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Chapter 3 OPERATION USING THE KEYPAD

3.3 Running Mode

3.3.2 Setting up frequency and PID process commands

a) Políticas de Gestión Ambiental

- Ordenanza Municipal Nº 010-2008-MPSP/A, aprobar el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la provincia de San Pablo- PIGARS, de fecha de 10 de noviembre de 2008.

- Ordenanza Municipal Nº 05-2009-MPSP, crea la Comisión Ambiental Municipal como la instancia de gestión ambiental en la provincia de San Pablo, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores públicos, privados y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la comisión ambiental regional de la Región Cajamarca y el MINAN de fecha 19 de agosto 2009. Plan de Acondicionamiento Territorial el cual aun no se ha implementado, por lo que por el plazo transcurrido debería entrar en un proceso de actualización.

b) Hídricos

- Ordenanza Municipal Nº 01-2007-MPSP, que aprueba el documento “Propuesta de Política y Desarrollo de capacidades para la Gestión de Agua y Medio Ambiente de la provincia de San Pablo para el periodo 2006-2015” en el que establece la priorización de los estudios definitivos para la ejecución de los proyectos denominados : gestión integral de la microcuenca del río Yamichad, incremento de la oferta hídrica de la micro cuenca del rio Yamichad, San Pablo provincia ecológica, impulsando preferentemente los estudios para la ejecución de los proyectos de irrigación: embalse, pozo seco, canal, rederivación del rio Rejo; así como la construcción del canal Tumbadén Grande- Chacapampa. Así mismo definir como área de conservación ambiental municipal a la zona de las lagunas ubicadas en el caserío Alto Perú, distrito de Tumbadén, provincia de San Pablo. Definir como área de conservación ambiental a la zona de Pozo Seco ubicada en el caserío de Pozo Seco distrito de Tumbadén provincia de San Pablo, de fecha 16 de febrero de 2007.

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11. Contumazá

a) Políticas de Gestión Ambiental

- Ordenanza Municipal 12--2011-MPC, que crea la Comisión Ambiental Municipal como la instancia de gestión ambiental en la provincia de Contumazá, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores públicos, privados y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la comisión ambiental regional de la Región Cajamarca y el MINAN, de fecha25 de julio 2011. - Ordenanza Municipal Nº 12-2012-MPC, que crea la Comisión

Ambiental Municipal como la instancia de gestión ambiental en la provincia de Contumazá, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores públicos, privados y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la comisión ambiental regional de la Región Cajamarca y el MINAN del 25 julio de 2011.

- Ordenanza Municipal Nº 02-2013-MPC, aprobar el plan anual de evaluación y fiscalización ambiental –PLANEFA, del distrito provincia de Contumazá. De fecha 28 de enero de 2013.

b) Instrumentos de Gestión

- Reglamento de Organización y Funciones (ROF) Artículo 9º.- Atribuciones del Concejo Municipal.

Al Concejo Municipal le corresponde las siguientes atribuciones: …

4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declarada conforme la ley.

5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, y

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demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.

Artículo 65°.- Funciones De La Sub Gerencia De Promoción Del Desarrollo Económico Local

Son funciones de la Sub Gerencia de Promoción y Desarrollo Económico Local y Medio Ambiente:

1. Diseñar un Plan Estratégico de Desarrollo Económico Provincial Sostenible en función de las potencialidades, de los recursos disponibles y de las necesidades básicas de la población de la provincia.

2. Autorizar o desestimar el otorgamiento de Certificados de Zonificación y Compatibilidad de Uso y de Habitabilidad para fines de tramitación de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios. (…)

Artículo 66°.- Estructura De La Sub Gerencia De Promoción Del Desarrollo Económico Local Y Medio Ambiente.

La Sub Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Local y Medio Ambiente cuenta con las siguientes Divisiones:

 División de Medio Ambiente.

 División de Desarrollo Económico Local.

- División de Medio Ambiente

Artículo 67°.- División De Medio Ambiente

La División de Medio Ambiente está encargada de Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Asimismo fomentar el desarrollo del turismo local sostenible.

