5. POLICY SIMULATIONS
5.2 Simulation Results
Las revoluciones burguesas del último tercio del Siglo XVIII, asícomo las que se produjeron en la primera mitad del Siglo XIX, entre las que tuvieron una relevancia innegable, los acontecimientos políticos que se desarrollaron en la Península Ibérica y Francia. (Bayona) a partir de mayo de 1808, en el horizonte cívico que la resistencia popular terminó creando. En esta fecha hubo una gran agitación en las calles de la ciudad, pues el pueblo de Madrid se levantó contra las tropas francesas y fue brutalmente reprimido por éstas. Los levantamientos
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se extendieron en el interior del territorio español, en las zonas donde el dominio francés era más débil. En muchos pueblos y ciudades se formaron juntas de gobierno, que fueron llamadas por muchos historiadores ―juntas revolucionarias‖. Los movimientos populares tomaron a Fernando VII como símbolo de su lucha. Las juntas legitimaban su poder en la idea denominada ―retroversión de la soberanía a los pueblos en ausencia del monarca‖. Esta idea se basaba en la teoría de que los pueblos son los únicos depositarios de la soberanía y que la delegan en los monarcas. Entonces, en la España de 1808, ante la ausencia del monarca, la soberanía volvía al pueblo y éste la delegaba en las juntas locales y provinciales. En septiembre de 1808 se formó la Suprema Junta Central Gubernativa del Reino que gobernó en nombre de Fernando VII como depositaria de la soberanía que las distintas juntas le habían delegado. El objetivo de la junta era unificar la lucha contra los franceses. La labor de la Junta Central fue difícil. Aunque había algunos acuerdos básicos entre sus integrantes -como por ejemplo, la retroversión de la soberanía-, también existían ideas muy diferentes respecto del futuro de España y de la monarquía representada en tres grupos: Los absolutistas
ilustrados, dirigidos por el presidente de la Junta, el conde de Floridablanca,
eran partidarios de considerar a la Junta como un poder provisional encargado únicamente de suplir al rey y de dirigir la guerra contra los franceses. Los
constitucionalistas históricos planteaban la necesidad de reformar la
monarquía a partir de la instauración de un sistema constitucional, siguiendo el modelo inglés. Los más revolucionarios, llamados liberales, eran partidarios de otorgar la soberanía al pueblo y de una constitución inspirada en la Constitución francesa de 1791. En 1812 las Cortes, reunidas en Cádiz, sancionaron una constitución, conocida como Constitución de Cádiz, o Constitución de 1812. En ella aparecían como principios básicos muchas ideas de la Constitución francesa de 1791: la igualdad; la centralización del poder; la propiedad individual; el fomento de la agricultura y el comercio; el desarrollo de un plan nacional de educación, la división de poderes, etc. La Constitución de 1812 abolió la Inquisición, pero -a diferencia de la francesa- no quitó a la Iglesia su poder de censura sobre distintos tipos de publicaciones. Esta Constitución fue derogada en 1814 cuando Fernando VII volvió a ocupar el trono español. La invasión de los franceses abrió en España un importante debate sobre la modernización de la monarquía entre los más conservadores, los que seguían el modelo inglés y los liberales. La convocatoria que se utilizó para las Cortes y el contenido de la Constitución de 1812 ponen en evidencia que en este debate triunfaron los sectores liberales hasta el regreso de Fernando VII.100
100 Miguel Artola. “La España de Fernando VII, 1808-1833. La guerra de la independencia y los orígenes
del constitucionalismo español”. Tomo XXXI de Ramón Menéndez Pidal (Dir.). Historia de España. Espasa-Calpe, Madrid, 1983. Rogelio Pérez Bustamante. El gobierno del Imperio Español. Los Austrias
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Estos acontecimientos contribuyeron a configurar una cultura democrática y dieron paso a una nueva manera de entender la libertad que favoreció nuevos modos de participación en la actualidad pública, una vez eliminados los factores discriminatorios anteriores y los distintos sistemas de privilegios, con la afirmación de la política liberal derivada de las ideas fuerza, ilustradas de la moral y de la política. Todo ello hizo posible la función de un protagonismo político hasta entonces inexistentes por parte de ciudadanos iguales y libres.
