Reunión internacional de expertos “Patrimonio cultural inmaterial- definiciones operacionales” organizada por la UNESCO.
14-17 de marzo del 2001, Turín (Italia)
En el 2001 se elabora un plan de acción para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial donde se contempla la elaboración de una normativa internacional sobre la protección del patrimonio cultural inmaterial debido a la falta de una solución a dicho problema.
Esta normativa fue creada con el objetivo de dirigirse principalmente a los creadores de las comunidades que poseen patrimonio. Como resultado de esta reunión se procedió a la elaboración de un nuevo instrumento de normativa internacional que se basó en:
Conservar las creaciones del ser humano que podrían desaparecer para siempre. Otorgar un reconocimiento mundial
42 Posibilitar la cooperación
El objetivo de esta reunión tuvo la finalidad de crear una normativa la misma que permite proteger al patrimonio cultural inmaterial que se estaba viendo afectado y corría el riesgo de desaparecer si no se tomaba las debidas precauciones a tiempo, esta reunión fue de gran aporte en vista de los problemas que se estaban presentando.
Convención para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de octubre de 2003, París (Francia)
El 17 de octubre de 2003 se celebró en París la convención que tuvo por finalidad, la salvaguardia, el respeto, la sensibilización y la asistencia internacional del patrimonio cultural inmaterial. Esta normativa se oficializó el 20 de abril de 2006 y tiene 140 Estados miembros. Ecuador es uno de estos países. Al ser considerado el patrimonio cultural inmaterial en peligro de deterioro y desaparición esta convención fue de gran aporte.
En la convención efectuada se planteó obligaciones de cooperación internacional, las mismas que apoyaron al proyecto relacionado con el tema en mención.
En este documento se reconocen 5 ámbitos del patrimonio cultural inmaterial. El ámbito 3 reconoce el patrimonio dentro de usos sociales rituales y actos festivos, la fiesta motivo de esta tesis es parte de esta definición por cuanto esta convención fue de gran aporte para poder clasificar dichas manifestaciones.
Conferencia Internacional sobre “La salvaguardia del Patrimonio Cultural Tangible e Intangible: hacia un planteamiento integrado”.
43 La UNESCO y El Organismo de Cultura del Japón deciden organizar una conferencia internacional sobre este tema con motivo de celebrar el 40º aniversario de la Carta de Venecia y el 10º aniversario del documento de Nara que trata acerca de la autenticidad para comenzar un debate a nivel mundial utilizando un posible enfoque que tenga que ver con la protección del patrimonio cultural tanto material como inmaterial.
Para llevar esta conferencia se hizo la invitación a 45 expertos para analizar los distintos temas en base a los problemas actuales de la gestión del patrimonio, una vez que los expertos aprobaron una nueva declaración se procedió a exponer los resultados que tenía un enfoque direccionado a la protección del patrimonio cultural material e inmaterial.
En el documento final se tomaron en consideración varios temas los cuales abarcaban como tema central sobre la salvaguarda del patrimonio material e inmaterial.
. Además, se realizó el Debate sobre el proyecto de Declaración de Yamato acerca de los Enfoques Integrados para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Tangible e Intangible.
Bases legales Nacionales
Constitución de la República del Ecuador
La Constitución de la República del Ecuador que rige desde el año 2008 en el registro oficial el 20 de octubre del mismo año es la norma suprema de nuestro país, conocida también como carta magna es también el marco legal que sustenta la existencia de nuestro país y del gobierno de turno.
En la Constitución del Ecuador en el Título I que corresponde a los Elementos Constitutivos del Estado, capitulo primero, se puede utilizar el art 3, que en su literal número 7 textualmente se refiere a “Proteger el patrimonio natral y cultural del país” (Asamblea
44 Nacional, 2008). Esto se refiere a que el estado garantiza el cuidado del patrimonio natural y cultural en base a lo establecido legalmente.
En el Título II que corresponde a los derechos, capítulo segundo, derechos del buen vivir en la sección cuarta, el artículo 21 menciona que respeta la libertad cultural es decir que cada individuo podrá acceder libremente al conocimiento y participación de expresiones culturales que sean de su agrado.
En base a lo que menciona los Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades en el art 57 que textualmente citado menciona:
“Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:
13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto.” (Asamblea Nacional, 2008)
Es decir que mediante este artículo se garantiza el cumplimiento de todos los convenios y tratados internacionales con la finalidad de proteger el patrimonio.
Dentro del Capítulo noveno de las Responsabilidades en el art 83 textualmente dice “Art. 83 Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos. (Asamblea Nacional, 2008). Por cuanto la población debe comprometerse y ser un actor fundamental dentro del cuidado del patrimonio cultural y material.
