deberán ser identificadas con el nombre o símbolo químico para el vacío o gas médico específico provisto.
5.1.11.3.2 Donde sistema de gas médico operen a presiones distintas de la presión de medida estándar de 345 kPa a 380 kPa (50 psi a 55 psi) o a una presión de medida estándar de 1100 kPa a 1275 kPa (160 psi a 185 psi) para nitrógeno, la identificación de la salida de estación deberá incluir la presión operativo no estándar además del nombre del gas. 5.1.11.4 Paneles de Alarma. El etiquetado de los paneles de alarma deberá cumplir con los requisitos de 5.1.9.1 (6) y 5.1.9.1 (7). 5.1.12* Evaluación y Criterio de Desempeño-Nivel 1 (Gases, Vacío Médico- Quirúrgico, y WAGD).
5.1.12.1 General.
5.1.12.1.1 La inspección y pruebas deberán realizarse en todos los sistemas de gas entubados nuevos, adiciones, renovaciones, instalaciones temporeras, o sistemas reparados, para asegurar a la facilidad, por un procedimiento documentado, que se han adherido a todas las provisiones aplicables de este documento y que la integridad de este sistema se ha logrado o mantenido. 5.1.12.1.2 Las inspecciones y pruebas deberán incluir todos los componentes del sistema o porciones de eso, incluyendo, pero
no limitado a, orígenes de volumen de gas, múltiples, sistemas de origen de aire comprimido (v.g., compresores, secadoras, filtros, reguladores), alarmas de origen y controles de seguridad monitoreadas, alarmas maestras, conductos de tubería, válvulas de aislamiento, alarmas de área, válvulas de zona, y estaciones de entrada (vacío) y salidas (gases de presión).
5.1.12.1.3 Todos los sistemas que sean contravenidos y componentes que estén sujetos a adiciones, renovaciones, o reemplazos (v.g., nuevos orígenes de gas: volumen, múltiples, compresores, secadores, alarmas) deberán ser inspeccionados y probados.
5.1.12.1.4 Los sistemas deberán ser estimados como contravenidos al punto de intrusión de conducto de tubería por separación física o por adición, reemplazo, o remoción de componentes del sistema. 5.1.12.1.5 Las porciones contravenidas de sistemas sujetos a inspección y prueba deberán ser confinadas a solo la zona alterada específica y a componentes en la zona o área inmediata que está ubicada aguas arriba para sistemas de vacío y aguas abajo para gases de presión en el punto o área de intrusión. 5.1.12.1.6 Los informes de inspección y pruebas deberán ser sometidos directamente a la parte que contrató para las pruebas, que deberá someter el reporte a través de canales a la autoridad de la facilidad responsable y a cualquier otro que sea requerido.
5.1.12.1.7 Los informes deberán contener listados detallados de todos los hallazgos y resultados.
5.1.12.1.8 La autoridad responsable de la facilidad deberá revisar estos registros de inspección y prueba previo al uso de todos los sistemas para asegurar que todos los hallazgos
y resultados de la inspección y de las pruebas han sido completados exitosamente.
5.1.12.1.9 Toda documentación concerniente a inspecciones y pruebas deberá ser mantenida en sitio en la facilidad.
5.1.12.1.10 Antes de que los sistemas de tuberías sean inicialmente puestos en uso, la autoridad de la facilidad deberá responsabilizarse de constatar que el gas/vacío distribuido a la salida/entrada es aquel demostrado en la etiqueta de salida/entrada y que los accesorios de conexión propios están instalados para el servicio específico de gas/vacío.
5.1.12.1.11 A la aceptación del reporte del verificador se le permitirá satisfacer los requisitos en 5.1.12.1.10.
5.1.12.1.12 La remoción de componentes dentro de un sistema de origen para reparación y re-instalación, o el reemplazo de componentes igual por igual deberá ser tratado como trabajo nuevo para propósitos de prueba cuando tal trabajo envuelva cortar y/o soldar nuevas tuberías.
5.1.12.1.12.1 Donde no haya cambio de tubería, pruebas funcionales se realizarán como sigue:
(1) Para verificar la función del aparato reemplazado (2) Para asegurar que ningún otro equipo en el sistema ha sido impacto adversamente
5.1.12.1.12.2 Donde no haya cambio de tubería, además de las pruebas de función general requeridas por 5.1.12.1.12.1, las pruebas deberán ser realizadas como sigue:
(1) Fuentes de gas de presión deberán ser probadas para ver si cumplen con 5.1.12.3.14.2 según aplique al tipo de equipo.
(2) Fuentes de aire de instrumentación y aire médico deberán ser probadas a 5.1.12.3.14.3.
(3) Sistemas de vacío y de WAGD deberán ser probados a 5.1.12.3.14.4.
(4) Sistemas de alarma deberán ser probados a
5.1.12.3.5.2 y 5.1.12.3.5.3.
(5) Todos los componentes afectados deberán ser probados según lo apropiado para ese componente específico (v.g., un monitor reemplazado de punto de condensación sería probado a 5.1.3.5.15). 5.1.12.2 Pruebas Realizadas por el Instalador.
5.1.12.2.1 General.
5.1.12.2.1.1 Las pruebas requeridas por 5.1.12.2 deberán realizarse y documentarse por el instalador previo a las pruebas indicadas en 5.1.12.3, Verificación de Sistema.
5.1.12.2.1.2 Las pruebas de gas deberá ser Nitrógeno NF seco, libre de aceite.
5.1.12.2.1.3 Donde en ensamblajes fabricados vayan a ser instalados, las pruebas requeridas por 5.1.12.2 deberán realizarse como sigue: (1) Luego de la finalización del entubado de
distribución pero antes de la prueba de presión
estacionaria
(2) Previo a la instalación de ensamblajes instalados suplidos a través de mangas flexibles o tuberías
flexibles
(3) En todas las estaciones de salidas/entradas en todos los ensamblajes fabricados e instalados suplidos a través de tuberías de cobre
5.1.12.2.2 “Blow down” Inicial. Tuberías en sistemas de distribución de vacío y gas médico deberán ser aclarados por medio de
Nitrógeno NF seco, libre de aceites, como sigue:
(1) Luego de la instalación de la tubería de distribución (2) Antes de la instalación de salidas/entradas de estación y otros componentes del sistema (v.g., mecanismo de alarma de presión/vacío, indicadores de presión/vacío, válvulas de escape de presión, múltiples, equipo de origen)
5.1.12.2.3 Prueba de Presión Inicial.
5.1.12.2.3.1 Cada sección de las tuberías de sistemas de vacío y gas médico deberán ser probados para presión.
5.1.12.2.3.2 Pruebas de presión inicial deberán ser realizadas como sigue:
(1) Luego de la instalación de ensamblajes preliminares crudos de salidas/entradas de estación. Tapones de prueba deberán poder ser utilizados.
(2) Previo a la instalación de componentes del sistema de tuberías de distribución que podrían ser dañadas por la presión de la prueba (v.g., aparatos de alarma de
presión/vacío, indicadores de presión/vacío, válvulas de escape de presión de línea, ensamblajes fabricados con mangas flexibles, mangas, etc.)
5.1.12.2.3.3 La válvula de cierre de origen deberá permanecer cerrada durante estas pruebas.
5.1.12.2.3.4 La presión de las pruebas para gases de presión deberá ser 1.5 veces la presión de trabajo del sistema pero no menos de una presión de medida estándar de 1035 kPa (150 psi).
5.1.12.2.3.5 La presión de prueba para vacío deberá ser no menos de una presión de medida estándar de 415 kPa (60 psi).
5.1.12.2.3.6 La presión de prueba deberá ser mantenida hasta que cada unión haya sido examinada para escapes por medio de agua jabonosa u otro medio igualmente efectivo de detección de escape que sea seguro para uso con oxígeno.
5.1.12.2.3.7 Escapes, si alguno, deberá ser localizados, reparados (si permitido), reemplazados (si requerido) y probados nuevamente.
5.1.12.2.4 Prueba de Conexión Cruzada. Deberá ser determinado que no exista conexiones cruzadas entre los varios sistemas de tubería de vacío y gas médico.
5.1.12.2.4.1 Todos los sistemas de tuberías deberán ser reducidos a presión atmosférica. 5.1.12.2.4.2 Las fuentes del gas de pruebas deberán estar desconectadas de todos los sistemas de tubería excepto por el un sistema siendo probado.
5.1.12.2.4.3 El sistema bajo prueba deberá ser cargado con Nitrógeno NF seco, libre de aceite a una presión de medida estándar de 345 kPa (50 psi).
5.1.12.2.4.4 Luego de la instalación de placas frontales individuales con adaptadores apropiados que correspondan a las etiquetas de salida/entrada, cada salida/ entrada individual en cada sistema instalado de tubería de vacío y gas médico deberá ser examinado para determinar que el gas de prueba esta siendo distribuido solo del sistema de tubería siendo probado.