A partir de la revolución que supuso la emancipación de las colonias británicas de América del norte, se asentaron como supuestos y principios ideológicos por casi todos los ciudadanos estadounidenses, cuyas diferencias políticas e ideológicas se encuentran directamente relacionadas con diferentes interpretaciones de esos principios y supuestos comunes. Principios y supuestos comunes que remiten a los documentos fundadores de la independencia y de la Constitución política norte americana, a los dilates que rodean al texto constitucional (de manera especial ―The Federalist‖,1788) y de los demás escritos de los padres fundadores que más influencia ejercieron en el proceso emancipador primero y luego de fijación de un texto constitucional (Thomas Jefferson autor de la Declaración de la Independencia y tercer presidente de los Estados Unidos, James Madison miembro de la Convención Constitucional de 1787 y cuarto presidente de los Estados Unidos, Alexander Hamilton coautor del día citado ―The Federalist‖ y primer Secretario de Hacienda de norte América y John Adams segundo presidente de la nación). Personajes que a pesar de las diferencias y disputas en las que se atravesaron asumieron básicamente un acuerdo considerable con acuerdo a los valores y a las instituciones políticas.
En el Federalista, para Hamilton un gobierno libre es un gobierno que concentra el poder, mientras que para Madison el ideal es equilibrar el poder en diversas partes del gobierno. James Madison era un nacionalista cauteloso que, sobre todo, planteaba desactivar las tendencias centrífugas del sistema existente bajo los artículos de Confederación. Hamilton consideraría la cláusula que establece la supremacía del gobierno nacional como algo declaratorio o evidente, una vez que se ratificara la Constitución, mientras que para Madison sería un poder que se otorga al gobierno federal bajo ciertas condiciones limitadas, y que puede ser derogada en ocasiones concretas si el gobierno nacional excede sus límites. El Presidente tendría que ser un guardián de la república, alguien que interpretara bien las necesidades del pueblo para protegerlo, incluso de sí mismo. Es por ello que Hamilton, en realidad, buscaba establecer una Presidencia activa, vigorosa, decisiva. Hamilton utiliza
1517-1700. (Comentario de Miguel Artola Gallego) Comunidad de Madrid, Consejería de Educación. Madrid, 2000
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argumentos que están volcados en asegurar que un bien público, el sistema federal, derivará en un bien privado, la seguridad ciudadana. Para Hamilton era importante que el gobierno acumulara poder; para Madison era importante que evitara excesos, por lo cual se necesitaban limitaciones como la Carta de derechos de los ciudadanos.