45 En el artículo 264 que pertenece al título V de la organización territorial del Estado, en l capítulo cuarto menciona textualmente “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines.” (Asamblea Nacional, 2008). En función de lo establecido los gobiernos municipales deberán facilitar el espacio público para el desarrollo de las manifestaciones que se relacionen con el patrimonio.
En el título VI, capítulo primero, el art 276 establece lo siguiente: “El régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos: Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.” (Asamblea Nacional, 2008). Con lo dispuesto en este artículo no se puede obstruir las facilidades de acceso a los pobladores para sean partícipes de las distintas manifestaciones que son parte de su patrimonio.
Los artículos 377 ,379y 380 de la sección quinta de cultura en síntesis mencionan que efectivamente el patrimonio cultural tiene que ser reconocido como tal, fortaleciendo aspectos que de una u otra manera no se traten de la manera adecuada y conservando aquello que forman parte importante de la identidad de todos como pueblo, sin dejar a un lado la responsabilidad del Estado al ser el ente que mayor cuidado debe poner a este tema.
Ley de Patrimonio Cultural
Codificación 27, Registro Oficial Suplemento 465 de 19 de Noviembre del 2004. La ley de Patrimonio Cultural indica cuales los bienes que forman parte del patrimonio cultural de nuestro país, además menciona las funciones que debe cumplir el Instituto de Patrimonio Cultural siendo este considerado parte fundamental dentro de esta ley.
46 En sus artículo 1, 14 y 15 protege a los bienes patrimoniales mencionando que no se pueden destruir bajo ninguna circunstancia la responsabilidad está directamente relacionada con el Instituto Nacional de Patrimonio y son los gobiernos municipales quienes están encargados de cuidado proteger y salvaguardar sus bienes patrimoniales.
Toma en cuenta a las ciudades que sean poseedoras de centros históricos, que son bienes que no solo deben ser preservados sino que forman parte de la identidad del lugar en donde se encuentran ubicados.
Plan Nacional del Buen Vivir 2013- 2017
La gestión del Ministerio de Cultura y Patrimonio está enmarcada dentro de las metas del objetivos N° 5 del Plan Nacional del Buen Vivir, donde se establece la construcción de espacios de encuentro común y fortalecimiento de la identidad nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad.
También se enmarca dentro del objetivo N°4 que establece el fortalecimiento de las capacidades y potencialidades de la ciudadanía basado en el conocimiento como acervo colectivo, para ello es necesario consolidar los procesos de creación, acumulación, especialización y transferencia de conocimiento hacia los sectores productivos, a través de la formación académica con proyección internacional.
Sin olvidar también el Objetivo Nº 3 que menciona mejorar la calidad de vida de la población y se relación directamente con el cuidado del patrimonio ya q económicamente representa un factor importante para las distintas poblaciones
Ley de Turismo
47 Considero a la ley de Turismo debido a que el presente trabajo de titulación está directamente relacionado con esta actividad por lo que es importante mencionar que esta ley rige las medidas de promoción, desarrollo y regulación del sector turístico lo cual se relaciona con el tema planteado ya que se buscarán estrategias de desarrollo turístico basados en la fiesta tradicional “Día de los Inocentes”.
Uno de los principios que menciona la ley de turismo es el que promueve la conservación permanente y uso racional de los recursos culturales del país, por lo cual es necesario tomar en consideración este aspecto que es base fundamental dentro de cualquier propuesta que se vaya a elaborar ya que se podría ver afectado el patrimonio cultural y se incumpliría con lo mencionado anteriormente.
Instituto Nacional de Patrimonio Cultural
Como ya se ha indicado fue creado en 1978. De acuerdo a la Ley de Patrimonio cultural vigente tiene entre sus funciones tiene el trabajo de investigar, conservar, preservar, restaurar, exhibir y promocionar el patrimonio cultural del país; así como también debe elaborar un inventario de los bienes que conforman el patrimonio, además debe preocuparse por efectuar investigaciones de carácter antropológico y velar por el cumplimiento de las ley.
Es decir que el INPC es una institución cuyo papel es fundamental dentro de la protección y cuidado del patrimonio cultural así mismo esta institución debe velar por el cumplimiento de las normativas que ya se han establecido para que de esta manera el patrimonio cultural no se vea afectado de ninguna manera.
Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación
48 El artículo 23 citado textualmente menciona:
Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales. (Asamblea Constituyente, 2008)
En base a esto se define que todas las personas tienen el derecho de participar en cuantas manifestaciones de aspecto cultural crean convenientes ya que están amparados por la ley.