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Results of Qualitative Data Analysis

Chapter 3 How Does the Use of Contemporary Modelling Tools to Produce

4.8 Results of Qualitative Data Analysis

Artículo 44º.- Indicaciones Generales

44.1. Los titulares de los sistemas de transmisión deberán presentar sus propuestas de tarifas y compensaciones por sus SST, en los formularios contenidos en los Anexos 1 al 5 de la presente norma, debiendo aplicar en la utilización de los mismos los conceptos y requisitos que se indican en los Capítulos siguientes del presento Título.

44.2. En todos los formularios, deberá tenerse presente los conceptos que se listan a continuación, salvo indicación contraria:

Alternativa: Nombre de la alternativa de configuración del SEA

Año(s): Año o años comprendidos en el estudio. Los años para el estudio se inician en el mes de mayo de cada año. El año 1 se inicia en el mes de mayo del año en que se realiza la fijación tarifaria.

Barra: Nombre de la barra que pertenece a una SET.

Bloque horario: Punta, media o base

Cliente: Nombre del cliente libre.

Demanda de Energía: Valor numérico con dos decimales igual a la sumatoria de las ventas de energía y el porcentaje de pérdidas en MT y BT, expresado en MWh.

Empresa: Nombre de la empresa que presenta el estudio técnico económico.

Factor de carga: Valor con dos decimales, del factor de carga correspondiente a la Demanda de Energía.

Factor de contribución a la punta: Valor con dos decimales, correspondiente al factor que representa la coincidencia de la demanda de la potencia en barra con la máxima demanda de potencia registrada en la SET.

Factor de potencia: Factor de potencia de la demanda a nivel de la SET, igual a 0,95.

Factor de simultaneidad: Valor con dos decimales, que corresponde a la coincidencia de la máxima demanda de cada SET con la máxima demanda de potencia registrada en el SEIN.

ME: Costos de procedencia extranjera en US$. Valor con dos decimales.

MN: Costos de procedencia nacional en US$. Valor con dos decimales.

Nivel de Tensión: Corresponde al nivel de tensión:

- Muy Alta Tensión (MAT) para valores de 220 o 138 kV.

- Alta Tensión (AT) para valores mayores o igual a 30 kV e inferiores a 138 kV.

- Media Tensión (MT) para valores inferiores a 30 kV y superiores a 1 kV.

- Baja Tensión (BT) para valores hasta 1 kV.

- Muy Alta Tensión/Alta Tensión (MAT/AT) para transformación de MAT a AT

- Alta tensión/Media Tensión (AT/MT) para transformación de AT a MT

Potencia en Barra: Valor con dos decimales, de la potencia en MW en la barra de las SETs, calculada con la demanda de energía y el factor de carga.

Potencia coincidente: Valor con dos decimales, expresado en MW, de la potencia en barra correspondiente a la hora de máxima demanda del SEIN. Se calcula con la potencia no coincidente en barra y el factor de simultaneidad.

Potencia no coincidente: Valor con dos decimales, equivalente a la demanda de potencia en barra a la hora de máxima demanda de la SET. Se calcula con la demanda de potencia en barra y el factor de contribución a la punta.

Sector: Se refiere al sector domestico, comercial, industrial o alumbrado público al cual corresponden los datos.

Sistema: Sistema secundario de transmisión alimentado desde una barra de referencia de generación.

Subestación o SET: Subestación de transmisión que pertenece al SST.

Tensión: Valor numérico con un decimal de la tensión nominal de la barra o del punto de alimentación del cliente libre.

Titular: Nombre de la empresa propietaria del equipo.

Venta de Energía: Valor numérico con dos decimales, expresado en MWh, igual a la energía entregada a los clientes regulados o libres, sin incluir las pérdidas en MT y BT. Los datos corresponden a toda la demanda servida por los SST de la empresa, independientemente si son clientes o no de la misma.

%P(BT+MT): Valor numérico con dos decimales, de las pérdidas en porcentaje respecto a las ventas de energía en MT y BT. En caso de MAT y AT, este porcentaje se considera cero.

44.3. Los formularios debidamente rellenados se presentarán en forma impresa y en archivos en formato hoja de cálculo contenidos en disco compacto.

44.4. Los Artículos que siguen describen los formularios y la forma de consignar la información.

Artículo 45º.- Descripción Global

45.1. Los formularios se clasifican en cinco grupos:

45.1.1. Formularios de demanda: En los cuales se consignarán los datos empleados y los resultados obtenidos de la proyección de la demanda atendida por los SST. Está conformado por 29 formularios denominados F-101 al F-129, los mismos que se encuentran en el Anexo 1 de la presente norma.

45.1.2. Formularios del Sistema Económicamente Adaptado: En los cuales se consignarán los datos empleados y los resultados obtenidos en la determinación del SEA. Está conformado por 16 formularios denominados F-201 al F-216, los que se encuentran en el Anexo 2 de la presente norma.

45.1.3. Formularios de Costos de Inversión: En los cuales se consignarán los datos y resultados de costos de inversión del SEA. Está conformado por 8 formularios denominados F-301 al F-308, los que se encuentran en el Anexo 3 de la presente norma..

45.1.4. Formularios de Costos de Operación y Mantenimiento: En los cuales se consignarán los datos y resultados de los costos de operación y mantenimiento de los SST. Está conformado por 3 formularios denominados F-401 al F-403, los que se encuentran en el Anexo 4 de la presente norma.

45.1.5. Formularios de Tarifas y Compensaciones: En los cuales se consignarán los datos y resultados obtenidos en el cálculo de las tarifas, compensaciones, factores de pérdidas marginales y sus respectivas fórmulas de actualización. Está conformado por 23 formularios denominados F-501 al F-523, los que se encuentran en el Anexo 5 de la presente norma.

La tabla siguiente resume la cantidad de formularios: Tabla 1

Formularios para presentar Propuestas de Tarifas

Grupo de Formularios Formularios Cantidad

Formularios de Demanda F-101 al F-129 29

Grupo de Formularios Formularios Cantidad

Formulario de Costos de Inversión F-301 al F-308 8

Formularios de Costos de Operación y Mantenimiento F-401 al F-403 3

Formularios de Tarifas y Compensaciones F-501 al F-523 23

45.2. La lógica de enlace de los formularios es la que se muestra en el gráfico siguiente:

Gráfico 7

ENLACE DE FORMULARIOS

CAPITULO SEGUNDO