Los autores de El federalista habían indagado extensamente en la historia de Grecia, Roma y demás democracias europeas, buscando ejemplos que les sirviesen de referencia a la hora de estructurar su gobierno. La influencia de las experiencias europeas en el experimento americano es evidente. Ahora bien, los colonos americanos consideraban la jerarquía aristocrática como algo extraño a ellos, y buscaban en su lugar una libertad individual que estuviese plasmada en una comunidad política propia. Las ideas sobre la limitación del poder gubernamental y la libertad de gobierno ya se habían ido forjando durante muchas décadas antes del inicio de la revolución norteamericana. En sus inicios muchas de las colonias americanas comenzaron como refugios para disidentes religiosos que huían del control religioso en Europa. Puesto que las comunidades religiosas en Norteamérica se organizaban de forma autónoma, no jerárquica, esta fórmula se convirtió en una manera natural de estructurar a su vez la organización política de una
Commonwealth: a cada individuo se le consideraba como un ser
independiente, con libertad de conciencia política y religiosa. El alto nivel de autogobierno al que se fueron acostumbrando los colonos les permitió desarrollar instituciones e ideas políticas, estructurando cada comunidad como una sociedad de hombres libres que entraban en un libre acuerdo o covenant para vivir en paz de una forma organizada. Cada Commonwealth estaría sostenida por un compact, un documento que forjaba una entidad política como resultado de la voluntad de un pueblo.101 Los principios y supuestos comunes que básicamente se identifican: a) Liberalismo político; b) Constitucionalismo y gobierno limitado (En base a la creencia de libertad del individuo, frente a las
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Alexander Hamilton (1757-1804); James Madison (1751-1836), John Jay (1745-1849). The Federalist
Papers. (Se trata de una serie de 85 artículos publicados por los referidos autores bajo el seudónimo de
Publius en diversos diarios de Nueva York entre octubre de 1787 y mayo de 1788 en apoyo a la campaña de ratificación de la Constitución de los Estados Unidos en 1787-1788) Introducción y notas de Charles R. Kesler, Edición A. Signet Classic, New York, 1999. (edición con el título The Federalist: A
commentary on the Constitution of the United States. Moderm Library, Random House, New York, 1941; The Federalist Papers. Edición por Clinton Rossiter, Mentor Books, New York, 1961. The Federalist.
Ed. de M. Beloff, Blackwell, Oxford, nueva edición, 1987. Traducción al castellano a cargo de Gustavo R. Velasco, El federalista. Fondo de Cultura Económica, México, 1994). Traducción al francés, Le
Fédéraliste (1788). Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, Paris, 1957. Le fédéraliste: Commentaire de la Constitution des États-Unis. Edición de Gastón Jèze, V. Giard et E. Brière, Paris,
1902 (Il Federalista. Edición de Mario D'Addio y Guglielmo Negri, Società Editrice il Mulino, Bologna, 1980); James Madison (junto con Alexander Hamilton, John Jay). The Federalist Papers. Doubleday, New York, 1966 (en particular págs. 10 y 63) vid. The Writings of James Madison. Ed. G. Hunt, Putman, New York, 1900-1910; Jacob Cooke (ed.) The federalist. Wesleyan University Press, Middleton, Connecticut, 1961
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diferencias del gobierno y a la protección de la acción gubernamental); c) República y democracia (la creencia en el gobierno republicano, ―Todos los gobiernos deben tener sus poderes justos de consentimiento de los gobernados‖).
Numerosos filósofos de la política manifestaron en sus obras puntos de vista normativos y descriptivos respecto las formas de gobierno, destacaríamos entre otros, además de los ya citados autores que tienen indiscutiblemente la condición de clásicos, Platón, Maquiavelo, Montesquieu, Locke, Tocqueville, Hegel, Vilfredo Pareto y Gaetano Mosca.
El fenómeno de la porosidad de los sistemas jurídicos que tienen una de sus manifestaciones más significativas en lo que se ha llamado ―la apertura lateral entre distintos ordenes jurídicos‖, fenómeno que cuenta con antecedentes muy remotos se ha asentado en nuestros días y favorece inequívocamente la aproximada –unificación entre distintos sistemas políticos-. En orden a esclarecer los procesos de cambio de los sistemas políticos en un sentido unificador, esta memoria de doctorado pone el acento en una serie de procesos en los que entra en el juego los conceptos fundamentales de democracia, libertad y ciudadanía, al tiempo que se trata explicar la modalidad de ejercicio del poder en las sociedades políticas, los procesos y sistemas electorales, la influencia en las políticas públicas, el desarrollo económico social, la relación de los órganos del estado, el compromiso de las sociedades venideras, así como las relaciones entre los diferentes estados-nación soberanos.
