliza en la encuesta es el cuestionario.

El instrumento que se utiliza en la entrevista es la guía.

El instrumento que se utiliza en la observación es la guía o ficha de observación.

2.11. ESQUEMA DE CONTENIDOS

2.11.1. La Justicia Indígena

2.11.1.1. Antecedentes de la Justicia indígena en el Ecuador

2.11.1.2. Autoridades indígenas de los pueblos y nacionalidades indígenas

2.11.1.3. El cabildo

2.11.1.4. El cabildo comunitario

2.11.1.5. El cabildo provincial, regional y nacional

2.11.1.6. Los padrinos o padres de familia

2.11.2. La Competencia

2.11.2.1. Definición de la Competencia

2.11.2.3. Competencia en razón a la persona

2.11.2.4. Competencia en razón al territorio

2.11.2.5. Competencia en razón de la materia

2.11.2.6. Competencia en razón del grado

2.11.2.7. Perdida de la Competencia

2.11.2.8. Competencia prorrogada.

2.11.3. Formas de conceder competencia a las autoridades de la Función Judicial y

a las autoridades indígenas.

2.11.3.1. Jurisdicción voluntaria

2.11.3.2. Competencia prorrogada

2.11.3.3. Justicia Ordinaria

2.11.3.4. Competencia ordinaria

2.11.3.5. La Legalidad de La Competencia

2.11.3.6. Suspensión de la Competencia

2.11.4. Competencia de las autoridades indígenas

2.11.4.1. Competencia en razón a la materia

2.11.4.2. Conflictos familiares

2.11.4.3. Violencia intrafamiliar

2.11.4.4. Conflictos patrimoniales

2.11.4.5. Conflictos organizativos-administrativos

2.11.4.6. Conflictos penales

2.11.4.8. Competencia en razón al grado

2.11.4.9. Competencia en razón al territorio

2.12. APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD