Chapter 4. Methodology
4.4 Data Collection Methods
4.4.2 Research Interviews
Las investigaciones para el desarrollo del presente marco metodológico se lo van hacer a los indígenas que viven en el Cantón Cotacachi perteneciente a la provincia de Imbabura.
2.2.- Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación.
Para el desarrollo de la presente investigación los métodos e instrumentos teóricos y empíricos que se va utilizar con el fin de dar respuestas fundamentadas a los objetivos específicos y lograr el objetivo general de la investigación son los siguientes: Método Inductivo-Deductivo, Método Histórico-Lógico, Método Científico- Jurídico, Método Analítico- Sintético
2.2.1.- Métodos
2.2.1.1. Método Inductivo-Deductivo
Es un método científicoque obtiene conclusiones generales a partir de premisas particulares. Se trata del método científico más usual, que se caracteriza por cuatro etapas básicas: la observación y el registro de todos los hechos: el análisis y la clasificación de los hechos; la derivación inductiva de una generalización a partir de los hechos; y la contrastación. Esto supone que, tras una primera etapa de observación, análisis y clasificación de los hechos, se deriva una hipótesis que soluciona el problema planteado. Una forma de llevar a cabo el método inductivo es proponer, a partir de la observación repetida de objetos o acontecimientos de la misma naturaleza, una conclusión para todos los objetos o eventos de dicha naturaleza.
El razonamiento inductivo puede ser completo se acerca a un razonamiento deductivoya que la conclusión no aporta más información que la dada por las premisas o incompleto (la conclusión va más allá de los datos que aportan las premisas; a mayor cantidad de datos,
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mayor probabilidad. Sin embargo, la verdad de las premisas no garantiza la verdad de la conclusión.
El método deductivo es un método científico que considera que la conclusión está implícita en las premisas. Por lo tanto, supone que las conclusiones siguen necesariamente a las premisas: si el razonamiento deductivo es válido y las premisas son verdaderas, la conclusión sólo puede ser verdadera. El método Inductivo parte de los datos particulares para llegar a conclusiones generales. La simultaneidad de estos dos métodos permiten en la investigación mostrar la manera como la sustitución del procedimiento oral en los procesos administrativo produce mucha eficacia puesto que se aplican otros principios que permiten obtener una mayor eficacia en la tramitación de los mismos.
2.2.1.2. Método Histórico-Lógico
Se refiere al seguimiento histórico de una institución jurídica, con la aplicación de este método se toma en cuenta el desarrollo, la trayectoria y los cambios que se han venido dando, de tal manera que se obtengan conocimientos razonables y concretos sobre el tema adecuadamente investigado. Mientras que el método lógico permite que se logre obtener conocimientos razonables y concretos, dando como resultado una comprensión clara y precisa de la investigación.
En el desarrollo de la investigación se puede observar claramente que el presente método se utilizado, ya que se observa como el procedimiento oral ha ido evolucionando desde la antigua Roma hasta llegar no hace mucho tiempo atrás a formar parte del procedimiento en los diversos procesos judiciales y administrativos, los mismos que hasta la presente fecha no han sido completamente utilizados en todos los procesos.
2.2.1.3. Método Científico- Jurídico
Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo una investigación, es decir para llegar a fin con el presente tema se seguirá paso a paso con todos los puntos a seguir para obtener resultados precisos y que estos sean aceptados.
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En éste trabajo de investigación, la utilización de este principio se encuentra estipulado por lo que, en las diferentes entidades se debe emplearlo.
2.2.1.4. Método Analítico- Sintético
Con la aplicación del método analítico se realizara un análisis que nos permita aplicar de manera pura el tema jurídico, es decir, consiste en descomponerlo en tantas ´partes sea posible. Esto implica que el tema debe ser muy bien delimitado; completando en lo posterior el método sintético, puesto que este implica en una síntesis de la presente investigación, es decir es la unión de varios elementos para formar un todo y de esa manera llegar a una conclusión del problema planteado.
2.2.2. Técnicas
2.2.2.1.-La encuesta
Esta técnica permite obtener información relevante respecto de una muestra o población, la encuesta ayuda a indicar el nivel de conocimiento de todos y cada uno de los involucrados en la presente investigación, permite conocer las muestras representativas fin de explicar las variables del estudio en mención.
2.2.2.2.- Cuestionario
El presente instrumento permite la realización de una correcta encuesta, misma que nos permitirá obtener resultados que permitan identificar las necesidades y posibles soluciones del trabajo a investigar.
2.2.3.- Instrumentos
2.2.3.1. El instrumento de la observación es la ficha de observación 2.2.3.2. El instrumento de la encuesta es el cuestionario
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2.2.4.1 Población
La presente investigación se realizó a 45 comunidades indígenas del cantón Cotacachi con una población total de 13879 habitantes, censo 2010 INEC. Es necesario anotar que la Constitución del año 2008 garantiza los derechos colectivos, en nuestro país no se ha venido aplicando la consulta previa para aprobar las leyes que afectan ambiental y culturalmente a los pueblos indígenas.
2.2.4.2 Muestra
Para el presente trabajo se estableció una muestra de 374 encuestas, aplicando la siguiente fórmula estadística. La misma que se lo realizo en las 45 comunidades indígenas del Cantón Cotacachi
n = Tamaño de la muestra
P: Probabilidad de que el evento ocurra (0,50) o 50% Q: Probabilidad de que el evento no ocurra (0,50) o 50% E:0,05 o 5%
K: 1,96
42 2.2.5.- Interpretación de resultados
ANÁLISIS DE INTERPRETACIÓN DE DATOS, A LA ENCUESTA APLICADA A 374 PERSONAS ENCUESTADAS QUE FORMAN PARTE DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS DEL CANTON COTACACHI.