En un texto que merece la consideración de clásico dentro de los que se han ocupado de análisis político en el Siglo XX, que suele citarse con el título apocopado ―The Civic Culture‖ (1873), los profesores Gabriel Abraham Almond y Sidney Verba, no dudan en seleccionar entre las cinco naciones a México en su condición de país, que a principios de la última década de los sesenta, ya contaba con una democracia, que si bien no se conformaba con las democracias de la comunidad atlántica, tampoco podía ser considerada como una forma político-representativa de las existentes en las que entonces se denominaban las naciones de África y Asía.102
102 Gabriel Abraham Almond. The Intellectual History of the Civic Culture Concept. En el volumen
editado por Almond Gabriel Abraham y Sidney Verba. The Civic Culture Revisited, Sage, London, 1989; Gabriel Abraham Almond y G. Bingham Powell, Política comparada: una concepción evolutiva. Traducción al castellano del original en inglés Comparative Politics: A Developmental Approach. (Litle, Brown, Boston, 1966) por Juan J. Marsal. Ed. Paidós, Buenos Aires, 1972; Gabriel Abraham Almond y Sidney Verba (editores). The Civic Culture Revisited. Litle Brown and Company, Boston, 1980; Gabriel Abraham Almond y Sidney Verba. The Civic Culture: Political Attitudes and Democracy Five Nations,
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En referido estudio comparativo de diferentes culturas políticas incluye cinco democracias: Estados Unidos, Gran Bretaña, Alemania, Italia y México, selección por los autores al entender que representan una amplia y significativa escala histórico-política. Se argumenta que México tiene en común su elevado índice de urbanización y organización, el crecimiento de desarrollo educativo y la alfabetización (antes de la revolución los órganos políticos y gobernantes de México, eran estructuras gubernamentalmente ajenas extractivas y explotadoras, descansando inestablemente sobre una sociedad constitucional fundamentalmente por grupos familiares, locales, étnicos y estamentales). En los últimos treinta y cuarenta años, sin embargo, la revolución mexicana ha afectado profundamente la estructura social y política y ha estimulado expectativas modernas y democráticas.
En las tantas veces citada obra de los profesores Almond y Verna se toma en consideración, el análisis y valoración de las transformaciones modernizadas económico-sociales desarrolladas en México por parte de Robert E. Scott, destacando indiscutiblemente que México era el menos moderno de los cinco países examinados, si bien, ofrecía rasgos útiles sobre las características de la cultura política vivida en países no occidentales, que experimenta experiencias y situaciones muy semejantes en organización y democratización.
Analizar la representación política en México se constata la democracia directa y representativa, la condición federal y gobierno presidencialista, que durante muy largo periodo de años se vio reforzado por la existencia hegemónica de un partido centralista y universal, lo cierto que la última década, la política mexicana ha conocido lo que ha dado origen a una cultura política democrática que ha permitido el tránsito de la hegemonía política generalizada por el PRI a una situación en la que hay variaciones políticas.
En la actualidad un número muy elevado de países han asumido al menos formalmente modalidad de gobierno democrático, en las que se reconoce el derecho al sufragio activo y pasivo, a la votación libre, directa y universal, a la elección y renovación de los cargos de gobierno y de representación, a la protección de minorías. Sería impensable una vida democrática sin la existencia de partidos políticos, promotores de la acción popular en la acción política.
La legitimidad es una condición sine qua non de la democracia, la legalidad es el requerimiento propio del ejercicio del poder. Cuando se apela a
Princeton University Press, Princeton (New Jersey), 1973. Traducción al castellano La cultura cívica. Euroamérica, Madrid, 1970
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la legitimidad del poder se reclama que quien lo ejerza, tenga título que fundamente su facultad de decidir circunstancias que fundamenta los deberes a la obediencia, a las normas por parte de los ciudadanos. Las invocaciones a la legalidad del poder avalan al hecho a que este se otorga al derecho, esto es que sea ejercido de conformidad a los establecimientos preestablecidos.
