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Results and Discussions

Chapter 6: Modeling of physically aged samples

6.3. Results and Discussions

La resolución menciona dos impactos producto de la realización del proyecto (Resolución Exenta Nº 029/Febrero/2002) y que corresponde a las siguientes:

- Pérdida de superficies vegetacionales de vegas y matorral espinoso por emplazamiento de obras.

- Pérdida de unidades vegetacionales por emplazamiento de obras.

Esto impactos están contemplados en la etapa de Operación, y como exigencia a la puesta en marcha se deberá presentar un informe detallado para la implementación de actividades de trasplante y /o reproducción de individuos de las especies de flora afectados.

Las medidas ambientales que se contemplan en la RCA (punto 7) se describen a continuación.

5.10.1 Medidas de Mitigación

• Normas de conducta para los trabajadores.

Durante las etapas de construcción y operación, Andina instruirá al personal, tanto propio como de contratistas, respecto de normas de conducta adecuadas para la protección de la flora y fauna de la zona. Esta medida se materializará a través de charlas, publicaciones y exigencias contractuales. El Plan de Instrucciones a ser aplicado deberá ser consensuado con las direcciones regionales del Servicio Agrícola y Ganadero y de la Corporación Nacional Forestal, e incluirá temas tales como: hábitats naturales y temas normados por la Ley de Bosques, Ley de Caza y Decretos específicos.

• Prohibición de tala de vegetación en áreas de operación del proyecto.

Se prohibirá la tala de vegetación, y en general cualquier acción que pueda poner en riesgo o pueda dañar la flora y fauna en el área de operaciones de Andina.

• Definición, planificación y delimitación temprana de caminos y áreas a ocupar por el proyecto.

Definición, planificación y delimitación temprana de los caminos internos y áreas a ocupar por el proyecto en el área Planta Ovejería, de modo que se intervengan sólo los terrenos estrictamente necesarios y establecidos para las obras y operaciones. Esto evitará la intervención innecesaria de sectores adyacentes.

5.10.2 Medidas de Compensación

• Desarrollo de una nueva área de forestación.

Desarrollo de una nueva área de forestación de aproximadamente 900 hectáreas en sectores colindantes al depósito de relaves de Ovejería.

Se considera destinar entre un 20% a 30% de esta superficie de forestación a especies arbóreas nativas. La superficie restante se destinará a eucaliptus, destinándose para ello los terrenos de menor densidad arbórea actual.

En la plantación forestal, en el sector de especies nativas, se aplicarán las siguientes medidas de protección al establecimiento de la reforestación:

- Cercado del área para la protección contra animales;

- Preparación del sitio (suelo, fertilización, control de competencia, riego); - Selección de plantas en buen estado y calidad;

- Control y seguimiento de la plantación.

• Compensación de pérdida de algunas especies de flora incluida en alguna de categoría de conservación.

El proyecto considera compensar la afectación de especies de flora protegida que no queden cubiertas por el plan de manejo forestal requerido según el D.S. Nº 701/74. División Andina considera la plantación a una razón de 10 x 1 de los ejemplares arbustivos y arbóreos de aquellas especies que se encuentran en categoría de conservación y que puedan verse afectados por las obras del proyecto. Se anticipa la afectación de aproximadamente 100 algarrobos (Prosopis chilensis) en el área de la nueva planta en el Área Ovejería (individuos generalmente aislados). Asimismo, se anticipa la afectación de algunos ejemplares de guayacán (Porlieria chilensis) en el nuevo trazado de ductos. Está contemplado efectuar un reconocimiento específico cuando este trazado esté demarcado en el terreno, para evaluar la cantidad exacta de guayacanes involucrados. La medida de compensación considera reponer a una razón de 10 x 1 los guayacanes afectados, utilizando para ello los terrenos de

forestación que se habilitarán en el sector norte de área (más cercanos al área afectada). La medida anterior se aplicará a cualquiera otra especie protegida que se identifique dentro de las áreas a intervenir, según el replanteo definitivo.

• Identificación y relocalización de especies.

Según el registro de la Flora del Área Planta Ovejería, sólo 2 especies están incluidas en el Boletín 47 del Museo Nacional de Historia Natural, y corresponden a: Adiantum pearcei (Palo negro) y Pellaea myrtillifolia (Hierba coca). Estas especies se encuentran en forma aislada en el área. No se identificaron como especies dominantes en la Carta de Ocupación de Tierras (COT) presentada en el EIA. Previo a la intervención del área, se hará una inspección para detectar la eventual presencia de estas especies dentro de los emplazamientos definitivos. En caso de encontrarse estas especies, se procederá a relocalizar los ejemplares en sitios aledaños adecuados.

5.10.3 Plan de Seguimiento y/o Monitoreo

• Monitoreo de la condición y evolución de la flora en fundo Huechún.

Por su parte, la metodología de los monitoreos de flora y fauna silvestre en Ovejería está contenida en el documento “Monitoreo de Vegetación, Flora y Fauna en el Fundo Rinconada de Huechún, Primera Campaña y Manual de Monitoreo”, CICA Ingenieros Consultores, Abril de 1997. Este manual de monitoreo surge del compromiso adquirido por División Andina en el “Plan de Manejo Predial y Conservación de los Recursos Naturales del Fundo Rinconada de Huechún”, aprobado por la CONAMA Región Metropolitana mediante Ordinario 970743 del 14 de julio de 1997. A partir de este manual se han realizado las campañas de monitoreo desde abril de 1997 a la fecha.

