Con el desarrollo de este capítulo se ha adquirido vastos conocimientos referentes
al derecho consuetudinario, dentro de esta tesis referido al derecho indígena, que
de cierto modo es una de las mejores formas de hacer derecho entre miembros de
estas comunas indígenas; ya que la sanción aplicada no es una forma de causar
más daño a la persona que ha causado daño sino, más bien de purificar su forma
de pensar, actuar y que sus familiares aconsejen frente a una Asamblea formada
por todos los moradores de la comunidad.
De esta manera se puede concluir, demostrando que la justicia indígena en el
Ecuador, es importante ya que existe una gran variedad de comunidades
indígenas; que obedecen aún a la justicia ordinaria, a sabiendas que ellos pueden
ejercer su justicia, pero las autoridades de la justicia ordinaria aún claman por
ejercer jurisdicción y competencia dentro de estas comunidades indígenas.
Es por esta razón se concluye con la realización de un modelo de reglamento para
que sirva como una guía para los legisladores y pueden aportar sobre este tema, la
debida importancia y normen la aplicación de la justicia indígena en el cantón
Otavalo, y de ser posible a nivel del territorio Ecuatoriano, ya que, se ha
demostrado con esta investigación la importancia de la justicia indígena en nuestro
Estado.
CONCLUSIONES GENERALES
Las comunidades indígenas del cantón Otavalo, están haciendo caso omiso a las
normas jurídicas del derecho ordinario, es así que se demostró la controversia que
se ha creado entre la aplicación de sus sanciones a las personas que actuaban de
mala manera, ya que las autoridades de la justicia ordinaria reclaman ser los
competentes para hacer justicia en esas comunidades, creándose una riña por así
decirlo, ya que, entre autoridades representantes del derecho ordinario y el
derecho indígena, se amedrentaban los primeros por juzgar a las personas que
cometían hechos dolosos y los segundos por no permitir el ingreso de estos a
juzgar en sus comunidades que están organizadas ya de una manera
ancestralmente hablando para resolver sus problemas judiciales.
Los problemas de carácter familiar, hasta la actualidad se resuelven con sus
formas de juzgar o sanear, es así, cuando se traicionan en el hogar, ellos proceden
a reunir a las familias de los amantes para de esta manera causar vergüenza,
proceden a bañarles artigarles, con la finalidad de purificar su espíritu y forma de
pensar para que recapaciten y vuelvan a sus hogares y no causen más daño a sus
hijos y mujeres, principio contemplado en nuestra Constitución de la República del
Ecuador.
Así también en los casos de robos, cometidos dentro de las comunidades, ellos
optan por aplicar sanciones parte de la justicia indígena y parte de la justicia
ordinaria, ya que primero hacen devolver lo robado, hacen cumplir una penitencia y
hacen tener vergüenza dentro de la comunidad para que no lo vuelva hacer; y
luego trasladan con las autoridades competentes dentro de la justicia ordinaria,
para que sea sentenciado y cumpla con la sanción que ya conocemos, como es la
privación de libertad.
Y de esta manera es que nace la intención de crear un reglamento de aplicación
de las normas indígenas, para de esta manera obviar altercados entre las distintas
autoridades que ejercen potestad dentro de las diferentes ramas del derecho.
El reglamento que se plantea es de carácter jurídico ya que se debe llevar un
registro de constancia de todas las actuaciones para hacer conocer a las
autoridades ordinarias, de las sanciones que se impuesto a la persona que haya
cometido un hecho doloso dentro de la comunidad, ya así demostrar que se puede
hacer justicia ancestral en la actualidad dentro de las comunidades indígenas,
como lo han manifestado los diferentes tratadistas citados dentro de este trabajo
de tesis.
RECOMENDACIONES
Es importante recomendar a las autoridades a escuchar las propuestas de las
personas que estudian los diferentes problemas socio-jurídicos de nuestro país,
para que aprecien desde un punto más directo la problemática y poner en marcha
las propuestas planteadas, como ejemplo la propuesta de esta investigación, la
creación de una normativa para regular el ejercicio de la justicia indígena en las
diferentes comunidades del cantón Otavalo.