1.- ¿Conoce usted los derechos colectivos de los pueblos indígenas?
.
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SI 300 80
NO 74 20
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De la encuesta realizada el 80% de las personas que forman parte de las comunidades indígenas del cantón Cotacachi tienen conocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas que se encuentra garantizado en la constitución del año 2008; el 20% manifiestan que no tienen nada de conocimientos sobre los derechos colectivos.
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2.- ¿Usted conoce, que las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas forman parte del Estado ecuatoriano?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SI 280 75
NO 94 25
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
El 75% de la población indígena del cantón Cotacachi tienen conocimiento de los derechos colectivos que garantiza la constitución del año 2008, y que forman parte del estado Ecuatoriano mientras que el otro 25% da a conocer que no conocen el tema por cuanto les gustaría que le capaciten para tener conocimiento y en caso de vulneración poder defenderse.
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3.- ¿Sabe usted sobre la participación en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SI 265 71
NO 109 29
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados obtenidos en la encuesta disponen el 71% tienen conocimiento sobre la participación en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras y el 29% no tienen conocimiento sobre el tema y solicitan que se les capacite.
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4.- ¿Sabe usted quien debe realizar la consulta previa para aprobar leyes que afectan los derechos colectivos?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SI 284 76
NO 90 24
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
El 76% de los encuestados tienen conocimiento sobre quién debe realizar la consulta previa, mientras que el 24% manifiesta que no tienen conocimiento de quien debe realizar la consulta previa para aprobar leyes que afectan los derechos colectivos.
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5.- ¿Considera usted que con la consulta previa para aprobar leyes que afectan derechos colectivos se garantiza o se cumple, con las Garantías Constitucionales?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SIEMPRE 94 25
RARA VEZ 245 66
NUNCA 35 9
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 25% manifiesta que siempre han dado el cumplimiento con las garantías constitucionales en lo pertinente con los derechos colectivos como es la consulta previa antes de aprobar cualquier ley de los pueblos indígenas mientras que el 66% dice que rara vez cumplen con las garantías constitucionales y el 9% manifiestan que nunca cumplen con los derechos que garantiza la Constitución.
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6.- ¿Conoce usted si la afectación ambiental y cultural de los recursos no renovables de los pueblos indígenas afectan sus derechos?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SIEMPRE 242 65
RARA VEZ 48 13
NUNCA 84 22
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 65% manifiesta que si tiene conocimiento de la afectación de los recursos no renovables de sus tierras y que ha existido toda la vida estas afectaciones sin la debida consulta previa, mientras que el 13% menciona rara vez han conocido sobre la afectación y el 22% menciona que nunca han tenido conocimiento, por lo que sería muy importante la socialización de estos temas.
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7.- ¿Considera usted que la consulta previa que realiza la asamblea nacional para aprobar leyes que afectan derechos colectivos de los pueblos indígenas son las correctas?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
MUY BUENA 158 42
BUENA 42 11
DEFICIENTE 174 47
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 42% manifiesta que si es muy buena la consulta previa que realiza la asamblea nacional para aprobar leyes que afectan derechos colectivos de los pueblos indígenas y el 11 % tienen conocimiento y si es buena lo que hace la Asamblea nacional mientras que el 47% de los encuestados considera que es deficiente porque no realizan las consultas antes de aprobar las leyes.
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8.- ¿Sabe usted que los proyectos que causen perjuicios sociales, ambientales y culturales deben ser indemnizados a los pueblos indígenas?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SI 201 54
NO 173 46
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 54% manifiesta que si tiene conocimiento en caso de afectar ambiental y culturalmente deben ser indemnizados, mientras que el 46% desconoce que pueden presentar una acción legal para la indemnización.
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9.- ¿Conoce usted que para asegurar la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad debe participar el pueblo indígena?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SIEMPRE 255 68
RARA VEZ 40 11
NUNCA 79 21
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 68% manifiesta que para asegurar la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad siempre debe participar el pueblo indígena, mientras que el otro 11% menciona que debe participar rara vez y el 21% manifiesta que nunca deben participar, eso lo manifiestan por el desconocimiento de las leyes.
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10.- ¿Conoce usted si la asamblea nacional previa a la aprobación de las leyes de las comunidades indígenas realiza consultas a los pueblos indígenas?
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE (%)
SIEMPRE 160 43
RARA VEZ 74 20
NUNCA 140 37
TOTAL 374 100
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
De los encuestados el 43% manifiesta que siempre han realizado la consulta previa a los pueblos indígenas y el 20% menciona que rara vez han consultado a los pueblos indígenas para aprobar leyes y el 37% manifiestan que nunca han realizado la consulta previa para aprobar leyes.
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2.3.- Verificación De La Idea A defender
Los resultados de la investigación se verifican, tanto de manera directa como indirecta, de la idea a defender planteada en esta tesis que fue “ Con la elaboración de un ensayo jurídico sobre la consulta previa para aprobar leyes que afectan ambiental y culturalmente a los pueblos indígenas, se garantizará sus derechos colectivos consagrados en la Constitución de la República”, es así como se demuestra de una manera científica que las comunidades rurales del cantón Cotacachi se han violentado los derechos colectivos al no hacer la consulta previa en ningún momento, ya que al realizar las encuestas a los cabildos de las comunidades indígenas ellos supieron responder de acuerdo a sus vivencias y conocimientos. Con estos datos se pudo determinar mediante la tabulación, análisis e interpretación de los datos, los cuales se representó con gráficos y porcentajes, llegando a determinar las causas que producen la no realización de la consulta previa en las comunidades indígenas del Cantón Cotacachi.