El objetivo del monitoreo será evaluar la condición y evolución de la flora en fundo Huechún a través de procedimientos aplicados en el Plan de Manejo Predial, con una frecuencia de una vez al año durante la etapa de construcción y operación.

Las siguientes son las ubicaciones de puntos de control del monitoreo: - Parcela 1, exposición sur, matorral de espinos (Acacia caven).

- Parcela 2, exposición norte, estrata arbórea de espinos (Acacia caven).

- Parcela 3, exposición noroeste, matorral de colliguay (Colliguaja dombeyana), incienso (Flourensia thurifera ) y huañil (Proustia ilicifolia).

- Parcela 4, exposición sureste, estrata arbórea dominada por quillay (Quillaja saponaria) y estrata arbustiva dominada por litre (Lithrea caustica).

- Parcela 5, faldeos del cerro Alto Huechún, exposición suroeste. Vegetación arborea-arbustiva caracterizada por quillay (Quillaja saponaria), bollen

(Kageneckia oblonga) y huañil (Proustia ilicifolia).

- Parcela 6, en cerro Alto Huechún, exposición sureste, matorral caracterizado por colliguay (Colliguaja dombeyana), mitique (Podanthus mitique) y huingán

(Schinus polygamus).

- Parcela 7, en cerro Castillo, exposición oeste, con espinos (Acacia caven). - Parcela 8, en el cerro El Litre, bosque espinoso abierto.

El manual de monitoreo será materia de revisión con la autoridad competente (Servicio Agrícola y Ganadero) en el marco de un proceso de evaluación de los monitoreos asociados a la actual operación de Relaves Valle, y a la luz de los resultados obtenidos hasta la fecha. División Andina efectuará esta instancia de revisión y actualización del actual manual de monitoreo en un plazo no mayor de tres meses después de concluido el proceso de evaluación del proyecto de Expansión de la División Andina.

El plan de monitoreo de las especies de flora debe incluir una evaluación de los resultados de las medidas de transplante y/o reproducción adoptadas. Dicho Plan deberá ser presentado a la Dirección Ejecutiva de CONAMA, a más tardar 3 meses antes de la implementación de dichas actividades.

5.10.4 Análisis

Las medidas ambientales señaladas se encuentran bien diferencias y clasificadas dentro de la Resolución de Calificación Ambiental y cumple con los requerimientos entregados por el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Chile Ministerio Secretaria General de la Presidencia, 2001).

Se debe dejar en claro que el proyecto es una expansión de División Andina, por lo que para un mejor desarrollo de las medidas y especialmente del plan de seguimiento y monitoreo, debe relacionarse con el proyecto anterior. De esta forma se podrá fiscalizar y evaluar los reales impactos que producen ambos proyectos en el medio ambiente.

Muchas de estas medidas mencionadas son normativas, legislaciones o recomendaciones que no son precisamente medidas ambientales. Por ejemplo el caso de las medidas “Normas de conducta para los trabajadores” y “Prohibición de tala de vegetación en áreas de operación del proyecto”.

Un punto a considerar es la mala redacción de algunas de las medidas propuestas que mencionan frases como “…la superficie restante se destinará a eucaliptus, destinándose para ello…” y “…temas tales como: hábitats naturales y temas normados…”.

La medida de compensación denominada “compensación de pérdida de algunas especies de flora incluida en alguna de categoría de conservación” considera reponer los algarrobos (Prosopis chilensis) y guayacanes (Porlieria chilensis) afectados. Lograr esto

no es sencillo debido a la dificultad, especialmente del guayacán (Porlieria chilensis), de responder a condiciones de plantación. Esta medida debe ser respaldada con el financiamiento de estudios que permitan mejorar la reposición de esta especie.

Además esta medida menciona que “se anticipa la afectación de aproximadamente 100 algarrobos (Prosopis chilensis) en el área de la nueva planta en el Área Ovejería (individuos generalmente aislados)”. Esto último es una redundancia ya que la especie crece de forma aislada.

La medida de compensación “identificación y relocalización de especies” menciona que se procederá a “relocalizar los ejemplares en sitios aledaños adecuados”. La medida es ambigua al no señalar en forma más específica cuales serán esos sitios o que condiciones deben cumplir esos sitios para considerarse adecuados.

Con respecto al plan de monitoreo, este se enfoca a un área (fundo Huechún) que resultó mayormente afectada y con una variedad de especies nativas importante. De acuerdo al Reglamento este monitoreo es pertinente, sin embargo deja otras áreas afectadas sin mayor control de la afección que sufran debido a las actividades señaladas en el proyecto (ver Anexo 1), siendo este un proyecto interregional.

Las medidas ambientales y el monitoreo propuesto no presentan fechas ni plazos de implementación por lo que dificulta la comprensión de estas y su correspondiente fiscalización y evaluación por parte de los organismos involucrados en el proceso de evaluación de impacto ambiental.

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