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3.7 Testing the Design

3.7.2 Simulated Testing

Desde la aplicación de Jóvenes 2011 que la FTFE puesta a disposición de los beneficiarios de subvenciones en su página web, accediendo al módulo de Comunicación se pueden comunicar las prácticas profesionales no laborales (incluidos los módulos de formación práctica), así como realizar su notificación una vez finalizadas.

Para la aceptación por parte de la F.T.F.E. de las prácticas a justificar por empresa, estas han debido ser comunicadas y notificadas a través de la pestaña “Practicas” a la que se accede desde “GRUPOS FORMATIVOS”.

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Se habilita la pantalla en la que se comunican las prácticas realizadas en las empresas, al pulsar la pestaña “Prácticas”

Pulsando el botón “AÑADIR” aparecen los datos a cumplimentar sobre la práctica: calendario, días de prácticas, horario, datos de la empresa y dirección de la práctica, tutores de la práctica (Si en ese horario en la empresa hay varios tutores, han de incluirse los datos de todos. Se habilita la posibilidad, accionando el botón “CUMPLIMENTAR”), observaciones referentes a la práctica (Por ejemplo, días en los que no hay práctica; detalle del calendario según días,…).

Y en la parte inferior, a la que se accede rotando la pantalla, aparecen los participantes del grupo correspondiente. En la casilla previa al NIF, hay que señalar si el participante realiza la práctica.

Si se va a solicitar compensación económica por la práctica, es obligatorio indicar las horas invertidas, para lo cual, tras pinchar el icono de la derecha, se habilita una casilla en la que insertar el número de horas. Importante: Para que se

grabe esta cifra hay que volver a dar al icono de la derecha. Junto a él

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Al incluir el calendario se debe marcar “Aceptar” cuando varíe el horario de prácticas según los días.

Se accede a la siguiente pantalla en la que detallar el horario de cada día.

Para hacerlo, pinchamos el icono del día a modificar (En el ejemplo, el lunes 18/06/2012)

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Se incluye el horario correspondiente y se pulsa “ACEPTAR”

Junto a la Duración aparecerán las horas y minutos que abarca el calendario indicado. Señalar que las horas de prácticas que se comuniquen por participante no podrán superar este número de horas. Si se diera el caso, revisar el calendario por si se ha cometido algún error.

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Es preciso tener en cuenta las especificaciones relativas a las prácticas, según tipo de acción, tal y como establece la convocatoria (Resolución de 6 de octubre de

2011). Así:

Acciones no vinculadas: (Tipo 2.1a)

 Este tipo de prácticas se realizarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.

 La duración de estas prácticas supondrá un mínimo del 20 y un máximo del 40% de la duración de las respectivas acciones profesionales.

 El porcentaje mínimo de participación en las prácticas profesionales no laborales en empresas se establece en un 80% del total de participantes en las acciones formativas de este tipo.

 Las prácticas se podrán desarrollar durante la ejecución de las acciones formativas, siempre que los participantes hayan realizado un mínimo del 30% de la formación teórica y en horario compatible con el de la acción formativa.

 También podrán realizarse una vez concluida la acción formativa. En ambos casos, será necesario que haya superado con evaluación positiva la formación teórica realizada.

Acciones vinculadas: (Tipo 2.1b)

 El módulo de prácticas se realizará preferentemente una vez superados el resto de los módulos formativos de cada certificado de profesionalidad, pudiendo desarrollarse simultáneamente a la realización de aquellas.

 En todo caso, el módulo de prácticas sólo podrá realizarse aisladamente cuando, por sí mismo o junto con otros módulos o unidades formativas, permita a los participantes completar la formación necesaria para obtener el certificado de profesionalidad.

(*) En ambos casos, antes del comienzo de las prácticas profesionales no laborales (o de los módulos de prácticas de los certificados de profesionalidad), las empresas pondrán en conocimiento de los representantes legales de los trabajadores su realización, así como una relación de los alumnos que participan en las prácticas.