5.1.12.2.4.5 La prueba de conexión cruzada referida en 5.1.12.2.4 deberá repetirse para cada sistema instalado de tubería de vacío y gas médico.
5.1.12.2.4.6 El etiquetado e identificación apropiada de las salidas/entradas del sistema
deberán ser confirmados durante estas pruebas.
5.1.12.2.5 Prueba de Purga de Tuberías. Las salidas en cada sistema de tuberías de gas médico deberán ser purgadas para remover cualquier materia de partículas de las tuberías de distribución.
5.1.12.2.5.1 Utilizando adaptadores apropiados cada salida deberá ser purgada con un flujo intermitente de alto volumen de gas de prueba hasta que la purga no produzca decoloración en un paño blanco limpio. 5.1.12.2.5.2 Este proceso de purgar deberá ser comenzado a la salida/entrada mas cercana a la válvula de zona y deberá continuar a la salida/entrada mas lejana dentro de la zona. 5.1.12.2.6 Prueba de Presión Estacionaria para Tuberías de Gas Médico de Presión Positiva. Luego de la terminación exitosa de las pruebas iniciales de presión bajo 5.1.12.2.3, tuberías de distribución de gas médico deberán estar sujetas a una prueba de presión estacionaria.
5.1.12.2.6.1 Las pruebas deberán realizarse luego de la instalación de cuerpos de válvula de salida de la estación, placas frontales, y otros componentes del sistema de distribución (v.g., aparatos de alarma de presión, indicadores de presión, válvulas de escape de presión de línea, ensamblajes fabricados, mangas, etc.)
5.1.12.2.6.2 La válvula de origen deberá estar cerrada durante esta prueba.
5.1.12.2.6.3 Los sistemas de tubería deberán ser sometidos a una prueba de presión estacionaria de 24 horas utilizando Nitrógeno NF seco, libre de aceite.
5.1.12.2.6.4 Las presiones de prueba deberán estar 20% sobre la presión normal de línea de operación del sistema.
5.1.12.2.6.5 Al finalizar las pruebas, no deberá haber cambio en la presión de prueba aparte de aquello atribuido a cambio de temperatura ambiental, según permitido bajo 5.1.12.2.7.6.
5.1.12.2.6.6 Los escapes, si alguno, deberán ser localizados, reparados (si permitido) o reemplazados (si requerido), y probados nuevamente.
5.1.12.2.7 Pruebas de Vacío Estacionaria para Sistemas de Vacío.
Luego de la terminación exitosa de las pruebas iniciales de presión bajo 5.1.12.2.3, las tuberías de distribución de vacío deberán ser sometidas a una prueba estacionaria de vacío.
5.1.12.2.7.1 Pruebas deberán ser realizadas luego de la instalación de todos los componentes del sistema de vacío.
5.1.12.2.7.2 Los sistemas de tuberías deberán ser sometidos a una prueba estacionaria de vacío de 24 horas.
5.1.12.2.7.3 La presión de prueba deberá estar entre 300 mm (12 pulgadas) HgV y vacío lleno.
5.1.12.2.7.4 Durante la prueba, la fuente de vacío de prueba deberá estar desconectada del sistema de tuberías.
5.1.12.2.7.5 Al finalizar la prueba, no deberá haber cambio en el vacío distinto a aquello atribuido a cambios de temperatura ambiental, según permitido bajo 5.1.12.2.7.6.
5.1.12.2.7.6 A cambios de vacío de prueba debidos a expansión o contracción se les permitirá ser determinados por medios de las siguiente relación de presión/temperatura: (1) La presión absoluta final calculada es igual a
la presión absoluta inicial por la temperatura
absoluta final, dividida por la temperatura absoluta inicial.
(2) Presión absoluta es la lectura de presión de medida estándar más 101.4 kPa (14.7 psi). (3) Temperatura absoluta es la lectura de la
temperatura mas 238˚C (460˚F).
(4) La lectura de presión de medida estándar permisible final es igual a la presión absoluta permisible final menos una presión de medida estándar de 101.4 kPa
(14.7 psi)
5.1.12.2.7.7 Los escapes, si alguno, deberán ser localizados, reparados (si permitido) o reemplazados (si requerido), y probados nuevamente.
5.1.12.3 Verificación de Sistema.