El derecho de sufragio activo y pasivo, el derecho a participar en competir en procesos electorales, libertad de información, elecciones libres y sometidas a las reglas de derecho, constituyen las garantías de las prácticas constitucionales. La democracia para hacerlo debe ofrecer tanto a las mayorías como a las minorías, la posibilidad de contiendas electorales equitativas y justas, así como, el no cerrar la alternancia en el ejercicio de poder político.
En concreto en el caso de México del que me ocupo en caso específico por razones obvias, la existencia de un partido hegemónico y dominante durante décadas, sistema que ha caracterizado el papel de los partidos políticos, la minoría en la Cámara de Diputados, ha estado constituida durante los últimos sesenta y seis años, por el conjunto de partidos opositores al partido en el poder PRI aún así, el régimen de partidos políticos se encuentra en vías de transformación y cambio, de tal manera que a partir de las últimas elecciones legislativas, los grupos que constituyen tradicionalmente la minoría, conocen mayor protagonismo y espacio político tanto en las entidades federales, como en la propia Cámara del Congreso de la Unión, circunstancia en la que han contribuido una serie de reformas electorales que han ido introduciendo el sistema proporcional. Sería muy pertinente la introducción en los procesos electorales mexicanos del sistema en la cultura política lo que se denomina ―Ballotage‖, doble ronda o segunda vuelta electoral, lo que flexibilizaría el juego político, para construir una mayoría parlamentaria, de tal manera que se establecerían mecanismos garantizadores de una mayor gobernabilidad, numerosos países de la Europa continental y de América del sur ya disfruta de estos sistemas electorales que a caso terminen siendo acogidos en nuestra patria.
A fin de promover un mejor concierto y entendimiento global y a veces contrapuesto sistemas políticos existentes no deberá perderse de vista una serie de cuestiones como: la percepción ciudadana de la legislatura del poder político, el protagonismo del papel de los ciudadanos en la acción política, la identificación de proyectos comunes en la sociedad, la adaptación pertinente de la gestión pública a las sociedades existentes, la valoración del régimen político, la existencia de una justicia independiente, así como todos los criterios que no son pocos, sobre los que existe un alto grado de consenso incluso en sociedades plurales. Consenso inevitable en orden a la transformación de los aparatos y procedimientos políticos-gubernamentales y de representación,
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base firme para una reforma política progresiva que introduzca una separación entre funciones políticas y funciones gubernamentales, la descentralización de las competencias gubernamentales en organizaciones operativas, así como el desarrollo político que da respuesta a los cambiantes retos de una sociedad en transformación.
El sistema político mundial del presente, en el que los estados aún cuando han dejado de ser los protagonistas absolutos del escenario jurídico- político, en contra de apresuradas interpretaciones y erróneos pronósticos no ha desaparecido de la escena, sino, que participa tanto, en la fase constitucional del nuevo régimen u orden jurídico global, como en la fase ejecutoria. Los estados han dejado de intervenir como antes sucedía de modo exclusivamente individual y con frecuencia actúan en calidad de agentes de organismos mundiales o regionales. Con todo la globalización en curso se enfrenta con el hecho indiscutible de que la organización de los poderes públicos no posee el alcance global que acaso requería el nuevo estado de cosas, todo parece confirmar que la economía se globaliza mucho más rápido que la política. El sistema político mundial ha de hacerse cargo de conflictos seculares a tiempo que se enfrenta, a conflictos absolutamente inéditos y a retos en orden a mantenimiento de la sociedad internacional que marcarán el rumbo de las prácticas de este Siglo XXI emergente.
La realización de esta investigación, que aspiraría a ―dar‖ con una teoría que actúe en la que el conocimiento y la acción estén íntimamente conectados entre sí, me ha generado una esencial satisfacción en cuanto a que se enfrenta a problemáticas cambiantes en un mundo globalizado económica y culturalmente, si bien no políticamente, no es menor el interés por alcanzar un