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RESULTS – EVENT COUNT MODEL USING NEGATIVE BINOMIAL REGRESSION

A.

A

LCOHOL

1. Para la pesquisa de alcohol se utilizará alcotest (alcohol en aire exhalado) que permite determinar si el trabajador se encuentra en esos momentos bajo la influencia del alcohol. Si el alcotest resulta alterado, el trabajador es notificado en privado, se comunica a su jefatura directa, es retirado de su área de trabajo y citado al centro de atención de urgencia para realizar la alcoholemia (alcohol en sangre).

2. La alcoholemia debe ser realizada en un establecimiento que haya sido validado por la DSO. 3. El alcotest y alcoholemia debe ser realizada frente a un testigo.

4. El trabajador se mantendrá alejado de su puesto de trabajo hasta contar con el resultado de la alcoholemia.

B.

D

ROGAS

Para la pesquisa de drogas se utilizará un test de detección de droga, en saliva, que permite determinar si el trabajador se encuentra en esos momentos bajo la influencia de las drogas. Si el test resulta positivo, el trabajador es notificado en privado, se comunica a su jefatura directa y es derivado al centro de atención de urgencia para realizar evaluación clínica. La muestra de saliva confirmatoria, debe ser procesada en un laboratorio especializado.

La prueba de droga en saliva debe ser realizada frente a un testigo.

De no ser posible realizar el examen en saliva, se podrá utilizar otra matriz biológica.

C.

E

XÁMENES ALEATORIOS DE ALCOHOL Y DROGAS LÍCITAS E ILÍCITAS

A lo menos trimestralmente se realizarán exámenes aleatorios de alcohol y drogas lícitas e ilícitas en cada División, Casa Matriz y Vicepresidencia de Proyectos, a través de una selección aleatoria de trabajadores, es decir, mediante un sorteo a través de un sistema computacional que permita la imparcialidad y transparencia en la selección de trabajadores.

Igual cosa deben hacer las empresas contratistas y subcontratistas de CODELCO respecto de sus trabajadores. En el curso de un año cada centro de trabajo testearía como mínimo el 5% de la dotación.

Tanto la realización del examen, como su resultado, tendrán el carácter de confidencial.

También se podrán realizar exámenes aleatorios en la puerta de acceso a las faenas a cualquier persona que desee ingresar, incluyendo, trabajadores propios, contratistas, proveedores, visitas etc.

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a) El sorteo de los trabajadores que se examinarán se realiza el mismo día del testeo mediante la aplicación del módulo EH&S de SAP en presencia del Director de Relaciones Laborales, de un profesional de la DSO y un representante laboral de los Comités Paritarios del centro de trabajo, elegido entre todos los CPHS.

b) Ese mismo día, la DSO remite correos a las jefaturas de los trabajadores sorteados y al gerente del área, indicando la hora y lugar de la realización de los exámenes. La DSO prepara los lugares donde se realizarán los exámenes.

c) Personal de la DSO recepciona a los trabajadores y verifica el nombre a través del carné de identidad o credencial interna.

d) El personal médico de la DSO o del prestador de servicios de salud explica a los trabajadores que serán sometidos al examen de alcohol y drogas.

e) El personal calificado toma la muestra de aire espirado y saliva y realiza el análisis rápido.

f) Si el resultado es negativo, deja registro escrito, se le informa al trabajador, quien además firma la notificación, se le entrega una copia y se da por terminado el procedimiento.

g) Si el resultado es positivo, deja registro escrito, se le informa al trabajador, quien además firma la notificación, se le entrega una copia, se notifica a la jefatura directa y se deriva al trabajador al centro de atención de urgencia para consulta médica.

h) El laboratorio que tomó la muestra para el examen de screening de saliva envía la muestra confirmatoria para su análisis en un laboratorio especializado manteniendo y asegurando en todo momento la cadena de custodia.

i) El médico evalúa clínicamente al trabajador y evacua un informe escrito indicando si presenta o no alteraciones cognitivas o físicas indicadoras de consumo actual o reciente de alcohol o droga y le informa al trabajador. Los signos o síntomas a consignar son, entre otros, la incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, rostro congestionado, hálito alcohólico, temblores, sudoración, ansiedad o euforia, ojos rojos, etc.

j) El trabajador se mantiene alejado de su puesto de trabajo, a disposición del empleador, hasta contar con el resultado de la prueba confirmatoria.

k) Si los resultados del examen confirmatorio resultan positivos, la DSO informa a la GRRHH para adoptar las medidas administrativas que correspondan.

l) Si el resultado es negativo, se comunicará a la GRRHH. Se informa al trabajador, quien además firma la notificación y se le entrega una copia, dejando registro y dando por terminado el procedimiento.

