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The role or use of ICT in knowledge retention

4.5 The role/use of ICT in knowledge retention

4.7.3 The role or use of ICT in knowledge retention

Se entiende por riesgo de incendio a un número adimensional que permite con- siderar diversas categorías, en virtud de los materiales empleados con relación a su comportamiento ante el fuego.

Así, pueden establecerse 7 tipos de riesgos de acuerdo a la siguiente clasificación: ● Riesgo 1: Materiales explosivos. Son sustancias o mezclas de sustancias

susceptibles de producir en forma súbita, una reacción espontánea con la consecuente generación de grandes cantidades de gases. Ej. pólvora, ni- troderivados, etc.

Riesgo 2: Materiales inflamables. Son líquidos capaces de emitir vapores que, mezclados en proporciones adecuadas con aire, originan mezclas combustibles.

Riesgo 3: Materiales muy combustibles. Son aquellos materiales que, ex- puestos al aire, pueden encenderse y continuar ardiendo una vez retirada la fuente de ignición. Ej. papel, madera, etc.

Riesgo 4: Materiales combustibles. Son materiales que pueden mantener la combustión una vez retirada la fuente de calor; por lo general, necesitan abundante flujo de aire. Ej. cueros, lanas, etc.

Riesgo 5: Materiales poco combustibles. Se encienden a altas temperatu- ras y su combustión cesa al ser apartada la fuente de calor. Ej. celulosas artificiales, etc.

Riesgo 6: Materiales incombustibles. Materiales que, al ser sometidos al calor o llama directa, pueden sufrir cambios en su estado o reaccionar quí- micamente, sin la formación de materia combustible alguna. Ej, plomo, hie- rro, etc.

Riesgo 7: Materiales refractarios. Son aquellos que, al ser sometidos a al- tas temperaturas (1500 °C, aún durante períodos muy prolongados), no alteran ninguna de sus características físico/químicas. Ej. amianto, ladrillos refractarios.

3.9.4 Protección contra incendios

La protección contra incendios comprende el conjunto de condiciones de cons- trucción, instalación y equipamiento que se deben observarse tanto para los ambien- tes como para los edificios, y aún para trabajos fuera de éstos, en la medida en que las tareas los requieran.

La finalidad de la protección contra incendios es preservar la vida de las per- sonas que ocupan un edificio determinado y las que se encuentran próximas a él, como así también los bienes almacenados en dichos edificios.

La protección contra incendios tiene por objeto: ● Dificultar la iniciación del fuego.

● Evitar la propagación de llamas, humo y gases.

● Asegurar la rápida y expedita evacuación de las personas. ● Facilitar el acceso y las maniobras de los bomberos. ● Proveer instalaciones de detección y extinción adecuadas. Los requisitos contemplados por la protección contra incendios son:

● Sectorización del edificio, dividiéndolo en compartimentos estancos al fuego, humo y gases de la combustión.

● Disposición de medios de escape, en cantidad y ancho adecuados para posibilitar una segura y rápida evacuación.

● Resistencia al fuego, de las estructuras y elementos constructivos, para garantizar que el eventual incendio origine solamente daños menores. ● Condiciones de incendio, que contemplan las instalaciones y equipos ne-

cesarios para el mantenimiento de los servicios esenciales de extinción. El código aplicable en la provincia de Córdoba, al igual que la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, agrupa las protecciones posibles en tres grandes categorías:

1. Condiciones de situación: Refieren al edificio con relación al barrio, a los vecinos, a la zona de la ciudad y a la ubicación en el predio.

2. Condiciones de construcción: Refieren a ciertas reglas que deben obser- varse en la disposición de locales, en las características de las paredes, en las dimensiones de las puertas y vías de escape, en los materiales a em- plear, etc.

3. Condiciones de extinción: Refieren a los equipos, aparatos e instalaciones con las cuales debe contar un edificio para combatir el fuego una vez pro- ducido.

Algunas de las condiciones aplicables a establecimientos de salud, las cuales serán tenidas en cuenta a la hora del desarrollo del proyecto, son las siguientes:

● Cualquiera sea la ubicación del edificio en el predio, éste debe cerrarse, excepto las aberturas exteriores de comunicación, con un muro de 3 m. de altura mínima y de 0.30 m. de espesor de albañilería de ladrillos macizos o 0.07 m. de hormigón.

● Todo elemento constructivo que constituya el límite físico de un sector de incendio, deberá tener una resistencia al fuego (F) determinada, depen- diendo de la naturaleza de la ventilación del local (natural o mecánica).

● A una distancia inferior a 5 m. de la Línea Municipal en el acceso, existirán elementos que permitan cortar el suministro de gas, la electricidad u otro fluido inflamable que abastezca el edificio.

● Las ventanas y puertas de acceso a los distintos locales que componen el uso, desde un medio interno de circulación de ancho no menor de 3 m. no deben cumplir ninguna resistencia al fuego en particular.

● En edificios de sanidad y salubridad se debe colocar un grupo electrógeno de arranque automático, con capacidad adecuada para cubrir las necesi- dades de quirófanos y artefactos de vital funcionamiento.

● Los medios de salida del edificio deben ser señalizados en cada piso me- diante flechas indicadoras de dirección. Deben ser colocadas a 2 m. sobre el solado e iluminadas en las horas de funcionamiento de los locales. ● Todo edificio deberá poseer matafuegos con un potencial mínimo de extin-

ción equivalente a 1A y 5BC, en cada piso, en lugares accesibles y prácti- cos, distribuidos a razón de 1 cada 200 m2 de superficie cubierta o fracción.

La clase de estos elementos se corresponderá con la clase de fuego pro- bable.

● Deben contar con un servicio de agua contra incendio.