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Está a cargo de un Responsable de División quien depende de la Sub Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico y Medio Ambiente.

Artículo 68°.- Funciones De La División De Medio Ambiente Son funciones de la División de Medio Ambiente:

1. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales.

2. Proponer la creación de áreas de conservación ambiental.

3. Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.

4. Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones.

5. Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental.

6. Promover la creación, formalización y el desarrollo de la micro y pequeña empresa Turísticas.

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12. Celendín

a) Políticas de Gestión Ambiental

- Ordenanza Municipal Nº 008-2010-MPC, que crea la Comisión Ambiental Municipal como la instancia de gestión ambiental en la provincia de Celendín, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores públicos, privados y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la comisión ambiental regional de la Región Cajamarca y el MINAN, de fecha 12 de julio de 2010. - PIGAR 2011-2013 CELENDÍN, que busca contribuir al

mejoramiento de la calidad de vida y al medio ambiente en la Provincia de Celendín, a través de un sistema de gestión integral de los residuos sólidos que garantiza su sostenibilidad; con capacidades técnicas y gerenciales basadas en una planificación participativa y conciencia ambiental formada en la población. b) Hídricos

- Ordenanza Municipal Nº 020-2004-MPC, que declara área de conservación ambiental, zona intangible, reserva ecológica, reservada contra la explotación minera Azul Conga, la Laguna del Perol, Laguna Cortada, Laguna Alforjacocha, Laguna de Milpo y las Microcuencas del río Sendamal, Río Chugur, Río Chugumayo, por ser zonas eminentemente zonas agrícolas y ganaderas; además de todos los afluentes de la parte baja, tanto manantiales, cochas y filtraciones por formar parte del colchón de aguas de la parte alta cuya jurisdicción pertenece al distrito de Sorochuco. De fecha 13 de octubre de 2004.

c) Instrumentos de Gestión

- Reglamento de Organización Y Funciones

Artículo 11º La Municipalidad Provincial de Celendín, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, tiene competencia para:

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1. Organizar el espacio físico – uso del suelo a) Zonificación

b) Catastro urbano y rural c) Habilitación urbana

d) Saneamiento físico legal de saneamientos humanos e) Acondicionamiento territorial

(…)

Artículo 41º La Comisión Ambiental Municipal tiene como función principal planificar, organizar, y controlar las actividades relacionadas con la conservación del medio ambiente en la provincia de Celendín.

Artículo 42º La Comisión Ambiental Municipal tiene las siguientes funciones:

1. Coordinar y monitorear los planes, estrategias, y políticas en materia ambiental, en concordancia con la normatividad vigente.

2. Proponer proyectos y actividades que mejoren el ambiente y la calidad de vida de los ciudadanos.

3. Coordinar la implementación y tratamiento adecuado de los residuos sólidos.

Artículo 87º Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural:

1. Formular y dirigir la política municipal en materia de acondicionamiento territorial, medio ambiente y vivienda en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Reglamento Nacional de Construcciones y otras normas vigentes sobre la materia.

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2. Formular el planeamiento de desarrollo urbano, en concordancia con la política establecida por la Municipalidad Provincial de Celendín en materia de obras públicas, obras privadas, ornato y catastro. (…)

6. Atender los planos urbanos de acondicionamiento territorial del Distrito capital formulándolos, supervisándolos, manteniéndolos y actualizándolos. d) Sub Gerencia de Medio Ambiente, Recursos Hídricos, Minerales y

Forestales.

- Artículo 127º.- Sub Gerencia de Medio Ambiente, Recursos Hídricos, Minerales y Forestales es el órgano responsable de promover la gestión sostenible de los recursos naturales, atendiendo las funciones específicas en materia de áreas protegidas, suelo, recurso hídrico, flora, fauna y biodiversidad, con la finalidad de integrar la lucha contra la degradación ambiental con la lucha contra la pobreza y generación empleo, en el marco del plan de desarrollo concertado; asimismo, es el órgano responsable de ejecutar las actividades vinculadas a la protección y conservación del medio ambiente.

13. Cajamarca

a) Políticas de Gestión Ambiental

- Ordenanza Municipal Nº 184-CMPC, que aprueba el Plan Integral de Gestión Ambiental Residuos Sólidos de la provincia de Cajamarca –PIGARS 2008-2013. De fecha 21 de febrero del 2008.

- Ordenanza Municipal Nº 346-CMPC, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal Provincial de Cajamarca-CAM, De fecha 13 de junio de 2011. - Ordenanza Municipal Nº 377-CMPC, que crea el Sistema de

Información Ambiental Local-SIAL, con el propósito de establecer y garantizar un intercambio fluido de acuerdo a la información pública ambiental, información entre las instituciones

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públicas de la municipalidad y que ésta se encuentre plenamente disponible en una forma útil y oportuna a los diversos usuarios y tomadores de decisiones. De fecha 05 de marzo del 2012.

b) Ordenamiento Territorial

- Ordenanza Municipal Nº 129-CMPC, que aprueba el plan de mejoramiento del ordenamiento urbano de la ciudad de Cajamarca 2006-2010, que aprueba el De fecha 27 de diciembre del 2006.

- Ordenanza Municipal Nº 352-CMPC, Que declara de interés provincial el uso sostenible del territorio; la Zonificación Ecológica y Económica y el ordenamiento territorial de la provincia de Cajamarca.

Dicha ordenanza modifica los Artículos tercero, cuarto y quinto referente a: Los integrantes de la Comisión Técnica de Zonificación Ecológica y Económica de la Provincia de Cajamarca; sus funciones y la aprobación de su reglamento interno.

c) Hídricos

- Ordenanza Municipal Nº 398-CMPC, que declara de interés público local el uso sostenible del territorio y la zonificación ecológica económica de la sub cuenca del río San Lucas en el Distrito de Cajamarca, reconocer la conformación de la comisión técnica local de zonificación ecológica económica de la sub cuenca río San Lucas en el distrito de Cajamarca. De fecha 14 de septiembre de 2012.

- Ley que Declara la Intangibilidad del Cerro Quilish en Cajamarca, se declara zona intangible al cerro Quilish ubicado en la provincia y departamento de Cajamarca, las microcuencas de los ríos Quilish, Porcón Grande y demás que comprende su zona de influencia aledaña y todo lo que forma parte integrante del área natural protegida. Lima 23 de agosto del 2011.

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- Ordenanza Municipal Nº 340-CMPC, de fecha 25 de marzo de 2011.Que modifica el artículo dos, tres, cuatro y cinco respeto a: Las funciones específicas del grupo técnico de gestión, sus integrantes y señal que la Municipalidad a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública asume la Secretaría Técnica de Gestión y el Grupo Técnico de Gestión deberá Presentar ante el CAM Cajamarca informes semestrales indicando el nivel de avance, dificultades y grado de cumplimiento.

d) Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos

- PIGARS, de fecha septiembre del 2004 Cajamarca. Sus objetivos son incrementar los niveles de educación y sensibilización ambiental en los diferentes grupos de interés de la población de la provincia de Cajamarca, incluyendo tomadores de decisión, reforzar las capacidades de las municipalidades para asegurar la adecuada presentación del servicio de limpieza pública, consolidar los mecanismos de concertación inter- institucional y convergencia de esfuerzos entre los actores directamente vinculados al sistema de gestión de residuos sólidos.

 Distrito de la Encañada

Política y Gestión Ambiental

- Ordenanza Municipal Nº 010-2011-MDLE, que declara de interés público distrital, la conservación y protección de las cabeceras de cuencas de los ríos: Grande, La Encañada, la Quispa y el Azufre; para la provisión de recursos naturales esenciales a los pobladores de las comunidades de estas cuencas y la conservación de la diversidad biológica, de fecha 23 de setiembre de 2011.

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