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Sensitivity on capacity allocation

5.5 Sensitivity analysis

5.5.3 Sensitivity on capacity allocation

De acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social la Secretaría de Desarrollo Social tiene diez principios rectores que dan marco a sus acciones; a saber: capacidad de decisión; justicia distributiva; solidaridad; sustentabilidad; libre determinación; autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades; integralidad; participación social y transparencia; respeto a la diversidad; y equidad de género (SEDESOL, 2007:13-14).

Los dos últimos principios rectores (respeto a la diversidad y equidad de género), tienen una orientación de política social dirigida a mujeres, ya que en el primero de ellos se plantea en términos de reconocimiento del origen étnico de las personas, su género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con equidad y respeto a las diferencias (Ídem, 2007:13-14).

En lo relativo al segundo de equidad de género, se plantea en términos de reconocimiento a que tanto mujeres como hombres deben tener igualdad de oportunidades, lo cual implica que además de tener los mismos derechos se reconocen las diferencias y se tomen en cuenta para que realmente todas las personas puedan ejercer sus derechos plenamente. Por esto es que todos los programas de la Sedesol (como el de jornaleros agrícolas) considerarán la equidad de género como parte fundamental para lograr la igualdad de oportunidades, en especial: la de igualdad en el acceso a capacidades básicas de educación, salud y empleo (Ibídem, 2007:13-14). Debido a lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Social establece en consecuencia como uno de sus objetivos más importantes el de: “contribuir al desarrollo humano sustentable a través del desarrollo de capacidades básicas de educación, salud y nutrición que permitan una mayor igualdad de oportunidades”, en especial para la población en condiciones de pobreza (SEDESOL, 2007:10).

No obstante esto último, en el apartado de objetivos estratégicos que plantea la propia Sedesol, ahonda un poco más al respecto al especificar que “para lograr el desarrollo de capacidades se requiere la implementación de una política social donde el énfasis se encuentre en promover la igualdad de oportunidades, para reducir la brecha entre quienes más tienen y quienes más necesitan; y que por lo tanto, se requiere dotar de capacidades básicas a la población para que pueda acceder a mejores opciones de ingreso” (Ídem, 2007: 111).

Los objetivos de dotar de capacidades básicas de educación, salud y nutrición a la población para que pueda acceder a mejores opciones de ingreso, son explicados más ampliamente en el numeral de políticas y líneas de acción, donde se establece que “se buscará apoyar a las personas en condiciones de pobreza para la entrada y permanencia a educación técnica, media y superior u otro tipo de capacitación que facilite el acceso a mejores fuentes de ingreso; asimismo, se brindará asistencia técnica y capacitación con el fin de facilitar el acceso a fuentes de financiamiento productivo. De esta manera se vinculará la política social con la política de generación de ingresos, financiamiento y empleo”. Por otra parte, se reconoce que las técnicas, diseños y conocimientos tradicionales son uno de los principales activos intelectuales con los que cuentan los ciudadanos para superar las condiciones de pobreza. En este sentido, también se impulsará la actividad artesanal, reconociendo las particularidades comunitarias y regionales en que viven los artesanos (Ibídem, 2007:26).

Ahora bien como se específica en el principio rector de la Sedesol relativo a equidad de género, todos sus programas considerarán la igualdad de género como parte fundamental para lograr la igualdad de oportunidades. A continuación se hace un análisis de cómo permea este principio rector en el programa de jornaleros agrícolas a nivel normativo:

Fácilmente en las Reglas de Operación de la Sedesol-Paja, se dejan entrever intenciones de perspectiva de género, ya que en su apartado introductoria se establece que en el programa “se adopta una perspectiva de género y de reconocimiento del pluralismo étnico y cultural presente en el país para lograr la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de capacidades de los jornaleros agrícolas y sus familias” (D.O.F., 2007:2).

Asimismo, en el numeral 3.1 se refrenda lo anterior al señalar que el objetivo general del programa es “contribuir a mejorar las condiciones de vida y de trabajo de la población jornalera agrícola durante su ciclo migratorio, a partir de la identificación de sus necesidades locales y atendiendo sus diferencias en cuanto a condición étnica, género y edad”.

Por otro lado, se menciona que el programa desarrolló dos tipos de proyectos básicamente: los de promoción social (donde la red de promoción social son el vínculo permanente con los grupos jornaleros, lo que permite recoger sus demandas, y acompañarlos en la resolución de sus necesidades más sentidas o inmediatas), y los de inversión directa, mismos que son clasificados dentro de las denominadas líneas de acción que son: vivienda y saneamiento ambiental; alimentación y abasto; salud y seguridad social; educación cultura y recreación; empleo, capacitación y productividad; y procuración de justicia. (SEDESOL-PAJA, 2001)

Teniendo en cuenta, tanto el principio rector de la Sedesol basado en el desarrollo de capacidades básicas (educación, salud, alimentación) para poder tener acceso a mejores de ingreso, como la perspectiva de género que adopta la Sedesol-Paja inherente a género, se puede inferir que las acciones realizadas a favor de las mujeres en las líneas de acción de alimentación y abasto; salud y seguridad social; educación, cultura y recreación; empleo capacitación y productividad, constituyen la parte esencial de la política de equidad de género de la Sedesol-Paja.

Es obvio que la participación económica de la mujeres en general y en específico de la mujer rural en el mercado de trabajo ha venido teniendo un notable crecimiento en los últimos años, ocasionado entre otras cosas, por los deficiente ingresos en sus hogares, por la alta migración de hombres que se da en las zonas rurales o bien por el deseo de participar en el ámbito público para crecer y desarrollarse bajo la expectativa de superar su condición y situación de género.

Al revisar la política social dirigida a mujeres de la Sedesol, y las formas de intervención por medio de sus programas (como el Paja) que directa o indirectamente tratan de incidir a favor de las mujeres, se muestran en el papel como encaminadas a atender a través de las mujeres, las necesidades de la familia y la comunidad más que de las propias mujeres, por lo que su enfoque es más instrumentalista que de género,

queriendo dar respuesta o solución a los efectos de desigualdad y no así a atacar las causas que la generan.

Otro aspecto que llama la atención, es que la políticas en materia de equidad de género de la Sedesol es a propósito un tanto ambiguas; lo cual, es una estrategia generalizada en el servicio público para impedir evaluaciones internas o externas que evidencien la orientación “política clientelar” de los programas y su falta de impacto en contribuir a resolver las problemáticas de las poblaciones objetivos.

A pesar de lo anterior, se puede concluir que la procuración de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, se basa fundamentalmente en el desarrollo de capacidades básicas inherentes a la educación, salud, alimentación en primera instancia, y en segundo término al empleo y por ende al ingreso de la familia jornalera; es decir, a las necesidades estratégicas de las mujeres, por consiguiente no se hace referencia alguna.

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