D.

E

XÁMENES DE ALCOHOL Y DROGAS LÍCITAS E ILÍCITAS EN CASO DE ACCIDENTES DEL

T

RABAJO

Este examen se debe practicar a todos los trabajadores que participan en un accidente del trabajo o en un incidente de alto potencial, tanto si se trata de accidente del trabajo como de trayecto.

El procedimiento de los exámenes en caso de accidente o incidente es el siguiente:

a) Inmediatamente de ocurrido el evento, el supervisor debe concurrir, junto con el trabajador, al centro de atención de urgencia.

b) Siempre que el accidentado se encuentre consciente y no se encuentre en riesgo vital, el personal médico explica al trabajador y supervisor que será sometido a examen de alcohol y drogas.

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c) El personal calificado toma la muestra de aire espirado y saliva y realiza el análisis rápido.

d) El médico evalúa clínicamente al trabajador y evacua un informe escrito indicando si presenta o no alteraciones cognitivas o físicas indicadoras de consumo actual o reciente de alcohol o droga. e) El médico informa en privado los resultados al trabajador.

f) Si el resultado es negativo, dejará registro y da por terminado el procedimiento.

g) Si el resultado es positivo, deja registro, notifica a la jefatura directa y envía la muestra confirmatoria a un laboratorio especializado para su análisis.

h) El trabajador se mantiene alejado de su puesto de trabajo, a disposición del empleador, hasta contar con el resultado de la prueba confirmatoria.

i) Si los resultados del examen confirmatorio resultan positivos, la DSO informa a la GRRHH para adoptar las medidas administrativas que correspondan.

j) Si el resultado es negativo, comunicará a la GRRHH, dejará registro y da por terminado el procedimiento.

E.

E

XÁMENES DE ALCOHOL Y DROGAS LÍCITAS E ILÍCITAS EN CASO DE SOSPECHA O FLAGRANCIA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 del D.S. 72, en los casos que un supervisor o jefe de turno sospeche fundadamente, que un trabajador se encuentra al ingreso o durante la jornada de trabajo, bajo la influencia del alcohol, en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga o lo sorprenda flagrantemente consumiendo, deberá retirar al trabajador del recinto de trabajo y acompañarlo al centro de atención de urgencia de faena.

Los signos o síntomas que pueden hacer sospechar son, entre otros, la incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, rostro congestionado, hálito alcohólico, temblores, sudoración, ansiedad o euforia, ojos rojos, etc. En cumplimiento del Valor Nº1 de Codelco de respecto a la vida y dignidad de las personas, el supervisor o jefatura debe tener especial cuidado en sus apreciaciones respecto de las condiciones y conductas del trabajador, evitando cualquier acción, comentario o conducta que pueda afectar la honra y dignidad del trabajador, y basando sus juicios en antecedentes objetivos, serios y comprobables.

Si, habiendo tomado todos esos resguardos, el supervisor o jefatura le hace presente al trabajador que debe acompañarlo al centro de atención de urgencia a realizarse el examen de detección y éste se negare, puede requerir el auxilio de la fuerza pública.

El procedimiento en caso de sospecha o flagrancia es el siguiente:

a) El supervisor acompaña al trabajador al centro de atención de urgencia y suscribe un documento escrito en el que señala los motivos por los que solicita el examen de alcohol y drogas al trabajador.

b) El personal médico explica al trabajador que será sometido a examen de alcohol y drogas. c) El personal calificado toma la muestra de aire espirado y saliva y realiza el análisis rápido.

d) El médico evalúa clínicamente al trabajador y evacua un informe escrito indicando si presenta o no alteraciones cognitivas o físicas indicadoras de consumo de alcohol o droga. Los signos o síntomas que pueden a consignar son, entre otros, la incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, rostro congestionado, hálito alcohólico, temblores, sudoración, ansiedad o euforia, ojos rojos, etc.

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e) El médico informa en privado los resultados al trabajador.

f) Si el resultado es negativo, se dejará registro y se dará por terminado el procedimiento.

g) Si el resultado es positivo, se deja registro, se notifica a la jefatura directa y se envía la muestra confirmatoria al análisis a un laboratorio especializado.

h) El trabajador se mantiene alejado de su puesto de trabajo, a disposición del empleador, hasta contar con el resultado de la prueba confirmatoria.

i) Si el resultado del examen confirmatorio resulta positivo, la DSO informa a la GRRHH para adoptar las medidas administrativas que correspondan.

j) Si el resultado es negativo, comunicará a la GRRHH, dejará registro y da por terminado el procedimiento.