4 Economic feasibility
4.4 Sensitivity analysis
1. ¿Sabía Ud. Que la Constitución de la República del Ecuador, garantiza el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes?
En relación a los gráficos se puede apreciar que en un 90% de las personas encuestadas respondieron que si conocían que la Constitución de la República del Ecuador, garantiza el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y un 10% respondieron que no conocían este tema. Con este antecedente es claro señalar la mayoría conoce que una de los objetivos del Estado Ecuatoriano es que los niños, niñas y adolescentes se desarrollen íntegramente y es un grupo de atención prioritaria.
2. ¿Sabía Ud. Que la Constitución de la República del Ecuador, señala es un derecho de las niñas, niños y adolescentes el “disfrutar de la convivencia familiar”?
De los resultados obtenidos podemos determinar que un 80 % de las personas encuestadas respondieron que si conocían que la Constitución de la República del Ecuador, señala es un derecho de las niñas, niños y adolescentes el “disfrutar de la convivencia familiar” y un 20 % respondieron que no conocían al respecto.
SI 90% NO 10%
PREGUNTA 1
SI NO 80% 20%PREGUNTA 2
SI NO47
3. ¿Sabía Ud. Que al hablar del derecho del niño, niña, adolescente a la convivencia familiar, es el disfrute pleno del tiempo con ambos padres?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 84% conoce que la convivencia familiar, es el disfrute pleno del tiempo con ambos padres y el 16% no conoce este hecho.
4. ¿Sabía Ud. Que es obligación del padre o madre que posea la tenencia permitir se cumpla con el régimen de visitas acordado?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 44% conoce que es obligación del padre o madre que posea la tenencia permitir se cumpla con el régimen de visitas acordado y el 56% no conoce esta situación.
84% 16%
PREGUNTA 3
SI NO 44% 56%PREGUNTA 4
SI NO48
5. ¿Sabía Ud. Que el incumplimiento al régimen de visitas, no permite un desarrollo integral del niño, niña o adolescente?
De los resultados obtenidos podemos determinar que el 70% conoce que el incumplimiento al régimen de visitas, no permite un desarrollo integral del niño, niña o adolescente y el 30% no conoce este hecho.
6. ¿Sabía Ud. Que el padre o madre que no permite el cumplimiento al régimen de visitas, no tienen sanción alguna?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 30% conoce que el padre o madre que no permite el cumplimiento al régimen de visitas, no tienen sanción alguna y el 70% no conocían de este particular.
70% 30%
PREGUNTA 5
SI NO 30% 70%PREGUNTA 6
SI NO49
7. ¿Ud. Ha sido afectado o conoce casos de personas a las que se haya afectado su derecho a la visita de sus hijos?
De los resultados obtenidos podemos determinar que el 80% ha sido afectado o conoce casos de personas a las que se haya afectado su derecho a la visita de sus hijos y el 20% no conoce ni le ha pasado esta problemática.
8. ¿Esta Ud. De acuerdo que el padre al que no se permite visitar a sus hijos pueda pedir la tenencia?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 92% está de acuerdo en que el padre al que no se le permita cumplir con el régimen de visitas pueda solicitar la tenencia y el 8% no está de acuerdo.
80% 20%
PREGUNTA 7
SI NO 92% 8%PREGUNTA 8
SI NO50
9. ¿Cree Ud. Que al poder el padre vulnerado solicitar la tenencia, esta ayudaría a la formación y desarrollo integral de los hijos?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 90% piensa al poder solicitar la tenencia por cuanto el padre custodio no le permite visitar a sus hijos, esto garantizaría la formación y desarrollo integral de los hijos, y el 10% no cree esto incida en la formación de los hijos.
10. ¿Ante qué autoridad deben concurrir para exigir el cumplimiento de su derecho a visitar a sus hijos?
En relación a los resultados obtenidos podemos determinar que el 16% de las personas encuestadas respondieron deben concurrir a exigir el cumplimiento de su derecho a visitar a sus hijos, ante el Juez de lo Civil; ante el Juez de Violencia el 20%; ante los Jueces de Paz el 18% y el 46% ante el Juez de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. 90% 10%
PREGUNTA 9
SI NO 12% 39% 14% 35%PREGUNTA 10
JUEZ DE LO CIVIL JUEZ DE VIOLENCIA JUEZ DE PAZ51
2.3.1.1. Interpretación de Resultados de las causas despachadas en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Antón Santo Domingo.