Es también importante recomendar a las autoridades ecuatorianas a promover
cierta aplicación de las sanciones de la justicia indígena dentro de la aplicación de
sanciones ordinarias, como es, al que cometa un delito ponerle a realizar trabajo
comunitario, para de esta manera no aislarle en una cárcel, que no hace ni
produce nada en beneficio de la sociedad ecuatoriana.
Desde un punto de vista ancestral la aplicación de la justicia indígena en otros
países es admirada ya que el resultado de la sanción promueve al trabajo, a
mejorarse antes que a perderse como sucede en ciertos casos dentro de los
centros de privación de libertad.
Así mismo es primordial sociabilizar a toda la ciudadanía sobre el derecho
indígena; ya que existe personas que malinterpretan este hecho y le tachan como
una forma de tortura y le causan un retraso a la evolución del derecho indígena en
el Ecuador, a sabiendas que va demostrando a pasos cortos pero firmes el avance
dentro de la Constitución de la República y otros cuerpos legales vigentes en el
Ecuador.
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ANEXOS
ANEXO 1 PERFIL DE TESIS
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
"UNIANDES"
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PERFIL DE TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE
ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
"LA DECLINACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA JUSTICIA ORDINARIA
FRENTE A LA JUSTICIA INDÍGENA"
AUTOR:
MUÑOZ VALLEJOS EDISON GEOVANNY
ASESOR:
MGS. SOLA IÑIGUEZ MIGUEL
IBARRA – ECUADOR
2016
1.
TEMA: " LA DECLINACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA JUSTICIA
ORDINARIA FRENTE A LA JUSTICIA INDÍGENA”
2.
DESARROLLO
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN.
Con relación a este tema encontramos una tesis de la Universidad Estatal de Bolívar de
la autora Polo Rene Soria Soria donde dice:
“La Declinación de las Competencia, hace referencia a una comparación de la Justicia
Indígena frente al Código de Procedimiento Penal Ecuatoriano; del contenido legal,
podemos establecer claramente que los jueces y juezas que conozcan de la existencia de
un proceso sometido al conocimiento de las autoridades indígenas, deben declinar su
competencia a petición de la autoridad indígena, sin que exista reglas generales para
determinar la competencia indígena frente a la justicia ordinaria, tampoco establece
parámetros técnicos jurídicos que permitan al juez o jueza de garantías penales enunciar
normas o principios jurídicos para fundamentar y explicar la pertinencia o no de la
solicitud indígena; como tampoco establece parámetros técnicos jurídicos con que la
autoridad indígena debe demostrar sumariamente la pertinencia de la invocación”
(Soria, 2012, pág. 6)
De acuerdo a la presente cita nos da a conocer que si existe un proceso que es sometido
a conocimiento de alguna autoridad indígena, esta se declinara por las autoridades
indígenas, los cuales tienen en sus manos para sancionar a dichas personas que van
contra su ley, en base de sus tradiciones.
Para entender el significado y los alcances de la justicia indígena, debemos empanzar
por determinar su definición y concepto; “el término justicia proviene del latín, Iustitia
y que representa la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de
sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad que nació de la necesidad
de mantener la armonía entre sus integrantes. El jurista romano Ulpiano, define a la
justicia enumerando tres preceptos fundamentales, “vivir honestamente”, “no dañar a
otro” y por último retomó la clásica definición de justicia de Platón como “la voluntad
constante y perpetua de dar a cada uno lo que se merece.
nacionalidades indígenas en el Ecuador, desde hace mucho tiempo, antes de la
colonización española, administran su propio sistema de justicia, el mismo que no está
basado en fundamentos europeos sino a su propia experiencia y cultura, que más bien
está de acuerdo sus principios de cosmovisión, en la cual la justicia se fundamenta en
que las sanciones son aplicadas con el objetivo de que el individuo que ha cometido un
delito pueda reconocer su falta, enmendar su error y no volver a repetirlo en el futuro.
En el contexto descrito, en la justicia indígena, el castigo por la violación de la norma
vendría a ser un castigo físico el cual tiene un carácter sanador y de purificación, cada
castigo físico tiene su significado de purificación.
La justicia indígena es una práctica con sentido económico y comunitario muy concreto.
“El objetivo es reinsertar a la persona dentro de la comunidad. También tienen un fuerte
sentido ceremonial y un fuerte sentido simbólico.
El Ecuador, al igual que otros países latinoamericanos que tienen el carácter de ser
diversos étnica y culturalmente, estableció en la constitución aprobada en 1998 la
vigencia del pluralismo jurídico. Este hecho que es resultado de la larga lucha de los
pueblos indígenas por lograr instancias de autonomía al interior de los estados
nacionales, ha provocado diversas reacciones entre los diversos actores involucrados en
estas reformas al intentar poner en práctica las normas de la nueva constitución. Sobre
esto y como un antecedente de importancia es necesario referirse a que el 8 de enero de
2003 el ex presidente Gustavo Noboa veta totalmente al proyecto de Ley de Ejercicio de
los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígena; “No cabe duda de que la igualdad
ante la ley debe ser entendida en función de las características esenciales de los
ecuatorianos, razón por lo cual no existe justificación jurídica para establecer ni
discriminaciones ni privilegios cuyo fundamento sea factores relacionados con
características de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión,
filiación política, posición económica, u otras, salvo que estos privilegios estén
consagrados en el ordenamiento fundamental del Estado.
A partir de la constitución del 2008 se implementa Capítulo cuarto Función Judicial y
justicia indígena, en el art. 171 específica que: “Las autoridades de las comunidades,
pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus
tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía
de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y
procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean
contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos
internacionales.
De este artículo podemos entender que los únicos que tienen jurisdicción para poder
poner en práctica la justicia indígena son las comunidades, pueblos y nacionalidades
indígenas.
2.2. SITUACIÓN PROBLÉMICA
La normativa legal no especifica el procedimiento para la aplicación de la declinación
de la justicia indígena y a la vez se vulnera los derechos humanos al pasar la
competencia a manos de la justicia indígena; ya que los jueces y juezas que conozcan
de la existencia de un proceso sometido al conocimiento de las autoridades indígenas,
deben declinar su competencia a petición de la autoridad indígena, sin que exista reglas
específicas para determinar la competencia indígena frente a la justicia ordinaria,
tampoco establece parámetros técnicos jurídicos que permitan al juez o jueza de
garantías penales enunciar normas o principios jurídicos para fundamentar y explicar la
pertinencia o no de la solicitud indígena; como tampoco establece parámetros técnicos
jurídicos con que la autoridad indígena debe demostrar sumariamente la pertinencia de
la invocación; esto es, si por el sólo hecho de ser Presidente de la Comunidad tiene
facultad de asumir la función jurisdiccional para administrar justicia indígena o es la
Asamblea de la Comunidad la que tiene la facultad para resolver el conflicto en base al
derecho propio y tradiciones ancestrales;
2.3.
PROBLEMA CIENTÍFICO
¿La falta de normativa específica sobre la regulación de la competencia de la justicia
ordinaria frente a la justicia indígena, produce una limitación en la aplicación de la
justicia indígena?
2.4.
OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN
2.4.1. El objeto de la investigación: es el Derecho Constitucional, el Código Orgánico
Integral Penal y los Tratados Internacionales, en relación con las legislaciones penales
de otros países latinoamericanos.
2.4.2. Campo de acción:
La declinación de la competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.
Esta investigación se realiza en el Cantón Otavalo, Provincia de Imbabura en el periodo
Enero a Diciembre del año del año 2015.
2.5. IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
Pluralismo Jurídico y Derechos Humanos.
2.6. OBJETIVO GENERAL
Crear un reglamento que contenga la normativa para que su aplicación sea la que regule
la declinación de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena
2.7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fundamentar teórica y bibliográficamente la declinación de la competencia de la
justicia ordinaria frente a la justicia indígena, en base a la doctrina, jurisprudencia,
Constitución de la República, tratados y acuerdos internacionales y la ley.
Diagnosticar el grado de conocimiento que tienen comunidad indígena, sobre la
declinación de la competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.
Elaborar un ante proyecto de la falta de normativa sobre la declinación de la
competencia de la justicia ordinaria frente a la justicia indígena.
Validar la presente investigación en base a criterio de expertos.
2.8. IDEA A DEFENDER
Con la creación de un reglamento sobre la declinación de la competencia de la justicia
ordinaria frente a la justicia indígena, se promoverá la aplicación de la justicia indígena.
2.9. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN
2.9.1. Variable independiente
2.9.2. Variable dependiente
Garantizara la aplicación de la justicia indígena.
2.10. METODOLOGÍA A EMPLEAR.
2.10.1 Métodos
Método científico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar
a cabo, una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos por la
comunidad científica.
Método analítico - sistemático.- Es la reunión de las partes o elementos para
analizar dentro de un todo su naturaleza y comportamiento con el propósito de
identificar las características del fenómeno observado, siguiendo un fenómeno
similar al del análisis. Y el método analítico: Consiste en la separación de las partes
de un todo para estudiantes en forma individual análisis, y la reunión racional de
elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad.
Método histórico - lógico.- Es un estudio o análisis de un todo desde tiempos
primitivos hasta la actualidad en la materia objeto de estudio, por lo que está
vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetivos en su sucesión
cronológica, para conocer la evolución y desarrollo del objeto o fenómeno d
investigación. Mediante el método histórico se analiza la trayectoria concreta de la
teoría, su condicionamiento a los diferentes periodos de la historia.
Método inductivo y deductivo.- Del latín inductivo, de in: en, y de ducere:
conducir. Acción o efecto de inducir, modo de razonar que consiste en sacar de los
hechos particulares una conclusión general. La inducción es un razonamiento que
analiza una porción de un todo. Y el método deductivo: Del latín deducir, sacar
consecuencias. Es el razonamiento que parte de un marco general de referencia hacia
algo en particular. Este método se utiliza para inferir de lo general a lo específico, de
lo universal a lo individual.
2.10.2. Técnicas e instrumentos
involucrados en el tema, en especial a los operadores de justicia
La entrevista.- Es un formulario previamente elaborado, este tipo de entrevistas se
aplican a personas conocedores del tema y se busca conocer lo que saben, no así lo
que son o hacen.
La observación.- Es una actividad realizada por un ser vivo (como un ser humano),
que detecta y asimila la información de un hecho, o el registro de los datos utilizados,
los sentidos como instrumentos principales. El término también puede referirse a
cualquier dato recogido durante esta actividad.
2.10.3. Instrumentos
El instrumento que se utiliza en la encuesta es el cuestionario.
El instrumento que se utiliza en la entrevista es la guía.
El instrumento que se utiliza en la observación es la guía o ficha de observación.
2.11. ESQUEMA DE CONTENIDOS
2.11.1. La Justicia Indígena
2.11.1.1. Antecedentes de la Justicia indígena en el Ecuador
2.11.1.2. Autoridades indígenas de los pueblos y nacionalidades indígenas
2.11.1.3. El cabildo
2.11.1.4. El cabildo comunitario
2.11.1.5. El cabildo provincial, regional y nacional
2.11.1.6. Los padrinos o padres de familia
2.11.2. La Competencia
2.11.2.1. Definición de la Competencia
2.11.2.3. Competencia en razón a la persona
2.11.2.4. Competencia en razón al territorio
2.11.2.5. Competencia en razón de la materia
2.11.2.6. Competencia en razón del grado
2.11.2.7. Perdida de la Competencia
2.11.2.8. Competencia prorrogada.
2.11.3. Formas de conceder competencia a las autoridades de la Función Judicial y
a las autoridades indígenas.
2.11.3.1. Jurisdicción voluntaria
2.11.3.2. Competencia prorrogada
2.11.3.3. Justicia Ordinaria
2.11.3.4. Competencia ordinaria
2.11.3.5. La Legalidad de La Competencia
2.11.3.6. Suspensión de la Competencia
2.11.4. Competencia de las autoridades indígenas
2.11.4.1. Competencia en razón a la materia
2.11.4.2. Conflictos familiares
2.11.4.3. Violencia intrafamiliar
2.11.4.4. Conflictos patrimoniales
2.11.4.5. Conflictos organizativos-administrativos
2.11.4.6. Conflictos penales
2.11.4.8. Competencia en razón al grado
2.11.4.9. Competencia en razón al territorio
2.12. APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD