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Skills response

In document Skills for green jobs (Page 30-33)

2. Anticipation and provision of skills

2.1. Green structural change and (re)training needs

2.1.3. Skills response

Luego de realizado el registro de la información, CAVALI determina las obligaciones en fondos por Participante Directo encargado de la liquidación y por cada modalidad de negociación y las pone a su disposición a partir de las 09:00 horas del día siguiente de realizada las operaciones, a través del sistema.

2.1 De las operaciones de rueda contado con valores de renta variable e instrumentos de deuda.

La determinación de las obligaciones en la entrega de fondos para las operaciones de rueda contado, se efectúa utilizando el esquema de neteo multilateral de operaciones, considerando para ello las operaciones de compra y

Reglamento Interno de CAVALI S.A. ICLV . de venta cuya fecha de liquidación (vencimiento) sea el mismo día del proceso, cualesquiera haya sido la fecha de operación (fecha de negociación).

Sin perjuicio de lo anteriormente indicado, CAVALI brindará la información de sus posiciones netas iniciales, para cada una de las modalidades en forma independiente como máximo a las 09:00 horas del día siguiente de realizadas.

Para las operaciones de rueda contado con instrumentos de deuda cuya fecha de liquidación sea el mismo día de realizada (PH), CAVALI informará al Participante sus obligaciones, una vez terminado el registro de la información.

2.2 De las operaciones de reporte con valores de renta variable e instrumentos de deuda.

(Vigente desde el 30.05.07)

La determinación de las obligaciones en la entrega de fondos se efectúa utilizando el esquema de neteo multilateral de operaciones, considerando para ello las operaciones pendientes de liquidación cuya fecha de liquidación contado (FL1) y/o plazo (FL2), es el día del envío de la información.

En caso el Participante realice operaciones cuyo vencimiento sea en el mismo día, así como solicite liquidaciones anticipadas, estas operaciones y obligaciones, respectivamente, deberán ser consideradas en forma adicional a lo indicado en el párrafo anterior para la realización del Proceso Automático de Liquidación.

Las obligaciones de las operaciones, que el Participante decida liquidar anticipadamente, es decir antes de su fecha de vencimiento (FL2), podrán ser liquidadas dentro del proceso de neteo de ese día, en cuyo caso el Participante encargado de la liquidación deberá indicarlo hasta las 15:00 horas del día en que se va a realizar el pago anticipado. Para tal efecto el Participante deberá solicitar la liquidación anticipada a CAVALI, a través del sistema directamente desde los terminales de sus oficinas.

En el caso de las operaciones de reporte con instrumentos de deuda, las obligaciones de liquidación correspondientes a la operación plazo no incluirán los pagos de intereses y/o amortizaciones, en caso estos hubieran ocurrido durante la vigencia de la operación.

2.3 De las operaciones de REPOS reportante renta variable.

Para este tipo de operaciones las obligaciones de entrega de fondos se informarán en forma individual, es decir operación por operación.

En caso de las operaciones cuya fecha de liquidación sea el mismo día de realizada, CAVALI informará al Participante una vez terminado el registro de la información.

Reglamento Interno de CAVALI S.A. ICLV . 2.4 De las Operaciones de Colocación Primaria.

Para este tipo de operaciones las obligaciones de entrega y recepción de fondos se informarán en forma individual, es decir operación por operación, por fecha de vencimiento.

En caso de las operaciones cuya fecha de liquidación sea el mismo día de realizada, CAVALI informará al Participante una vez terminado el registro de la información.

2.5 De las operaciones de préstamo bursátil de valores

La determinación de las obligaciones en la entrega de fondos se efectúa utilizando el esquema de neteo multilateral de operaciones, considerando para ello las operaciones pendientes de liquidación cuya fecha de liquidación contado (FL1) y/o plazo (FL2), es el día del envío de la información.

En caso el Participante realice operaciones cuyo vencimiento sea en el mismo día, así como solicite liquidaciones anticipadas, estas operaciones y obligaciones, respectivamente, deberán ser consideradas en forma adicional a lo indicado en el párrafo anterior para la realización del Proceso Automático de Liquidación.

La operación de Préstamo Bursátil permite que el inversionista obtenga valores a cambio de garantías, pudiendo ser éstas en efectivo, carta fianza o en otros valores. En razón de ello, las obligaciones en el contado (FL1) y en el Plazo (FL2 o Fecha de Liquidación Anticipada) no implican que el Participante Comprador -Prestatario en el contado y Prestamista en el Plazo- tengan que hacer un desembolso de dinero equivalente al monto de la operación; en el Contado, constituyen garantías y en el Plazo, se recibe un monto de dinero en efectivo equivalente al interés ganado en la operación.

En caso los Participantes hayan pactado la aceptación de liquidación anticipada en la negociación, la operación se liquidará al monto plazo equivalente, considerando el pago de intereses por los días transcurridos hasta la fecha efectiva de la liquidación plazo, incluyendo el pago de la sobretasa, si esta hubiera sido acordada, en tanto el Prestatario sea quien solicite la Liquidación Anticipada. Si la aceptación de liquidación anticipada no ha sido pactada en la negociación, la operación se liquidará considerando el monto plazo original y por el plazo total de la operación de préstamo.

En el caso de una operación de Préstamo Bursátil, el titular, sea prestamista o prestatario, podrá autorizar al Participante Directo que realizará la liquidación de la operación, que comparta con otro Participante, quien realiza las funciones de custodia de los valores del titular, la información relacionada al préstamo.

Para efectos de compartir la información de las operaciones de préstamo, el Participante Directo deberá autorizar el acceso a la información al Participante que se lo solicite, siendo responsable de mantener la autorización hasta que culmine la vigencia de la operación de préstamo.

Reglamento Interno de CAVALI S.A. ICLV . La información a la que tendrá acceso el Participante será de tipo referencial respecto de determinados datos de movimientos por las operaciones de préstamo, así como lo siguiente:

a) Consulta de operaciones de préstamo bursátil realizada por Participante. b) Informe de obligaciones netas de las operaciones de préstamo bursátil realizadas por el titular.

c) Informe sobre valores entregados como principal y margen – Prestamista. d) Informe sobre reposición de márgenes de garantía

e) Reporte sobre valores entregados como principal y margen – Prestatario 2.6 De las Operaciones realizadas bajo el Mecanismo de Negociación de

Instrumentos de Emisión No Masiva (MIENM) (Vigente desde el 30.05.07)

Para este tipo de operaciones las obligaciones de entrega de fondos, pactadas sólo bajo la modalidad de liquidación directa, se informarán a los Participantes Directos, de ser el caso, en forma individual.

2.7 De las operaciones de compra a plazo con prima.

En el día de la liquidación de las operaciones de compra a plazo con prima, se informará a los Participantes sobre sus obligaciones en la entrega de fondos, tanto de los vencimientos de las operaciones contado (pago del importe de la Prima) y plazo (pago del importe de la Liquidación Financiera), así mismo se informará los importes a favor que recibirán producto del pago de los Participantes contrapartes.

En caso un participante contara, en el mismo día de liquidación, con obligaciones por pagar y fondos por recibir, se le calculará una posición neta, que podrá ser acreedora o deudora, según corresponda, utilizando el esquema de neteo multilateral de operaciones.

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