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Product Realization

6. Research Framework Document

El área de estudio esta definida como el área mínima indispensable de delimitación natural para instrumentar una va loración de los posibles impactos que se producirán a nivel regional, así como analizar la planeación, el manejo y uso de los recursos naturales que se hallan en el entorno.

Criterios para delimitación del Sistema Ambiental Regional

El Sistema Ambiental Regional (SAR) que se ha determinado en este estudio como área de influencia del proyecto obedece a una serie de criterios de carácter ambiental los cuales se describen a continuación:

1. El ordenamiento ecológico del decreto de la Reserva de la Biosfera el Vizcaíno REBIVI en el cual se determinan los límites de la misma, tanto las zonas núcleo como las de amortiguamiento. Cabe mencionar que en la zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la Sierra de San José de Castro se encuentra el camino en cuestión.

2. Las localidades de: Bahía de Tortugas, La Bocana, San José de Castro, Bahía Asunción, Abreojos, San Rafael y San Roque, que a parte de actuar como barreras físicas para la fauna, estás localidades se verán afectadas socioeconómicamente.

3. Las vías de com unicación existentes en la zona y que actúan como barreras físicas para la fauna, fragmentando los ecosistemas de la región. Este criterio ha sido utilizado para determinar algunos límites de la REBIVI y su zonificación, por tanto también se consideró para delimitar el SAR.

4. Rasgos físicos, Altitud; del lado de la Sierra de San José de Castro, determinada con puntos que se hayan a una elevación en sus picos mas altos de 850 msnm, y de ahí una extensa llanura con una altitud que va de 0 a 200 msnm.

Vegetación; prevalece el tipo de vegetación de Matorral Sarcocaule dominante en la zona. Estos criterios han sido

utilizado también para determinar algunos límites de la REBIVI y su zonificación, por tanto también se consideraron para delimitar adecuadamente el SAR.

Los límites del área de estudio que se hallan dentro de la REBIVI están conformados por las unidades ambientales completas, según se establece en la regionalización ecológica de la Reserva. Estas unidades son:

1. Se considero como área de influencia ambiental regional SAR la zonificación establecida en la Reserva de la Biosfera “El Vizcaíno”, obtenemos que, al considerar la Zona Núcleo 1 “Desierto del Vizcaíno” junto con la Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la “Sierra

de San José de Castro”, con un total de 584,306-50-00 de hectáreas (Ver

tabla 1), tenemos un Sistema Ambiental Regional SAR (ver imagen 1), que comprende los tipos de ecosistemas que impacta el proyecto que nos ocupa, ver imagen 2.

Tabla 1. Extensión de las zonas componentes del SAR, dentro de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.

Zona Extensión Ha

Zona Núcleo “Desierto del Vizcaíno” 306,433-50-00 Zona de Uso Restringido “Sierra San José de Castro” 277,873-00-00

Imagen 1. Se muestra el Sistema Ambiental Regional SAR con sus 584,306- 50-00 hectáreas, que abarca la Zona Núcleo 1 y la Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de San José de Castro, de amarillo el camino se pretende modernizar, Google earth.

Imagen 2. Se muestran los polígonos con respecto a la REBIVI que forman la parte del SAR para el proyecto en cuestión, de azul la ZN 1 que es la Zona Núcleo 1 del desierto del Vizcaíno y la naranja ZA es la Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la Sierra de San José de Castro, de amarillo se muestra el camino que se pretende modernizar, obtenido de una superposición de mapas de la zonificación de la REBIVI en el Google earth. A continuación presentamos una breve descripción de las dos zonas de la REBIVI que conforman el SAR: Zona Núcleo No. 1 Desierto del Vizcaíno y Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la Sierra San José de Castro.

Zona Núcleo (ZN 1) “Desierto del Vizcaíno”

Se define como Zona Núcleo aquella que contiene recursos naturales considerados de mayor relevancia, que presenta la mayor diversidad biológica y en donde hay escasa o nula actividad humana: En esta zona se permiten las actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, investigación y educación ambiental.

La Zona Núcleo (ZN 1) “Desierto del Vizcaíno” abarca 306,433-50-00 ha; básicamente es el área en la que eventualmente se concentra la escasa población del berrendo peninsular (actualmente cerca de 200 animales, según el Biol. Héctor Toledo, REBIVI, comunicación personal). Dadas las características propias de la subespecie que le permiten sobrevivir en este tipo de ecosistemas áridos, con escasez de alimento y agua, es necesario y prioritario proteger este ecosistema para preservar su potencial genético. Debe estar rodeada de una zona de amortiguamiento que le brinde cierta seguridad y contar con vigilancia para evitar cualquier deterioro al mismo, sobre todo tratando de detener la cacería furtiva.. Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la Sierra de San de José de Castro.

Superficie ubicada dentro de la REBIVI que protege a la Zona Núcleo 1 del impacto exterior. En ésta quedan comprendidos todos los tipos de asentamientos humanos. Esta zona comprende las sierras de Placeres y San José de Castro donde se desarrollan actividades pecua rias y por su límite con el Océano se encuentran algunos campos pesqueros

A continuación se presenta la Matriz de Zonificación de la REBIVI obtenida del Programa del Plan de Manejo (a nexo 4) en la que indica las actividades permitidas y prohibidas en la zona del SAR.

Matriz de Zonificación

Zonas Actividades

Zona Núcleo “Desierto del Vizcaíno” Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17 Prohibidas:2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 18, 19

Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido “Sierra San José de Castro”

Permitidas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, *7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17 Prohibidas: 11, 18 Tabla de actividades 1. Ecoturismo 2. Asentamientos humanos 3. Pesca

4. Campamentos pesqueros y/o turísticos 5. Acuacultura

6. Desmontes 7. Minería

8. Descarga de salmueras 9. Ganadería

11. Agricultura

12. Educación ambiental 13. Aprovechamiento forestal 14. Investigación

15. Manejo de vida silvestre 16. Restauración

17. Conservación

18. Aprovechamiento de fósiles

19. Explotación de sal por evaporación *7 Minería

Debido a que los 20 km de este proyecto se hallen en territorio de la REVIBI, fue necesario tomar en cuenta el ordenamiento ecológico que existe para la reserva, según su decreto de 1988, anexo 5

Las obras del proyecto, que se han descrito anteriormente, se llevarán a cabo sobre un camino de terracería existente entre la población de Bahía Asunción y el km 74+500 de la carretera de Bahía Tortugas – Vizcaíno, los porcentajes y dimensiones de área dentro de la REBIVI se muestran en la tabla 1,con 306,433- 50-00 hectáreas de la Zona Núcleo 1 “Desierto del Vizcaíno” y 277,873-00-00 hectáreas de la Zona de Amortiguamiento de Uso Restringido de la Sierra San José de Castro, con un total de 584,306-50-00 hectáreas

Técnica para delimitación del SAR

• Se realizó mediante la superposición de mapas de diversos temas sobre imágenes satelitales de la región.

• Se utilizó la zonificación de la REBIVI como base Coordenadas del polígono del SAR

En la siguiente tabla se muestran los puntos del polígono del SAR, iniciando con el punto más al norte y con sentido de las manecillas del reloj.

Coordenadas geográficas Punto Latitud Longitud 1 27°52'34.23"N 114°19'8.80"W 2 27°46'46.19"N 114°19'2.04"W 3 27°41'24.57"N 114°13'38.80"W 4 27°41'43.67"N 114°11'26.92"W 5 27°39'56.27"N 114° 9'15.46"W 6 27°36'2.28"N 114° 7'26.39"W 7 27°34'25.00"N 114° 7'59.66"W 8 27°30'0.37"N 114° 5'16.26"W 9 27°23'5.15"N 113°57'27.11"W 10 27°15'41.35"N 113°53'55.98"W 11 27°13'43.47"N 113°51'12.27"W

12 27° 6'7.60"N 113°47'2.23"W 13 27° 1'12.76"N 113°49'37.81"W 14 26°55'2.26"N 113°41'18.08"W 15 26°55'23.65"N 113°32'47.36"W 16 26°57'27.55"N 113°27'35.35"W 18 26°50'54.38"N 113°28'12.55"W 19 26°49'28.02"N 113°28'49.45"W 20 26°47'25.14"N 113°30'41.49"W 21 26°45'6.99"N 113°31'32.63"W 22 26°44'23.07"N 113°32'53.38"W 23 26°43'1.42"N 113°32'54.14"W 24 26°42'44.68"N 113°34'17.39"W 25 26°42'10.16"N 113°34'34.31"W 26 26°44'10.56"N 113°38'39.77"W 27 26°47'28.14"N 113°42'1.11"W 28 26°47'13.45"N 113°42'26.16"W 29 26°47'23.55"N 113°42'59.34"W 30 26°48'10.78"N 113°43'37.78"W 31 26°47'56.07"N 113°44'0.06"W 32 26°48'20.90"N 113°44'16.51"W 33 26°55'18.42"N 113°47'22.97"W 34 26°58'30.22"N 113°51'34.24"W 35 26°59'53.33"N 113°55'33.03"W 36 26°59'56.42"N 113°57'51.83"W 37 26°59'29.41"N 113°58'39.17"W 38 26°58'30.20"N 113°59'5.47"W 39 26°58'22.76"N 114° 0'10.28"W 40 27° 1'18.50"N 114° 3'8.67"W 41 27° 5'17.64"N 114° 5'30.35"W 42 27° 7'25.18"N 114° 8'29.24"W 43 27° 9'2.51"N 114°14'34.73"W 44 27° 9'10.54"N 114°16'6.03"W 45 27° 8'20.69"N 114°17'36.96"W 46 27° 7'28.77"N 114°17'47.88"W 47 27°10'57.06"N 114°23'44.28"W 48 27°10'9.03"N 114°24'57.92"W 49 27°10'37.94"N 114°26'7.09"W 50 27°12'17.98"N 114°25'56.16"W 51 27°13'11.91"N 114°27'7.50"W 52 27°13'11.95"N 114°28'10.24"W

53 27°12'58.50"N 114°28'42.70"W 54 27°14'21.28"N 114°29'19.45"W 55 27°24'50.55"N 114°30'35.05"W 56 27°28'41.50"N 114°36'4.66"W 57 27°31'20.77"N 114°43'55.85"W 58 27°33'2.61"N 114°45'36.06"W 59 27°36'26.38"N 114°47'7.63"W 60 27°37'58.46"N 114°49'48.55"W 61 27°37'31.63"N 114°50'43.18"W 62 27°37'6.63"N 114°50'34.42"W 63 27°36'59.47"N 114°50'50.71"W 64 27°37'33.04"N 114°51'46.65"W 65 27°38'6.72"N 114°51'47.93"W 66 27°38'29.83"N 114°52'11.77"W 67 27°38'38.20"N 114°52'33.18"W 68 27°39'49.76"N 114°52'52.42"W 69 27°39'0.36"N 114°52'14.24"W 70 27°38'44.63"N 114°51'46.85"W 71 27°38'14.14"N 114°51'27.75"W 72 27°38'44.75"N 114°50'52.18"W 73 27°40'36.39"N 114°50'50.09"W 74 27°41'56.18"N 114°52'20.72"W 75 27°41'46.59"N 114°53'13.00"W 76 27°41'26.53"N 114°53'36.72"W 77 27°40'53.89"N 114°53'35.43"W 78 27°40'28.54"N 114°54'7.44"W 79 27°39'45.39"N 114°53'55.44"W 80 27°40'42.98"N 114°56'2.84"W 81 27°42'40.78"N 114°56'44.89"W 82 27°43'46.65"N 114°59'23.34"W 83 27°43'26.60"N 114°59'53.06"W 84 27°43'3.43"N 114°59'57.72"W 85 27°43'8.58"N 115° 0'33.43"W 86 27°45'38.83"N 115° 2'0.91"W 87 27°49'13.04"N 115° 3'8.54"W 88 27°50'54.82"N 115° 5'0.97"W 89 27°51'44.71"N 115° 3'25.92"W 90 27°50'40.83"N 115° 1'24.16"W 91 27°49'47.30"N 115° 0'39.87"W 92 27°49'44.19"N 115° 0'30.34"W

93 27°49'34.18"N 114°57'37.60"W 94 27°50'5.04"N 114°55'14.91"W 95 27°49'45.38"N 114°52'56.74"W 96 27°49'53.94"N 114°51'59.61"W 97 27°49'38.26"N 114°51'5.96"W 98 27°48'34.20"N 114°50'1.52"W 99 27°48'56.77"N 114°47'12.46"W 100 27°48'42.51"N 114°43'58.37"W 101 27°48'17.95"N 114°43'11.08"W 102 27°47'26.75"N 114°40'16.82"W 103 27°46'44.78"N 114°39'25.55"W 104 27°46'54.44"N 114°38'38.39"W 105 27°46'28.82"N 114°35'58.73"W 106 27°47'10.46"N 114°31'55.46"W 107 27°46'19.04"N 114°29'55.74"W 108 27°52'34.23"N 114°19'8.80"W Área de influencia

El área de influencia del camino Bahía Asunción – (Bahía Tortugas-Vizcaíno) son: 1. El camino actual de terracería de Bahía Asunción, en toda la extensión que

abarca este proyecto.

2. Vegetación de matorral sarcocaule presente en la mayor parte del trazo del proyecto.

3. El territorio de la Zonas Núcleo 1 “Desierto del Vizcaíno” que abarca este territorio.

4. Zona de amortiguamiento de Uso Restringido de la “Sierra San José de Castro” de la Reserva de la Biosfera el Vizcaíno.

5. Zonas con altitud no mayor a 850 msnm.

Zonas de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno que abarca el SAR.

Obtenidos como se presentan en el Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno tenemos los puntos de interés para este apartado:

“6.9.7. Subcomponente Zonificación”

De acuerdo con el Decreto Presidencial de creación de la Reserva del 30 de noviembre de 1988, existe una zonificación básica considerando 16 zonas núcleo

que comprenden una extensión de 362,438-87-50 ha (ver Regla 98) y las zonas de amortiguamiento con 2’184,351-37-50 ha. En total es de 2’546,790-25-00 ha para toda la Reserva (Ver Mapas I y IX). (sic)

Zona núcleo (ZN)

Se define como zona núcleo aquella que contiene recursos naturales considerados de mayor relevancia, que presenta la mayor diversidad biológica y en donde hay escasa o nula actividad humana. En esta zona se permiten las actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, investigación y educación ambiental. Dentro de la Reserva se consideran 16 zonas núcleo de uso restringido, entre las que se encuentra “El Desierto del Vizcaíno” que es la Zona Núcleo 1 (ver Capítulo VIII de la zonificación, del presente Programa). (sic), la cual forma parte del SAR.

Zona de Amortiguamiento

Superficie ubicada dentro de la Reserva que protege a las zonas núcleo del impacto exterior. En ésta quedan comprendidos todos los tipos de asentamientos humanos. En donde sólo podrán realizarse actividades productivas emprendidas por las comunidades que ahí habitan al momento de la expedición de la declaratoria de la Reserva o con su participación, que sean estrictamente compatibles con los objetivos, criterios y programas de aprovechamiento sustentable en los términos del Decreto por el que se establece la Reserva de la Biosfera y en el programa de manejo considerando las previsiones de los programas de ordenamiento que resulten aplicables. Otras actividades que se pueden realizar son las educativas, de recreación, de investigación y de capacitación pero deben sujetarse a las disposiciones legales aplicables y a los usos del suelo referidos en la matriz de zonificación. La delimitación de la zona de amortiguamiento se encuentra descrita en el Decreto Presidencial. En ésta se encuentran tanto zonas terrestres como ambientes acuáticos, lagunares y costeros.

Dadas las diferentes características ambientales presentes en la Reserva, este Programa de Manejo propone la subzonificación de la zona de amortiguamiento de conformidad con los recursos presentes y las actividades productivas que ahí se desarrollen: Zona de Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales, Zonas de Uso Restringido en la que se encuentra la “Sierra San José de Castro” y que forma parte del SAR , y Zonas de Asentamientos Humanos. (sic)

Las actividades permitidas y prohibidas se describen en la matriz de zonificación. (Ver tabla V.1)

Zona Núcleo

Zona Núcleo Actividades

Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17 Desierto El Vizcaíno

Prohibidas: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17

Vertiente de California

(Tinajas de Murillo) Prohibidas: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17

Islas de la Laguna Ojo de Liebre, incluye Gro. Negro

Prohibidas: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17

Islas de la Laguna San

Ignacio Prohibidas: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Permitidas: 1, 2, 4, 5, 12, 14, 15, 16, 17

Isla Natividad

Prohibidas: 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Permitidas: 1, 12, 14, 15, 16, 17

Islas Asunción y San Roque

Prohibidas: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13,18, 19 Zona de Amortiguamiento Zona Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales Actividades Permitidas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19 Aprovechamiento Sustentable Prohibidas: 18

Zona de Uso Restringido Actividades

Permitidas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17

Sierra de San José de Castro

Prohibidas: 11, 18

Permitidas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19

Sierra de Santa Clara

Prohibidas: 13, 18

Nomenclatura de Actividades:

1. Ecoturismo 2. Asentamientos humanos

3. Pesca 4. Campamentos pesqueros y/o turísticos

5. Acuacultura 6. Desmontes

7. Minería 8. Descarga de salmueras

9. Ganadería 10. Aprovechamientos de bancos de material.

11. Agricultura 12. Educación ambiental 13. Aprovechamiento forestal 14. Investigación

17. Conservación 18. Aprovechamiento de fósiles 19. Explotación de sal por

evaporación

Tabla V-1. Matriz de Zonificación de la REBIVI

NOTA: El programa de Manejo de la REBIVI se halla en los anexos de este estudio.

IV.2. Caracterización y análisis del sistema ambiental regional

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