PERIODO FISCAL 2015
En el trabajo de campo aplicado se colige que en el año 2015 ingresaron a la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo la cantidad de 8741 causas.
En el caso de estudio tenemos 2 causas de Incidentes de Tenencia; 54 causas de Retenciones Indebida; 11 causas de Perdida de la Tenencia; 83 causas de Régimen de Visitas; 22 causas de Suspensión de la Patria Potestad; 155 causas de Recuperación de Menores; 277 causas de Tenencia; y 8137 son otras causas en materia de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. De la totalidad de causas ingresadas en el año 2015, corresponde solo el 6.91% a procesos de Régimen de Visitas y Tenencia, dando a entender que es un tema muy controversial y de difícil cumplimiento, el progenitor que detenta la tenencia del menor impide o dificulta la relación, incluso no permite que el padre visite a sus hijos, posiblemente por aparecimiento del Síndrome de Alienación Parental SAP y las acciones judiciales solicitadas por el padre afectado son lentas y poco eficaces
Figura número 5. Cuadro Interpretativo Causas Ingresadas en el Periodo Fiscal 2015, de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo.
2 54 11 83 22 155 277
8137 8741
CUADRO DE CAUSAS DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 2015
52
PERIODO FISCAL 2016
En el trabajo de campo aplicado se colige que en el año 2016 ingresaron a la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo la cantidad de 5115 causas.
En el caso de estudio tenemos 3 causas de Incidentes de Tenencia; 54 causas de Retenciones Indebida; 12 causas de Perdida de la Tenencia; 103 causas de Régimen de Visitas; 25 causas de Suspensión de la Patria Potestad; 137 causas de Recuperación de Menores; 1 causas de Modificación del Régimen de Visitas; 123 causas de Tenencia; y 8137 son otras causas en materia de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. De la totalidad de causas ingresadas en el año 2016, corresponde solo el 8.11% a procesos de Régimen de Visitas y Tenencia, tema de estudio del presente informe jurídico han aumentado progresivamente por el deterioro de las relaciones entre los padres custodios y visitantes. Sin embargo no han logrado el cumplimiento y la protección eficaz de los derechos del padre.
Figura número 6. Cuadro Interpretativo Causas Ingresadas en el Periodo Fiscal 2016, de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo
11 3 1 12 103 25 137 123
4700 5115
CUADRO DE CAUSAS DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 2016
53
2.3.2.- Propuesta del investigador.
Luego de la investigación realizada se propone realizar informe sobre la vulneración de los derechos de los padres por el incumplimiento del régimen de visitas, a fin de presentar alternativas que contribuyan al desarrollo integral de los hijos, tales como la custodia compartida para la formación de estos.
2.4.- Conclusiones parciales del capítulo
En el trabajo de campo aplicado se pudo evidenciar que los usuarios de la Unidad de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia, abogados en libre ejercicio profesional, así como administradores de justicia conocen que nuestra Carta Magna garantiza el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y la convivencia familiar; es decir el disfrute de ambos padres; se desarrollen tanto con la formación del padre como de la madre.
Al realizar la encuesta aplicada a la muestra de los usuarios de la Unidad de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia, afirmaron han sido afectados o conocen casos donde no han podido ejercer su derecho a visitar a sus hijos, e inclusive quieren la custodia sea compartida y no solo la madre por regla general se quede a su cargo; ya que el padre que no la tiene debe tener derecho a pedir la custodia compartida, siempre y cuando no afecte al desarrollo de los hijos.
Se pudo concluir que no conocían en su totalidad que el padre o madre que obstaculiza el régimen de visitas no tiene sanción alguna, ya que se considera el estado es garantista de los derechos del menor y pese a ser un grupo de atención prioritaria hay vacíos que deben fortalecer en el Código Orgánico de la niñez y adolescencia.
Al realizar las entrevistas a los profesionales del derecho, si hay conocido casos donde se vulneren el derecho de visitar a los hijos, en su experiencia profesional nos manifestaron que sí y no es una problemática que se exige su cumplimiento en cada caso, es decir no se judicializa; ya que esperar a la buena voluntad del padre custodio, a las condiciones y peticiones de este, e inclusive no les da un buen trato o pese a no dejarles ver tampoco les cuida integralmente; y por el costo al acceso a la justicia pese a ver procedimientos cuando este se incumple; no pueden obtener la tenencia compartida que anhelan para poder contribuir al desarrollo del menor.
54
CAPITULO III
VALIDACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS
INFORME JURÍDICO REFERENTE A LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DEL PADRE, POR EL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS, EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO