Chapter 2 Background and Motivation
2.2 Web Services’ Security Challenges and Issues
2.2.1 Security Vulnerabilities Concerning WSs
INTERVENCION DEL REPRESENTANTE HERNAN MOTTA MOTTA Sesión plenaria, 12 de diciembre de 1988.
Interviene el honorable Representante Hernán Motta Motta, quien consigna la opinión de la Unión Patriótica en torno al proyecto de reforma constitucional. Anota lo siguiente: - Deseo expresar señor Presidente, algunas opiniones de la Unión Patriótica en relación con el proyecto de acto legislativo reformatorio de la Constitución que ha sido puesto a consideración de la Cámara de Representantes. Este proyecto, que la Unión Patriótica califica de regresivo y que mediante acuerdo de los jerarcas del bipartidismo pretende imponerse al país, constituye otra frustración para las aspiraciones democráticas del pueblo colombiano.
La Unión Patriótica propone una auténtica reforma constitucional conforme a las expectativas populares. Los más diversos sectores sociales han señalado reiteradamente el carácter inadecuado de las instituciones políticas del Estado colombiano, y por consiguiente, necesidad de democratizar el régimen político vigente y la democratizar la vida nacional, a la par de introducir inaplazables reformas económicas y sociales que allanen el camino para la solución política de la crisis colombiana y su conflicto interno.
El proyecto de enmienda constitucional de los Acuerdos de la Casa de Nariño y los retoques que le hizo el Senado de la República, consolidan el actual modelo de democracia restringida, el actual modelo de dominación bipartidista excluyente. En lugar de un proceso institucional de ampliación de la democracia, el proyecto e acto reformatorio de la Constitución Política puesto a consideración de esta Cámara significa un retroceso en la vida jurídica del país y una negativa rotunda a los anhelos y demandas populares de democratización del sistema político. Este proyecto, honorables Representantes, se opone a la recuperación de la plenitud de las funciones legislativas del Congreso de la República; oficializa la justicia mediante la institución de la Fiscalía Nacional, dependiente del Poder Ejecutivo a cambio del aparente desmonte de la paridad establecida en el antidemocrático parágrafo del actual artículo 120 de la Constitución Nacional, el proyecto la mantiene en la Rama jurisdiccional del Poder Público, en el sistema electoral y a través de la Procuraduría
General de la Nación, que la entrega al partido que le sigue en votos al del Presidente de la República. Desarrollando esa antidemocrática tendencia excluyente del bipartidismo, se niega el derecho a la representación de las minorías parlamentarias en las Mesas Directivas de las corporaciones de elección popular.
El carácter despótico está contenido en el mantenimiento del artículo 28, verdadero monumento a la arbitrariedad y al abuso de poder que faculta al Gobierno para ordenar en tiempos de paz la retención de ciudadanos sin mandamiento judicial, quebrantando todo el ordenamiento jurídico y desquiciando el estado de derecho democrático, que se funda en la división tripartita del Poder Público y en la independencia de sus Ramas. Pero, honorables Representantes, el aspecto más regresivo del proyecto está contenido en n de excepción del estado de sitio, al que se le maquilla el con el cambio de su denominación, pero que faculta con poderes omnímodos al Gobierno para tipificar conducta punible para modificar los códigos, incluso para suspender la vigencia de derechos humanos y ciudadanos y hasta - óigase bien- primera vez en la historia constitucional de la República, para suspender las garantías sociales consagradas en el título III de la Carta Política, y para restablecer mediante la Carta Constitucional el juzgamiento de civiles por Tribunales Militares. Las concesiones de principios al eclecticismo a cambio de intereses clientelistas burocráticos, establecen una doble muralla para impedir al pueblo el ejercicio real y directo de la soberanía.
La propuesta de la Unión Patriótica parte del establecimiento de una auténtica igualdad jurídica material para todos los partidos y para todas las formaciones, para todos los movimientos políticos, sobre el reconocimiento al derecho del ciudadano de ser consultado, con efectos decisorios a través de la Consulta Popular, regional. nacional o municipal: del establecimiento de una Rama Electoral independiente del Gobierno; del derecho de representación de las minorías a los cuerpos electivos; la supresión de las disposiciones que prevén la suspensión de las garantías ciudadanas y los derechos sociales; de la definición de Fuerzas Militares las como parte del Ejecutivo y subordinadas a las autoridades superiores de esta Rama, y la consagración de la Policía como fuerza enteramente civil; de la facultad del voto, pero sin intervención en política partidista, para todos los miembros de las Fuerzas Armadas: de la exclusión del juzgamiento de civiles Tribunales castrenses por de la limitación del fuero militar para los miembros de las
Fuerzas Armadas a los delitos propios y con ocasión del servicio: de la autonomía e independencia de la Administración de Justicia: del control jurisdiccional y político al régimen excepcional del estado de sitio y de su limitación precisa en su duración temporal: del control del Congreso de la República sobre los contratos que comprometan recursos naturales del país y que deberán ser sometidos a la acción de las dos terceras partes de los miembros del Congreso Nacional; de la limitación del de la deuda pública y de su pago servicio de la consagración constitucional de la plenitud de los derechos económicos sociales que configuran el estado social de y derecho; de la plenitud de las funciones del Congreso de la República y de la revocatoria del mandato a los cargos de elección popular Tales los aspectos más generales en que la Unión Patriótica fundamenta su propuesta de reforma constitucional conforme a las aspiraciones populares.
Dejamos, registrada la opinión de la Unión Patriótica pues, sobre el carácter regresivo, antidemocrático y antipopular del acuerdo de los jerarcas del bipartidismo que pretende imponerse a espaldas del país particularmente en contra de los intereses del y pueblo colombiano. Y por contraste, consignamos nuestra propuesta de reforma democrática del régimen constitucional.
Gracias, señor Presidente.
Anales del Congreso No. 216, pág. 20 Bogotá, viernes 16 de diciembre de 1988.