Una vez se incluya la información de la práctica, pulsar el botón “ACEPTAR” que aparece al final de la pantalla. La aplicación graba los datos correspondientes e informa que se ha actualizado la práctica correctamente:

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Cuando se hayan incluido todos los datos correspondientes a una empresa de prácticas, para que se pueda calcular y acreditar la compensación tras la confirmación del Plan, es preciso notificar la empresa, señalando la casilla que la precede y pulsando el botón

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Lo que nos conduce a la pantalla en la que, tras comprobar los datos de la empresa, hay que firmar para hacer efectiva la notificación.

Es importante comprobar que todas las prácticas comunicadas inicialmente para una empresa tienen cumplimentado el número de horas prácticas realizadas y están notificadas puesto que de no ser así no se podrá autorizar su compensación.

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Para ello es muy útil la “Consulta participantes de empresa de prácticas”, a la que se accede a través del “Resumen de actividad” ( ) “Consulta Participantes”.

En esta pantalla se facilitan varios criterios de búsqueda. En este caso, dado que nuestro objetivo es comprobar si todas las prácticas que los participantes realizaron en la empresa están notificadas, utilizaremos la consulta por CIF/NIF empresa de prácticas:

En el fichero Excel que se puede exportar se encuentran datos útiles sobre participantes que realizaron prácticas en las empresas.

Fecha Actualización: 31/10/2012 48 2) Compensación por las prácticas a las empresas

Las empresas en las que se realicen las prácticas profesionales no laborales previstas (incluidos los módulos de formación práctica) podrán recibir una compensación económica; según se recoge en el Artículo 7 de la Convocatoria dirigida a jóvenes menores de treinta años.

Una vez se hayan notificado todas las prácticas correspondientes a una empresa, existe la opción de solicitar la compensación económica por prácticas a las empresas, mediante la pestaña superior “PRÁCTICAS”. Los documentos que aquí se generan recogen la información comunicada a través del aplicativo en las diversas fases y muestran los datos depurados tras la certificación de los grupos.

Al entrar en la pestaña, aparecen todas las empresas en las que se han comunicado participantes realizando prácticas. Se selecciona la empresa marcando la casilla de su izquierda o insertando el CIF de la misma en el apartado correspondiente.

Vamos a seleccionar la empresa “CLICTIC”, con CIF B27730837. Marcamos el visto y pinchamos el icono de la derecha. Pulsando el icono señalado con la flecha, se accede a una pantalla en la que se pueden incluir los datos referentes a la empresa que solicita la compensación para hacer efectiva la misma. Dichos datos son: Persona de contacto de la empresa que solicita la compensación, Cuenta bancaria, Código IBAN y Código BIC, Representante/s legal/es de la empresa de prácticas, Representante/s legal/es de la entidad solicitante y Dirección postal a efectos de notificación.

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Como ejemplo, grabaremos algunos datos que se recuperarán posteriormente en los impresos generados:

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Copiar el CIF para, tras dar al botón “CANCELAR”, recuperar a la empresa de la que solicita compensación. Seleccionar y pulsar “BORRADOR COMPENSACIÓN

ECONÓMICA” para poder revisar los documentos generados según la información

que se ha incluido en la aplicación.

Se habilita el fichero PDF que incluye los documentos a firmar por el representante legal de la empresa de prácticas.

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En los documentos aparecen los datos previamente grabados. Si no se hubiera grabado algún dato, debe cumplimentarse a mano puesto que son obligatorios para percibir la compensación.

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Si en los documentos se encuentra algún dato erróneo se puede corregir. Si el grupo está certificado es necesario descertificarlo para modificar datos.

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IMPORTANTE: Una vez que se solicite la compensación económica a las empresas

pulsando el botón correspondiente, NO ES POSIBLE MODIFICAR NADA. Los documentos definitivos se generan una sola vez.

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Una vez solicitada la compensación, se bloqueará el acceso a la empresa (casilla en

gris).

Los documentos definitivos podrán remitirse a la empresa de prácticas para que los cumplimente y firme en los apartados correspondientes.

Una vez completados dichos documentos y trasladados a la F.T.F.E. servirá de acreditación de prácticas y solicitud de compensación económica.